Se promulga Resolución para implementar el llevado electrónico del Registro de Compras
A partir del 1 de mayo de 2011 entró en vigencia la Resolución de Superintendencia N° 111-2011/SUNAT, publicada el pasado 30 de abril, para implementar el llevado electrónico del Registro de Compras.
Para lograr este objetivo, mediante esta resolución se ha procedido con incorporar el numeral 13 al artículo 13° de la Resolución de Superintendencia N° 286-2009/SUNAT, indicándose, entre otra información, lo siguiente:
13. REGISTRO DE COMPRAS
13.1 En este registro se deberá incluir mensualmente la información establecida en el ANEXO Nº 2.
Para tal efecto se han modificado los Anexo 1 y 2 de dicha resolución, con lo cual se incluye el numeral 8 “Registro de Compras”.
La misma Resolución incluye una disposición complementaria bajo el siguiente texto “Modificación del plazo máximo de atraso respecto del registro de compras y del registro de ventas e ingresos”.
Fuente: Normas Legales – Diario El Peruano