Gratificaciones por Navidad: ¿cuándo tengo derecho a recibirlas?

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Por César Puntriano el 4 de Diciembre 2018 9:28 AM

La gratificación, el monto adicional a la remuneración, varía según la modalidad de trabajo, pero, en algunos casos, no se tiene derecho a este beneficio. Por eso, es importante saber cómo calcularla y qué aportes o contribuciones pueden afectarla.

Este 17 de diciembre vence el plazo para el pago de la gratificación por Navidad. Si bien el plazo vence el día 15, al caer sábado (inhábil), este corre hasta el lunes.

Este beneficio rige para todos los trabajadores contratados por tiempo indefinido, plazo fijo y tiempo parcial, siempre y cuando hayan laborado por lo menos un mes. Por ello, resulta muy importante que cada colaborador tenga claro el monto adicional que recibirá y así evitar confusiones o malos entendidos.

Cómo se calcula el monto

Para calcular el monto de la gratificación debe determinarse a cuánto ascendió la remuneración del trabajador el 30 de noviembre. Lo que se aumentará equivaldría a una remuneración íntegra, si el colaborador laboró todo el semestre (julio-diciembre), y se reducirá si el tiempo de servicios es menor. Para ello, debe considerarse los meses y días trabajados durante el semestre.

En el caso de los regímenes especiales laborales, los trabajadores del hogar reciben como gratificación el 50 % de la remuneración mensual. En tanto, los que laboran en las pequeñas empresas solo reciben media remuneración adicional. Los colaboradores de microempresas no reciben gratificación.

Si un trabajador percibe comisiones, su gratificación se calcula sobre la base del promedio de los últimos seis meses antes del 15 de diciembre. Si un colaborador ingresó ya iniciado el semestre, su gratificación equivaldrá a un pago íntegro y se reducirá según su tiempo de servicios. Los trabajadores que reciben una remuneración íntegra de forma anual no tienen derecho a un pago adicional porque este monto se abona de forma mensual, junto a la remuneración básica.

Los servidores públicos tienen derecho al aguinaldo por navidad, el cual asciende a 300 soles. Este dinero no se encuentra sujeto a aportaciones, contribuciones ni descuentos de alguna índole, excepto aquellos establecidos por ley o autorizados por el trabajador. Este beneficio incluye a los empleados bajo el régimen CAS (contrato administrativo de servicios).

Algunos casos especiales

Si el trabajador cesa antes del pago de la gratificación, puede percibir hasta una sexta parte de la remuneración computable por mes calendario completo laborado en el semestre, pero no se pagan los días de trabajo. Por ejemplo, un trabajador que cesó el 30 de agosto debió percibir dos sextos de su remuneración en su liquidación de beneficios sociales. Si lo hizo el 31 de octubre, le corresponderían cuatro sextas partes.

Las gratificaciones no son afectadas por contribuciones y descuentos, por lo que sobre ellas no se aplican los aportes a fondos pensionarios (AFP/SNP), EsSalud, Senati, Sencico o Conafovicer. La excepción a esta regla es el Impuesto a la renta de quinta categoría, los descuentos autorizados por el trabajador y los descuentos judiciales (como los de alimentos, deudas civiles o comerciales).

Sobre la contribución a EsSalud por las gratificaciones que no se pagarán a dicha institución (9 %), deberá abonarse al trabajador bajo el concepto de bonificación extraordinaria no remunerativa ni pensionable, por lo que solo se encuentra afecta al impuesto a la renta de quinta categoría. Por ser trabajadores cubiertos por una entidad prestadora de salud (EPS), la bonificación equivale al 6.75 % del aporte a EsSalud, que hubiese correspondido por concepto de la gratificación por Navidad.

El empleador no puede efectuar descuentos a las gratificaciones, salvo que se trate del impuesto a la renta, exista un mandato judicial o una autorización escrita del trabajador. La falta de pago íntegro y oportuno supone una infracción grave en las relaciones laborales, que puede ascender hasta 93,375 soles para los empleadores. ¿Has experimentado alguno de estos casos en tu empresa? Cuéntanos tu experiencia.

Fuente: https://www.esan.edu.pe/conexion/actualidad/2018/12/04/gratificaciones-por-navidad-cuando-tengo-derecho-a-recibirlas/

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Díaz Becerra, Oscar

• Contador Público y Bachiller en Ciencias Administrativas por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Magister en Contabilidad de Gestión por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. • Se ha desempeñado como Contador General y Asesor Contable en empresas nacionales y extranjeras. • Representante de las Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del País ante el Consejo Normativo de Contabilidad para el periodo 2017-2020 y 2021-2024. • Director Nacional por Perú ante la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) para el periodo 2019-2021 y 2022-2023. • Presidente del Comité Técnico Nacional Permanente de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú para el periodo 2018-2020. • Miembro Asociado del Instituto Peruano de Investigación y Desarrollo Tributario e integrante de la Junta Directiva para el periodo 2012-2014. • Ha sido miembro de la Comisión Ad Hoc en la Oficina Descentralizada del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). • Ha participado en investigaciones individuales y grupales. Diploma a mejor Ponencia en el VI Congreso Iberoamericano de Administración Empresarial y Contabilidad en España 2010, en el VIII Congreso Iberoamericano de Administración Empresarial y Contabilidad en Perú 2012 y en el IX Congreso Iberoamericano de Administración Empresarial y Contabilidad en España 2013. • Premio a la investigación “Roberto Casas Alatriste” 2017 otorgado por la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) en la XXXII Conferencia Interamericana de Contabilidad. • Expositor en Congresos, conferencias y otros eventos académicos nacionales e internacionales. • Fundador y Director de la revista Contabilidad y Negocios de la PUCP del 2006 a 2021. • Miembro del Consejo de redacción de la Revista Iberoamericana de Contabilidad de Gestión editada por la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) y la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC). • Miembro del Cuerpo Editorial de la revista Pensar Contábil editada por el Consejo Regional de Contabilidad del Estado de Rio de Janeiro (Brasil). • Miembro del Consejo Editorial de la revista Investigación en ciencia, gestión, sustentabilidad y tecnología editada por la Facultad de Negocios de la Universidad La Salle (México). • Presidente de la Asociación Iberoamericana de Control de Gestión - AICOGestión para Perú. • Reconocimiento a la Investigación 2010, 2012, 2014, 2016, 2017, 2018 y 2020 otorgado por la PUCP. • Árbitro en revistas científicas y congresos internacionales. • Presidente del Comité Técnico Nacional de Investigación Contable de la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú para el periodo 2014 al 2016. • Miembro de la Comisión Técnica Interamericana de Investigación Contable de la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) para el periodo 2013-2015 y 2016-2017. • Miembro de la Comisión Técnica Interamericana de Educación de la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) para el periodo 2018-2019, 2020-2021 y 2022-2023. • Autor de artículos publicados en revistas académicas y de divulgación profesional, nacionales y extranjeras. • Premio a la Responsabilidad social 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 otorgado por la Dirección Académica de Responsabilidad Social de la PUCP. • Profesor Asociado del Departamento Académico de Ciencias Contables de la PUCP. • Doctor Honoris Causa por la Universidad Nacional de Huancavelica • Profesor Honorario en la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo. • Profesor Honorario y profesor Visitante en la Universidad Particular de Chiclayo. • Coordinador de la Sección de Contabilidad del Departamento Académico de Ciencias Administrativas de la PUCP durante el periodo 2002-2005 y 2005-2008. • Jefe del Departamento Académico de Ciencias Administrativas de la PUCP durante el periodo 2008-2011. • Decano de la Facultad de Ciencias Contables de la PUCP para el periodo 2011-2014 y 2014-2017.

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