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Derecho, Gerencia y Desarrollo
Artículos sobre temas jurídicos,Gerencia Social-Pública y Desarrollo en el Perú y América Latina.


La profesión de abogado, tan antigua como la humanidad... cobra especial importancia en momentos cumbres de cada cultura y en episodios que dejan huella en la historia de cada país.

Muchos letrados han sido tribunos y repúblicos defensores de los derechos políticos y sociales, hace siglos, en varios continentes. Los abogados se agrupaban en cofradías, como los devotos en las iglesias.

Tanto México como el Perú tuvieron sus hermandades de abogados en la Colonia. Fue el 31 de julio de 1804; hace 207 años que se fundó el Colegio de Abogados de Lima, antes que se diera la famosa Constitución de Cádiz de 1812 y que se proclamara la República el 28 de julio de 1821.
Con fecha 03 de Enero de 2012, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Ley 29824 denominada “Ley de Justicia de Paz”. Mediante dicha norma se pretende regular los principales aspectos relacionados al Sistema Nacional de Justicia de Paz, con la finalidad de extender y uniformizar el Sistema, el mismo que carecía de un desarrollo legislativo uniforme antes de la publicación de la norma mencionada. Cabe mencionar que hasta antes del 3 de Enero, la norma que regulaba a los Jueces de Paz databa de 1854.
Nuevo año, nuevos retos. Viejos problemas, viejas deudas, viejas historias. El 2011 cerró en lo ambiental con una agenda política marcada por la minería legal y la minería ilegal. Por un lado el proyecto Conga, de minería legal y amparado en un Estudio de Impacto Ambiental aprobado, tuvo que suspenderse por no generar suficiente credibilidad en que la operación era ambientalmente adecuada y socialmente favorable.

Más allá del proyecto en sí y de su validez técnica, los EIA demostraron otra vez que son percibidos como algo ajeno y burocrático. Nuestras autoridades nacionales y regionales generaron una imagen dividida y contradictoria. La institucionalidad en el país parece que tiene aún un camino por recorrer.
¿Por qué la Unión Europea no pone coto a las actuaciones de las oscuras agencias de rating que atacan Europa? ¿Por qué la casta política europea solo gime y se lamenta, pero no reacciona? A estas alturas deberían saber que no pueden comprarles jamás un coche usado, parafraseando el dicho popular, porque no son nada fiables. Nada. Y lo han demostrado ampliamente.

Esas agencias ocupan las portadas de Europa desde hace meses con titulares como “Rebajan la calificación al fondo de rescate de la UE; las agencias rebajan la calificación de España e Italia; amenazan con rebajar la calificación de España si no se aprueba pronto la reforma laboral; las agencias dan un hachazo a los países del euro…”. El resultado es un severo agravamiento dela denominada crisis de la eurozona. Y lo más grave, sin fundamentos dignos de tal nombre.

En teoría, Standard & Poor’s, Fitch y Moody’s indican la seriedad y solvencia económica de grandes empresas y estados que emiten títulos o bonos de deuda. En teoría también, sus calificaciones asesoran a los grandes inversores que compran esos títulos, bonos u otros productos de deuda para que sepan si les costará cobrar o no los intereses y recuperar el capital invertido. En teoría.

La llamada iniciativa de Ley SOPA (Stop Online Piracy Act) congelada momentáneamente por su promotor el congresista estadounidense Lamar Smith es un proyecto legislativo que incumbe a organizaciones y empresas de Estados Unidos. Esta ley establecería el uso (en Estados Unidos de América) de un mecanismo de censura sobre Internet similar al que se utiliza en China, Irán o Siria y que censura las webs que el gobierno quiere.

Según sus defensores, el objetivo sería perseguir la piratería en línea combatiendo aquellas prácticas sociales que ellos consideran ilícitas: intercambiar música, compartir películas, vídeos y demás contenidos protegidos por el derecho intelectual.

Ello implicaría que las autoridades estadounidenses podrían congelar los ingresos y la publicidad en sitios web, obligar a las herramientas de búsqueda a desaparecer estas páginas web de sus resultados e incluso solicitar a los proveedores de Internet que bloqueen el acceso a tales dominios.
¿CÓMO REACCIONARÍA USTED SI EN LA CULMINACIÓN DE UN LITIGIO, POR EQUIS RAZONES, RECIBIERA UNA SENTENCIA O UNA RESOLUCIÓN REDACTADA POÉTICAMENTE, CON RIMAS INCLUIDAS?

Perplejidad es la respuesta. Y eso es lo que acaba de sufrir el público de la Gran Canaria, España, al informarse de que el juez Álvaro Gaspar Pardo emitió una sentencia en verso que motivó la queja de la condenada ante la Inspección del Consejo del Poder Judicial de Canarias.

En cumplimiento de su misión, el Consejo abrió una investigación al juez por redactar una sentencia en verso, porque su sentencia fue denunciada como "agravio personal de un juez contra un ciudadano".

Según el diario El País, el Consejo archivó la denuncia y se limitó a "no compartir" la forma en que se halla redactada la sentencia.
El Estado es la expresión jurídica de la sociedad y se debe a ella en su actuación política, legal y administrativa. Se entiende que siendo la sociedad la parte constitutiva del Estado, el bienestar de los ciudadanos depende en gran medida –aunque no en todo- de lo que haga o deje de hacer el Estado. Por tanto, el quehacer del Estado debe estar intensamente articulado a los intereses de la sociedad. Sin embargo, en el Perú, la realidad muestra otra faceta: el Estado ha adquirido niveles inimaginables de autonomía y paulatinamente se ha separado de la sociedad, teniendo en algunos lugares del territorio una presencia virtual, es decir, irreal y hasta inexistente para muchos peruanos.

La presencia del Estado, como ha señalado claramente el PNUD, no es sinónimo de su tamaño, sino de las capacidades reales que tiene para cumplir con sus fines, en relación con el desarrollo humano. Es decir, que la presencia del Estado no se expresa en una comisaría o un puesto policial o militar. Ni siquiera en una escuela o puesto de salud, si éstos no cumplen a cabalidad el propósito de brindar bienestar y desarrollo a los ciudadanos. El Estado está presente cuando puede proveer una serie de bienes y servicios de distinta naturaleza, necesarios para la comunidad, expresados en salud, educación, infraestructura, saneamiento, justicia, seguridad, ciudadanía, etc., es decir, elementos mínimos que requieren las personas para su desarrollo y que el Estado debe suministrarlos o promoverlos.