SUNAT modifica normas reglamentarias sobre el RUC
Mediante la Resolución de Superintendencia N° 254-2011/SUNAT del 29 de octubre, se incorporan modificaciones a las normas relacionadas con la Ley del RUC, con el objetivo de lograr una simplificación de trámites administrativos en la SUNAT.
Los aspectos modificados a la Resolución 210-2004/SUNAT, con la publicación de esta Resolución, cuya entrada en vigencia es el 30 de octubre, se resume en los siguientes puntos:
• La actualización y/o modificación de los datos del RUC que se encuentren incluidos en el Anexo N° 4 de la mencionada Resolución, deberán necesariamente realizarse a través de SUNAT Virtual.
• Modificación de los Anexos 2, 3 y 4 de la misma Resolución
• Modificación del artículo 22° de la Resolución, relacionado con el cambio del domicilio fiscal o cuando se haya producido un cambio en la condición del inmueble declarado como domicilio fiscal
• Se sustituye el numeral 4.1 del artículo 12° del Reglamento de Comprobante de Pago (Resolución N° 007-99/SUNAT), con lo que se establece que la declaración de baja y cancelación de documentos no entregados deberán declararse en el Formulario Virtual N° 855 denominado Declaración de Baja y Cancelación