El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por congresistas de la República contra el Decreto de Urgencia Nº 061-2010 que al modificar el Código de Protección y Defensa al Consumidor, restringía, entre otros aspectos, el derecho de los consumidores de servicios de transporte nacional a endosar o transferir la titularidad del servicio adquirido o postergar su realización. Así lo señala en la sentencia recaída en el Expediente Nº 00028-2010-PI/TC, declarando fundada la demanda y en consecuencia, inconstitucional el cuestionado Decreto de Urgencia.
Los usuarios de servicios de transporte podrán endosar sus pasajes y postergar sus viajes en las mismas condiciones pactadas, pudiendo ser considerado como parte de pago, asumiendo los gastos únicamente relacionados con la emisión del nuevo boleto.