Un nuevo criterio para la utilización del arbitraje en los conflictos laborales estableció el Tribunal Constitucional (TC), mediante la sentencia recaída en el Expediente N° 02566-2012-PA/TC. A través de este pronunciamiento, dicho colegiado cambia la interpretación mayoritaria que se tenía, respecto a que el uso de aquel mecanismo de solución pacífica de controversias era voluntario en materia de negociaciones colectivas de trabajo. En adelante bastará que una de las partes del conflicto laboral lo solicite para usar el arbitraje.
Hasta la fecha, salvo supuestos específicos, se requería de la aceptación de las dos partes para mediante el arbitraje solucionar el conflicto que se hubiere suscitado en el marco de un pliego de reclamos.