El “patrón-enganchador”, además, retiene los documentos de identidad de las víctimas (partida de nacimiento o DNI) como garantía del pago de las “deudas” contraídas en concepto de transporte, alimentación y comida. Indocumentado, el trabajador se resiste a fugarse, algo que, en cualquier caso, es altamente riesgoso dado lo aislado de los asentamientos.
EL CONCEPTO MODERNO DE LA TRATA DE PERSONAS
Los migrantes pasan a ser clientes preferentes de redes transnacionales delincuenciales que han encontrado en la desesperación de algunas personas el caldo de cultivo de un negocio millonario. Se les vende pasaportes y rutas por sumas que oscilan entre los 6,000 US$ que cuesta a un peruano ingresar a Europa o 20,000 US$ a un ciudadano chino la travesía que, con escalas en ciudades europeas y sudamericanas –preferiblemente Perú y Ecuador- les permitirá arribar por mar a Centroamérica para, de ahí, iniciar una travesía terrestre y cruzar el desierto que separa México de los Estados Unidos de América, por poner unos ejemplos.
Una vez en destino el migrante endeudado puede no tener solvencia para pagar al tratante. Corre el riesgo de ser retenido, ver sus documentos confiscados y ser forzado a trabajar hasta que cancele lo que debe, combinándose así el delito de tráfico de migrantes con el de trata de personas.
La persona es forzada a producir en beneficio del tratante en diferentes formas, que van desde la explotación sexual en el mercado del sexo a otras formas de explotación laboral. Incluso se dan casos de migrantes que pagan con la venta de sus órganos.
EN EL PERÚ
En el Perú se pueden destacar los casos de trata que tienen lugar en el ámbito del servicio doméstico, la mendicidad, el padrinazgo, la tala de madera, la minería entre otras.
El crimen de trata con fines de explotación laboral se configura siempre y cuando la persona sea privada de libertad y forzada a laborar contra su voluntad a través de los “medios” (el engaño, el uso de la fuerza, la amenaza o la coacción).
En el caso de los niños, niñas y adolescentes, menores de 18 años, no sería necesario el uso de los medios ni que el menor de edad alegue desarrollar la actividad objeto de trata de manera voluntaria para que se dé el delito.
Se calcula que unos 2 millones de personas podrían estar en esta situación en el mundo. En el Perú se cuenta hoy con estadísticas sobre las denuncias formuladas, que, en cualquier caso, constituyen tan solo la punta del iceberg.
De acuerdo al Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de Personas y Afines (RETA), se ha pasado de identificar 25 víctimas en 2005 a un total de 302 en noviembre 2008, lo que supone un incremento del 75% anual en el número de denuncias registradas en este período. Por su parte, la Línea contra la Trata de Personas recibió más de 11,000 llamadas entre marzo 2006 y septiembre 2008.
Entre septiembre del 2007 y noviembre 2008, la Policía Nacional del Perú (PNP) ha realizado operativos policiales y rescatado 154 personas, en su mayorías adolescentes y mujeres jóvenes víctimas de trata con fines de explotación sexual. Dicho esto, no hay todavía casos de sanciones efectivas por este tipo penal en el país.
LA TRATA SEXUAL
La mayoría de los casos detectados y rescatados en el Perú tienen que ver con la trata sexual de mujeres. Hay un factor de género en la propia concepción del delito que lo explica y que se gesta en torno al comercio sexual internacional. Existen casos emblemáticos de peruanas que han sido llevadas al extranjero con engaños. Una vez en destino han sido vendidas para forzarlas a prostituirse.
En las zonas rosas de ciudades como Tacna, Juliaca, Iquitos, los reclamos sexuales muestran a mujeres que ofrecen sexo. Si uno se pasea con mirada observadora puede alzar la vista para ver los pisos donde alojan a las mujeres y las rejas que las custodian.
El paisaje no es mejor en el Cusco donde las autoridades reconocen su alarma ante el incremento de turismo que busca sexo y de redes de negocios emergentes que agasajan a los empresarios con sexo con adolescentes y niñas escogidas por su belleza.
Parecería difícil imaginar una realidad más desolada pero existe. En algunos casos la explotación sexual se alterna con explotación laboral. Es el triste caso de las empleadas domésticas a las que se les retiene los documentos, se les prohíbe salir y se les obliga a trabajar a destajo utilizando la amenaza, el encierro, etc. A menudo estas mujeres sufren, además, abusos sexuales sin que puedan hacer nada para defenderse. La privacidad del entorno doméstico dificulta la vigilancia de estas situaciones y hace aún más difícil la implementación de la Ley.
La extrema vulnerabilidad de la mujer, objeto de explotación laboral y sexual, se pone de manifiesto con especial virulencia en espacios como los campamentos mineros o en la tala de madera.
QUÉ SE ESTÁ HACIENDO
En los últimos años se han dado pasos importantes en el combate a este delito en el Perú. En 2004 se conformó un Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, donde se discutió el contenido de la Ley 28950, la que establece penas de hasta 25 años de privación de libertad.
Sin embargo, dos años después de su promulgación, no se registra ninguna sentencia bajo esta figura penal y la asistencia a las víctimas sigue atomizada, sin que haya un ente consolidado que asuma la responsabilidad de hacerse cargo del alojamiento, seguridad y reintegración de estas personas.
De la misma manera, se cuenta con el Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2007-2013, documento que ordena de manera integral la lucha contra este delito desde la prevención, la sanción y la asistencia. Este documento fue validado en 2007 sin que hasta la fecha se haya aprobado e implementado.
Es tiempo, por lo tanto, de congratularse de los avances, importantes pero insuficientes, y articular las formas de hacerlos más eficientes. Para ello serán de gran valor, sin duda, mecanismos como la línea de atención telefónica o la recientemente creada Veeduría Ciudadana contra la Trata de Personas, el Tráfico Ilícito de Migrantes y Personas Desaparecidas.
Un sistema de vigilancia privilegiado que haga valer la implementación de la normatividad en el tema.
Texto del artículo «La Trata de Personas en el Perú, una dolorosa realidad que no queremos ver», de ©DOLORES CORTEZ TORO, de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), publicado en la revista Intercambio Nº 10 Lima, Noviembre de 2009.