PENSIONES DE JUBILACIÓN: ¿CUÁL ES LA AFP ‘MÁS RENTABLE’?

Responder esta pregunta no es tan simple como parece. Y responder es importante porque, en buena cuenta, uno debiera escoger aquella AFP que le ofrezca la potencialidad de tener la más alta pensión de jubilación posible. Pero ¿cómo saber cuál será la AFP más rentable, no sólo en el último año, sino hasta que uno se jubile en 10, 20 o 30 años?

Obviamente ningún administrador de fondos puede asegurar un nivel fijo de rentabilidad a futuro. Los instrumentos financieros en los que se invierten los fondos otorgan rentabilidades que varían en función de las condiciones de los diferentes mercados en los que se negocian, las cuáles varían constantemente y no siempre en la misma magnitud. No obstante, si bien la rentabilidad obtenida en el pasado no asegura que ésta se vaya a repetir en el futuro, un análisis de la evolución histórica de dicha rentabilidad sí nos puede ayudar a ver qué administradores (AFP) lo han venido haciendo mejor que otros.En el último año, el análisis de rentabilidad de los fondos de pensiones en el Perú se ha complicado por diferentes motivos. Por un lado, en setiembre de 2005 ingresó una nueva AFP que, precisamente por ser nueva, inicialmente no ha tenido un desempeño que pueda considerarse representativo. Por otro lado, en diciembre de 2005 y en enero de 2006, las cinco AFP empezaron a ofrecer dos tipos de fondos adicionales: los fondos tipo 1, más conservadores, y los fondos tipo 3, más arriesgados, ninguno de los cuales tenían referencias qué mirar, obviamente. Y por otro lado, a inicios de agosto de 2006, casi dos meses antes de cerrar su primer año, la nueva AFP anunció que concretó la compra de una de las otras cuatro AFP ya existentes.

No obstante estas limitaciones, que reducen la información equiparable resultante, efectuar un análisis comparativo mínimo sí es posible, pero las conclusiones son diferentes de los que se deducen de la simple lectura de los indicadores de rentabilidad anuales publicados, los cuales inclusive resultan engañosos para el periodo anual que termina en setiembre de 2006 (sobre la base de los cuales incluso se está haciendo publicidad). Así, en dicho mes se publicó el primer indicador rentabilidad anual de la nueva AFP, la cual obtuvo el mayor indicador de rentabilidad (set06/set05); sin embargo, esto no significa que dicha AFP haya sido “la más rentable”, estrictamente hablando.

Rentabilidad mensual de las AFP

Que una AFP sea la más rentable en un determinado periodo debería significar que esa fue la AFP que obtuvo la mejor rentabilidad en dicho periodo para todos sus afiliados. Sin embargo, el dato publicado sólo significa que “ha sido la más rentable para aquel afiliado que está en dicha AFP desde hace 12 meses” y que “ha sido la más rentable sólo para la parte de los fondos que dicho afiliado tenía hace 12 meses”. Según los datos publicados, hace 12 meses (set05) la nueva AFP sólo tenía 484 cotizantes y el fondo conjunto que manejaba era de apenas S/. 0.013 millones. Sólo para estos pocos cotizantes es válida la afirmación de haber obtenido la más alta rentabilidad anual publicada.

¿Y entonces qué se puede inferir para los otros miles de afiliados que entraron después a dicha nueva AFP y qué para sus aportes posteriores? Por ejemplo, en julio de 2006 ya habían 85,831 cotizantes y sus aportes y traspasos incrementaron el fondo hasta alcanzar S/. 2,338.798 millones. Así, si analizamos la evolucion de la rentabilidad mensual promedio, en lugar de usar la rentabilidad anual promedio publicada, se puede verificar que la rentabilidad mensual de la nueva AFP en los últimos 12 meses (set06/oct05) fue aproximadamente de 2.2%, pero en los últimos 11 meses (set06/nov05) ésta bajó ¡a 1.8%! y en los últimos 10 meses (set06/dic05) bajó ¡a 1.7%!, con lo cual perdió el primer lugar en rentabilidad en sólo dos meses. Es decir, el primer lugar de la nueva AFP sólo fue sostenible fundamentalmente gracias a la espectacular e irrepetible rentabilidad del primer mes (más de 6%), muy por encima de lo logrado por las otras (algunas apenas superaron el 3%), logrado precisamente cuando el fondo manejado era ínfimo, aunque la extraña diferencia de rentabilidades en el segundo mes también contribuyó con lo suyo (2.5% vs. 1.0%).

No obstante, si se toma en cuenta que la verdadera competencia de la gestión de la nueva AFP contra las de las otras cuatro AFP sólo se produjo hasta julio de 2006, un mes antes del anuncio de compra y futura fusión, los resultados son más sorprendentes. Así, si se retiran de la comparación las rentabilidades promedio de los dos meses posteriores al anuncio (las de los meses de ago06 y set06), se puede verificar que la rentabilidad mensual promedio de la nueva AFP no sólo pasó del primer lugar (1.7% en jul06/oct05) al segundo, sino que cayó al quinto y último lugar (menos de 1.1% en jul06/dic05). Es decir, mantener el segundo lugar indicado también sólo fue posible con el repunte de rentabilidad de la nueva AFP luego del anuncio de compra (4.4% en ago06), mientras que la AFP adquirida pasó al último lugar (3.6%) en el mismo mes, por debajo de las otras (3.8% a 3.9% también en ago06). ¿Acaso fue éste el resultado que buscó revertir la compra?

El sistema de las AFP, desde su creación en 1993, ha tenido una rentabilidad mensual promedio de 1.15%, por lo que es de esperarse que en el futuro empiecen a desacelerarse todas las altas rentabilidades observadas en el transcurso del último año. Con mayor razón si se considera que el mercado bursátil ya está bastante recaliente, con todos sus precios en máximos. Asimismo, debe resaltarse que los fondos tipo 2 analizados, que tienen el perfil de riesgo tradicional y sobre los cuáles se ha hecho este análisis, aún representan el 92%, mientras que los fondos tipo 1 sólo el 6% y los fondos tipo 3 apenas el 2%.

Rentabilidad mensual del sistema de AFP

Finalmente, también vale la pena cuestionarse, si una menor rentabilidad podría ser “compensada” por el menor pago de las aún altas comisiones mensuales que cobran las AFP. Con un ejemplo, la respuesta es bastante elocuente. Un cálculo grosero muestra que si a un mismo afiliado se le cobra una comisión de 1.5% en lugar de una de S/. 1.8%, entonces pagará S/. 15 en lugar de S/. 18 por comisión mensual si su sueldo fuera de S/. 1,000 mensuales. Sin embargo, si este mismo afiliado tuviera ya un fondo de S/. 10,000 acumulados en su AFP, entonces recibir una rentabilidad mensual de 1.2% en lugar de 1.3% equivale a reducir la ganancia mensual de su fondo de S/. 130 a S/. 120. Es decir, y de modo muy burdo, el menor pago anual de comisiones equivalente a S/. 3 x 14 = S/. 42 (¡las AFP también cobran gratificaciones!) podría no ser “más barato” si a la vez hubiera una menor ganancia anual por rentabilidad equivalente a S/. 10 x 12 = S/. 120 (la rentabilidad de que logran las AFP no tienen gratificaciones). Imagínese el efecto en 10, 20 o 30 años, con un fondo cada vez mayor… que cada quien saque sus propias conclusiones…

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Comentarios

  1. JESSICA ERQUINIO HOPPEN escribió:

    Si un trabajador sufre un accidente en el trabajo y tiene aportando 12 años a la AFP, qué beneficio le corresponde (si le dan un dictamen el seguro como incapacidad permanente). Él trabaja en un centro minero, qué documentos debo presentar, por favor responderme. Gracias

  2. Renzo Jiménez escribió:

    Para información general sobre los derechos y deberes del afiliado al sistema privado de pensiones (SPP) ver el enlace http://www.sbs.gob.pe/Porta
    Para información general sobre el sistema nacional de pensiones (SNP) y la relación entre la ONP y sus afiliados y pensionistas, visitar el nuevo centro CINCO ubicado en la Av. Salaverry N° 1000 Jesús María http://www.onp.gob.pe/notic

  3. Rolando Luna escribió:

    No creo que ninguna AFP considere disminuir su cobro a los afiliados en caso de una menor rentabilidad. Seria completamente justo sin duda. Adicionalmente tu grafico de rentabilidad mensual promedio por AFP muestra en mi opinion que el rendimiento de todas es muy similar. Seria muy interesante saber cual es la diferencia en cobros a afiliados.

  4. Jorge escribió:

    Hola, quisiera informarme sobre los aporte voluntarios en las AFP en una nueva cuenta… qué tan riesgoso es esto… o cómo se proyecta el mercado para este instrumento… mi correo es jarl1pe@hotmail.com

  5. Luis escribió:

    ¿Cuáles son las tasas de aportaciones de los afiliados?
    ¿Podrian enviar información si una persona desea realizar aportes voluntarios, si es factible este acto…
    las AFP tienden a modificar cada cierto periodo el cobro de la misma..???
    ¿Cuál es la última modificacion realizada a la fecha..???

  6. edgar escribió:

    ¿Qué parámetros debo tomar en cuenta para desafiliarme o no de las afp, si tengo regulares años aportados a la afp y también a la onp?
    RESPONDER A eoa@jalemo.com
    Gracias dios los cuide

  7. Luis Elguera escribió:

    Por favor quisiera información sobre el Sistema Nacional de Pensiones para acogerme nuevamente,trabaje en Sociedad Paramonga Ltda de 1975 a 1992, ¿qué tendría que hacer? Vivo en Estados Unidos. Por favor si pudiera ayudarme en esto para lograr mi jubilación. Gracias

  8. Luis Alberto Sanchez escribió:

    No me queda claro, entonces que criterio usamos para decidir entre una afp u otra? En el trabajo nos marean las "propuestas" que para traspasarnos nos hacen los asesores de una u otra administradora y cada quien viene con sus papelitos diciendo que son reportes de la SBS y que ellos son la mejor AFP

  9. marcial huamani escribió:

    Yo quiero saber, tengo 56 años y quiero jubilarme. Aporté al seguro social 24 años y a las afp 10 años y quiero saber qué es lo que necesito. Actualmente estoy trabajando.

  10. Elena Elvira Velarde Coronado escribió:

    Tengo 54 años y desde diciembre del 2001 en que pasé al retiro a mi solicitud, no aporto hasta la fecha ya que me quedaron muchas dudas en cuanto a seguir aportando o esperar alguna ley que me proteja con respecto a lo que tenía acumulado. En este momento creo que debo tomar mi decisión, no sé cual será la mejor ya que aporté 25 años 11 meses. Tengo ya mi bono de reconocimiento.

  11. rEGULO CORTEZ escribió:

    Quisiera saber si me conviene seguir en la AFP Integra o volver al Seguro Social. Tengo más de 20 años aportando, y si se puede solicitar jubilaciòn anticipada

  12. juan diego escribió:

    Interesante tu análisis, pero me parece que sutilmente no eres objetivo, el sistema privado de pensiones tiene más de trece años y tú evalúas el ultimo año… no eres consecuente con tu premisa de trabajo… sobre la rentabilidad en el largo plazo: 10 o 30 años.

  13. rjimenez Autor escribió:

    Juan Diego, no estoy evaluando al sistema privado de pensiones, sino el desempeño de las AFP existentes, para así poder elegir entre ellas. Lamentablemente salió una antigua y entró una nueva, con lo cual los datos analizados para comparar a las AFP existentes (incluyendo a la antigua y a la nueva) son solamente los mostrados. Más adelante habrá oportunidad de comparar a las AFP que quedaron, en función de los fondos 1, 2 y 3, y evaluar cuál realmente lo hizo mejor.
    Saludos,

  14. jesus alejandro escribió:

    Soy Jesús, quisiera saber más información referente a las AFP, el por qué no pagan gratificaciones que sí paga la ONP. Qué pasa cuando una señora se le muere su esposo y estuvo aportando a la AFP y tiene hijos. El esposo aportó 52 meses, pero el destino le jugo una mala racha y muere por lo que se paga nada menos que 155 soles mensuales y al hijo sólo se le paga 65 soles, creo que esto si es abuso deberían, a mi parecer, tratar de darle mejor importancia a este tipo de casos ¿quién vive con 210 soles entre los dos madre e hijo, si la madre paga la educación del niño en el jardín 65 soles mensuales más su alimentación? Lamentablemente murió quien mantenía ese hogar, denme su respuesta precisa y si hubiera alguna alternativa háganmelo saber.
    Jesús, hermano de la viuda

  15. MARCOS escribió:

    Quiero saber cual es la ventaja de los aportantes a AFP Integra y cómo era el pago de su jubilación ¿será hasta que se termine su dinero o será hasta que muera?

  16. Cristhian escribió:

    Pues mi pregunta es cómo sé yo si mi empleador, en este caso que es un service, está aportando a la ONP. Necesito estar seguro que que aportan. Gracias. Espero respuesta.

  17. Pedro Morán escribió:

    Mi pregunta es si las AFP pagarán gratificación este año a partir de julio del 2007. Quizás mi inquietud también sea coincidente con el sentir de la gran mayoría de afiliados. Me afilié a la AFP Horizonte, pero ahora cobro por intermedio de la aseguradora Interseguro. Favor dar respuesta. Gracias.

  18. milagros vera escribió:

    Cualquier duda que tengan sobre qué sistema les conviene y qué AFP es la mejor en rentabilidad se puden comunicar conmigo. Yo trabajo en el sistema privado y les puedo ayudar aclarar sus dudas. Me llamo Milagros Vera, mi tel: 98389653 miladel80@hotmail.com.

  19. CARLOS CORTEZ PITA escribió:

    Aposté por una AFP, sin medir las consecuencias futuras. Lamentablemente, y muy a mi pesar, las cosas ya están hechas. Me jubilé anticipadamente, confiado en lo que decía la ley. La pensión mínima sería de S/. 415.00 … y es verdad sólo para los jubilados en SNP y ellos tienen gratificaciones. Las AFP, ven sólo sus ganancias. No las recomiendo. El pensionista les interesa un pepino. Imagínense S/. 270.00 de pensión calata. No dejen lo viejo bueno, por lo nuevo malo. Y los que caímos en el cuento debemos organizarnos para salir a las calles y protestar, sin vandalismo. Que todos sepan lo malo que es el SPP. Pidamos intervención de la SBS para que por lo menos nos nivelen con los pensionistas del SNP.

  20. Rebher Malaver escribió:

    La Ley dice que las pensiones en las AFP se ajustaran por el IPC. Pero algunas AFP estan incluso reduciendo la pension cuando el IPC es negativo. El espiritu de a Ley es que se rebajen las pensiones? He presentado un reclamo a la SBS, no contesta todavia.

  21. AURORA AGUIRRE DE ORTEGA escribió:

    Mi esposo trabajo en la CPV hasta el 91 que cerraron la empresa y aportó 12 años al seguro. Quisiera saber qué puedo hacer para su jubilacion. Él tiene 52 años. Gracias.

  22. Juan Branca Méndez. escribió:

    Es necesario saber, cuando uno se jubile, si las AFPs, le pueden dar todo lo que uno ha aportado con la finalidad de generar pequeña empresa o ponerlos en los bancos a plazo fijo y vivir de la renta que generen estos fondos y no acabar con el capital, que uno podría dejar a sus generaciones y no a las AFP, o al Estado, por cuanto es el dinero de uno y uno sabrá que hacer con su dinero. En todo caso en qué tiempo le pueden dar a uno todo lo aportado, porque a los 65 años estamos más cerca a la tumba, y nos privamos de muchas cosas para hacer este ahorro forzado, o no gozaré nada, porque de repente no llego a los 65 años de edad ¡qué injusto es este sistema y los legisladores que se coludieron para enriquecer a los capitalistas y explotadores! GRACIAS, si me dan una explicación, que tenga un fundamento humanista y económico.

  23. Jose Nuñez Perales escribió:

    Cuando el titular muere por qué le reducen la pensión a la viuda en 45 por ciento y la diferencia quien se beneficia, la afp. Las afp se crearon en un gobierno corrupto y coludido con los grandes capitalistas que nunca verán mas que su beneficio y el resto le interesa un pito, pues, tenemos que unirnos los que pertenecemos a las AFP y reclamar a las autoridades de turno. Las utilidades que ganan deberían ser gravadas para mejorar los fondos de los jubilados de este sistema en un 10 por ciento o para crear un hospital gratuito con este porcentaje de sus utilidades y no que estén muriendo en los hospitales .

  24. Renzo Jiménez escribió:

    Estimados señores:
    En torno a la comparación entre las características del SPP y del SNP, pueden revisar un sucinto resumen en la página siguiente http://www.sbs.gob.pe/porta… o pueden llamar por teléfono al 0-80-02-02-02
    En torno a la nueva opción de libre desafiliación, pueden revisar la página http://www.sbs.gob.pe/porta
    El requisito básico para poder desafiliarse es CUMPLIR CON LOS AÑOS DE APORTACIÓN SUFICIENTES para tener derecho a una pensión de jubilación en el SNP (65 años de edad y 20 de aporte en el régimen general, otros casos ver anexo 2 del Reglamento Operativo de Desafiliación)

  25. juan zavaleta escribió:

    Tengo 48 años. Trabajpe en el Estado desde 1984 y en paralelo en una emrpesa particular desde 1987 hasta que se crean las AFP en 1993. Desde esa fecha sigo en las AFP. ¿Tengo opción de jubilarme y qué me conviene más?
    Juan Zavaleta

  26. Celso Mendoza F escribió:

    Si tengo 25 años de servicios al estado puedo pedir una pensión anticipada que tramites debo seguir y cuanto seria mi pensión si gano 1200 en la actualidad gracias por su atención y respuesta a mi consulta

  27. Raúl J. Luna V. escribió:

    Tengo 55 años Aporté a la onp 20 años y a la afp 10 años quiero saber cual es el que me conviene y si es posible regresar a la onp les agradeceré mucho informarme.

  28. María Palacios David escribió:

    Tengo 65 años de edad, estoy en el AFP Profuturo he aportado desde el año 93. Yo quiero desafiliarme y volver a la ONP ¿es posible?

  29. Andres chirinos colugna escribió:

    He aportado a la AFP Profuturo pero me he cambia al Horizonte y quiero cambiarme a la ONP para jubilarme. Tengo 52 años de edad.

  30. victor castañeda saavedra escribió:

    Tengo 18 años y trabajo en una empresa llamada Anacer S.A.C. y yo no he recibido ningún documento cuando firmé mi AFP… y no sé mucho de esto. Quisiera que ustedes me informen de todo.

  31. Rolando Ganoza escribió:

    Estuve aportando en una AFP hasta el año 1999, ahora que trabajo en planla nuevamante en la empresa me dicen que la AFPO requiere que pague aportaciones del año 99 a la fecha si deseo permanceer ne la AFP, eos es cierto? como podria pagar aportaciones por años uqe no trabaje

  32. LUIS CORREA escribió:

    Más que un comentario es una pregunta: presenté mis papeles para el trámite del bono de reconocimiento, pero no encontraron al empleador para el cual trabajé hasta el año 1990, motivo por el cual rechazaron mi solicitud. Qué trámite debo realizar para obtener mi bono.
    Gracias

  33. CARLOS ZAPATA escribió:

    Tengo 24 años. Estuve inscrito en AFP Horizonte. Por favor, yo he foirmado otro contrato de afiliación con AFP Integra el día 10 de octubre. Deseo saber cómo procede, pues, deseo estar en AFP Integra, definitivamente. Por favor comuníquense conmigo.
    Atte: Carlos Alexis Zapata Valladolid.

  34. luis antonio diaz luzuriaga escribió:

    Estimado Carlos, tú te has incorporado al SPP el 11/08/2001 y tu CUSPP es 602761CZVAL8, dicho de otra manera tú no puedes afiliarte a otra AFP porque ya estabas incorporado al Sistema Privado de Pensiones. Lo que sí puedes hacer es solicitar tu traspaso a AFP Integra y para ello debes de cumplir con unos requisitos que te exige la SBS, si eres trabajador dependiente, adjuntar fotocopia DNI y tu boleta de pago. Si deseas informacion adicional o no te ha quedado claro escribeme al tonydiazl@yahoo.es o ldiaz@integra.com.pe Gracias por atender, Saludos Tony / Luis Antonio Diaz L. Supervisor AFP Integra

  35. Nadia Ccallata escribió:

    Buenas Tardes, me parece un Blog muy interesante, trabajo en el Area de Recursos Humanos de una Empresa, constantemente recibimos nuevo personal y siempre preguntan por el Sistema de Pensiones y AFPs, me gustaria tener alguna manera dinamica y clara de explicarselos, espero me pueda ayudar, enviandome algun articulo que pueda poner en el periodico mural del area.
    Muchas Gracias

  36. Jose Geldres Q. escribió:

    Sobre las AFP, yo no me jubilaría (en ellas) porque la pensión que uno recibe es el dinero que uno ha aportado durante esos años. En cambio, si uno se jubila por el sistema nacional de pensiones recibe gratificaciones, aumentos. Yo actualmente estoy jubilado y recibo una pensión en dólares ¿Por qué solicite en dólares? (Porque) es que la misma AFP que decía que recibir en soles la moneda se iba devaluar con el tiempo, que pasó ahora, el dólar se ha devaluado. Qué pasaría si dólar desaparece: me quedaría sin pensión.

  37. jesus monteverde escribió:

    Quisiera saber si en el tiempo los aportes obligatorios en la AFP se devalúan y en qué medida el ente rector podría asegurarnos una pensión digna a los que nos jubilamos en este sistema. Asimismo quisiera saber si la pensión es regulable de acuerdo a la inflación o son en cuotas fijas y, si estas pensiones son por debajo del sueldo mínimo promedio, cómo nos podrían nivelar.
    Además qué pasa con las sobre utilidades de estas AFP, a dónde van a parar o éstas se reparten a todos los que aportamos y mantenemos a estas AFP o simplemente son ellos los únicos beneficiados y como siempre los trabajadores los únicos perjudicados.

  38. maria de guadalupe cordova yriarte escribió:

    Tengo 53 años de edad y 24 años de servicio y estoy en la AFP, quisiera saber si me conviene trasladarme a la ONP. Gracias por su atención y su respuesta a mi consulta

  39. mery escribió:

    hola, cual es la diferencia entre D: L: Nª 19990 con 20530

  40. Miguel Arica escribió:

    Estoy en la AFP Prima y en el nuevo trabajo me piden cambiarme a Profuturo. ¿Es conveniente esto después de haberme cambido ya de Horizonte a Prima? ¿Me beneficiaria o pejudaria?

  41. katia Cabrera escribió:

    es obligatorio afiliarse a una afp asi el trabajador no desee, por que.

  42. jose manuel escribió:

    Quiero saber si es obligatorio pagar AFP estando en el régimen general

  43. Edgardo escribió:

    Cumplí 65 años, estoy en una AFP, sigo laborando; pero en enero me pensiono. Hay varias modalidades que te ofrecen los seguros, entre ellas cobertura total (la que más me interesa y es un poco más de $300 mensuales), ademas te dicen q es mejor en dolares; claro me convendría cotizar al tipo de cambio actual y a largo plazo se vaya incrementando el tipo de cambio; pero mi duda es si bajará aún más el tipo de cambio, ¿a largo plazo seguirá cayendo mas?, ¿qué impacto tendrá el TLC y otros tratados que se firmarán, en el tipo de cambio?, Me gustaría una respuesta técnica de acuerdo a la actual coyuntura económica y pronósticos en los proximos años.
    Muy agradecido con su respuesta

  44. JUAN escribió:

    Una pregunta: yo me encuentro afiliado en interseguro y pago la mensualidad en dolares, esto como puedo hacer si en mi actual trabajo desde el premer dia hábil del año estoy en planilla y lo cual me dicen que me ban a descontar el 14% de mi sueldo a una AFP enviar respuesta a silverio_121@hotmail.com

  45. Ramiro Huaman Torres escribió:

    Tengo 13 años aportando al onp y 12 años aportando al AFP. Asimismo tengo bono de reconocimiento. Tengo 47 años ¿me conviene pasarme a la onp? y si puedo jubilarme a los 50 años, ya que laboro en mina.

  46. julia gutierrez escribió:

    tengo 26 años de aportacion entre afp y onp, 50 años de edad, trabaje en unidad minera en superficie, en la cual en mi afp, me contestaron que todavia no podian jubilarme porque sacando el promedio de mis aportaciones segun ellos, seria para jubilarme a los 55 o 58 años, ¿me conviene pasarme a la onp? ya que para ellos los requisitos es tener 50 años de edad y 25 años de aportacion los cuales cumplo.(tambien son requisitos en afp.)

  47. jose david sumire escribió:

    tengo 34 años de aportacion entre la onp y la afp con toda sinceridad fue un error afiliarme a la afp pero esa historia ya paso e trabajado toda mi vida en una fundicion inhalando todo tipo de gases que emanaban de los minerales que llegaban del centro espero jubilarme por lo pronto esotoy desafiliandome espero lograrlo estoy en la ley de trabajo de riesgo quisiera saber eso ya que trabajo en una fundicion desde mas de 30 años

  48. Luis escribió:

    Leía con interés la pregunta que formuló Jessica y que me parece relevante porque hay muchos de nosotros que desconocemos cómo funciona el SPP. Primero sería conveniente señalar que, tal como prevén las normas del SPP, un accidente de trabajo o enfermedad profesional es una causal de exclusión de la cobertura del seguro, por lo que en ese caso, el financiamiento de la pensión para un siniestro de invalidez o sobrevivencia sería únicamente con el dinero acumulado por el trabajador en su cuenta más el valor de redención del Bono de Reconocimiento, si tuviera derecho a ese beneficio.
    Es conveniente recordar que los trabajadores que realizan actividades de riesgo, están sujetos a un seguro, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, que cubre justamente las contingencias derivadas de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. En teoría el empleador debería haberlo contratado por lo que el reclamo por ese siniestro debería realizarse ante la aseguradora que tiene a su cargo el SCTR, salvo que se haya contratado con la ONP. Con el documento que acredite la cobertura del siniestro el trabajador acudiría a la AFP, con sus documentos de carácter personal a fin de iniciar el trámite de pensión de invalidez en el SPP. Sólo habría que tener en cuenta que sólo en la medida que el SCTR considere una invalidez mayor o igual al 50% en la capacidad de trabajo, se podrá gestionar una pensión en el SPP.

  49. Jose Geldres Quispe escribió:

    Pregunto hay dos leyes de 19990 uno para el SNP y otro SPP,

    Porque los del Sistema Nacional de Pensiones reciben aumentos, gratificaciones y devengados y los del Sistema Privado no reciben nada si los dos son de la misma Ley 19990 debería de ser igual

  50. Luis escribió:

    Hay un tema que fluye de todas las interrogantes que se han venido planteando y tienen que ver con la opción entre un sistema y otro, las posibilidades de jubilación que existen y los alcances respecto de las condiciones en que las pensiones son otorgadas.

    Tratando de ser claro yo sería de la opinión:
    1. Situación Previsional: La elección de un sistema respecto del otro no es igual para todos. Una persona que está cerca de los 55 años, con posibilidad de jubilarse en el SNP, no le resultaría tan conveniente el tránsito al SPP, salvo que tenga un Bono de Reconocimiento máximo y remuneraciones altas y el afiliado esté dispuesto a esperar hasta los 65 años de edad, que es la edad legal de jubilación. Digo esto porque en el SNP hay una pensión tope que es S/. 857.36 (en términos anuales sería algo así como S/. 1000.35, es decir si se consideran las gratificaciones que se perciben) de manera que si en el SPP puedo obtener una pensión mayor S/. 1000.35, sería una opción a evaluar.

    En el caso de los más jovenes o que recién ingresan a laborar, creo que desde todo punto de vista a un mismo nivel de aportación en el SPP recibirían una mejor pensión al finalizar su vida laboral.

    Además habría que tener presente que si un trabajador no acumula los años de aportación necesarios para alcanzar una pensión en el SNP, ese dinero sería perdido. Por ello, para este tipo de trabajadores, una opción es afiliarse pues podrían generar derecho a Bono de Reconocimiento, y recuperar parte del dinero que aportaron al SNP.
    Si no estamos seguros que nuestra decisión fue la correcta (hablando de los que ya estamos afiliados), hoy existe una opción para retornar al SNP, a través de la Desafiliación y cuyo requisito básico es tener cuando menos 20 años de aportes entre ambos sistemas. Si están en esa situación podrían iniciar el trámite de desafiliación, a fin de ver cuál es su situación real (podrá enterarse respecto de las pensiones en ambos sistemas así como cuánto tendría que regularizar por las diferentes tasas de aportación entre ambos sistemas) y sobre ello determinar cómo estamos. Lo que sí no se debería hacer sin pensar bien el tema es suscribir la Sección III – Declaración Jurada, pues a partir de ese momento el trámite es irreversible.

    Un consejo. Para temas que son previsionales lo más importante es estar informado. Pero no hay que dejarnos llevar por lo primero que nos dicen, hay que tratar de indagar más acerca de las cosas que nos plantean porque esa es la manera de evitar hacer cosas de las que después nos lamentemos.

    Los demás punto los comentaré luego.

    Lucho
    Lromani@speedy.com.pe

  51. Luis escribió:

    A propósito de lo que comenta José, es importante tener en cuenta que los Sistemas de Pensiones que tenemos no tienen la misma estructura, a manera de ejemplo el SNP (19990) es un sistema de reparto, es decir, el dinero que se paga sirve para financiar las pensiones de los pensionistas. En el caso del SPP, el esquema es autofinanciamiento, es decir, yo construyo mi pensión y son mis aportes, la rentabilidad generada por ellos y el valor de redención del Bono de Reconocimiento lo que me permite financiar una pensión.
    En el SNP, la pensión se determina en función a trayectoria de remuneraciones y años de aportación, es decir, es un esquema donde la pensión se calcula sobre la base de promedios de remuneración anteriores al cese. Si quisieras graficar eso imaginen un trabajador que aporte por 30 años sobre la base de S/. 500, habría acumulado S/. 23400 y suponiendo que el trabajador aspira a percibir como pensión lo mismo a los 65 años, tendriamos que en el SPP se necesitaría un total de aproximadamente S/. 80000, es decir, la diferencia respecto de lo que se aportó y lo que se necesita para financiar la pensión se compensa con la rentabilidad que genera el Fondo Consolidado de Reservas (que es de donde se pagan las pensiones) y las transferencias que realiza el tesoro.

    Ahora, por qué motivo el SNP aumenta pensiones y el SPP, no. Eso se debe a que como indicaba en el primer caso, el Estado está asumiendo mayores compromisos, a pesar que no existe correspondencia entre lo aportado y lo que percibirá, en tanto que en el SPP, dependerá de la modalidad de pensión que el afiliado contrate. Si contrata un Retiro Programado (la propiedad sigue siendo del afiliado, se recalcula anualmente y se paga con cargo a la Cuenta hasta que se agote, salvo que luego cambie de modalidad) es probable que la pensión pueda subir un poco por efecto de la mayor rentabilidad obtenida. Sin embargo en el caso de Rentas Vitalicias, al haber sido materia de un contrato (póliza) se mantienen inalterables (en dólares), con excepción de las pensiones en Nuevos Soles, las cuales se ajustan trimestralmente de acuerdo al IPC.

    Saludos,
    Lucho
    Lromani@speedy.com.pe

  52. Jose ALvarez escribió:

    Tengo 32 años de edad y hace tres años me afilie al SNP en la opcion de Facultativo Independiente, en la actualidad he ingresado a trabajar en una empresa minera y me hacen la pregunta de si continuo en el SNP o decido cambiarme al SPP. Si decido cambiar al SPP ¿perderia todo lo que he aportado al SNP o serian reconocidas la aportaciones hechas en una AFP?. Gracias

  53. pedro pablo ramirez taco escribió:

    Hola, amigos, quisiera solamente consultarles cómo pudiera seguir realizando mis aportes, ya que vengo trabajando por una empresa contratista hace varios años en el exterior del país y eso me preocupa porque no nos pagan por planilla y no quiero perder realmente mi seguro dentro del sistema privado de pensiones (afp integra) mi codigo unico de identificacion spp es lo siguiente: 244241prtioo, por favor le suplicaria que me den una respuesta y solucion a mi consulta, para continuar mis pagos. Atte. Pedro Ramirez Taco. DNI#08114086. Lima-Peru.

  54. Luis escribió:

    Continuando con las explicaciones acerca del SPP, muchas personas confunden las condiciones de acceso a una jubilación en el Sistema Nacional de Pensiones y las que corresponden en el SPP.

    Si bien la edad legal de jubilación tanto en el SNP como en el SPP, es a los 65 años de edad, en el SNP existe la posibilidad de jubilarse de manera adelantada a los 55 años de edad y 30 años de aporte, en el caso de los hombres; y, 50 años con 25 años de aporte, para el caso de las mujeres.

    Además de esta posibilidad, existen regímenes especiales para los mineros (se pueden jubilar desde 45 años de edad si es socavón hasta los 55 años si es que es labor expuesta a riesgos de toxicidad), además de los trabajadores de consturcción civil, cuereros, entre otros.

    El mecanismo de cálculo de la pensión, como indicaba anteriormente, está en función a las remuneraciones percibidas al cese, considerando los niveles máximos y mínimos que la Ley prevé. La pensión mínima es S/. 415 (anualizada sería S/. 484.17) y la pensión tope es de S/. 857.36 (S/. 1000.25).

    En el caso del SPP, las posibilidades de jubilación son variadas:
    1. Jubilación por Edad Legal (65 años, siendo el único requisito tener la edad. El financiamiento es con la Cuenta Individual y el Bono de Reconocimiento.
    2. Jubilación Anticipada. Se puede acceder a cualquier edad, siempre que la pensión que alcance asciende a cuando menos el 50% del promedio de remuneraciones de los últimos 10 años ajustadas por IPC (inflación). Igualmente, el financiamiento es con la CIC y el BdR.
    3. Jubilación Adelantada 19990 en el SPP. Para afiliados que se afiliaron antes del 02.01.2002 y se incorporaron con derecho a una jubilación en el SNP (es decir, cuando tenían ya por lo menos 55 años de edad y 30 de aportes ´para hombres o 50 y 25 para mujeres. El beneficio es con garantía estatal, es decir, si con lo que tengo en la cuenta y el Bono de Reconocimiento no alcanza, el Estado pone la diferencia. El pago es contra la cuenta y una vez que se agote el estado inicia los pagos de pensión.
    4. Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo- Régimen Extraordinario. Destinado a afiliados que cumplen con condiciones de acceso en el marco de las normas del SNP. Al igual que en el caso anterior, el beneficio es equivalante al del SNP, y una vez agotada la cuenta el Estado inicia los pagos.
    5. Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo – Régimen Genérico. Está diseñado para los actuales trabajadores que están todavía lejos de la edad de jubilación para esta actividad. Se ha creado un mecanismo de aporte complementario que es compartido entre el trabajador y el empleador de manera que a través de aportes adicionales pueda acceder a una jubilación a una edad más temprana. Por un número de años aportados con complemento se descuenta de la edad de jubilación determinado número de años.
    6. Pensión Mínima. Para afiliados hacidos hasta 1945 y no alcanzan una pensión de S/. 484.17 pueden solicitarla siempre que tengan 65 años de edad y un mínimo de 20 años de aportes entre ambos sistemas. Es un beneficio con garantía estatal, de acuerdo a lo que se ha indicado anteriormente. Con la Ley N° 28991 se ha ampliado este beneficio para afiliados nacidos luego de esa fecha, pero en ese caso se requiere que el trabajador regularice el diferencial generado por las distintas tasas de aportación entre el SNP y el SPP.
    7. Régimen Especial para Desempleados. Este régimen permite a una persona de 55 años -cuando menos- y situación de desempleo no menor a 12 meses, a evaluar la posibilidad de jubilarse si alcanza una pensión del 30% del promedio de remuneraciones de los últimos 10 años. Sin embargo, la limitación más grande que tiene es que el Bono redime sólo cuando se haya agotado la CIC, lo cual supone un perjuicio para el trabajador dado que se consumirá su cuenta y sólo agotada ésta podrá contar con el valor de redención del BdR que le permita contratar una pensión (con un saldo menor, por supuesto).

    Los requisitos que he señalado son generales, definitivamente hay particularidades que por su extensión no se pueden abordar a través de este medio, pero da pie para que si está interesado pueda acercarse a su AFP e informarse más acerca de estos beneficios. La otra opción es acudir a la Plataforma de Atención al Usuario de la Superintendencia que se encuentra en el Jirón Junín N° 270.

    Saludos,
    Lucho
    Lromani@speedy.com.pe

  55. jose atoche ezeta escribió:

    si no tengo mis boletas de pago de los años 82 95 porue se han extraviado que debo hacer

  56. jean escribió:

    tengo una duda si el SNP le genera gasto al estado por q este no puede financiarse solo, por q el estado lo mantiene vigente y ahora mas con la libre desafiliacion donde personas del SPP se van a pasar al SNP

  57. CHRISTIAN HOYOS escribió:

    Yo recién estoy aportando y estoy en el sistema nacional de pensiones; quisiera que me aconsejaran si me mantengo ahí o voy a una AFP? Mi correo es: cjarlos@hotmail.com

  58. Jose Nuñez Perales escribió:

    Quisiera recomendarle a los que recién se inician en un trabajo y no saben si afiliarse a la ONP o a una AFP, que si ustedes ganan un sueldo de S/. 1000 o menos no les conviene una AFP porque en 30 años su aporte sería muy poco y su pensión no llegaría ni sueldo mínimo.

  59. Gary Flores escribió:

    Cómo puedo afiliarme o aportar al SNP modalidad independiente (sin estar en planilla), si es que se puede.

  60. ROLANDO escribió:

    Hola, seguro de contar con la respuesta mas acertada, quiero saber como se procede para cambirme de AFP; por que de la que estoy afiliado no tengo reporte alguno hace muchas lunas y que beneficios tiene el pertenecer a una de ellas?

  61. William Damian Baldera escribió:

    Tengo 14 años de aportacion a una AFP y estoy gestionando para irme a vivir fuera del pais. la pregunta es : ¿Si renuncio a mi trabajo, puedo pedir el total de mis aportaciones que ascienden a 20 000 soles?

  62. JORGE CORBERA GOICOCHEA escribió:

    Quienes no cumplen con los 65 años de edad y como mínimo 20 años de aportes no pueden gestionar una pensión. Eso es lo que me pasa, me ilusioné pensando que desafiliándome podía tener una pensión pero la realidad es otra. Tengo que esperar 11 años porque en la actualidad tengo 54. Qué decepción.

  63. Edwin Payne escribió:

    Hola amigos, mi consulta es la siguiente: mi esposa ingresó a trabajar en una empresa publica el año 1989, luego se afilio a una AFP, pero es el caso que no le dieron el bono de reconocimiento. Actualmente ya está por cumplir 20 años de servicios y tengo entendido que la edad para que se jubile es de 65 años, si ella empezó a trabajar a los 19 años ¿va a tener que trabajar durante 46 años para jubilarse? Sé que en el SNP el tiempo de servicios para la jubilacion de las mujeres es 25 años sin importar la edad; ¿sería convenientes desafiliarse de la AFP y pasarse al SNP? ¿ Es conveniente o no? Gracias por su respuesta.

  64. silvia bezold escribió:

    Rolando, el traspaso a otra AFP es muy simple, es obligacion que recibas tus reportes.
    En el caso de de Jorge y edwin se necesitan mas datos para poder orientarlos

    silviabezold@gmail.com

  65. Miguel Angel escribió:

    Cuando se es jubilado – pensionado por invalidez en una afp – al cabo de un año ¿cómo se gesta el nuevo cálculo de la pensión?
    ¿Esta pensión baja o aumenta?
    ¿Qué pasa con las ganancias que ha generado el fonde pensión?

  66. Carla Bracamonte Asesora Previsional escribió:

    En realidad hay muchas dudas y muy poca información acerca de uno u otro sistema, lo que les puedo aconsejar es que tomen desiciones de acuerdo cada uno a su edad, el SPP es muy bueno, pero no es igual empezar en una AFP a los 20 años o a los 48 años. Definitivamente hay diferencias.
    Soy especialista en Sistemas de Pensiones (manejo los 2 Sistemas) y cualquier duda les puedo orientar. La idea es que cada persona escoja por sí misma y basado en SUSTENTOS (cálculos basados en las leyes ACTUALES) no por las experiencias ajenas o por comentarios de gente que NO SABE y propaga INFORMACIÓN ERRÓNEA. "CUIDADO".

  67. Luis Romani escribió:

    Estaba leyendo las consultas que se plantean y me pareció importante intervenir para hacer algunas precisiones para que tengan una idea más clara de lo que el SPP permite o no.

    En el caso de Willian, debe acercarse o ir a la página web de su AFP e informarse respecto del trámite de transferencia de fondos al exterior, que es un mecanismo establecido para afiliados que cambian de residencia definitiva para irse a otro país. Sin embargo, hay un requisito básico asociado a un número de años mínimos de permanencia que, todavía no cumpliría. (60 meses y 36 si es que es extranjero).

    En el caso de Jorge, lo más probable es que cuando presentó la solicitud todavía no cuente con los requisitos para acceder a una Jubilación Adelantada cuyo requisito es 55 años de edad y 30 años de aporte.

    En el caso de Edwin, hay que tener presente que las condiciones de jubilación de un régimen respecto del otro son distintas. En el SNP, efectivamente, la posibilidad de jubilarse adelantadamente se da a los 50 años y 25 años de aporte. Ahora bien en el SPP, la jubilación llega a los 65 años de edad, sin importar los años de trabajo. Si una quisiera jubilarse antes de los 65 años, hay la posibilidad de hacerlo pero hay dos requisitos que cumplir que la pensión que le calculen sea cuando menos el 50% del promedio de las remuneraciones de los últimos 10 años y, que por lo menos tenga 72 meses de aporte efectivo en ese período. Puede acercarse a su AFP a preguntar por este tema.

    En el caso de Miguel Angel, yo le comentaría que una pensión de invalidez tiene dos posibilidades con cobertura del seguro y sin cobertura del seguro. La cobertura es el derecho que tienen los afiliados que la empresa de seguros que administra los riesgos por la AFP, asuma el diferencial que existe entre el dinero que el afiliado acumuló en su cuenta más el Bono de Reconocimiento y el capital que se necesita para financiar la pensión de manera vitalicia.

    Por ello, en los casos con cobertura la pensión se detemrina en función al promedio de remuneraciones de los últimos 4 años anteriores al siniestro (que se conoce como fecha de ocurrencia). La pensión otorgada tiene dos (2) tramos: una transitoria que se inicia con el primer dictámen de evaluación y calificación de invalidez (a cargo de la empresa de seguros) y un tramo no transitorio que el afiliado percibirá cuando la aseguradora transfiera a la AFP (si procede) el dinero faltante a su cuenta y salga a contratar una pensión. La pensión que contrate el afiliado puede ser un Retiro Programado o Rentas Vitalicias. Si fuera Retiro Programado, la pensión se recalcula anualmente (por la menor expectativa de vida y los rendimientos del fondo), en tanto la renta vitalicia en Nuevos Soles se ajusta por IPC trimestralmente, en tanto que la Renta vitalicia en dólares es constante en el tiempo.

    Si la pensión de invalidez no tuviera cobertura, ésta se paga bajo Retiro Programado en el tramo transitorio. En la etapa definitiva el afiliado elige la modalidad y las características de ajuste dependerán de la modalidad que haya elegido.

    En verdad es un resumen muy apretado pero espero que sirva. Como siempre tienen la posibilidad de acudir a la AFP o a la SBS para obtener mayores precisiones sobre el tema.

  68. Marck escribió:

    Tengo 30 años, si aporto 312 soles a la AFP mensual, al cabo de 30 años, ¿cuánto será la remuneracion que puedo tener mensual, y hasta cuántos años me alcanzaría?
    Claro está en el ejemplo seria con una rentabilidad promedio.
    Si pudieran hacer un ejemplo lo tendria mas claro… SNP (ONP) o SPP (AFP).
    Gracias

  69. Fausto Roberto Arias Escalante escribió:

    Hola, ¿qué criterios se consideran para calcular excedente de pensión?
    Gracias por la respuesta.

  70. Carla Bracamonte escribió:

    Sr Edwin Payne. En la ONP las mujeres pueden jubilarse con 50 años de edad y 25 años de aporte, eso es cierto, pero hay que recordar que segun la ley 19990 actual: Por cada año de adelanto respecto a la edad legal (65) le descontaran 4% del promedio de remuneracion, es decir 60% menos pues son 15 los años que estaria adelantando. (15 x 4 es 60)
    Entonces: Si por los primeros 20 años de aporte le otorgan 30% y por cada año adicional le otorgan 2% (tiene 25 años osea 20 + 5 años adicionales) seria 10%+
    Su esposa de jubilarse en la ONP a esa edad tendria como pension 30% + 10% – 60%
    del promedio de su remuneracion. Es decir -20% del promedio.
    (Le quedaria debiendo al estado)
    Creo que mil veces esta en la AFP no cree?
    Hace falta informarnos mas.
    Busque informacion en la ONP.
    Este es el calculo legal actual.
    Creo que las personas que quieren desafiliarse no saben en que se estan metiendo, muchas veces cambian guatemala por guatepeor.
    Salvo excepciones el SPP es mejor a leguas.
    A sus ordenes.

  71. Luis Romani escribió:

    Aclarando un poco lo que señala Carla y para no confundir, es necesario señalar que el SNP otorga pensión mínima con 20 años de aporte. De manera en el caso del señor Edwin Payne su esposa lo mínimo que recibiría esa pensión. Siempre en la medida que tenga cuando menos 50 años de edad y 25 años de aporte. La pregunta natural es si el SPP le ofrece hoy una condición similar, me parece que no. Al final son dos factores los que determinan si pensar en uno u otro, el monto de la pensión y la posibilidad de acceso.

  72. Carla Bracamonte escribió:

    Gracias Luis.
    Es cierto, en la ONP hay pensión mínima, por ese motivo es que a algunas personas sí les conviene.
    Necesitaríamos saber la edad de la señora, a qué edad se afilió, cuál es su fondo actual y cuál es su remuneracion. Con esos datos podríamos decirle aproximadamente cuál sería su pensión en la AFP.
    Ahora, si la mencionada señora se afilió de menos de 30 años me atrevo a decir que su pensión será por lo menos el doble de su sueldo (calculada con una rentabilidad de sólo 10%)
    Si desea un cálculo exacto, habría que publicar los datos completos. Si se afilió después de los 45 años tal vez le convenga regresar a la ONP.
    A cada quien lo que más le convenga.

  73. Claudia Cermeño escribió:

    hola, quisiera saber que pasa con lo aportado en caso el afiliado muere antes de percibir la pensión respectiva y no tiene conyuge, pero si tiene hijos mayores de edad CAPACES? es posible recuperar lo que el afiliado hubiera aportado???

  74. Zoila Rosa Suárez Sosa escribió:

    Tengo 28 años de aportación, estoy en la AFP Integra, pero es mi deseo transferirme a la ONP, ¿qué debo hacer?, ¿es recomendable si a la fecha tengo 47 años de edad?

  75. victor manuel poemape vasquez escribió:

    Tengo varios años aportando afp union vida que ahora es afp prima, desde que me cambié no tengo ninguna noticia de mi estado de cuenta. Rogaria por favor si me pueden informar sobre lo ya mencionado. Pueden escribir a este correo victorp3-@hotmail.com o al telefono 94948-5684.

  76. juan alfredo pena sandoval escribió:

    quisiera saber cuanto tiempoaporte al seguro ya que trabaje desde los 15 anos en diferentes empresas y desde el 85 mas o menos trabajo independiente yquiero ver que posobilidades tendria de una futura jubilacion

  77. graciela timana moreno escribió:

    Hola soy Graciela, tengo 33 años y estoy afiliada a la AFP Integra hace 3 años. Quiero desafiliarme y pasar a la ONP. Qué trámite debo seguir y si esto me convendría. Gracias

  78. REYNA ISABEL TRAUCO escribió:

    Buenos dias , tengo 22 años de edad y estoy a punto de ingresar al sistema de pensiones pero por mi ingnorancia la verdad no se a que sistema me conviene soy enfermera de un consultorio particular y a partir de mayo entre en planilla es por eso que deseo esa informacion ,,explicitamnente queiero informacion sobre las ventajas de los sitemas de pensiones AFP Y ONP por favor si pueden ayudarme que hago

  79. carmen escribió:

    Buenos días a todos. Espero que hayan sido respondidas sus consultas ya que son muy interesantes, pero sugiero que las respuestas quien las tenga ya sea visitante o creador de esta página las deje plasmadas aquí mismo, como en las diversas salas de foros ; ya que hay muchas personas en el Perú que desean saber o han pasado ya por estas circunstancias.
    Mi aportación sería, para algunas preguntas, lo siguiente (si me equivoco espero logren corregirme asi tambien yo tendré algo a mi favor en aprendizaje, gracias):
    La pregunta de Zoila Suarez: Te convendría volver a la ONP, por lo que la Ley 1990 realiza el pago de forma vitalicia, es decir hasta nuestros últimos días; por otro lado existen despues de las AFP (quienes ya sabemos que es hasta que se agote el dinero), las Rentas Vitalicias (que tambien es hasta nuestros ultimos días y ademas deja herencia mas interesante que la ONP) que son particulares y te ofrecen ventajas superiores a lo que la ONP te va a pensionar; cuales son ellas pues pertencen a las aseguradoras que hay en el pais; en este sentido comprobar siempre antes de escoger alguna solidez, solvencia y el tiempo de permanencia en el país , si es que tienen la gran cantidad de años en nuestro país ya que eso indica mucho.

  80. fatima escribió:

    Tengo 50 años, solo aporte 6 años a la SNP, ¿cómo puedo afiliarme o aportar al SNP modalidad independiente, sin estar en planilla? ¿cual es mas recomendablela AFP o SNP?. Gracias

  81. Isabel Jo escribió:

    He leido casi todo y creo que, por lo que dicen, el SNP o sea el nacional es mejor que el privado puesto que aquí te puedes jubilar con 55 habiento aportado 20 años ( en mi caso así lo deseo ) y bueno ya leí lo que dice que si me retiro a los 55 me quitaran x% por cada año de adelanto a mi jubilacion, pero quisiera que nos informasen mejor o en todo caso a mi correo taniisabelle@hotmail.com ya que tengo 25 y recien empezare a aportar y no sé si elegir entre el nacional o el privado y cual de ellos sera mejor, mi sueldo es menos de mil soles pero tengo miedo como muchos de no tener una pension en mi jubilacion que sustente mis ultimos años de vida y por último la gente deberia tener libertad de hacer con su dinero lo que le plazca y no tener que entrar a un trabajo y de frente a uno decirle muy bien elije tu fondo de pensiones o no te contratamos porque asi lo dice la ley (¡en que mundo vivimos!) en fin yo entraré a un banco y ya aprenderé mejor sobre la vil corrupción que se vive aún a nivel mundial.

  82. ANA BILLARRICA escribió:

    Hola mi consulta es ¿cómo puedo desafiliarme de la AFP Prima? En sí, a nosotros los empleados de esta empresa nos obligaban a afiliarnos porque sino lo hacíamos estábamos fuera, por eso renuncié, pero ya estaba afiliada, claro, yo no aporte ni un sol porque en sí no me convenía ¿Qué requisitos tengo que presentar para la desafiliación? Gracias

  83. Flavio escribió:

    Me pasé desde la AFJP privada a la del reparto (Estado), pero resulta que mis fondos aportados quedan en la otra repartición. Al menos así dice la carta que me enviaron desde la AFJP.
    Cuando me ofrecieron pasarme a la administración privada me habían dicho que mis fondos pasaban a sus arcas, pero ahora me encuentro con que no tomaron la misma actitud y lo peor de todo esto es que si sucede lo que ya pasó en Chile (de que presenten quiebras alguna de las AFPJ), ¿dónde van a ir a parar mis 13 años de aporte (o mis 467 cuotas) equivalentes a $ 49.934?

    Necesito asesoramiento, podestadiense@hotmail.com
    Argentina

  84. RUBEN escribió:

    Estimada Graciela si actualmente estas aportando a la AFP tienes los beneficios de pensión de invalidez de sobrevivencia y gastos de sepelio, aparte Essalud te otorga también gastos de sepelio. Si no cotizas más de 4 meses entonces pierdes ese beneficio pero no tu fondo de jubilación acumulado que sigue ganando rentabilidad. Si te desafilias solo tendrías gastos de sepelio con Essalud siempre y cuando estés en planilla. Además a los 65 años debes tener mínimo 20 años de aportes si tuvieras 19 años no te jubilas en la ONP dinero regalado. En AFP no interesa años de aportes. Mi correo es ruguinet@hotmail.com. Saludos

  85. RUBEN escribió:

    Estimados lectores: voy a hablar de manera simple. Si una persona (hombre), que aportó 30 años, recibe, por ejemplo, 700 soles mensuales en la ONP y fallece a los 67 años, no tiene esposa, es divorciado o viudo, entonces su pensión termina al fallecer, no hay hijos menores, solo mayores y, como es un sistema de reparto, no existe herencia. En cambio, en una AFP si el afiliado tiene por ejemplo 90,000 soles en su fondo y una pensión de 700 soles en la modalidad de “retiro programado” y fallece a los 67 años, el dinero que queda genera herencia y lo recibirán los hijos mayores, o algún familiar, la AFP no se queda con el dinero (pero la compañía de seguros sí, si hubiera escogido renta vitalicia). Es mas, si es un afiliado (hombre o mujer) dejó de aportar a la AFP varios años y fallece, digamos a los 35 años de edad, su fondo de jubilación (el que haya acumulado) sí genera herencia, si no hay beneficiarios. En cambio, si estuviera en la ONP, los otros jubilados le dirán: ¡gracias!

  86. RUBEN escribió:

    Señores: si una persona al jubilarse en AFP se sintiera bien de salud, que elija renta vitalicia, pero ella si no anda bien de salud que elija retiro programado porque (en ese caso) al fallecer el dinero que queda en su fondo genera herencia. ¿Alguien tiene un estado de cuenta de la ONP que le diga cuanto dinero tiene en su fondo?

  87. ysabel escribió:

    Mi papá tiene más de 2 años tratando de obtener su jubilacion , él está ahora tratando de verlo con un abogado, no tengo mucha información del asunto porque estoy fuera de el país, pero me contó que esta buscando a un abogado para poder tramitar sus papeles porque se lo estan negando, ¿me podrían dar un breve resumen de lo que el puede hacer?

  88. JIMY escribió:

    si un trabajador aporta 10 años y deja de aportar un año y al año siguiente que el no aporto quiere aportar lo del año pasado que no aporto no afecta a los que es el periodo de portes obligatorios seguidos, necesito que me envien una respuesta a mi correo.
    jllontop851@hotmail.com
    Gracias

  89. maria luz parodi cayo escribió:

    mi nombre es maria luz he aportado 15 años al snp desde 1974 pase afp horizone en 1998 , el 2001 cambie a profuro ,ahora en ella me dicen que me podre jubilarme cuando cumpla loslos 60 años soy docente que hay de cierto. trabaje en un colegio paricular 15 años y continue en el estado hasta la fecha en total he aportado 34 años , me podrian decir que debo hacer o la mejor solucion. gracias.

  90. santos PEREZ escribió:

    una interrogante estuve trabajando en una empresa de productos pesqueros y cuando recien me comensaron a pagar mis aportes ivan para el snp tengo un mes y medio de aportacion ahi y despues segui con la afp no sabian que yo era afiliado de la afp como hago para recuperar esos aportes del snp…gracias aserorenme.

  91. MILENA QUESA BUENO escribió:

    Buenos dias, mi nombre es Milena Quesada y tengo 31 años necesito saber de las 5 AFP existentes en el Perú que conviene aportar para en el futuro obtener mi jubilación,

    agradecería me ayuden con esta duda?

  92. Carla Bracamonte escribió:

    No entiendo por qué las personas siguen diciendo y AFIRMANDO que en la AFP te dan la pensión hasta que se acaba el dinero, creo que hace falta buscar informacion… por el amor de Dios. No podemos seguir emitiendo comentarios sin tener la certeza de algo.
    Señores: En la AFP (a través de los seguros) sí hay pension vitalicia. En la AFP no hay tope de pension. En la AFP sí hay pension mínima. En la AFP se genera herencia (si no se escoge pensión vitalicia). Son muchísimas diferencias. Hasta ahora no encuentro algo de perjudicial en las AFP. Y repito, todo depende de la edad de la persona al afiliarse. Eso es básico. Igual todos tenemos derecho a equivocarnos al elegir un sistema de pensiones (AFP o ONP), aunque en este caso no solo nosotros seremos los perjudicados por nuestras malas elecciones, sino tambien nuestra familia.

  93. Anyi escribió:

    Soy anyi y necesito saber a que AFP afiliarme tengo dos dias para informar a mis jefes y quisiera saber si hay algun dato que me puedan dar URGENTE porfavor para no perder afiliarme a una AFP,solo tengo 21 años.

  94. Isabel escribió:

    Quisiera saber como puedo trasladar el dinero que estaba depositando a la ONP, pues no tenia conocimiento que estaba inscrita en la AFP.

  95. Andres Avelino Caceres Rodriguez escribió:

    Señores, tengo 55 años de edad, quiero jubilarme en el SPP, tengo 29 años de aportación entre los dos sistemas, el monto de aportaciones S/.300,000.00 incluido bono. Estoy desempleado desde el 2003, no aporto nada, pero me dicen en la AFP que por haber tenido un sueldo muy alto no me pueden dar la pensión (datos, último sueldo 5,700.00, viudo, tres hijo mayores, 14 remuneraciones al año). Por favor, si pueden darme un teléfono donde hacer más preguntas.

  96. john escribió:

    ho9la me llamo john y tengo años ñen el 20069 aporte 8 mese a ala onp y despues de 1 año regrese a aoprtar pero un dia fui ala onp para ver sobre mis aportes pero me mandaron ala sunat y en la sunat me dijeron que solo daban la relaci9on de aportes a los que aportan independientemente por eso quisiera saber como puedo ver sobre mis aportes de la onp
    y si podrian fdarme mas informacion sobre cual es mas convenient5e la afp o la onp pues le estare muy agradecido por su rpta.byeee

  97. silvana escribió:

    Quisiera saber si es mas importante los años que se tiene o la cantidad de aportaciones que se haga hasta cumplir los 65 años? les digo esto porque yo en lo personal tengo 56 años y mis aportaciones solo llegan a cuatro años (demostrados) sumando desde 1972 al 2008. deje de trabajar por mucho tiempo, luego tuve trabajos en el cual no figure en planilla, ahora debo trabajar hasta los 65 años o sea 9 años mas de aportación (13 años de aportación)no se si me reconoceran mis aportes tan abismales en tiempo osea no llego a los 25 años de aportacion no se si tendre pensión de jubilación. quisiera que alguien me oriente please al pva-2008@hotmail.com

  98. RUBEN escribió:

    Querida Silvana, en la ONP mínimo para jubilarse son 20 años de aportes y sólo aportaste en planilla 4 años, los otros años no se consideran por ser de 4ta categoría. Si esos 4 años de aportes a la ONP son entre dic. 1982 a nov. 1992 y el 4to año de aporte fue entre 1991 a 1992, podrías tener derecho a bono de reconocimiento siempre y cuando te afilies a una AFP. Es un tema para conversarlo mi teléfono es 997907-240.

  99. Ruben escribió:

    Estimado señor Cáceres:
    Usted cuenta con el requisito de 12 meses desempleado y es verdad respecto a su sueldo alto, esto dice la ley:
    "La pensión de acceso calculada debe ser mayor o igual, por lo menos, al 30% del promedio de las últimas 120 remuneraciones y rentas declaradas. Debe registrar dentro del período de los 120 últimos meses anteriores al de la suscripción y presentación de la solicitud, no menos de 72 períodos de devengue con aporte (mínimo 60% de densidad de cotización)"
    Cabe resaltar que estos requisitos no son caprichos de la AFP sino del del estado. Un consejo comuniquese al PAU de la SBS 428-0555

  100. Vladimir escribió:

    Como puedo recuperar lo aportado el ultimo año (recien voy aportando ocho meses) a la ONP para poder usarlo con la AFP de mi preferencia.

  101. Nelly Posaico Quispe escribió:

    Estimado Sres:
    Vengo aportando 12 años en la AFP, Qué pasaría si fallezco, tales aportaciones ¿se pierden o queda para mi familia? ¿qué diferencia hay entre una AFP y ONP? ¿son iguales o no? ¿y cuál de ellos conviene?
    Gracias

  102. GIL CACERES MEZA escribió:

    Quisiera saber qué documentos debo presentar para tramitar jubilación por invalidez y qué tiempo demora el trámite. Tengo el certificado de incapacidad definitiva.

  103. jonathan escribió:

    hola recien enpieso a trabajar y me dicen q me tengo q afiliar a un afp o onp pero pienso trabajar solo algunos meses a cual me conbiene afiliarme ya que solo aportar algunos meses…. si me afilio a una onp se puede cambiar auna afp? y viceversa

  104. angel escribió:

    hola soy angel bueno solo deseo saver qe pso con el aporte qe estuve aportando por una tenporada en la pesca industrial aportamos 36dolares y para nuestro seguro en afp y ahora ya desaparecio x conpleto por las puras hemos aportado y ese dinero qe pasara responda

  105. valentino escribió:

    ¿Cómo puedo saber si la empresa para la cual trabajo está aportando a la ONP y no me están descontando por las puras?

  106. Carlos Quispe Quispe escribió:

    Que opcion meda la AFP primapara seguir aportando para mantener el seguro de pension,por que la empresa que trabajaba me ceso a mediados de junio del 2008. Yo empece a trabajar en mes de marzo y porlotanto tengo 4 meses de aportacion ya, y yo quiero continuar aportando por el momento hasta ingresar a trabajar a otra empresa que eso es mi objetivo.

  107. Lelia escribió:

    Estimados señores:
    ¿Qué dice la ley sobre el porcentaje que nos descuentan por administrar nuestro fondo de pensiones? ¿Por qué nos descuentan basándose en el sueldo total? ¿Acaso administran todo nuestro sueldo? Por favor es dinero que estamos perdiendo, un comentario por favor.

  108. JAIME ESPINOZA OCHOA escribió:

    Yo aporté al SNP desde el año 1982 hasta el año 1992, luego deje de trabajar hasta el año 1995 en que ingrese a trabajar en otra institución donde me afiliaron a una AFP donde aporté, durante 02 años donde también deje de trabajar, en el año 1997 ingresé a otra institución donde seguí aportando a esa AFP hasta el año 2001 donde también dejé de laborar hasta el 2003 en que volví a esa misma institución donde a la fecha sigo aportando a la misma AFP. Deseo saber cual será mi situación actual teniendo en consideración que me dieron mis bonos de reconocimiento de los 10 años aportados al SNP, ¿me conviene pasarme nuevamente al SNP o seguir en la AFP?

  109. BERNARD escribió:

    Estimada Leila el promedio de comisiones por administrar el fondo es 1.81% del sueldo o remuneración asegurable pues bien desde mayo del 2007 hay una inestabilidad en las inversiones a nivel mundial y los fondos de pensiones han disminuido desde el fondo 1 de conservacion de capital hasta el fondo 3 de mayor riesgo, sin embargo nadie se quejo en el 2006 donde el fondo 3 pago en 1 año casi 100%, recuerde que las inversiones es a largo plazo y hasta la fecha los resultados son satisfactorios. Nos descuentan del sueldo total porque no puede ser una cantidad fija, imagínese que una persona que gane 700 le descuenten igual a una que gane 5000 lo que si se debería es que podría rebajarse el descuento para aquellos afiliados que esten mas de 10 años en la misma AFP. Algunas AFP´s tienen planes de permanencia donde luego de un periodo le devuelven parte de la comisión aportada. Lo que administran es nuestro fondo de pensiones no el sueldo o que prefiere ir a la ONP donde el descuento es mas 13% y el dinero se reparte entre los jubilados actuales.

  110. BERNARD escribió:

    Amigo valentino, su consulta es muy buena, lo que le puedo decir: consulte en la SUNAT, es la entidad que recauda los aportes de la ONP. Entre a la web http://www.sunat.gob.pe y escríbale a consúltanos.

  111. alan escribió:

    hola a todos, me gustaria hacer una tesis sobre el sistema privado y nacional de pensiones, una comparacion cualitativa, necesito bibliografia agradeceria mucho recomendaciones, soy estudiante de X semestre d antropologia. responder a alillan20@hotmail.com

  112. BERNARD escribió:

    AFP prima cuando salio al mercado nos vendió la baja comisión sin embargo a partir de diciembre su comisión sube de 1.50% a 1.75% es por esta razón que su nueva publicidad no hablan nada de la comisión y su publicidad nos dice que lo importante es la rentabilidad y estar informados. ¡Qué graciosos! Encima que es la AFP que paga menos rentabilidad nos sube la comisión.

  113. bella escribió:

    Hola amiguitos….e leído sus comentarios la verdad es que es una viveza diría .de como es para sacar la plata y a veces mi para una buena recompensa. Saben es un verdadero problema……

  114. Angel escribió:

    mi mama tiene 49 años y tiene aportando desde hace 18 años atras. en la onp ley 19990. es obrera, necesito saber q debo hacer para q ya no trabaje y yo solo pagar su seguro y cuantos años mas aportaria para q mi madre reciba su pension.

  115. ROMULO YARASCA HURTADO escribió:

    Hola soy el profesor Rómulo Yarasca Hurtado, yo entré a trabajar en el año 1997 hasta el año 2000 como contratado en el colegios del Estado y estuve a portando a la ley nº 19990 y cuando entré a trabajar en el mes de marzo del 2000 nuevamente como contratado para el Ministerio de Educación ellos me habían afiliado a una AFP profuturo alegando ellos que era mi contrato si así estoy a portando a la AFP profuturo ahora en al año 2002 estoy como nombrado hasta la fecha, dígame, ¿me puedo pasar a la onp? O sea, volver a aportar a la 19990 o no que me recomienda que me quede en la 19990 y que hay de mis aporte en el año 1997 hasta el año 2000 consecutivos en la ley 19990 ¿lo he perdido o no? ¿Qué puedo hacer? A la fecha tengo 10 años de servicios como profesor para el Estado.

  116. LUCHO escribió:

    si sabemos de la rentabilidad que ofrece integra , pero quisiera que halla un sistema de identificacion y ubicacion de los trabajadores que por por carecer de informacion y sentido en tramites estan perjudicandose porque hasta la fecha han pasado en 10 o 15 años de haber cumplido copn la edad legal y aun tienes bonos de reconocimiento por obtner y diferentes factores hacen que no puedan iniciar los tramiotes o la doc. que se necesita.

    es el caso del sr. juan maximo caballero nuñez con dni. 22642386 quisera una orientacion al respecto.
    al 01983124318. cusp. 421081jcne6

    atte.

  117. Inés escribió:

    Quisiera saber cuanto es el promedio en soles que percibe un cesante por invalidez total actualmente en la AFP Horizonte, pues estoy a punto de llegar a esa condición, soy docente y tengo 44 años. Agradecería me ilustre al respecto
    Dios lo Bendiga

  118. Inés Castro escribió:

    Hola soy Inés y quería añadir más datos a mi consulta anterior para mejor cálculo, estoy aportando desde 01/05/1999, actualmente mi sueldo neto es de S/. 1247.00, de AFP me descuentan S/102.24 (C.Fija 79,69, C. variable 15.54 y seguro 7.01)

    Gracias

  119. PEDRO LLOVERA FERNAÀNDEZ escribió:

    Gracias por la oportunidad de escribirle. Quisiera preguntarle lo siguiente: soy un extrabajador de una compañía minera (Colquirrumi s.a.), trabajé cerca de 15 años de los cuales tuve 13 años de aportación al SNP. Por razón de quiebra de la empresa tuve que verme en el desempleo y ahora le pregunto como puedo hacer para poder tener derecho a una jubilación, de no ser así, qué debo hacer para no perder mis años de aportación. Gracias. Pedro Llovera Fernández

  120. RUBEN escribió:

    Señor Yarasca, usted es una persona joven, quédese en la AFP, la desafiliación son para las persona que se afiliaron a la AFP teniendo mas de 15 años de aportes al SNP, lo que si le recomiendo es que se cambie de AFP porque en 15 años de la creación del Sistema Privado de Pensiones Profuturo paga menos pensión y cobra mayor comisión. Vea este enlace de la supervisión http://www.sbs.gob.pe/porta

  121. Sonia Gutierrez escribió:

    Buenas tardes tengo 21 años, yo he empezado a trabajar en una empresa hace 2 meses y me doy con la sorpresa que estoy afiliada en el afp horizonte, y ahora recordando en la universidad un amigo me dijo que llenara unos datos, pero nunca pense que me estaba afiliando. Ahora quiero estar en la ONP pero me dicen que no puedo pasarme.
    Existe alguna manera de desafiliarme y si en todo caso ya no se puede , que afp me convendria.

  122. Sonia Gutierrez escribió:

    Buenas tardes tengo 21 años, yo he empezado a trabajar en una empresa hace 2 meses y me doy con la sorpresa que estoy afiliada en el afp horizonte, y ahora recordando en la universidad un amigo me dijo que llenara unos datos, pero nunca pense que me estaba afiliando. Ahora quiero estar en la ONP pero me dicen que no puedo pasarme.
    Existe alguna manera de desafiliarme y si en todo caso ya no se puede , que afp me convendria.

  123. Cynthia Franco escribió:

    Hola,tengo una consulta: es obligatorio afiliarse a una AFP o a la ONP? Cuanto es el porcentaje a descontarse si se afilia a una AFP suponiendo que el sueldo es de un promedio de s/2,500,que porcentajes y bajo que conceptos se descuentan estos,cual es la AFP mas rentable o aquella que descuenta menos porcentajes? Gracias por la respuesta.

  124. LINDA escribió:

    ESTOY EN AFP INTEGRA, QUIERO SABER SI EN LA ACTUALIDAD ES RENTABLE O ESTOY PERDIENDO?

  125. Gloria Murillo escribió:

    Un saludo cordial y paso a comentar mi caso:
    Ingresé a trabajar (a planilla para ser mas exacta) a una empresa en enero de 1991. Trabajando allí aporté al SNP hasta agosto de 1993.
    Me afilié al SPP en setiembre de 1993 (AFP Horizonte), y mis aportaciones se hicieron sólo hasta agosto de 1995 ya que esta empresa desapareció. Entonces decidí aportar por mi cuenta, lo cual hice sólo dos meses: setiembre y octubre del año 95 ya que me dediqué a buscar trabajo. En enero de 1996 ingresé a trabajar a una empresa comercial y continué con mis aportes. Estando en esta empresa, en marzo del año 1997 ingresé a trabajar como profesora en un colegio del estado, en el turno de la noche. Trabajé durante 4 años y 2 meses, en calidad de contratada, esto fue hasta mayo del año 2001 en que se dio fin a mi contrato para cubrir las plazas con docentes titulados. Al mismo tiempo, en mayo del 2001 renuncié también a mi trabajo en la empresa comercial para emprender nuevos planes, sin mucha suerte. Hasta que, después de varios años, regresé a trabajar a la empresa donde trabajaba anteriormente, esto es a partir de marzo del año 2006 hasta la fecha. Según mis cálculos tengo mas de 8 años y medio aportando a la AFP Horizonte y durante 4 años y 2 meses se hizo doble aportación puesto que tenía dos trabajos y en ambos se hacían aportes.
    Ahora bien, cuando yo ingreso a la página de AFP Horizonte y reviso mi cuenta, me parece encontrar algunas irregularidades, como que hay meses en que no se hicieron los aportes con respecto a mi trabajo como profesora.
    Necesito que me asesore alguien de AFP HORIZONTE y me pueda indicar cómo sé cuánto es lo que hasta el momento tengo y cómo puedo hacer para que se regularicen los aportes que no se hubieran hecho por parte mi empleador, en este caso el colegio del estado en el cual trabajé o la UGEL correspondiente.
    Me llega por correspondencia mi estado de cuenta pero, la verdad, no la entiendo muy bien. Muchas gracias.

  126. blanca escribió:

    hace unos años deje de trabajar por motivo de salud. ¿puedo jubilarme anticipadamente?

  127. Luis Romani Navarro escribió:

    Hola a todas:

    Lo que comenta Gloria es más común de lo que parece y por ello es importante que todos los trabajadores como nosotros llevemos algún nivel de control sobre nuestros aportes, porque muchas veces el empleador retiene pero no pago y eso tiene un nombre, apropiaciòn ilìcita. A veces difícil puede resultar controlar al empleador, sobre todo en empresas que no necesariamente son formales pero es allí donde existe mayor riesgo de incumplimiento.

    En términos generales, cualquier afiliado está en capacidad y es su derecho acercarse a la AFP y solicitar un Estado de Cuenta Detallado donde se aprecien todos los aportes que se encuentren acreditados. Igualmente, si no están todos los que deberían estar, pregunta sobre las acciones de cobranza y si no se ha realizado ninguna se debería alcanzar los documentos que prueban la retención de manera que la AFP pueda realizar las acciones de cobranza, aunque seguro que ya deben haberse realizado algunas acciones de cobranza "presunta", si pagas un mes y otros dos no y luego sí, existe un potencial incumplimiento de pago.

    Con las instituciones del Estado el tema es más problemático en términos de cobranza, porque no resulta posible aplicar todas las acciones que corresponderían (no se les puede embargar, por ejemplo).

    Saludos,
    Luis Romani

  128. RUBEN escribió:

    Srta Sonia Gutierrez, está mal la forma como la afiliaron porque debió hacerlo en una empresa, sin embargo con 21 años de edad está bien que esté en una AFP, no entiendo como quiere estar en la ONP siendo tan joven sobre todo que el descuento es 13% y NO ahorra ese dinero sino que está destinado para pagar a los jubilados de la ONP. Las mejores AFP´s son INTEGRA y Horizonte. No es posible desafiliarse ademas cometeria un gran error, la desafiliacion es para la gente que aporto años unos 12 a más a la ONP y tienen mas de 45 años, NO haga caso a gente mayor, ellos no le van a pagar la pension.

  129. Rubén escribió:

    Srta. Gloria Murillo, le aconsejo que se apersona a la oficina de la AFP y le cuente lo mismo que escribió aqui, pida su estado de cuenta detallado y lleve sus boletas de pago de esos años, no vaya ser que alguna de esas empresas no pagó a la AFP y se apropiaron del dinero que le descontaron, la AFP inicirá acciones de cobranza con los intereses moratorios que van a su favor, porque si no lo hace la SBS sanciona a la AFP. Gracias y espero su respuesta

  130. Ruben escribió:

    Srta Ines gusto en saludarla, el promedio de pension por invalidez en AFP HORIZONTE es de 1000 soles, la pension por inalidez total que le pagarian sería el 70% del promedio de su sueldo de los últimos 4 años. Gracias

  131. Bernard escribió:

    Don Pedro Llovera me es grato saludarlo, según lo que escribe aportó 13 años a la ONP entonces nunca lo hizo e la AFP? Los mineros tienen un régimen distinto de acuerdo a su labor si es a tajo abierto, subrterráneo, usted sanbe mas que yo a lo que me refiero, le recomiendo que viosite la página web de la ONP o mejor Sr. Llovera en google escriba REQUISITOS PARA LA JUBILACION DE MINEROS EN EL PERU, allí encontrara varias repsuestas. Saludos

  132. LUCHO FAP escribió:

    SI UN ASEGURADO FALLECE LOS FAMILIARES TIENEN LA POTESTAD DE ELEGIR EL TIPO Y LA CALIDAD DE LOS FERETROS PORQUE REALMENTE LOS QUE ENTREGAN SON DE LA PEOR CALIDAD GRACIAS.-

  133. gloria escribió:

    Es obligatorio estar en una afp o en la onp???? y si no quiero ninguna, ??? que puedo hacer, quiero mi sueldo integro sin descuentos , por q se que no voy a depnder de una afp, por favor te agradeceria tu respuesta. Gracias.

  134. Juan Cueto Diaz escribió:

    Saludos cordiales, Tengo 28 años trabajando para una empresa de telecomunicaciones y aportando a la AFP desde que se iniciaron,tengo un fondo de aproximadamente 138,000.00 nuevos soles, y cuento con 55 años de edad.
    mi pregunta es ¿Me puedo jubilar con esa edad y cual sería mi pensión de jubilación? Agradeceré me ayuden en esa información

  135. Carla Bracamonte escribió:

    Hola mi comentario va dirigido a RUBEN: me parece q deberias ser mas objetivo en tus comentarios pues es OBVIO que trabajas en una AFP (al parecer integra u horizonte) y usas este foro para hacer tus traspasos y afiliaciones a la vez que maleteas a las otras 2 AFPs. Particularmente no me parece etico ya que las personas que escriben aqui estan sumamente desinformadas y aprovecharse de esa situiacion no te hace ver como un buen asesor y eso es justamente lo que ha hecho perder credibilidad al sistema privado: LOS MALOS ASESORES

  136. juan pablo escribió:

    soy juan pablo tengo 26 pertenesco a afp prima. bueno quiesiera saber mas de las afp si es conveniente estar en una de ellas …y tambien quisiera saber cuando voy poder retirar mis aportes, o tambien lo puedo pedir anticipadamente o tengo que esperar hasta la jubilacion…por favor .

    espero que me orienten por favor…

    gracias..

  137. lucy reyes a. escribió:

    tengo aportando 10 años me informo la contadora de mi institucion que cuando salgo de mi trabajo me devuelve todo lo aportado es sierto o no gracias

  138. carmen escribió:

    tengo que viajar a recidir el extranjero quisiera saber si la afp a la que pertenezco me puede entregar lo ahorrado hasta la fecha

  139. Coco escribió:

    Hola, espero me puedan absolver esta respuesta… gracias de antemano

    Yo estoy afiliado a una AFP hace recien unos 6 meses, pero quisiera salirme de el… ¿puedo desafiliarme? ¿qué necesito para desafiliarme?

    Gracias por la absolución a mis preguntas…

  140. Erlin escribió:

    Señores:
    Mi consulta es la siguiente:
    Yo estoy afiliado a la AFP Horizonte, desde el año 1996, sucede que el el año 1999 cambié de trabajo y esta nueva empresa nunca aportó nada, yo hice conocer eso a la AFP, presentándole mis boletas de pago pero no pasó nada, la empresa se disolvió y no comlió con depositar las retenciones, ahora estoy en otro trabajo, donde vienen aportando pero siempre se retrazan, veo que las otras AFPs ya están haciendo el cobro respectivo pero mi AFP no hace nada, como puedo hacer para cambiarme de AFP y si esta nueva AFP puede hacer la cobranza respectiva de las retencioes no depositadas.

  141. pablo jose zorrilla cordova escribió:

    TENGO 66 AÑOS Y DESEO HACER MI PROCESO DE JUBILACION, HE TRABAJADO EN DIFERENTES EMPRESAS Y EN FORMA PARTICULAR, QUIEN O DONDE PUEDO ENCONTRAR ASESORIA?

  142. Felix Rojas escribió:

    Necesito que me ayuden con esta informacion: Quisiera saber si a mi hermana (59 años)le sera posible obtener los benficios anticipado de la AFP (cerca de 40,000 Nuevos soles) por motivos de enfermedad incurable. Muchas gracias.

  143. Lita escribió:

    Hola, quiero saber si yo tengo mi seguro agrario y ahora ya estoy trabajando en una empresa y me van a poner en planilla puedo pagar otro seguro? Por favor, responder a la brevedad. Hace 15años dejé de trabajar, quiero saber si voy a tener problema con alguna afp si ya voy a entrar a planilla?

  144. freddy escribió:

    La verdad no hay nada mejor que el Seguro Social puesto que no dependo de monto de dinero ahorrado, ni de la economia, ni descuentos por los famosos cesantes porque cuando uno deja de pagar o queda sin trabajo descuentan del capital que he aportado. Además, para pensionarme necesito por lo menos una muy fuerte suma de dinero con todo eso el Seguro Social me ofrece garantia del Estado y una pensión vitalicia además una mesada adicional al año, un auxilio funerario y haber cotizado 1300 semanas y 62 años con cualquier capital ahorrado para poder gozar de una pensión con los ultimos 10 años de salario promediado con una mesada pensional fija para todo el año, y lo mejor es para toda mi vida y si muero pasaría a mis hijos esposa, padres o hermanos inválidos. Deberian preguntar todo eso antes de meterse en una AFP porque los beneficios del Instituto de Seguros Sociales son más que los de las AFP.
    Desde Bogotá (http://www.iss.gov.co).

  145. Ricardo candela casas escribió:

    Un estudio actualizado a noviembre 2008
    sobre el futuro de las AFPs en el Peru
    en forma gratuita y seria en formato PDF lo encuentra en conrcc@yahoo.es
    enviar un mensaje y recibira el analisis

  146. luis escribió:

    deseo ya no pertenecer a profuturo deseo regrsar a la 19990 que es lo que puedo hacer

  147. Luis escribió:

    Las ONP no pagan más debido a que gobiernos como el de Belaunde y Alan Garcia solicitaron préstamos del fondo de pensiones y nunca los pagaron.
    Respecto a las AFP habría que ver que tan rentables son ya que si uno depositase ese dinero a plazo fijo creo que después de esta crisis mundial hubiese sido más rentable y cero de riesgo.
    De otro lado dicen que el manejo de nuestras cuentas es individual y que con nuestro dinero compran acciones y monedas, cuando uno invierte en acciones anualmente recibe dividendos, sin embargo en los 11 años que vengo aportando a la AFP nunca he visto que se haya depositado en mi fondo un solo sol por los dividendos generados, que hacen las AFPs con esos dividendos?? quien se beneficia con ellos, si ello se va a incrementar el valor de la cuota basta que ellos la hagan bajar para quedarse al final con esa rentabilidad, en perjuicio de los aportantes, hay que ver que las AFPs tenian 6,000 millones de dólares invertidos gran parte de ellos en la Bolsa de Lima, osea que ellos manejan el precio de las acciones, bastaba que no vendan las acciones para que estas no bajen de valor al menos en el porcentaje que han bajado, en argentina por haber caido la rentabilidad en 20% las han cerrado y pasado los fondos al Estado en el Perú el fondo 2 cayo 28% y el fondo 3 en 40% y no paso nada, ahora quien nos devuelve el dinero perdido???

  148. Carla escribió:

    Sra carmen:
    las afp no le van a devover el dinero por viajar al extranjero pero si hay forma de que ese fondo "pase" a un sistema de jubilacion del pais en el cual recidira. (Afp si hubiera o a otro sistema compatible)
    Los requisitos varian, le van a pedir un tiempo de aportes en el otro pais, estar trabajando legalmente, entre otros.
    Le recomiendo que se acerque a su AFP alli le daran mas explicacion.
    A sus ordenes.

  149. carla escribió:

    Freddy respeto tus comentarios pero me gustaria que nos expliques mas, me parece que estas hablando del sistema de pensiones de colombia. Pues aqui en Peru las cosas son muy pero muy diferentes, el sistema nacional esta quebrado.
    Gracias

  150. JESSICA escribió:

    Hola, yo estoy afiliada a la ONP hace 7 meses, pero quiero saber si me conviene pasarme a la AFP y cuál de ellas me conviene. Gracias.

  151. RUBEN escribió:

    Sra Carmen le adjunto la siguiente pagina web: http://www.profuturo.com.pe… alli estan los requisitos para el traslado de fondos al exterior. En caso usted tuviera doble nacionalidad le recomiendo que lo haga como extranjera.
    A sus ordenes

  152. RUBEN escribió:

    Srta Claudia Cermeño, recién leí su pregunta desde mayo "hola, quisiera saber que pasa con lo aportado en caso el afiliado muere antes de percibir la pensión respectiva y no tiene conyuge, pero si tiene hijos mayores de edad CAPACES? es posible recuperar lo que el afiliado hubiera aportado???
    Mi respuesta es:
    Lo aportado genera HERENCIA para los hijos asi sean mayores y se le paga de un solo cheque, si estuviera en la "Maravillosa" ONP no recibe ni un sol por ser FONDO COMUN y no cuenta individual. A sus ordenes

  153. RUBEN escribió:

    Sr. Erlin, si usted presentó las boletas y la AFP no hizo la cobranza la AFP puede tener sanción por parte de la SBS, le aconsejo que llame al PAU(Plataforma de Atención al Usuario) 0800-10840 llamada gratuita atiende los reclamos en el caso de las AFP, bancos, seguros.
    Requisito previo:

    Antes de presentar su denuncia en la PAU contra una empresa supervisada debe haber presentado primero la denuncia o reclamo a la entidad con la que tiene el problema.

    Si luego de 30 días calendario (15 días útiles en el caso de una AFP como plazo máximo) la entidad no cumple con responder o la respuesta recibida no lo satisface, puede recurrir a la PAU.

    Documentación necesaria para tramitar una denuncia o reclamo
    Requisito previo:

    Antes de presentar su denuncia en la PAU contra una empresa supervisada debe haber presentado primero la denuncia o reclamo a la entidad con la que tiene el problema.

    Si luego de 30 días calendario (15 días útiles en el caso de una AFP como plazo máximo) la entidad no cumple con responder o la respuesta recibida no lo satisface, puede recurrir a la PAU.

    Documentación necesaria para tramitar una denuncia o reclamo

    Requisito previo:

    Antes de presentar su denuncia en la PAU contra una empresa supervisada debe haber presentado primero la denuncia o reclamo a la entidad con la que tiene el problema.

    Si luego de 30 días calendario (15 días útiles en el caso de una AFP como plazo máximo) la entidad no cumple con responder o la respuesta recibida no lo satisface, puede recurrir a la PAU.

    Documentación necesaria para tramitar una denuncia o reclamo
    A su servicio

  154. RUBEN escribió:

    PARA CARLA BRACAMONTE:
    SIGUE INFORMANDO CORRECTAMENTE Y NO ATACAR, SABES QUE AQUI ES INFORMAR Y ORIENTAR A LOS SEÑORES QUE DESCONOCEN EL TEMA ASI QUE COMENTA CON BASE INFORMATIVA COMO LO ESTAS HACIENDO, ES VERDAD QUE LOS MALOS ASESORES HAN HECHO PERDER CREDIBILIDAD Y LOS ABOGADOS TINTERILLOS QUE SE APROVECHAN DE LA NECESIDAD DE LA GENTE.NO ME APROVECHO CONOZCO BIEN EL TEMA MI DESEO ES TANTO COMO TU QUE ESTEN BIEN INFORMADOS.

  155. ENRIQUE escribió:

    Hola que tal me parece excelente que exista un foro así. Si gustan pueden realizarme cualquier consulta al enriquegonzacal@futurohoy.com .Yo les ayudaré a resolver cualquier duda.

  156. Teodoro escribió:

    Tengo 32 años de aportación y 59 años de edad, solicitando una jubilación anticipada
    aporte S/. 50000.00
    bonos s/.175000.00
    Me responden que debo aportar adicionalmente S/.100,000.00, para recibir una jubilación de S/. 1,400.00
    Que les parece.
    Por tal razon esoy pensando retornar a la ONP, esta correcta ésta decisión?

  157. Roberto Vásquez escribió:

    Señores :
    Mi consulta es la siguiente:
    Tengo 59 años de edad(en Mar-2009 cumplo 60)
    a) 21 años y 8 meses en el S.N.P. de las cuales 16 años,9 meses en un CENTRO DE PRODUCCION MINERA
    b) 14 años y 5 meses en el S.P.P. (AFP.Horizonte) del año 1993, hasta el 30 de octubre de 2008 en que deje de trabajar,en suma trabaje 36 años y un mes, ahora estando desocupado teniendo una posibilidad remota de lograr un nuevo trabajo, el mercado laboral esquivo que no valora la experiencia como en otros paises y la AFP. a la que pertenezco, cuando me acerque solicitado mi Jubilación Adelantada ¡como toda respuesta! me dijeron: que esperara hasta los 65 y siguiera pagando la escala mínima S/.70.40, es muy dificil que sin tener ingresos siga aportando, por favor respóndanme, en éstas circunstancias ¿ que debo hacer?
    Recuerdo que en el año 1993 cuando captaban afiliados muchas promesas hicieron,por todo ello he llegado a la conclusión que para las AFP’s solamente somos números, es decir códigos que aportan y aportan…. se habla mucho de la Crisis Mundial respecto de las cuantiosas pérdidas que significa para el Sist.Privado de Pensiones y que las AFP´s estan perdiendo ¿realmente pierden? ¡ lo que no se tiene no se pierde! los verdaderos perdedores somos nosotros, los trabajadores por que simplemente las AFP´S nos endosan dichas perdidas.

  158. BERNARD escribió:

    Don Teodoro solo con el bono máximo actualizado que usted tiene es para tener una pensión aproximada de 1000 soles de por vida. Si retorna a la ONP los 175 mil soles van a la ONP más los 50 mil de su fondo. Si yo fuera usted me quedo allí, no regalaría mas de 200 mil soles a la ONP para que me paguen 857.37 soles por mes. Lo que le dicen que tiene que depositar esa cantidad es para que se jubile antes. Que tenga buen año.

  159. luis escribió:

    Si uno ingresa a proyección de pensión se da cuenta que las AFP estan robando a los trabajadores, como es posible que pidan 360,000 para dar 1400 soles mensuales, si uno colocase ese dinero en el banco a plazo fijo al 8% (hay bancos que pagan el 10%) recibiría la suma de más de 2,000 soles incluyendo 2 gratificaciones y el capital se mantendría para nuestros herederos, en cambio las AFPS con la renta vitalicia nos dan un monto menor y una vez que fallece el titular ellos se quedan con el capital, que hacen nuestros congresistas que no regulan esto, ya que si las AFPS no pueden pagar una pensión mayor a la que pagaría en intereses el Banco deberían obligarlas a entregarnos nuestro dinero.
    – Aun ninguno de los de las AFPs que escriben contesta a donde se va el dividendo que reciben las AFPs por nuestras acciones o el interes por nuestro dinero que tienen ahorrado en los bancos y que nos pertenece. a mi por tener 10,000 soles en acciones me dieron 1,200 soles por dividendos, en mi cuenta de AFP antes de la crisis tenía casi 200,000 osea que mi AFP se agrarró más de 20,000 soles de mis dividendos cada año

  160. manuel escribió:

    Soy jubilado de la AFP, recibo una pensión mínima de 130 dólares, y nunca recibo gratificaciones, ¿puedo volver a la o.n.p.? he trabajado más de 40 años.

  161. Gustavo escribió:

    Señores estoy indeciso por qué sistema pensionario adoptar, trabajé por años en una empresa que no me quizo poner en planilla y no tengo seguro ni afp, ahora soy independiente. Fui a la ONP y me dicen que mi pension estaria entre s/455 y s/855 soles o su equivalente para el futuro; es poco pero leyendo a Luis creo que las AFP son una estafa y mejor es aportar al Estado y/o tener una cuenta a plazo fijo en la banca privada. Lo unico malo del Estado es que es un fondo comun SEGÚN LEI ACÁ no heredable. pido consejo al respecto

  162. rosa colunga escribió:

    Buenas tardes, una persona de 60 años hombre, podrá aportar a la ONP un facultativo independiente y en qué tiempo puede jubilarse ya que cuenta con un trabajo sumamente independiente agradecería su respuesta y cuanto mas o menos recibiría mensual

  163. Roberto Vásquez escribió:

    Roberto Vásquez
    Me dirijo a la señorita Carla Bracamonte, a los señores Ruben y Bernard y a todas aquellas personas que puedan aportar asesoramiento, orientación objetiva y efectiva con relación a mi caso, expuesto en éste foro el pasado 31 de diciembre de 2008.
    La mayoría de personas que acudimos a ésta columna lo hacemos con la intención de ser escuchados, somos una voz que muchas veces en las diferentes oficinas de las AFP no hallamos las respuestas precisas ante nuestro clamor, tampoco esperamos respuestas ambiguas falsamente alentadoras, sinó respuestas que aún siendo adversas, cuando menos nos brinden alguna alternativa de solución, pero comprendo que las Leyes en algunos casos nos desfavorecen a muchos de nosotros aún teniendo la razón, pero los asesores que dominan este campo podrían dar una salida en ésta encrucijada que muchos de nosotros nos encontramos.
    Quien se detenga ante este llamado estoy llano a acopiar información al detalle, para que tengan un amplio panorama respecto de mi caso.
    Ateladamente agradezco.
    Cordialmente
    Roberto

  164. AIDA SALAS escribió:

    LOS CONTRATADOS POR LA MODALIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS TENEMOS QUE ESTAR INCRITOS EN EL SISTEMA DE PENSIONEES ES IMPORTANTE CONOCER LA REALIDAD DE LOS DOS SESTEMAS DE PENSIONES PUEDE INDICARNOS CUALES SON LOS PORCENTAJE DE LAS APORTACIONES DE CADA AFP Y DE LA ONP PARA ACCEDER A UNO DE ELLOS

  165. Luis Romani escribió:

    Hola Roberto:

    Tienes varias posibilidades:
    1. Ver la posibilidad de solicitar tu jubilación en la AFP bajo el régimen extraordinario de la Ley Nº 27252. Este beneficio se denomina con garantía estatal, porque se financia contra tu cuenta y agotada ésta la ONP asume el pago de la pensión. Por la actividad que desarrollaste entiendo que el requisito mínimo es 55 años de edad y tú lus cumplirías.
    2. Pedir tu desafiliación, es decir, regresar al Sistema Nacional de Pensiones. Para ello el requisito básico de 20 años de aportes que según tus datos lo podrías acreditar.
    3. Si no calificas ni para la primera ni para la segunda, queda la posibilidad de acceder a una jubilación anticipada normal, pero como el requisito para este caso es que con el saldo de tu cuenta y el bono de reconocimiento puedes alcanzar una pensión cuando menos igual al 50% del promedio de remuneraciones, tendrías que solicitar a la AFP que te haga un estimado para ver en cuánto tiempo alcanzas el requisito, bajo el supuesto de efectuar aportes por lo menos cada 4 meses (para mantener la cobertura del seguro). Si sale más de 5 años, es obvio que no tendrías salida porque estarías llegando a la edad de jubilación.

    En el primer caso, la ventaja es que si tuvieras derecho a la Jubilación Anticipada en el Régimen Extraordinario para trabajos de minería y construcción civil, la pensión sería una pensión espejo a la que percibirías en el SNP. Si calificas para jubilarte pero tienes un saldo mayor para financiar la pensión tope del SNP (S/. 857.36 0 S/. 1000.15 e´n términos anuales), es probable que salgas a un proceso de cotización en la AFP y elijas la pensión que te acomode.

    En el segundo caso, la desafiliación es posible dado que la propia ley lo permite. Muchos piensan que la pensión bajo el Régimen Extraordinario está recortada y piensan que su pensión en el SNP no tendrá tope, es decir, seguro comentan que su amigo percibe una pensión de aproximadamente S/.3000, pero eso sólo aplica para aquellas personas que cumplian los requisitos hasta el 18 de diciembre de 1992, con posterioridad a esa fecha la aplican el tope de S/. 857.36.

    Bueno esos son algunos alcances, para tu caso particular. Puede ser que sea muy genérico pero creo que tienes algunos aspectos que te pueden servir para empezar a conversar con la AFP.

    Saludos,

  166. Luis Romani escribió:

    Hola Rosa:

    En el caso de los trabajadores independientes es posible realizar aportes como facultativo, pero para ello la persona se debe inscribir y la entidad emitir una resolución reconociéndole tal condición, de lo contrario no podrá efectuar aportes. El tema es que si nunca antes aportó, es muy poco probable que alcance el requisito mínimo de años de aportación que existe el SNP, que es 20 años de aporte. La edad a la que se jubilaría sería a los 65 años y la pensión estaría en función al promedio de remuneraciones de los últimos años. Puedes ingresar a la página de la ONP para averiguar algunos datos más o tratar de llamar a su centro de atención al público. Espero que los datos te ayuden.

    Lucho

  167. Luis Romani escribió:

    Hola Marisol:

    Si todavía no trabajas, te puedes incorporar al Sistema Privado de Pensiones, es decir, a una AFP, o de lo contrario al Sistema Nacional de Pensiones. Para el caso de una AFP, puedes acceder a cualquier página de ellas:
    http://www.integra.com.pe
    http://www.afphorizonte.com.pe
    http://www.prima.com.pe
    http://www.profuturo.com.pe
    http://www.sbs.gob.pe

    En el caso del Sistema Nacional de Pensiones, puedes ver la página http://www.onp.gob.pe.

    Si acabas de ingresar a trabajar, tienes diez días para decidir a cuál sistema quieres pertenecer, de lo contrario te incorporaras a una AFP.

    Espero que los datos te sirvan

  168. David Camac Gil escribió:

    Yo quisiera saber como puedo aberiguar si pertenesaco a una AFP porq en mi anterior trabajo me descontaban pero nunca me llego un estado de cuenta. porq en mi actual trabajo me pregunta a que fondo de pensiones quieres perteneser: privado o nacional porfavor contestar mi pregunta.

  169. Bernard escribió:

    Srta Colunga:
    Me es grato saludarla y responderle a su pregunta:
    Añadiendo al buen comentario del Sr. Romani le indico lo sgte:
    Para jubilarse en la ONP debe tener como mínimo 65 años de edad y 20 años de aporte, como tiene 60 años sería en vano que cotize a la ONP.

    En la AFP o SPP (sistema privado de pensiones) no requiere de años de apórtes sólo la edad de jubilación 65 años si recibiria pension asi sea poco pero es su dinero, en caso no llegue a alcanzar una pensión el dinero aportado mas su rentabilidad le entregan al afiliado.

  170. teodoro donato escribió:

    Buenos días , quisiera saber como me puedo afiliar a la afp horizonte, ya que entrando a la páginasigo paso a paso las indicaciones pero hay una parte que dice : elija la sección ¨comunicaciones¨ ubicada en la barra del lado izquierdo, pero en la barra del lado izquierdo no hay ninguna seccion de ¨comunicaciones ¨. Por favor quisiera saber cómo hacer, Agradecimiento anticipado .

  171. ADIELA QUCENO escribió:

    Hola: Quiero saber, mi esposo cumple 60 años, qué requisitos debo presentar al seguro social. Mi esposo esta cotizando en España y en Colombia donde tiene derecho a pensionarse. Aqui en Colombia ya casi tiene mas de 1150 semanas cotizadas. Dónde debo presentar dichos papeles, si en España tiene 5 años y medio cotizados. Muchas gracias y espero respuesta a lo cuestionado lo mas pronto posible. Mi correo es eder439@hotmail.com
    Gracias
    Adiela

  172. Deisy escribió:

    Srta Deisy:
    Hola, tengo una pregunta y una duda; mis padres son asegurados en Essalud y por el nuevo decreto que salió que no solo debe tener seguro los empleados del hogar, sino tambien estar aportando pension obligatorio. En caso de ellos, que tienen seguro desde la edad de 55 años, ¿pueden afiliarse a una AFP y recibir pension? ¿O que otro modos hay?

  173. julio cardenas sanchez escribió:

    hols soy julio cardenas mi abuelita paula carranzacon numero de 18852637fecha de nacimiento 22- 03- 1936 viuda de palacios enviudo el 17 de setiembre en el año 2008 y quisiera saber sobrer su pension cuando le llegaria por favor espero respuesta ami correo ella se los agradecera …

  174. JOSE LOPEZ ALVARAOD escribió:

    que pasa cuando muere un afiliado a una AFP, antes de percibir su pension, es posible recuperar su monto aportado en el CIC. o que pasa con dicho fondo??? y cual seria el trámite para la declaracion de herederos???

  175. FLOR SEDANO escribió:

    Tengo 20 años y es la primera vez que trabajaré con todos los beneficios de ley y bueno tengo que afiliarme a un sistema de pensión, y no sé cuál elegir, si la onp o la afp… estoy en la calle… por favor ¡ayúdenme!

  176. enrique guzman escribió:

    mi familiar tiene 88 años de edad tiene 18 aportes facultativos subre atrosis en las piernas y columna solicito pension de invalidez y le dijieron que le podian hacer el loayza hospital lo cual es falso como hago pra que la onp de el permiso para el cheque medico en eesalud

  177. JOSE FELIX CANALES LLANOS escribió:

    Tengo 59 años de edad, 31 años y 3 meses de aportaciones tanto a la ONP y a la AFP Horizonte, me quise acoger a la jubilación anticipada por desempleo y me responden que al efectuar el calculo del 30 % de mis aportaciones no supera el 30 % de mis remuneraciones, es solamente por eso que me denegaron una pensión, pregunto: cómo haré para sobrevivir sino puedo disponer a esta edad de casi 60 años de una pensión digna de todo ser humano, las plazas laborales se extinguieron para las personas de mi edad, ¿acaso el gobierno no puede hacer algo por nosotros que ya hemos cumplido como ciudadanos peruanos? Favor darme un consejo y trasladarles este comentario a los padres de la patria, que por cierto están súper gorditos con el dinero de todos nosotros.

  178. JOSE CARLOS escribió:

    tengo 51 anos de edad e trabajado desde los 21 anos y e aportado ala spp y me traspase a una afp en 1993 hasta hoy que me encuentro mal
    como puedo hacer mi jubilacion de incapacidad y saber que me puedo cambiar a la onp

  179. Erika Merma Barazorda escribió:

    Hola soy trabajadora Regimen del CAS afiliada al SNP y quiero saber cuantas aportaciones minimo debo realizar para poder gozar de una pension.

  180. cristina escribió:

    hola quisiera solicitar mi fondo de pensiones de afp integra de peru a españa ya que vivo aqui mas de 3 años,que es lo que tengo que hacer, gracias

  181. cristina escribió:

    hola quisiera solicitar mi fondo de pensiones de afp integra de peru a españa ya que vivo aqui mas de 3 años,que es lo que tengo que hacer, gracias

  182. raul escribió:

    Bueno, desculpen, a mí me afiliaron sin concimiento alguno sobre las AFP. En realidad desconozco cuáles serán los benificios.

  183. BERNARD escribió:

    Hola Cristina entra a la pagina web de Integra y estan los requisitos, te aconsejo que si estas nacionalizada sería mejor porque unos de los requisitos para los extranjeros es haber aportado al Sistema de Pensiones(España) mínimo 3 años.

  184. Bernard escribió:

    Hola Raúl en la pagina web de cualquier afp estan los beneficios, si te lo dicen por aqui puede haber confusion.
    Un abrazo

  185. Gabriela escribió:

    Hola,
    Vivo en USA y quiero traer mi plan de pensiones a USA. Me dicen que no puedo porque no tengo nacionalidad norteamericana. He leido varios sitios en donde dice que no hace falta tener la nacionalidad así que llame por teléfono y pregunte al respecto. Además comenté que mi hermana que vive en España hizo el trámite sin problemas. Me dijeron por un lado que necesitaba la nacionalidad y por otro que al enviarme el dinero lo hacían a un plan de pensiones en USA y no a mi cuenta bancaria privada como sucedió en el caso de mi hermana.
    ¿Por favor, me podrían aclarar este tema? Según he leído la ley dice que no hace falta tener ninguna nacionalidad del país de residencia y que el plan se puede trasladar además a una cuenta de jubilación O a una cuenta privada.
    Muchas gracias.

  186. Enrique escribió:

    Cuales son los requisitos para pasarse de un AFP al sistema nacional 19990.
    Yo Empecé a trabajar en sector educacion en 1984 y estuve afiliado al 19990, luego en 1999 me pase a AFP UNION VIDA, alli estoy hasta la fecha, Ahora quiero regresar al 19990, qué requistos necesito cumplir para regresar nuevamente a la 19990.
    atte
    Enrique

  187. YTALO ESCOBEDO escribió:

    SI TIENEN MUCHOS AFILIADOS ES POR QUE MAS DE UNO ENGAÑA A LA POBLACION HACIENDOLO A LA FUERZA CON EL ENGAÑO Y LA MAYORIA DE LAS EMPRESAS TIENEN UN CONVENIO CON UNA AFP PARA QUE DIRECTAMENTE EL TRABAJADOR COTICE NO LE QUEDA OTRA PAR MI MI PENSIÓN HASTA QUE ME MUERA SERA DE ONP EN AFP HASTA QUE SE ACABE Y CHAO A PEDIR LIMOSNA LAS PENSIONES QUE LES DAN A SUS APORTANTES SON BAJAS

  188. Luis Romani escribió:

    Enrique: Para desafiliarte es necesario cumplir los siguientes requisitos:

    Primer requisito, pertencer al SNP hasta antes de 1995, es decir, que me hubiera incorporado al SNP a más tardar el 31 de diciembre de 1995.
    Segundo requisito, acumular un mínimo de 20 años de aportes entre los dos sistemas (SPP y SNP).

    Como en anteriores ocasiones, la evaluación de si resulta conveniente desafiliarse terminará siendo una decisión personal que debe ser matizada con el real perjuicio en su derecho a una pensión. Por ejemplo, en términos de acceso a una jubilación a una edad más temprana o, si no hubiera dicha alterantiva a la mejor pensión que me pueda ofrecer la AFP o la ONP.

    No obstante, este procedimiento no aplica para afiliados que califican para Pensión Mínima o que ya son pensionistas del SPP.

    El procedimiento puede resultar algo lento por la participación de ONP, pero la idea es que certiques sobre la base de los reportes de situación del SNP y SPP cuál te ofrece mejores condiciones.

    Saludos,
    Lucho

  189. Vanessa escribió:

    Hola , bueno te explico un poco el caso , Mi papa trabajo 18 años en una empresa del 70 al 88 pagando al SNP , luego se paso a una AFP que tramito todo. ahora el tiene varios años de independiente no paga nada , pero ya tiene 58 años y quiero saber que debo hacer para que reciba su jubilacion, o q es lo q debo hacer y a donde tengo q ir para comenzar a tramitar sus papeles. gracias x la ayuda. mi correo es vanerbch@yahoo.com

  190. Lucho escribió:

    Vanessa:

    La jubilación se puede alcanzar al llegar a los 65 años de edad. En el caso particular del SNP existe una jubilación adelantada siempre que la persona haya alcanzado los 55 años de edad y cuente con 30 años de aportes. En el SPP, los requisitos para jubilarse de manera anticipada son otros y están en función a la pensión objetivo (50% del promedio de las remuneraciones efectivamente percibidas durante los últimos 10 años) y una densidad de aportaciones (regularidad) de 70% (es decir, que debo tener al menos el 70% de aportes durante ese período).

    Lo que puede hacer es averiguar en la AFP si califica para una jubilación anticipada. Si no califica, ver si es que tendría opción de alcanzar los 30 años de aportes entre ambos sistemas de manera que pueda evaluar su potencial desafiliación en el caso que tuviera derecho a una pensión en el SNP, puesto que el SPP no le podría ofrecer de manera inmediata la posibilidad de jubilarse.

    Es probable que la pensión en el SPP a los 65 años pueda ser mayor a la que ofrece el SNP, dado que entiendo que por los años de aporte al SPP tu papá tendría derecho a Bono de Reconocimiento, con lo cual la evaluación también debería considerar dicha situación, es decir, si tu papá prefiere esperar un poco.

    El Congreso estaba revisando la posibilidad de restablecer un Régimen Especial de Jubilaciòn Anticipada para Desempleados, cuyos requisitos definitivos todavía no se conocen pero considera la posibilidad de jubilarse a una edad menor (a partir de 55 años) y siempre que la pensión sea mayor a un valor que todavía está por confirmar. Sería cuestión de ver qué aprueba el Congreso por estos días.

    Saludos,

  191. stella marsis garcia escribió:

    Por favor, si me pueden orientar, tengo 60 años, me quiero jubilar y quiero hacer mi liquidacion por el SICAM, logro entrar a la pagina, tengo clave fiscal…pero es imposible…necesitaria un sitio de consulta, ya que no puedo pagar un abogado, se que hay centros de jubilados que asesoran. Vivo en Saavedra. Muchas gracias por su atencion. Stella Maris Garcia

  192. stella marsis garcia escribió:

    Pido disculpas, envié mensaje y no leí completo. Vivo en argentina. perdón.

  193. Gerasimo Calle Pasapera escribió:

    tengo 47 años, trabajo en la administracion publica y he aportado 13 años al SNP y 16 años al SPP, ¿puedo pedir una pension anticipada y que tramites debo seguir y cuanto debo percibir si gano 1500.00 nuevos soles?

  194. Luis Puican escribió:

    Por favor si me pueden orientar. Actualmente cobro una pension por invalidez por la afp. quisiera saber si en los meses de julio y diciembre tambien cobraria una gratificacion, de ser asi me podrian explicar sobre el tema.
    Muchas gracias por su ayuda

  195. miguel angel alatrista escribió:

    estimado:
    atentamente soy un ex trabajador y tengo una consulta, yo recibo mi pension de snp, pero tengo fondos en la afp donde aporte por mas de 20 años, los cuales no me los quieren dar pork dicen que no deposite las ultimas 20 cuotas, que podria hacer pork la afp no quiere darme mi dinero porfavor alguna opcion tengo, yo ya deje de trabajar hace como mas de 5 años pero estos señores lucropatas no quieren darme mi dinero aduciendo que no me falta estas ultimas cuotas y cuando quise pagarlas no me quisieron aceptar que hago ……… por favor escribirme a mi correo aaguilar1983@hotmail.com

  196. RICARDO SU CAVERO escribió:

    Hola me han enviado de la afp profuturo mi estado de cuenta al mes de marzo, pero yo aporto esporádicamente pues no tengo trabajo seguido, pero he observado que existe un bono de reconocimiento pues tuve aportando a la snp por alrededor de diez años ¿cómo puedo tramitar el bono de reconocimiento? ¿Y qué pasos debo seguir de ser el caso?

  197. Hugo Palomino escribió:

    trabajo en una empresa desde 23 de junio de 2008 y quisiera saber si mi empleador esta pagando los aportes de EsSalud y la AFP ? Gracias por escuchar

  198. olga monica castañeda bazan escribió:

    Soy profesora y estoy afiliada a una AFP desde 1993, quiero una jubilación anticipada por favor, ¿cómo regresar a la onpe? Es mas quiero traspasarme desde ya. ¿qué requisitos hay? Tengo 22 años de servicio al estado ¡que debo hacer? gracias mi telefono es 2512396 no me conviene la AFP, tengo que esperar a tener 65 años para cobrar no es justo.

  199. Rómulo Alfredo Quiñones Vera escribió:

    TWT CONSULTORES

    ¿Anhela desafiliarse de la AFP?

    Permítanme algunas precisiones; como podrán comprobar, a través de los antiguos y recientes comentarios en esta página, muchos de los interesados evidencian confusión, desconocimiento y desesperanza, pues perciben el intrincado laberinto que se ha generado, al haberse impuesto el producto “Sistema Privado de Pensiones”, sin tomarse en cuenta, dos aspectos fundamentales, el primero en lo que concierne al derecho fundamental de las personas a elegir libremente por la opción previsional de su mayor conveniencia, esto en cuanto se refiere a lo normativo, y en lo que respecta a la teoría económica, se ha cometido un grueso error al pretender posicionar un producto, ignorando la elemental segmentación del mercado objetivo, lo cual por lo grueso del mismo, no es difícil asumir que en realidad no haya sido en realidad un error y mas bien si haya sido una estrategia maquiavélica, en donde el sastre siempre se va ha quedar con los retazos, ¡y qué retazos! que para nuestro medio, mismo corte inglés, pues bien sabemos todos ahora, que al Sistema Privado de Pensiones le conviene personas que estén por encima de los mil dólares en la escala remunerativa, por ello incidimos en la incongruencia persistente, desde lo conceptual hasta lo normativo y operativo del sistema en desmedro de las mayorías, pues muchos de ellos trabajan pequeños períodos y aportan sin esperar nada a cambio. En buena cuenta, con todos los retazos que se generan y se aprovechan debidamente capitalizados por las AFPs, tendrían éstas, para ser distribuidores en Gamarra. Está clarísimo, que en toda esta aparente confusión, siempre hay quienes terminan ganando, por que de hecho, cabe presumir que connotadas empresas, con la élite de asesores con que cuentan, no se van a equivocar ilusamente en el manejo de su mercado, lo que ocurre es que basta con equivocarse adrede, para ser inimputable ante el sistema judicial. Todo un riesgo debidamente calculado.

    En razón de lo expuesto, sólo precisarles que si bien han existido desde el nacimiento del Sistema Privado de Pensiones, causales de nulidad, anulabilidad y de desafiliación, y que siempre han estado ahí, para guardar las formas; me refiero a la normativa previsional, y a pesar de ello, ha existido un persistente afán de encubrirlas, de desinformar y hasta de engañar adrede a los afiliados para evitar que estos despierten y ejerzan su derecho de libre elección, a lo cual el Tribunal Constitucional ya ha resuelto favorablemente las peticiones que han logrado llegar a esta instancia. Por ello, precisamos del análisis del caso particular, pues la generalización induce a error; como dije al inicio, observemos que la mera presunción o el supuesto sentido común, no son de gran ayuda, especialmente para estos casos, en donde el criterio sustantivo es el financiero al final de cuentas.

    En este contexto, hemos venido trabajando habiendo logrado ayudar a retornar a su régimen de origen a no menos de 800 personas, e incluso han logrado reclamar reintegros por devengados a consecuencia de recuperar el derecho a los beneficios que les correspondía en este régimen DL 19990. Pero bueno, ya este es otro tema, lo importante es que si podemos analizar el caso particular en el contexto que corresponde y determinar su real chance de obtener, o la nulidad de su contrato de afiliación a la desafiliación en sí, y el retorno al Sistema Nacional de Pensiones – DL 19990

    Cordialmente

    Mg. Rómulo Alfredo Quiñones Vera
    Consultor Previsional

    Si está interesado en contactarnos, consulte a través de nuestra central telefónica, Web y correos:
    Teléfono: 074 – 203293
    twtconsultores@peru.com twtconsultores@gmail.com
    http://www.twtconsultores.tk http://www.twtconsultores.c

  200. BERNARD escribió:

    Hola HUGO PALOMINO. Entra a la página de essalud.gob.pe luego a consulta en línea, asegurados, ingresas tipo de documento(DNI), número de DNI, escribe el código que aparece y consultar. Allí verás si tienes atencion hasta el 30 de junio, si no sale, es porque no pagó. En cuanto a la AFP es más fácil: llamas a la AFP y le das tu datos y verifican si estan aportando o en tu estado de cuenta, si están los ultimos aportes. Saludos

  201. Bernard escribió:

    Sr. Alatrista, favor de hablar con base, acabo de ver la data de la SBS y usted NO ESTÁ AFILIADO A LAS AFP, antes entré a ingreso de condiciones de ESSALUD y hay 2 MIGUEL ANGEL ALATRISTA, uno nacido en 1932 y el otro nacido en 1948 (usted), NINGUNO ESTÁ AFILIADO por esta razon la AFP no le recibe su aporte porque no esta afiliado y decir que está 20 años en la AFP cuando el 21 de junio recien cumplen 16 años de funcionamiento. ¿Usted quiere hacer daño a la AFP…?

  202. Alejo escribió:

    Hola soy un joven de 23 años que recién empezó a trabajar en planilla hace 2 meses, tengo entendido que el SNP (ONP) paga pensiones bajas pero de por vida, mientras que las afp pueden llegar a pagar buenas cifras dependiendo de su rentabilidad y mi sueldo, pero solo por un periodo limitado (hasta que se acabe mi fondo). Considerando todo esto y que el Perú está en crisis ¿Quisiera saber si realmente me convienen afiliarme a una AFP y, de ser así, a cuál?

  203. BERNARD escribió:

    Hola Alejo: ¿Cuál AFP? Entra a GOOGLE y escribe: "Número de Pensionistas de Jubilación por AFP, Tipo de Jubilación y Edad Actual" ingresarás a la SBS en ESTADISTICAS, le haces clic en abril 2009 y verás que AFP es la que tiene mayor número de jubilados. Esto significa que en 16 años ha sido más rentable y mejor manejo de las inversiones del dinero de los afiliados. Por otro lado, si tu crees que vas a aportar 20 años como mínimo y tener 65 años elige la ONP, la pension máxima que pagan es 857.36 soles, asi ganes 1500, 3000 a más soles. En la AFP hay 3 modalidades de pension hay pensiones de por vida (VITALICIA), y eso lo puedes informarte en la pagina WEB de cualquier AFP.

  204. Lucho escribió:

    Hola Alejo:

    Hay una corriente de opinión que piensa que el SPP (AFPs) tienen la limitación de no otorgar rentas vitalicias y esa es una verdad a medias, debido a que -a diferencia del Sistema Nacional de Pensiones – en el SPP hay productos para todos los gustos y colores. El Retiro Programado que es la modalidad que comentas, efectivamente, tiene esa característica, pero ese es sólo uno de los tantos productos que puedes conseguir, pues también puedes elegir rentas vitalicias en Nuevos Soles o Dólares, con niveles de protección adicional para el grupo familiar (cónyuge o todos) y que sería bueno pudieras averiguar con más detalle de la forma que esté más a tu alcance.

    Ahora bien, para una persona joven cuya proyección de empleabilidad no debería ser menor a 30 años (trabajo efectivo), la opción natural es afiliarse a una AFP debido a que en el SNP existe una pensión tope que equivale a S/. 857.36 (S/. 1000.15 mensualizado si consideras gratificaciones, es decir, Pensión * 14 / 12 ). Con 20 años de aporte, tanto en el SPP como en el SNP tienes derecho a Pensión Mínima de manera que este factor termina siendo menos relevante que la pensión tope.

    Por ello, una buena opción es ingresar a la página web de cualquiera de las AFP que prefieras y ubicar el Estimador de Pensión, de manera que puedas tener una idea de más o menos a cuanto podría ascender tu pensión a la edad de jubilación, considerando tu ingreso actual. Si tu pensión en el SPP está por debajo de Pensión Mínima, ya sabes que tanto en el SPP como en el SNP igual tendrás derecho a Pensión Mínima (20 años de aporte mínimo). Si tu pensión resultara mayor a Pensión Mínima pero menor a la pensión tope, revisarías la información que tiene la ONP en su página web para ver a cuànto asciende la pensión promedio para ver si te convendría o no y, finalmente, si tu pensión es mayor en el SPP es mayor a la pensión tope, yo no lo dudaría y me afiliaría a una AFP.

    La decisión de qué AFP elegir, va a depender de tus preferencias por servicio, costo, respaldo, rentabilidad o información disponible, en realidad al final termina siendo una decisión personal que pasa por una evaluación costo beneficio, es decir, si piendo que lo que pago satisface mis necesidades de rentabilidad, servicio y todo lo demás.

  205. Gabriel escribió:

    Afiliarse a la ONP o a una AFP o deberia ser obligatorio, si prefiero ahorrar para mi vejez preferiría, o depósito a plazo fijo o un seguro de vida con ahorro, y cada cierto tiempo poder disponer de ese dinero para invertirlo, eso sí me aseguraría mi vejez.
    Saludos

  206. NOEMI CONTRERAS escribió:

    Aquí,se puede observar muchos comentarios de todo tipo de análisis al respecto, pero hay algo que no encaja y son los millones de aportantes que yacen en la miseria sin ningún trabajo que amilane sus condiciones de vida; sin embargo, aportaron por décadas de años y por otros tantos ya no lo hacen, lo único que les pido, por derecho humano de conciencia, que se extienda esta ley aprobada, gracias a los hombres respetuosos de la ley que mueven las palancas de la divinidad a esos auténticos hackers que de verdad velan y combaten el abuso y el autoritarismo en el Perú, es necesario que sonrían un poco los millones de olvidados por estos abusos onerosos.

  207. Cristobal escribió:

    Hola,gano menos de S/.1000 mensuales,¿Me conviene afiliarme a una AFP? ¿Cuanto sería mi pension mensual al jubilarme?

  208. carlos antonio rocio caceres escribió:

    las afp deberian dar mas creditos a los pensionistas y asegugados de todos los seguros que tienen a nivel nacional y sobre todo dar mas beneficios sociales en cuanto a los jubilados y a los pensionistas de la 25530

  209. ROLANDO escribió:

    buenas noches mi pregunta es la siguiente: si yo aporto por algunos meses al spp y luego creo un negocio propio y no deseo seguir aportando , qué pasa con el dinero aportado ? por favor respondame la pregunta, gracias de antemano

  210. zoila renee benites muñoz escribió:

    yo zoila rene benites muñoz soy viuda yo les hago la pregunta al interseguro por que no tenemos los beneficios por ejem de escolaridad fiestas patria y navidad ya que cada ves nos pagan menos por que el dolar tiene una enorme baja espero sea atendida ya que con 354 soles en este tiempo no se puede vivir gracias lunes 10 de agosto

  211. Cecilia Saravia escribió:

    Soy Cecilia: Pregunta mi cuñado ya tiene 5 años viviendo fuera del pais ecudador guayaquil y quiere que le den su jubilacion que requisitos debe cumplir el aporta 3 años en el seguro de alla.

  212. rafael escribió:

    hola soy Rafael he aportado a la ONP mas de 25 años tengo 50 años de edad por reducciòn de personal me sacaron en el 2005 ahor trabajo independiente no puedo trabajar porque sufro de las rodillas no puedo a veces ni caminar me sacaron liquido de las 2 rodillas ahora me duelen mas.
    Mi pregunta es me puedo jubilar por invalidez.
    Gracias por su atenciòn.

  213. Carolina escribió:

    Hola quisiera saber como puedo salirme de afp horizonte, ya que nos registraron solo en una lista con engaño de trabajo en el platanal en el año 2002 aprox, falsificaron las firmas de todos y ahora tengo problemas porque ahora que estoy laborando automaticamente me estan descontando por esta empresa.

    Gracias

  214. josé félix ruiz quiroz escribió:

    soy un aportante a la afp integra mi saldo acumulado es de 13,076.94 puedo ser un retiro de ms aportaciones por salud de mi madre de 3,000 soles

  215. BERNARD escribió:

    Sr. Rafael si puede en la ONP este es uno de los requisito y lo cumple. Tramitelo ya!!!!! y NO lo haga con tramitadores.
    Pensión de Invalidez
    Tiene derecho a pensión de invalidez el asegurado que, de acuerdo al Artículo 25° del D.L. N° 19990:

    Cuya invalidez, cualquiera que fuere su causa, se haya producido después de haber aportado, cuando menos quince años, aunque a la fecha de sobrevenirle la invalidez no se encuentre aportando
    Ingrese a la web de la ONP:
    http://www.onp.gob.pe/inici

  216. bernard escribió:

    Cecilia para peruanos es 5 años de aportes en el exterior, y ser residente en el pais donde esté.

  217. Bernard escribió:

    Karla el dinero es para la tu jubilación NO es una CTS. Si tienes 65 años obvio que te jubilas asi sea 9 años de aporte No como en la ONP que debes tener minimo 20 años de aportación

  218. BERNARD escribió:

    Cristobal:
    Depende de la edad que tengas, te muestro los sgtes casos:
    Caso 1) si tienes 46 a mas años afiliate a una AFP porque si eliges ONP tendrías que aportar hasta los 70 años recuerda que son minimo 20 años de aporte.
    Caso 2) si tienes 18 a 40 años elige AFP, tienes mas beneficos.
    Caso 3) si tienes 41 a 45 años AFP u ONP

  219. Mary escribió:

    Dr. Bernard

    Se me presento un caso de contratar a un Jubilado, mi pregunta es ¿debo exonerarelo de los descuentos o que debo hacer para declararlo en la planilla?.

  220. Enrique Guzman escribió:

    Enrique guzman:
    orienteme, tengo 21años y 11 meses aportando a mi empresa. tengo 45 años.
    desde 1987 al 1989 privado en la onp
    y desde 1989. del 1992para atras la afp no me considera los años de aporte a la onp. solo desde 1992 hasta la fecha que trabajo en el magisterio osea 2009 estoy en la afp.
    Osea 4 años no me considera la afp.
    quiero volver a la onp , puedo hacerlo
    y por favor como lo hago.
    quiero jubilarme en la onp.
    actual mente laboro en el magisterio.
    muchas gracias
    correo hermanitoegd@hotmail.com

  221. Carmen Orlando Fajardo Castillo escribió:

    He cumplido 65 años de edad quiero saber cual es el tramite y requisitos para poder jubilarme. teniendo en cuanta que empeze a recibir pencion por jubilacion anticipada por seis meses pero luego fue suspendida por falta de sustento de 18 meses.

    Carmen Orlando Fajardo castillo
    d.n.i22252756
    Ica-Pisco

  222. BERNARD escribió:

    Srta. Mary disculpe por responder recien. Si puede exonerar del pago a la AFP, solo envie una carta a dicha AFP. Ahora si es jubilado de la ONP y vuelve a trabajar tambien puede hacerlo siempre y cuando su remuneracion sea menor a media UIT. CASO CONTRARIO SE SUSPENDE LA PENSION.

  223. BERNARD escribió:

    Sr. Guzman NO es la AFP quien reconoce los aportes. Es la ONP, asi que si desafilia tendra el mismo problema. Si desea desafiliarse los requisitos estan en la pagina web de cualquier AFP o en Google escriba resquisitos para desafiliarse.
    Asesorece bien y olvidese del SUTEP QUE ES POLITICA

  224. WILLY CASTAÑEDA escribió:

    Soy jubilado en spp,y ya no tengo fondos en mi cuenta cic ,estoy cobrando pension vitalicia con el seguro mapfre y estoy en pleno juicio de cobranza de intereses moratorios que omitio mi ex empleadora…cuando gane el juicio el dinero de los intereses van tener que pagarme directamente a mi…..por medio de un cheque …estoy en lo correcto??? Y esto quiero saber bajo que base legal es ????..necesito saber gracias y estar seguro de ello.. Gracias

  225. Bel escribió:

    Hola,quisiera saber al cuanto tiempo de haber iniciado los tramites ante la ONP para el pago de Jubilacion este tramite cilmina? Gracias

  226. Roger García Maguiña escribió:

    Estimados agradesco a todos la participación que se tiene en el blog y si pudiesen responder todas las preguntas o que la respondan en este blog, seguro muy dificil pero es el unico medio q he encontrado que se hable ampliamente del tema
    en diario Gestion dice que la comisión de AFP Profuturo va a aumentar a 2.34% cuando estaba en 1.98%. Por otro lado a fines de años el estado va hacer bajar la comisión de las AFP. Me afilie a Profuturo ya que me dijeron que cada 6 meses iba a tener una devolución de dinero, por ende el interés era menor. Pasaron 6 meses y no vi nada en mi cuenta así que los volvi a llamar y me informaron que para acceder a ello debía firmar un contrato de permanencia?, me pareció bastante sospechoso así que lo deje como estaba mientras k buscaba otra AFP. Ayer he vuelto a llamar y me informaron k tengo hasta el lunes 28 para afiliarme a este contrato y k me cobrarían una comisión de 1.5% el resto de 2.3% me abonarían a mi cuenta cada 6 meses.
    Agradeceré bastante me puedan indicar a que AFP podría trasladarme y ¿pork es recomendable? (hay cobro por traslado) o me kedo en Profut, pero el contrato permanencia afecta en algo mi cuenta si despues de esa fecha me traslado.
    Yo estoy en riesgo 3 y durante el año todo ha sido negativo, debería permanecer el R-3 o cambio de riesgo, si es así en que momento vuelvo a R-3.
    Un conocido que esta en Integra me informó que en su caso el estaba en R-3 y por la crisis Integra rapidamente lo cambio a R-2. Como lo menciona parece muy buena, ya que en Profuturo no han hechos eso, es mas ni siquiera he podido hacer que me envien mensualmente el estado de mi cuenta, siempre hay una excusa. Pero no creo que sea cierto por todos los comentarios leidos.
    Por otro lado he leido cosas que desconocia q se aprovechan las AFP y de la gran rentabilidad que esta tiene y que bien nos haria si eso se reflejaria en nuestras cuentas, pero es ilusiòn. Que podemos hacer ante esto? creo que hacer huelga seria una buena idea siempre y cuando el estado hiciera caso pero para eso tendria q haber muertos, por otro lado me preguntaba que tan dificil es hacer una AFP, si todos los peruanos nos asociaramos para mitigar estas deficiencias y se creara una AFP peruana dando los benificios de rentabilidad que he leido para los que aportan y claro para los que trabajan sería memorable y quiza de esta forma las AFP actuales puedan cambiar su forma de trabajo. Somos tantos peruanos descontentos con las AFP que si se diese la oportunidad yo daria mi granito de arena y seguro que millones de peruano solo contando lima lo harian ya que es un beneficio comun y si se tiene al personal calificado que nos pueda orientar a tal meta y que ahora nos ayudan. Gracias por su tiempo, disculpen lo extenso y lo idealista.

  227. Roger García escribió:

    Estimados agradesco a todos la participación que se tiene en el blog y si pudiesen responder todas las preguntas o que la respondan en este blog, seguro muy dificil pero es el unico medio q he encontrado que se hable ampliamente del tema
    en diario Gestion dice que la comisión de AFP Profuturo va a aumentar a 2.34% cuando estaba en 1.98%. Por otro lado a fines de años el estado va hacer bajar la comisión de las AFP. Me afilie a Profuturo ya que me dijeron que cada 6 meses iba a tener una devolución de dinero, por ende el interés era menor. Pasaron 6 meses y no vi nada en mi cuenta así que los volvi a llamar y me informaron que para acceder a ello debía firmar un contrato de permanencia?, me pareció bastante sospechoso así que lo deje como estaba mientras k buscaba otra AFP. Ayer he vuelto a llamar y me informaron k tengo hasta el lunes 28 para afiliarme a este contrato y k me cobrarían una comisión de 1.5% el resto de 2.3% me abonarían a mi cuenta cada 6 meses.
    Agradeceré bastante me puedan indicar a que AFP podría trasladarme y ¿pork es recomendable? (hay cobro por traslado) o me kedo en Profut, pero el contrato permanencia afecta en algo mi cuenta si despues de esa fecha me traslado.
    Yo estoy en riesgo 3 y durante el año todo ha sido negativo, debería permanecer el R-3 o cambio de riesgo, si es así en que momento vuelvo a R-3.
    Un conocido que esta en Integra me informó que en su caso el estaba en R-3 y por la crisis Integra rapidamente lo cambio a R-2. Como lo menciona parece muy buena, ya que en Profuturo no han hechos eso, es mas ni siquiera he podido hacer que me envien mensualmente el estado de mi cuenta, siempre hay una excusa. Pero no creo que sea cierto por todos los comentarios leidos.
    Por otro lado he leido cosas que desconocia q se aprovechan las AFP y de la gran rentabilidad que esta tiene y que bien nos haria si eso se reflejaria en nuestras cuentas, pero es ilusiòn. Que podemos hacer ante esto? creo que hacer huelga seria una buena idea siempre y cuando el estado hiciera caso pero para eso tendria q haber muertos, por otro lado me preguntaba que tan dificil es hacer una AFP, si todos los peruanos nos asociaramos para mitigar estas deficiencias y se creara una AFP peruana dando los benificios de rentabilidad que he leido para los que aportan y claro para los que trabajan sería memorable y quiza de esta forma las AFP actuales puedan cambiar su forma de trabajo. Somos tantos peruanos descontentos con las AFP que si se diese la oportunidad yo daria mi granito de arena y seguro que millones de peruano solo contando lima lo harian ya que es un beneficio comun y si se tiene al personal calificado que nos pueda orientar a tal meta y que ahora nos ayudan. Gracias por su tiempo, disculpen lo extenso y lo idealista.

  228. BERNARD escribió:

    Hola Roger, lamentablemente los ejecutivos de Profuturo (no todos) desprestigian el sistema privado. Este mes su comision AFP sube de 1.98 a 2.30% y es la unica que sube comision porque Scotiabank su accionista quiere recuperar pronto sus ganancias y es la unica AFP que tiene plan de permanencia. ¿Qué significa esto? Que si aportas de manera continua x 3 años seguidos 2.30% comision profuturo al final del periodo te hacen una devolucion de dinero como si hubieras pagado 1.45%, es decir, por cada mes te devuelven el 0.85% al final de los 3 años. Ejm: si ganas s/1000 al mes s/. 23 (2.30%) te cobra profuturo de comision y despues de 3 años previo acuerdo firmado te devuelven 0.85%x36 meses o sea s/. 8.5 x 36 meses = s/ 306 soles te devuelven sin intereses, en otras palabras es como si le prestas plata y te devuelven una parte luego de 3 años de aportes ininterrumpidos. Es por ello que integra, prima no tienen plan de permanencia y recientemente horizonte. En cuanto a la rentabilidad en lo que va del año esta muy bien no se de donde sacas que esta negativo, eso fue el año pasado y se esta recuperando(ver diario gestion) al dia 28/09 fondo 3 es integra 47.02% horizonte 46.78% prima 42.68% y profuturo 43.67%. Finalmente informate bien y cuando te des cuenta de los beneficios de estar afiliado en la AFP no creo que quieras a hacer una huelga o protesta, dejalo a los ignorantes o tontos utiles que se dejan llevar por politiqueros o tramitadores quer lo unico que quieren es sacar dinero. Lee los comentarios de luis romani 20 de febrero de ruben o los mios. Recuerda qeu la inversion es a largo plazo.
    Gracias por tu comentario y consulta

  229. wilder escribió:

    saludos a todos,mi padre tiene 57 años de edad 16 años de aportacion al SNP del año 1974 hasta 1990 luego aporto ala AFP dos años en total tiene 18 años de aportacion ,mi pregunta es si en caso de derivarlo el total de sus aportes a una AFP ¿YO PODRIA APORTAR EN NOMBRE DE EL DE MI PECULIO, PARA CUMPLIR SUS AÑOS DE APORTACION ,QUE SON 20 O MAS, Y EL PUEDA TENER DERECHO A UNA PENSION,ES POSIBLE ESTO? agradezco su respuesta,escribir a mi correo,velocidad30@hotmail.com

  230. wilder escribió:

    tengo mi padre de57 años de edad 18 años de aporte a la onp pregunto si yo puedo aportar por el hasta que cumpla tosos los requisitos y trasladarlo a una afp como lo haria ,es valido?

  231. Ivette escribió:

    Estuve leyendo algunos de los comentarios que han puesto en esta página y lamentablemente noto que existe una falta de informacion muy grande sobre lo que son las AFP, esto se da únicamente por un descuido por parte del ejecutivo que los afilió o que los traspasó.
    Lamentablemente como todo en el mundo existen toda clase de personas y se van a encontrar con muchos ejecutivos de AFP que les van a ofrecer el cielo y la tierra y esto está totalmente ajeno a la realidad, yo creo que una posicion realista es la más sana.
    Yo soy ejecutiva en una AFP y por suerte he manejado las cosas de una forma tan profesional que puedo decir que aquellas personas que creyeron en mí están muy contentas hoy en día.
    Lamentablemente solo puedo manejar cuentas VIP que quiere decir ingresos de s/.6,000 a más, pero si tuvieran alguna duda, y los puedo ayudar en algo, me pueden escribir a ism2504@hotmail.com
    Saludos y por favor no se afilien a la ONP, y las personas mayores que están en la ONP no se afilien a la AFP porque el trámite de bono y jubilación los podria perjudicar y (al final) bajar el monto de su jubilacion.

  232. LUIS JOAQUIN escribió:

    Hola ivette santa maria (afp horizonte) deberias leer todos los comentarios, hay personas que han explicado de manera excelente lo que son las afp y la onp, es verdad que existen ejecutivos que ofrecen el oro y el moro con falta de profesionalismo como tambien ofreciendo productos como tarjetas de credito del banco continetal que son los ejecutivos de afp horizonte donde trabajas y esta totalmente prohibido por parte de la sbs. Hay casos que si les conviene afiliarse a personas mayores a la afp siempre y cuando nunca han aportado a la onp. Ejem: un trabajador con 50 años ingresa a laborar no le conviene la onp porque aportaria hasta los 70 años para cumplir 20 años de aporte porque a los 65 años tendria 15 años de aporte y no procede su jubilacion, mientras que en la afp si le conviene se jubilaria a los 65 años (no existe años de aportes) quizás con una pensión no decorosa pero es su dinero. La gran mayoría de las personas de este blog no son vip.

  233. angel barreto escribió:

    tengo el caso q mi marido fallecio y se reconose 17 años de trabajo quendo los otros años que no sabemos como justificarlo y como viuda
    no puedo cobrar una pension por que le faltan mas a portes y yo tengo 55 años estoy enferma de diabetis y no tengo ninguna entrada ni ninguna cobertura pese q mi esposo trabajo mas 30años y por trabajar en relacion de dependencia no pude entrar en moratoria por favor q solucion tendria por qu e del 1974 para bajo no tengo los justificativo de importe por favor si me podrian conseguir una solucion lo necesito urgente gracias espero su contestacion

  234. Pedro Coronado escribió:

    Desde hace buen tiempo he acudido a mi AFP solicitándoles la fórmula que sirve para el cálculo de mi pensión. No he recibido respuesta y lo único que me brindan es el monto. Según mi estimado, la pensión mensual resulta ser un 0.55% del total de mi fondo, pero solicito, si alguien me ayuda a me describan cuales son los componentes de la fórmula o donde puedo encontarla, pues con este factor resulta un monto muy reducido, sobre todo para los que tienen poco aporte.

  235. Jorge escribió:

    Buenas tardes, tengo registrado 13 años de aportante a AFP y ahora no lo hago desde el 2001, mi edad es de 49 años y no tengo trabajo estable, puedo contar con el ofndo que esta en mi cuenta en AFP Horizonte o hay que aportar hasta cumplir la edad de jubilaci÷on…?

  236. lucas escribió:

    Continuando con las explicaciones acerca del SPP, muchas personas confunden las condiciones de acceso a una jubilación en el Sistema Nacional de Pensiones y las que corresponden en el SPP.

    Si bien la edad legal de jubilación tanto en el SNP como en el SPP, es a los 65 años de edad, en el SNP existe la posibilidad de jubilarse de manera adelantada a los 55 años de edad y 30 años de aporte, en el caso de los hombres; y, 50 años con 25 años de aporte, para el caso de las mujeres.

    Además de esta posibilidad, existen regímenes especiales para los mineros (se pueden jubilar desde 45 años de edad si es socavón hasta los 55 años si es que es labor expuesta a riesgos de toxicidad), además de los trabajadores de consturcción civil, cuereros, entre otros.

    El mecanismo de cálculo de la pensión, como indicaba anteriormente, está en función a las remuneraciones percibidas al cese, considerando los niveles máximos y mínimos que la Ley prevé. La pensión mínima es S/. 415 (anualizada sería S/. 484.17) y la pensión tope es de S/. 857.36 (S/. 1000.25).

    En el caso del SPP, las posibilidades de jubilación son variadas:
    1. Jubilación por Edad Legal (65 años, siendo el único requisito tener la edad. El financiamiento es con la Cuenta Individual y el Bono de Reconocimiento.
    2. Jubilación Anticipada. Se puede acceder a cualquier edad, siempre que la pensión que alcance asciende a cuando menos el 50% del promedio de remuneraciones de los últimos 10 años ajustadas por IPC (inflación). Igualmente, el financiamiento es con la CIC y el BdR.
    3. Jubilación Adelantada 19990 en el SPP. Para afiliados que se afiliaron antes del 02.01.2002 y se incorporaron con derecho a una jubilación en el SNP (es decir, cuando tenían ya por lo menos 55 años de edad y 30 de aportes ´para hombres o 50 y 25 para mujeres. El beneficio es con garantía estatal, es decir, si con lo que tengo en la cuenta y el Bono de Reconocimiento no alcanza, el Estado pone la diferencia. El pago es contra la cuenta y una vez que se agote el estado inicia los pagos de pensión.
    4. Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo- Régimen Extraordinario. Destinado a afiliados que cumplen con condiciones de acceso en el marco de las normas del SNP. Al igual que en el caso anterior, el beneficio es equivalante al del SNP, y una vez agotada la cuenta el Estado inicia los pagos.
    5. Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo – Régimen Genérico. Está diseñado para los actuales trabajadores que están todavía lejos de la edad de jubilación para esta actividad. Se ha creado un mecanismo de aporte complementario que es compartido entre el trabajador y el empleador de manera que a través de aportes adicionales pueda acceder a una jubilación a una edad más temprana. Por un número de años aportados con complemento se descuenta de la edad de jubilación determinado número de años.
    6. Pensión Mínima. Para afiliados hacidos hasta 1945 y no alcanzan una pensión de S/. 484.17 pueden solicitarla siempre que tengan 65 años de edad y un mínimo de 20 años de aportes entre ambos sistemas. Es un beneficio con garantía estatal, de acuerdo a lo que se ha indicado anteriormente. Con la Ley N° 28991 se ha ampliado este beneficio para afiliados nacidos luego de esa fecha, pero en ese caso se requiere que el trabajador regularice el diferencial generado por las distintas tasas de aportación entre el SNP y el SPP.
    7. Régimen Especial para Desempleados. Este régimen permite a una persona de 55 años -cuando menos- y situación de desempleo no menor a 12 meses, a evaluar la posibilidad de jubilarse si alcanza una pensión del 30% del promedio de remuneraciones de los últimos 10 años. Sin embargo, la limitación más grande que tiene es que el Bono redime sólo cuando se haya agotado la CIC, lo cual supone un perjuicio para el trabajador dado que se consumirá su cuenta y sólo agotada ésta podrá contar con el valor de redención del BdR que le permita contratar una pensión (con un saldo menor, por supuesto).

    Los requisitos que he señalado son generales, definitivamente hay particularidades que por su extensión no se pueden abordar a través de este medio, pero da pie para que si está interesado pueda acercarse a su AFP e informarse más acerca de estos beneficios. La otra opción es acudir a la Plataforma de Atención al Usuario de la Superintendencia que se encuentra en el Jirón Junín N° 270.

    Saludo
    lucas

  237. Luis escribió:

    Hola Jorge:

    Por la situación que planteas no tendrías posibilidad de acceder a una pensión sino hasta los 65 años de edad. Podrías evaluar la posibilidad de ingresar al Estimador de Pensiones de la AFP y hacer una estimación de a qué edad te podrías jubilar si es que haces un nivel de aporte, dado que el requisito es que la pensión que te salga no sea menor al 50% del promedio de remuneraciones de los últimos 10 años y además que hayas cotizado regularmente no menos de 72 meses.

    De manera reciente se aprobó la Ley N° 29426, justamente para persona con desempleo, pero la edad mínima en el caso de los hombres es 55 años de edad y como el régimen dura hasta el 2012, no alcanzarías la edad. Si el régimen se prorrogara, puede que más adelante tengas la oportunidad de hacerlo, pero hoy no.

    Saludos,
    Lucho

  238. Lucho escribió:

    Hola a todos:

    Para el caso del señor Pedro Coronado, me parece muy importante el interés por conocer cómo se calcula su pensión. Sin embargo, mi modesta opinión es que va a resultar un poco difíficil entender cómo se determina el valor de la pensión, no sólo porque los cálculos varían dependiendo de la modalidad que uno esté pensando en revisar sino que las fórmulas y la forma de calcular lo que se denomina "Capital Requerido Unitario", llevan implícito un conocimiento básico de cálculo actuarial (Tablas de mortalidad, factores de comnutación, probabilidades). De todas maneras en la página web de la Superintendencia existe una Resolución que me parece es la 309 del año 1993, donde se establecen las fórmulas para los cálulos de jubilación, invalidez y sobrevivencia. Obviamente en el tiempo se han aprobado nuevos productos y se han generado cambios en las tablas de mortalidad, pero igual te puede servir para darte una idea.

    A mi forma de ver las cosas, lo más sencillo es verificar los cálculos en los diferentes estimadores de pensión con que cuentan las AFP, en sus diversas modalidades.

    Saludos,
    Lucho

  239. ana maria coloma johnson escribió:

    me jubile con la jubilacion adelantada 55 años pero la aseguradora mafre me paga mensual 50 dolares es una irrisoria ni siquiera me pagan gratificaciones de diciembre ni escolaridad puedo desafiliarme o donde puedo ir por favor ecribir a mi correo con 18 años de servicos

  240. Milko Rivera escribió:

    Para Jorge:
    La reciente Ley de Jubilación Anticipada permite jubilarse a los hombres desempleados pero que tengan, al menos, 55 años por lo que te recomendaría que en la medida de lo posible continúes aportando a tu AFP para poder así mejorar tu fndo y no perder la cobertura en caso de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.

  241. Milko Rivera escribió:

    Para Pedro Coronado:
    El cálculo de la pensión de jubilación se basa en la probabilidad de sobrevivencia de tu grupo familiar relacionado con las tablas de moralidad aprobadas por las SBS. Con dicha información, y en base a una tasa de interés técnico, se calcula el monto de pensión a recibir.

  242. Milko Rivera escribió:

    Para Angel Barreto:
    No se ha mencionado, pero si el esposo estuvo afiliado a una AFP, entonces ésta deberá pagarle una pensión de sobrevivencia con el monto que tiene acumulado en su cuenta más la rentabilidad que éste hubiera logrado. El trámite se inicia en la propia AFP y le da el derecho a recibir una pensión para usted y los hijos menores de 18 años. De tener un hijo inválido mayor de 18 años, o padres que dependían económicamente del afiliado, ellos tambien podrían gozar de dicha pensión.

  243. joe siancas norabuena escribió:

    buenas tardes, quisiera saber que puede hacer una persona que ya esta recibiendo una pension del estado pero tambien a aportado a la AFP,y ya va a cumplir los 65 años pero por ley no pùede recibir doble pension,¿podra pedir la devolucion de su dinero a la AFP o que opciones tiene?….gracias

  244. milko Rivera escribió:

    Para Joe Siancas:
    Si usted ya se encuentra recibiendo una pensión de jubilación de manera definitiva en otro sitema pensionario, usted puede requerir la devolucón de sus aportes a la AFP. Dichos aportes le serán entregados desde el momento que efectivamente le reconocen en derecho a dicha pensión para iniciar dicho trámite usted debe acercarse a su AFP.

  245. Julissa escribió:

    Buenos dias:
    Mi consulta es la sgte, mi esposo fallecio en un accidente de trabajo, pero su empleadora no ha contratado la poliza de sctr pensiones, solo la de salud, asimismo el venia aportando a la AFP (tiene su fondo el tenia 34 años de edad), voy a demandar a su empleador para poder tener los beneficios del sctr aunq se q durara años, mi consulta es si pierdo el fondo y la pension de sobrevivencia pues el plazo para solicitarlo en una afp es de 90 d calendarios(yo soy su conviviente y ya solicite la D.J. de convivencia), y tampoco puedo pedir ahora porque sino ya tendria derecho a la del sctr por q ambsa pensiones son excluyentes, la verdad que mi temor es si pierdo ambas…pueden aconsejarme..

  246. Nancy Pariona escribió:

    HOla , mi duda es la siguiente Estoy afialiada SNP soy porfesional pero quisiera saber si me es rentable cambiarme SPP

  247. Jaime T orres Honorio escribió:

    Hola soy un joven y quiero afiliarme al SNP. Trabajo de vigilante. ¿Qué hago?

  248. pilar escribió:

    Buenas quisiera saber cuando estará pagando el dinero de la jubilación aticipada las AFP?? pueden por favor contestarme a mi correo , se los voy agradecer .Pilar

  249. Carlos L escribió:

    Julissa: puedes presentar la solicitud de pensión de sobrevivencia a la AFP. Al evaluarla verificarán qye es un accidente de trabajo y quedará suspendida, en este caso, hasta que les remitas la sentencia del juicio que iniciarás al empleador. Una vez que ello ocurra la AFP devolverá a los herederos de tu esposo todo su fondo, incluyendo la rentabilidad obtenida hasta ese momento. POr otro lado, lo que debes presentar es una sentencia que reconozca tu concubinato, no una declaración jurada.

  250. Carlos L escribió:

    Jaime T: si eres joven definitivamente NO TE CONVIENE el SNP. Por dos razones básicas, de manera general debes aportar al menos 20 años y en ese caso sólo te jubilarías a los 65 años de edad. Si no llegas a los 20 años de aporte ese dinero se pierde.

  251. rosario huamán escribió:

    quisiera saber que hay sobre el reglamento de la jubilación anticipada y cuando se haran efectivo el pago del 50% de lo acumulado en la AFP

  252. teodoro zela acuña escribió:

    como puedo asegurarme por primera ves en el suguro nacional de pensiones

  253. ernesto escribió:

    hola mi nobre es ernesto soy una persona que quisiera informacion hasta cuando recibire solamnete s/99.4 eso no me alcanza para nada tengo mi esposa y mis nietos quisiera que me oriente una persona que por que la verda esta insitutucion cada vez que voy me da una respuesta que ya estoy cansado ya tengo mas de 55 años ojala laguien me ayude

  254. RICARDO escribió:

    recibo una pension por invalidez accidente de trabajo por parte de la afp actualmente estoy en evaluaciom por parte de la aseguradora por sctr posiblememnte me salga segun evaluacion pension hay incompatibilidad si tengo 2 pensiones agradecere su respuesta.

  255. cesar escribió:

    a los afiliados por anfitrionas en universidades creo q somos cientos que nos rogaban por una firma acambio de obsequios aprovechandose de nuestra ignorancia del tema y ahora que algunos aun no cuentan con espectativas laborales pero sin embargo ya estan afiliados hace unos años habra alguna forma de presentar su desafiliacion o alguna nulidad????

  256. tito silas andia ruiz conejo escribió:

    hola mi nombre es silas quisiera saber si los descuentos de aportes al seguro q me hacen en el trabajo van a una afp o a la onp por q yo no firme ni un documento de afiliacion.

  257. LESLI escribió:

    quiero que me respondan una duda acerca de los trabajadores que hicieron la carretera fernando belaunde terry – departamento san martin, y que estuvieron en planilla y aportaron a las AFP. SE PODRA RECUPERAR ESA APORTACION?

  258. Victor Bocanegra escribió:

    Buenos dias,
    He leido con mucho detenimiento las consultas vertidas y las respuestas dadas. Yo tengo una inquietud respecto a nuestros fondos ligados con nuestra realidad. En estos tiempos uno puede quedarse de la noche a la mañana sin trabajo, y sin estimar años de aporte, no seria factible que la AFP nos devuelva NUESTRO dinero, quizas uno pueda hacer su propio negocio. No me cabe en la cabeza que uno tenga que esperar hasta una determinada edad para poder recuperar lo suyo. Alguno de uds piensa lo mismo?

    Salu2

  259. Victor Manuel, DIAZ JARA escribió:

    VICTOR MANUEL, DIAZ JARA.-Comenta, trabaje en la administracion Publica por 24 anos y 11 meses, hasta el ano 2003(Julio 30) en el que renuncie por mi mejoria economica; Inscrito al SPP (Integra) en el ano de 1,992, Luego de mi renuncia al Estado sigo pagando mis aportes derepente un poco mas de lo que el Estado Pagaba por mi Jubilacion, a la fecha ya tengo casi 32 anos de aportes; mi pregunta es si tengo a la fecha 52 anos y que posibilidades tengo; o si seria posible que presente ya mi Jubilacion sabiendo q me falta edad (65 anos) para la jubilacion normal, gracias por la respuesta que ha de recibir.

  260. lainez luis escribió:

    Pgta.: Para efecto de determinar si existe excedente de pensión, quisiera saber como se calcula el promedio de remuneraciones de los últimos 120 meses. Es decir se divide el total de remuneraciones percibidas en esos 120 meses entre 120 meses (incluyendo meses de desocupación) ó sólo entre el número de meses en que se percibieron remuneraciones en caso haya meses en que no trabajé por estar desocupado?

  261. Luis Romani escribió:

    Estimado Luis: El promedio corresponde a la actualización por el Indice de Precios al Consumidor de todas las remuneraciones que hubieras percibido en esos 10 años, entre las remuneraciones que percibiste en esos diez (10) años y que no deberían ser menores a 72 para acceder a ese beneficio. En ningún caso existe la posibilidad de calcular el promedio dividiendo todo entre 120, salvo que tengas aportes en los diez años.

  262. Luis Romani escribió:

    Hace unos días Pedro me formuló una consulta que considero puede ser útil para otras personas y como no he podido dar respuesta a ella porque la dirección de correo parece que está errada, aprovecho esta ocasión para comentarles respecto del tema de jubilación para el caso de un trabajador minero, como siempre recordarles que cada caso es un caso particular y no siempre la solución para uno es la mejor para otros:

    "Hola Pedro:

    Seguro que no debes ser la única persona que tiene una duda similar pero el tema pasa por evaluar si por pertenecer al régimen minero tu top es el antiguo (80% de 10 Remuneraciones Mínimas Vitales) o el nuevo (S/. 857.36) y comparar esos valores máximos respecto de la pensión que correspondería percibir en el SPP.

    Hoy tienes una herramienta en la página Web de tu AFP que es un Estimador de Pensión, que te puede dar una orientación de a cuanto asciende tu pensión hoy. Por ser minero, cuando realices el cálculo considera como si tuvieras condición de invalidez a efectos de ver una pensión más cercana a la realidad. Si tu pensión supera los S/. 1000.15 (que es los 857.36 por 14 y dividido entre 12 a efectos de obtener una pensión anualizada, es decir, el equivalente a una pensión en 12 meses), entonces sea que vayas por mineros (si es que tienes el límite nuevo y no el antiguo) o por desempleo, la pensión que te resultaría estaría alrededor del mismo valor.

    Si bien el régimen extraordinario involucra un trámite ante la ONP porque es ella quien se tiene que pronunciar al final, considero que teniendo en cuenta que hay un proyecto en el Congreso que trata sobre pensiones para mineros (pensiones complementarias) con recursos de un fondo que constituirían las mineras, sería tal vez mejor evaluar hacer el trámite reconociendo tu condición de minero por si más adelante se dieran beneficios -inclusive- para quienes son pensionistas de ese régimen, y hacerlo por desempleo no necesariamente te permitiría vincularte con dicho régimen.

    Hacer el trámite por el régimen extraordinario puede demorar pero te da la seguridad que descartaste cualquier beneficio de garantía estatal que te pudieran dar y si al final no necesitas garantía del estado porque tienes más plata de la que necesitas para financiar una pensión con tope, al menos sabrás que perteneces al régimen y podrías reclarmar posteriormente si es que se instaurara un beneficio para ellos. El tema es que si necesitas dinero rápido por concepto de pensión, el trámite más rápido sería el del Régimen de Desempleo de la Ley 29426,pero tienes las limitaciones que ten indicaba anteriormente, así como que al no reconocer tu condición de minero la pensión la calcularían considerando una expectativa de vida de una persona normal (los mineros por su condición de trabajo se entiende que viven menos).

    Saludos y espero que estas líneas te ayuden.

    Luis
    ________

    Asunto: CONSULTA DE JUBILACION

    Estimado Luis

    Estuve leyendo el blog de la pucp y entiendo que conoces bastante sobre los temas de la jubilación, por eso quería que me rientes en lo siugiente

    Trabajé en una refinería de metales por 30 años y por tal razón quiero adecuarme a la Jubilación Anticipada para labores de Riesgo -Regimen extraordinario (ley 27252) y cumplo todos los requisitos exigidos solicitados. Mi consulta es si si es mas conveniente este tipo de jubilación o el de Jubilación Anticipada por desempleo (ley 29426)- sobre el cual también cumplo von los requisitos-.

    Me dicen que en el de Jubilación por riesgo puede acceder al 50% del promedio de mis últimos 120 haberes mensuales, pero hay topes y a lo mejor me asignan una pensión menor a la que me han calculado en mi AFP.

    Le voy a estar muy agradecido por su orientación

    Pedro

  263. Milko Rivera escribió:

    Para Lainez Luis:
    El promedio de remuneraciones para acceder al Excedente de Pensión se calcula sobre los aportes efectivamente acreditados, es decir, si un mes no aportaste ese mes no entra en el cálculo por tanto se dividiría entre 119 y así sucesivamente.

  264. Joel Mendoza escribió:

    Pregunta: Disculpe soy un joven que recien acabo de ser contratado en una empresa transnacional y me piden que sea bastante directo con mi respuesta la cual me dicen que decida cual AFP quiero escoger bueno me gustaria que me ayuden ya que quisiera tener una buena respuesta y saber a que AFP me inscribo ya que quisiera que sea la mas rentable y bueno como todos menos costo, o un costo regular le agradeceria informarme muy amable gracias.

  265. KARIN ROCIO escribió:

    quisiera saber c ual de las afp es la mas recomendada en el peru lo que ocurre es que me ire d eviaje a italia y al parecer por el poco tiempo que he estado afiliADA SOLO TRES A{ÑOS AL SNP NO LO PUEDO RECUPERAR , PERO QUISIERA SABER QUE AFP ME RECOMIENDA MAS RENTANLE PARA APORTAR DE FORMA INDEPENDIENTE , DESD EITALIA Y AL MENOS TENER U SEGURO

  266. Joe Siancas Norabuena. escribió:

    Agradecere,absolucion siguiente pregunta:
    Una persona que ha cumplido 65 años de edad y goza de una pensión del Estado desde hace muchos años, Ley 20530, Tammbién ha aportado a una AFP por espacio de 10 años, puede solicitar la devolución total de sus aportaciones, en qué artículo de la Ley se ampararía esta petición.

  267. JUANA escribió:

    SOY PENSIONISTA ADELANTADA Y QUISISERA SABER ASI COMO EXISTE UN TOPE PARA RECIBIR UNA PENSION ¿EXISTE UN MINIMO? PORQUE LO QUE RECIBO ES SOLO EL 40% DEL MINIMO VITAL?.

  268. TITO IVAN escribió:

    QISIERA SABER COMO`PUEDO HACER PARA SABER MI NUMERO DE CUSPP …. APORTO AL SNP ….. AHORA EMPEZARE EN OTRA EMPRESA Y ME PIDEN ESE CODIGOO … Y EN MI BOLETA DE PAGO, NO ESTA

  269. Luis Romani Navarro escribió:

    Para Tito Ivan:

    Según tengo entendido en el Portal Web de la Superintendencia hay la posibilidad de confirmar si es que estás afiliado a una AFP. Puedes intentar ingresar a la dirección http://www.sbs.gob.pe/0/mod

  270. Jose Carreño escribió:

    Estimados : Soy empleador relacionado a una AFP desde 1993 y que dejó de pagar las aportaciones de mi empleado (yo mismo) por un lapso de tres años, luego, en el 2005, comencé a aportar regularmente hasta la fecha. Hoy se me esta cobrando la deuda que nominalmente era de S/.9200 (aportes dejados de pagar ) y según la AFP y sus cobradores asciende a S/. 320000. Tengo 66 años de edad y aun sigo trabajando. Los activos e ingresos de mi micro empresa son muy limitados. Me han advertido de un embargo y de una denuncia penal. No le veo una salida a este entrampamiento. La suma en cobranza requeriria de 30 años de ingresos y aún así los intereses y comisiones se doblarían. En otras palabras es una deuda ‘impagable’. Si yo no le reclamo nada a la AFP porque no pienso aun jubilarme, como podria covenir con ellos ? Mucho agradecere su orientacion.

  271. Alexander escribió:

    deseo pasarme a la ( ONP ) , tengo aportando a una afp desde ya 4 años , deseop saber los documentos que debo tener para la desafiliacion
    Gracias

  272. Rosario escribió:

    Es díficil cuando te topas con estas sorpresas…pero no te enviaron ninguna notificación…o tu contador no te dijo nada?
    Este es un país de malos informantes y de gente que se aprovecha de eso.Y creo que el gobierno debe tomar cartas en el sunto…si una empresa…tanto particular…como las AFP…o del gobierno…no informaron de esto…también deben ser concientes y responsabilizarse por eso. Encima de que la pensión de las AFP no son GUAU…por que creo que son 4000 máximo…y debes aportar desde los 20 años para que tengas una pensión honrosa..que penita por los jubilados.

  273. janire sanchez gonzales escribió:

    como puedo hacer aporte por 7 años a una AFP y ahora estoy en la ONP hace 3 años como hago para saber que va a pasar con mis aportes.

  274. RAFAEL JOSÉ CHIANG MIMBELA escribió:

    PERTENESCO A AFP HORIZONTE Y DESEO PASARME A LA ONP.NECESITO SABER LOS REQUISITOS Y SI ESTÁ INVOLUCRADO UN TOPE DE FECHAS PARA TRASLADARSE AL SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES .ESPERO SU RESPUESTA PRONTO GRACIAS.

  275. DAVID escribió:

    Hola quisiera saber sobre el 50% de AFP adelanto de jubilacion tengo 6 años aportando si podria retirarlo y pasar a la ONP,pero por la edad que tengo podria retirarlo "29 años" me gustaria que responda sobre este comentario gracias.

  276. ulises escribió:

    ¿Sabes?, quiero retirarme de estas AFP, ya paso los 35 años y los trabajos solo han sido eventuales, ninguno de cotizacion. Sólo aporté (6 años) a la AFP y tengo regular dinero… ¿cómo se podría recuperar lo cotizado…? ¿quién vea este mensaje, pues, podría asesorar… ya que ahora no cuento con un trabajo y me caería bien tener este dinero… para beneficios de mis hijos… Respuesta.

  277. Diana Colchado Lara escribió:

    hola soy Diana.
    Supe por algunas personas que hay una forma de poder retirar un porcentaje de lo aportado a la afp profuturo. _Por favor quisiera saber cuales son los requisitos y si es posible acceder a ellos. No puedo obtener la iformacion via telefonica ya que solo contesta una grabadora y a pesar de dejar los telefonos, dni y nombres completos, NUNCA devuelven la llamada. Lo cual me parece una falta de atencion a los clientes que como yo trabajamos todo el dia y no tenemos el tiempo de ir a una oficina. Espero su respuesta a la brevedad posible, Y asi saber que por lo menos por este medio si nos podemos comunicar. Drracias

  278. Nilda Pinedo escribió:

    Agradeceria que la informacion estadistica de rentabilidad de las AFP sea actualizada y no unicamente hasta octubre 2006. Esto permitiria tomar decisiones mas acertadas.

  279. Lucho Romani escribió:

    Hola:

    He visto algunas dudas comunes que trataré de absolver dado que me parece importante que todos podamos tener una noción de cómo funcionan sea la ONP o la AFP.

    Primero tener presente que cuando recién ingresamos a laborar tenemos un plazo (si mal no recuerdo 10 días) para definir a qué sistema previsional deseamos pertenecer (ONP o AFP).

    Segundo, una vez decicido este tema, si opté por ONP tengo la posibilidad de pasarme a una AFP. El proceso en sentido inverso no es posible (AFP a ONP), salvo determinadas circunstancias que mencionaré luego.

    Tercero, si me afilié a una AFP y estoy haciendo aportes al SNP (ONP), debo corregir cuanto antes esa situación ya que siempre estará obligado a efectuar aportes a la AFP. El empleador está obligado a pagar aún cuando haya pagado al SNP por desconocimiento y recuperar ese dinero toma tiempo y a ver si tienes suerte y te lo devuelven. En pocas palabras, si pagó mal la empresa al margen de si recupera o no la plata de la ONP, igual le van a cobrar (procesos judiciales incluidos).

    Cuarto, si me afilio a la ONP luego del 2002 y luego me paso a una AFP, esa plata que aporte a la ONP (cuando menso 48 meses en los 10 años previos a diciembre 1992, Enero 1997 y Enero 2002) es plata perdida ya que no generan derecho a un Bono de Reconocimiento (1992, 1992 o 2001).

    Quinto, en una AFP siempre el dinero va a ser del afiliado, por lo tanto tarde o temprano va a poder acceder a él a través de pensión o alguno de los beneficios que se consideran otorgar.

    Sexto, hoy existe un régimen de Devolución de Aportes y Jubilación Anticipada para Desempleados que rige hasta el 2012.
    Requisitos:
    – Al menos 12 meses de desempleo
    – 50 años de edad para las mujeres y 55 para los hombres

    Si la Pensión que le calcula la AFP es igual o mayor a la RMV (S/. 550)podría precibir pensión, de lo contrario podrá pedir la devolución del 50% de los aportes obligatorios.

    Sétimo. La forma de retornar de una AFP al SNP, se puede efectuar a través de algunas de estas vías:
    – Nulidad de afiliación por falsificación de firma de contrato de afiliación
    – Nulidad por exclusión de la cobertura por preexistencia (tener condición de invalidez antes de haberse afiliado a la AFP).
    – Desafiliación (sea por la Ley 28991 o por falta de información), aunque para estos casos el requisito mínimo es tener 20 años de aportes entre ambos sistemas.

    Una buena opción es evaluar si es que la persona podría acceder a alguna pensión garantizada por el Estado, que una AFP también provee y que debería ser materia de una mayor difusión porque mucha gente podría tentar esta opción. Lo bueno es que la desafiliación no tiene plazo y es una forma de saber cómo estamos en un sistema con relación al otro. A algunos les convendrá quedarse en tanto que a otros probablemente no, y la idea es justamente esa que quien se ha visto perjudicado tenga una forma de corregir esa situación si es que un sistema le ofrecer una mejor pensión o condiciones de acceso mejores que el otro.

    Espero que esta información les sirva, y no descataría que puedan acceder a la información de su AFP u ONP para averiguar qué ventajas tiene un sistema frente a otro. En particular para la gente joven porque el sistema privado de pensiones a largo plazo puede resultar una mejor opción, más aún cuando actualmente el Sistema NAcional de Pensiones otorga pensiones con un nivel mínimo (S/. 415) y máximo (S/. 857).

  280. Antonio escribió:

    Buenas Tardes, por favor comentar si fuera de la comisiòn obligatoria las AFP generan ganancias; es decir si al invertir el dinero de las CIC y al obtener la rentabilidad correspondiente, ellos cobran algo adicional….. Existe alguna legislación para ver detalles ?. Gracias

  281. rjimenez Autor escribió:

    En agosto se publicará un nuevo artículo con el desempeño más reciente de las rentabilidades de los 3 tipos de fondos de pensiones que manejan las AFP.

  282. Pedro Coronado Saldarriaga escribió:

    Soy un afiliado que ha optado por la jubilación anticipada vía renta temporal de 5 años con renta vitalicia diferida. Voy a firmar en la primera semana de agosto.
    No tengo mayor información sobre las aseguradoras, pues todas ofrecen lo mejor y dan malas referancias de las otras. Quisiera me orienten.
    ¿Qué hay de cierto sobre ING respecto a su alejamiento de Invita?

  283. rjimenez Autor escribió:

    Pedro:
    Es muy importante no dejarse distraer por la guerra de des-información entre las aseguradoras y más bien concentrarse en las cotizaciones concretas que ofrecen.
    Para la parte de renta vitalicia, tenga en cuenta que recibirá de ella una pensión por el resto de su vida: uno elige si la cantidad a recibir se mantendrá constante en dólares nominales (que reducen la pensión cada que el tipo de cambio cae) o en soles reales (cuyo monto se reajustará trimetralmente para igualar a la inflación que pueda reducir el poder adquisitivo de su pensión).
    Lea estos artículos:
    http://blog.pucp.edu.pe/ite
    http://blog.pucp.edu.pe/ite

  284. Jorge Talledo Mindreau escribió:

    hola …tengo muchos anos en los estados unidos pero deseo saber si puedo acogerme a la jubi;acion adelantada. Los tramites se pueden seguir desde aqui o puedo mandar poder a mi hija para q me jubile. Que debo de poner en mi poder para que otor me siga el tramite.

  285. Rosalinda escribió:

    Tal vez me pudieran ayudar, ya que me encuentro desesperada al no encontrar respuestas a mis dudas. Tengo un hermano que estaba en condicion de jubilado-cesante en Essalud por medio de AFP Horizonte. Resulta que mi hermano tuvo un derrame cerebral y cuando lo quisimos llevar a Essalud nos informaron que su seguro estaba con vigencia hasta el 30 de junio y que debia acudir a AFP Horizonte a fin de regularizarlo. Como era de noche me vi obligada a llevarlo al hospital Carrion debido a la emergencia.

    Al dia siguiente al comunicarme con Horizonte, me manifiestan que mi hermano se había acogido a un retiro voluntario programado y que ya no tenía fondo y que su ultimo aporte fue efectuado en enero de este año, por lo cual se queda totalmente desamparado para atenderse por Essalud. Por tal motivo acudí al SIS, pero ahí me dicen que no es elegible pues figura en Essalud como jubilado cesante. Realmente no entiendo como es posible que a una persona la dejen sin seguro de atención médica, siendo que mi hermano es una persona que no tenía trabajo actualmente. Desearía saber si existe alguna ley que ampare este caso, puesto que no me cabe en la cabeza, que mi hermano actualmente este totalmente desamparado y en el hospital Carrión, diariamente me cobran desde las ajugas y diariamente tengo que llevar gasas, medicinas y todo. Realmente yo adoro a mi hermano, pero ya agote todos los recursos y nadie me escucha. ¿Ayudenme por favor!

  286. IVONE escribió:

    Hola soy Ivone yo tengo aproximadamente 12 años de aportación y he dejado de aportar hace 3 años. Ahora quisiera salirme de afp integra y regresar al sistema onp ¿qué debo de hacer?, ¿qué tramite debo presentar?
    Responderme rápido porfis…

  287. Susan escribió:

    Viveré fuera del país en 2 meses y quería saber ¿qué pasará con mis aportes a la AFP y también sobre salud?

    Yo tengo 41 años, empecé mi vida laboral el 1°/10/1992, me inscribí en una AFP el 9/07/1993, en toda mi vida laboral he dejado de trabajar en un período no mayor a 6 meses.

    Tengo la posibilidad de continuar con un trabajo a la distancia como homeworker

    ¿Quisiera me sugieran qué hacer y qué es lo que más me conviene?

  288. Daniel Hernandez Reaño escribió:

    Quisiera saber si me conviene seguir en la AFP PRIMA o volver al Seguro Social. Tengo 54 años, he visto en la AFP PRIMA S/. 81,000 con mas de 20 años aportando entere la AFP y ONP.
    Si paso a la ONP. Cuanto seria mi pensión? y si solicito jubilaciòn anticipada, cuanto recibo?

  289. Alexander Dagoberto Paz Huaman escribió:

    HOLA MI NOMBRE ES Alexander Dagoberto Paz Huaman,quiero saber cuanto tengo de aportes me inscribi en el año 1991 tengo 43 años actualmente, trabaje en la compañia de transpote valor SEGURA S.A,1AÑO… DESPUES EN VIGILIA PERUANA MEDIO AÑO DEL AÑO SIGUIENTE,PROSEGUR 1993 MERCHANT COORPORATION S.A 1994-95, TRAGAMONEDAS COMPAñia FANTASY 1995 UN AÑO Y AHORA TRABAJO EN LA MUNICIPALIDAD DE ATE VITARTE , POR FAVOR DESEO SABER MAS AL RESPECTO MI CORREO ES diegoaudazz@hotmail.com

  290. cynthia escribió:

    Por favor quisiera que me ayuden, estoy en duda , sobreo a cual sistema de pensiones acogerme? tengo 26 aun soy joven y quiero decidir bien pero necesito su ayuda, recien en mi trabajo me han dado la noticia de que nos han inscrito en essalud y onp , pero tengo dudas si lo debo hacer en una onp o una afp que diferencia hay entre ellas….? gracias x su ayuda.

  291. ANIBAL NOLBERTO escribió:

    Estoy en edad de recibir mi pension de jubilacion adelantada, pero mi problema es la ONP.ó AFP. estoy en la AFP. PRIMA, donde me informan que mi jubilación es de por vida, ¡es verdad eso? poque por comentarios sé que es hastá que se termine el fondo de mi ahorro, he cotizado 21 años.

  292. Víctor Pérez escribió:

    Por favor orienteme cuál aseguradora para el Régimen Especial de Jubilación Anticipada es la más adecuada y beneficiosa, sobre todo con los aportes en soles indexados, soles tasa fija, dólares nominales, dólares tasa fija etc. Inicialmente parece que Rímac Seguros es la más segura en el tiempo pero los aportes los efectúa en dólares nominales y esto en el tiempo su poder adquisitivo será muy bajo y muy perjudicial para el jubilado. De antemano gracias por su orientación.

  293. Alejandro Barrueto escribió:

    Quisiera saber cual es lo mas conveniente para mi, yo estoy afiliado desde el año 1993 a la AFP Integra y tengo aportado un promedio de 46,000 mil soles, a esta fecha cual sería mi pensión vitalicia y como quedaría mi seguridad socila (ESALUD)

  294. juan pablo tenorio escribió:

    Cinthia todo depende, las mujeres tienen más beneficios en el caso de pensiones en la onp porque pueden salir con pensión adelantada con 25 años de aportación y con una edad de 50 años en tu caso. Podrias jubilarte a los 51 años en la onp con una pensión entre los 415 soles a 857 soles, como máximo.

  295. Carlos Alberto Salguero Irribari escribió:

    yo fui afiliado de la afp horizonte de 1993 al 1998 y quisiera saber como puedo volver a aportar tengo 37 años.
    mi DNI 10145155.

  296. pablo solorzano escribió:

    soy extranjero Trabaje en Peru casi dos años, agosto 2008 hasta febrero 2010, estuve aportando al SNP sin afiliarme a un AFP, el dinero que aporte lo puedo trasferir a mi pais (México) o hay otra manera para no perder mis aportaciones, me pueden asesorar por favor ? gracias.

  297. Jesus Aliaga Guillen escribió:

    Soy Dirigente Sindical Minero, espero una respuesta que voy agradecer en representación de los trabajadores mineros
    Por favor quisiera una respuesta respecto a un caso muy particular resulta que mi compañero de trabajo,sufrio accidente de trabajo y hoy es un pensionista de Invalidez por el Seguro complementario el pertenecia a una AFP. somos conciente que en la mayoria de estos caso del SCTR. de sobrevivencia, las AFPs, con presentar la resolución ya sea de Sobrevivencia o Invalidez las AFPs te devuelven integramente las aporteciones del CIC. que debe ser lo correcto, sin embargo hay AFP. que no devulven integramente, te devuelven armadas hasta que se agote tu saldo, lo ixigimos es que le devuelvan integramente su dinero del CIC. que ouedo hacer al respecto

  298. Pancho escribió:

    A mi parecer esto de las AFP son 1 robo porke tienes k llegar a los 65 años ser anciano para poder recien cobrar al 100% tus aportaciones cuando deberia d regirse x años d aportaciones x ejemplo si cumples con 5 años de aportaciones sin haber dejado de aportar en ninguna circunstancia tendrias derecho al retiro del 10% del total acumulado.

  299. Alcibiades Ricardo Luque Laynes escribió:

    Buenas tardes :

    Mi consulta es la siguiente :
    Tengo 44 años 5 años aportando al SNP, quiero retirarme del SNP para pasarme a una AFP por que yo gano 5,000 Soles y me enterado q la ONP Paga como maximo 1015 soles por mes, mis dudas son las siguientes?
    1) si me retiro de la ONP recuperare todo lo q he aportado?
    2) si aporto a partir de ahora hasta los 65 años cuanto me pagaria una AFP teniendo en consideracion que voy a ganar entre 5,000 soles a mas de ahora en adelante me refiero a cuanto voy a cobrar mensualmente en forma vitalicia cuando me jubile si es q me cambio a una AFP.

    Por favor necesito una respuesta concreta y clara, gracias
    Alcibiades

  300. Carlos L escribió:

    A Jesús Aliaga: Cuando un Afiliado sufre un accidente de trabajo con cobertura del SCTR su CIC siempre será devuelta por la AFP.
    Pero el tratamiento es diferente según se le haya otorgado una P. de Invalidez o P. de Sobrevivencia, por el SCTR.
    Si causó P. de Invalidez la CIC se devuelve como una "pensión paralela" en la modalidad de retiro programado, hasta que se agote el saldo.
    Si causó P. de Sob. se devuelve a los herederos debidamente acreditados

  301. Carlos escribió:

    Para Pablo Solorzano: si aportaste al SNP no hay posibilidad que recuperes esos aportes, menos que los puedas transferir al extranjero. Sencillamente te ocurrirá lo mismo con aquellos que no llegan a cumplir los 20 años de aporte al SNP: lo pierden todo.

  302. Carlos escribió:

    A Carlos Alberto: Acercate a tu AFP y solicita que den tu estado de cuenta, actualizando tus datos. De igual manera solicita los formatos para que aportes como independiente, si es que no tienes un empleador.

  303. Zoila cacho escribió:

    buenas tardes soy residente permanente en usa desde octubre del 2010 que llegue a dicho pais, tengo mi green card, id, social security, quiero que me orienten sobre el tramite que debo hacer para transferencia de fondos al exterior pues tengo 49 mil soles de aportes en afp horizonte y me dijeron q puedo disponer del dinero porque en usa no existen las afp. Gracias

  304. Alex escribió:

    Muy buenas a todos, soy egresado de la carrera de administracion especialidad en Finanzas y estaba pensando realizar mi tesis sobre las AFP`S, ¿cual es la mas recomendada o rentable el SPP o el SNP?
    Y quisiera saber si me podrian ayudar, de que forma podria ser menos confuso y dar menos vuelta por una misma cosa de manera que sea estructurado de forma coherente y mas ordenada

  305. abb escribió:

    Creo que las AFP en su momento deberian retornar el dinero al aportante si este lo requiere .

    – Una vez que llega el momento de la jubilacion existen diferentes formas de jubilacion en todas ellas o las AFP manejan el dinero o las Cias de Seguro , claro continuan ganando dinero de tu fondo .

    _El riesgo de bolsa sigue siendo del aportante en caso tu dinero lo maneje la AFP , y el riesgo que las cias de Seguro quiebre pierdes tu pension .

    _En todo caso deberia haber una tercera opcion que el afiliado o aportante pueda tomar una desicion con su fondo que el crea que pueda tener un mayor rentabilidad que la que ofrecen las opciones actuales .

    – Ejemplo si alguien tiene $ 600.000 soles y le lega la jubilacion que hacer lo dejo en el AFP y me paga hasta que se consuma el fondo continuando con el riesgo de bolsa noooo??
    Se lo doy a una Cia Seguro y que me de una pensionsita con el riesgoq ue se quiebran se acabe mi pension con ellos noooo??

    Si compras un depa con ese dinero puedes comprar un propiedad que te rente y esta propiedad tambien puede tener un mayor valor a futuro y dejar de herencia .

    Meter ese dinero en tu negocio del cual vienes viviendo hace años , recuerda que dejaste d trabajar hace 15 años anets de jubilarte y eres independiente .

    En conslusion que el afiliado tenga una opcion que el mismo pueda manejar su dinero bajo su riesgo no esperando que otros lo manejan , claro que si el afiliado cree no tener la capacidad se lo entrega a esas admistradoras .

  306. Fco. Javier Mingorance Morcillo escribió:

    ¿Por qué se dividen las bases de cotización en una pensión, por ejemplo de jubilación, de los 15 años entre 210?.
    Porque se cuentan los doce meses de cada año (12X15=180 meses), más las dos pagas extraordinarias que corresponden a dos meses más por año (2 meses X 15 años= 30 meses). Y 180 meses ordinarios, más 30 meses de pagas extraordinarias suponen 210 mensualidades. Este resultado será la base reguladora a la que tendré que aplicar ( si tengo que aplicarlos) los coeficientes reductores correspondientes. En otro caso esta base reguladora será exactamente la cuantía de cualquier pensión. Pero hete aquí, que aquel que cobre subsidio de desempleo por ser mayor de 52 años y emplame hasta la jubilación a los 65 años, no cobra pagas extraordinarias, y ni tan siquiera ha cotizado por ellas por estar este subsidio, el de 45 años y el normal exento de este importe. Le aplican unos parámetros de los que no han sido beneficiarios. Esto me recuerda, cuando en la dictadura del General Primeo de Rivera, 800 gramos de pan se pagaban como si fuera un kilogramo. Si es que España es "diferent"; y luego dirán, que las penas no matan. Ojo, porque supongo que muchos españoles podemos perderle el respeto a las INSTITUCIONES, y eso la verdad, no sería bueno. Un saludo y muchas gracias por aguantarme.

  307. PABLO ARBULU GARCIA escribió:

    Actualmente me paga la Cía Interseguro mi pensión en moneda extranjera, tengo 66 años, consulto estaría incurso en la Resolución SBS No 17079-2010 publicado en el Peruano el 17-12-10 si es positivo.cuando se iniciaría el reajuste y cuál sería la tasa aplicar. Asimismo,quisiera que me expliquen según el D.S. No 104-2010-EF SOBRE LA TASA DEL 2% DE AJUSTE A LAS PENSIONES.

  308. Maritza escribió:

    Sr. Luis Romaní
    Le escribo la presente para agradecer su valiosa respuesta y realizar una consulta
    El año 2001 cuando me encontraba estudiando en una universidad con engaños firmé un documento a un asesor de AFP, quien me dijo que era una señal para mostrar a su jefe de AFP que estaba asesorando a diferentes personas. Años mas tarde me quize afiliar a la ONP y me enteré que estaba afiliada a una AFP. Nunca me enviaron un carnet ni recibos para realizar pagos, es decir no tengo ni un solo mes de aportaciones a la susodicha AFP. Que debo hacer para desafiliarme. Porque ya tengo 40 años y necesito contar con un seguro. Acaso seguir una demanda judicial?

  309. Carlos escribió:

    Para abb:
    El SPP es un sistema de pensiones, no de ahorro de libre disponibilidad. Si un afiliado quiere tener disponibilidad de su fondo debe hacer aportes voluntarios o disponer del excedente de pensión si le correspondiera.
    Además, creo que estas totalmente desinformado. Cuando un afiliado se jubila, si opta por recibir su pensión en la modalidad de retiro programado, en la que el fondo sigue siendo administrado por la AFP, cualquiera de éstas NO cobra un centavo por la adminitración de saldos, por lo que no ganan con el saldo del fondo, al contrario, siguen invirtiéndolo.
    Las aseguradoras son supervisadas (no respaldadas) por la SBS para que sus inversiones sean a largo plazo y puedan cumplir con las pensiones que deben pagar.
    Con S/. 600,000 a un afiliado le pagan aproximadamente de manera vitalicia una "pensionsita" de S/. 3,600 de por vida. La AFP recalcula la pensión anualmente en función al capital, beneficiarios y edad del afiliado. Dificilmente se va a extinguir el fondo, en la medida que la pensión que se calcule siempre será proporcional a dicho fondo.
    Si eres tan realista con las inversiones del SPP, porque no asumes tambien que el edificio en el que compraste el departamento con tu fondo de jubilación se puede derrumbar por estar mal construido o un terremoto o te estafaron al comprarlo o en tu negocito y pierdes todo, quedándote sin departamento, negocio, pensión y atención de essalud???

  310. Danilo Balcacer Rivera Ricapa escribió:

    Tengo 26 años de servicios al sector educacion, como docente y estoy inscrito en una AFP. ¿qué tramite debo realizar para jubilarme?

  311. Carlos L escribió:

    Sr Arbulú:
    Lamento comunicarle que las modificaciones que usted indica no le son aplicables, dado que las leyes no son retroactivas.

  312. Carlos L escribió:

    Maritza: responderé en vez de Luis Romaní.
    Si firmaste el contrato de afiliación, la Afiliación es válida.
    Mi pregunta sería, por qué no empezaste a aportar cuando te enteraste que estabas afiliada?
    Definitivamente el SNP NO te conviene o crees que vas a poder aportar al menos 20 años de aqui a los 65 años de edad? Si interpones una demanda, independientemente que sea declarada improcedente, vas a gastar tiempo y dinero para ganar absolutamente nada.
    Una última pregunta ¿realmente sabes cómo funciona el SNP y el SPP?

  313. Carlos L escribió:

    Sr. Rivera, acerquese a su AFP para que lo oriente sobre la jubilación por edad legal o anticipada.
    Usted tiene todo el derecho a que lo asesoren y orienten.

  314. miguel escribió:

    Si un trabajador sufre un accidente de tipo psiquico mental en el trabajo y tiene aportaciones de 12 años a la SNP y en la actualidad llevas màs 8 años a SPP , qué beneficio le corresponde (si le dan un dictamen el seguro como incapacidad permanente). y quien seria la que le otorgaria la pensiòn de invalides, Él trabaja en una empresa de srvicios, qué documentos debo presentar, por favor responderme. Gracias por favor espero que respondan

  315. margot escribió:

    tengo dos hermanos esquizofrenicos mayores de edad,soy curadora por via judicial, estoy tramitando su aseguramiento por discapacidad,la primera vez que presente las solicitudes a la onp,me rechazaron por que los certificados de ambos no coincidian con la fecha de fallecimiento de mi padre que era el titular,,actualmente la pensionista es mi mama,por viudez,presente nuevamente las solicitudes hace 3 años,hasta la actualidad estoy esperando si aceptan o no el seguro de mis hermanos,cada vez que voy al edificio que esta cerca a wilson me dicen q esta en tal paso,q estan revisando los documentos q hemos presentado, un amigo q es abogado me hizo el favor de presentar una solicitud pidiendo mas rapidez ,pero solo le permitieron dejar el escrito, aduciendo que no habia con quien hablar,en realidad son tres hermanos mayores de edad discapacitados con la misma enfermedad pero a uno de ellos no me permitieron presentar mi solicitud porq no es hijo de papa,por favor que puedo hacer?, han pasado 4 años,ya hasta ahora no hay una respuesta

  316. Milagros Cuya C. escribió:

    buenas noches, queri saber si una persona aporto 19 años a la onp y tiene 62 años puede jubilarse por medio de la afp. se podria hacer la transferencia de sus aportaciones a una afp y jubilarse?
    quedo a la espera de su respuesta
    gracias
    milagros c.

  317. Kate escribió:

    Este post tan interesante se convirtió en plataforma de atención on-line de vendedores de AFP’s, sólo falta la entrega de polos y llaveros… piensen bien y tengan cuidado les pagan buenas comisiones.

  318. DORA BURGA escribió:

    DORA :
    TENGO DESDE EL AÑO 1996 COMO TELEOPERADORA EN CALL CENTER AHORA EN EL 2011 TENGO UNA AFECCION EN LAS CUERDAS VOCALES QUE CADA DIA ME IMPIDE COMUNICARME ME INDICAN QUE SI CONTINUO EJERCIENDO MI LABOR PERDERE LA VOZ DEFINITIVAMENTE DECLARANDOME INCAPACITADA PARA CONTINUAR .APORTANDO DESDE 1980 EN EL SNP Y AHORA FIGURO EN LA AFP PRIMA QUE TRAMITE DEBO EFCTUAR PARA UNA PENSIÓN DE INCAPACIDAD O INVALIDEZ.

  319. Carlos L escribió:

    A Miguel:
    Asumo que el dictamen del “seguro” al que te refieres es Essalud. En ese caso, lo primero que deberías recibir, a través de tu empleador, es el subsidio de Essalud que equivale al 100% del promedio de tus remuneraciones. El período máximo de subsidio es de 11 meses con 10 días.
    En paralelo, antes que acabe el indicado subsidio, debes solicitar a tu AFP la Evaluación de Invalidez, suscribiendo el formato en tu AFP. La documentación es básicamente la evaluación de essalud, copia de los descansos médicos, un informe médico y/o copia de tu historia clínica. La lista podría variar, pero llamando a tu AFP te la proporcionarán.
    Luego de la Evaluación, te correspondería percibir pensión de invalidez que sería pagada por una aseguradora, si cumples los requisitos de cobertura, o con cargo a tu fondo en caso contrario. Espero haber sido de ayuda.
    Carlos L.

  320. Carlos L escribió:

    A Margot:
    Te aconsejo que vayas a la Defensoría del Pueblo.
    Carlos L

  321. Carlos L escribió:

    A Milagros Cuya C:
    De manera general NO es recomendable que una persona de 62 años se incorpore al SPP. De hacerlo sus aportes no se transferirían a una AFP sino que tendría que tramitar su Bono de Reconocimiento y aún así tendría que esperar a los 65 años para jubilarse, pues no cumpliría los requisitos para obtener una jubilación anticipada.
    En cualquier caso, lo que tendría que evaluar, con documentación cierta y firme, es si la pensión de jubilación que obtendría en una AFP sería mejor que en el SNP, siempre y cuando completáse los 20 años de aportes.
    Espero haber sido de ayuda.

  322. MILWARD LINO ESCOBEDO LAJO escribió:

    los docentes que estan en la ley 19990 a que edad pueden solicitar su jubilación, tando las mujeres como los varones

  323. Lucho escribió:

    Hola Milagros:

    Aunque no lo creas la pregunta que planteas resulta muy interesante porque abre el camino a una serie de alternativas para aquellas personas que se afiliaron al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y no alcanzaron el número mínimo de años de aportación para acceder a una pensión de jubilación, es decir, potencialmente podrían "perder" ese dinero al no tener derecho a ningún beneficio aunque la verdad ese dinero sirva para financiar el pago a otras personas (por eso se llama sistema de reparto, el dinero de los trabajadores activos sirve para financiar a los que son pensionistas).

    Abordando la pregunta puntualmente, una persona de edad avanzada como es el caso que plantas sí puede afiliarse a una AFP, y la única razón para hacerlo debería ser que ya no va a poder realizar más aportes en el Sistema Nacional de Pensiones y, además, debería poder generar un Bono de Reconocimiento producto de esos aportes que realizó en el SNP.

    Por los datos que alcanzas, puedo pensar que esa persona no ha alcanzado los requisitos para jubilarse de manera adelantada en el SNP (50 de edad y 25 años en mujeres y 55 y 30 en el caso de los hombres) y no estaría en capacidad de efectuar aportes por 6 años u 11 años dependiendo de si es hombre o mujer que serían los que le falta para alcanzar alguno de los mínimos antes indicados. Tal vez, está pensando en trasladarse al SPP porque sabe que en el SNP tendría que esperar hasta los 65 años para jubilarse y que hoy eventualmente existe un régimen de jubilación anticipada para desempleados en el SPP (AFP) que le permite jubilarse con menos edad y, además puede acceder a una pensión.

    Sin embargo, antes de decidir por afiliarse, primero debería evaluar qué tipo de Bono de Reconocimiento podría generar, pues esos serán sus unicos recursos que financiarían una potencial pensión. Entonces los únicos BdR a los que podría apuntar son el Bono 2001 o el Bono 1992. Con los documentos que podrían sustentar esos 19 años de aportes se tendría que evaluar cuáles corresponden a los períodos anteriores a diciembre de 1992 o enero de 2002, pues los aportes posteriores no cuentan en el cálculo de Bono de Reconociiento (deben existir un mínimo de 48 aportes en los 10 años previos a las fechas de corte que se han indicado). La evaluación la podría hacer cualquier AFP a la que usted quisiera afiliarse, pero lo importante es no firmar un contrato en el momento sino evaluar si ese Bono de Reconocimiento actualizado por inflación le permitiría obtener una pensión mayor a S/. 600 (que implicarían recursos por S/. 100,000 más o menos). Si es menos que eso correspondería un mecanismo de devolución de "aportes" (50% de los aportes obligatorios) pero como no ha realizado aportes no le devolvería nada y tendría que esperar hasta los 65 años para jubilarse.

    El ejemplo anterior es para el caso del Régimen de Desempleo, la situación sería distinta si ya la persona tuviera 65 años, pues si solo me falta 1 año de aportes para gozar de pensión, lo más sencillo sería hacer aportes por esos 12 meses y generar derecho cuando menos a la Pensión Mínima en el SNP. En ese caso el traslado a una AFP no resultaría conveniente.

    Por el contrario, si solo tuviera 10 años de aporte, y nunca más voy a realizar aportes, el mecanismo de traslado podría ser una forma útil de recuperar algo del dinero que aportó, pues en el SPP la única condición para jubilarse a los 65 años de edad es que el afiliado suscriba una solicitud y la pensión se otorgará con lo que pueda aportar (si puede) y con los recursos del Bono de Reconocimiento que pudiera generar. Debe quedar claro que en este caso es evidente que la persona nunca generaría derecho a pensión en la ONP, por falta de aportes, pero en el SPP aunque la pensión sea pequeña algo podría recibir con los recursos del BdR.

    Bueno, a veces es complicado explicar estas cosas de manera entendible pero espero haber podido contribuir en algo a salir de dudas …

  324. Lucho escribió:

    Hola Milward:

    En términos generales la edad de jubilación en el SNP (DL 19990) es a los 65 años. Sin embargo, existe un régimen de jubilación anticipada que permite jubilarse a los 50 años con 25 años de aportes si es mujer y 55 años de edad y 30 de aportes para el caso de hombres.
    No existe un régimen especial que prevé edades especiales para profesionales del sector educación, pero para otros sectores como minería, cuereros, pilotos,choferes, construcción civil, por las condiciones de trabajo se prevén condiciones particulares.

  325. maximiliano escribió:

    Mi empleador esta pagando al SNP pero yo me afilie hace años atras en una AFP. ¿Qué consecuencia traerá esto a mi empleador?

  326. Carlos L escribió:

    Maximiliano:
    En principio, en lo inmediato tu te puedes ver perjudicado pues no estás realizando aportes obligatorios -entre ellos la prima de seguro-, por lo que tu cobertura del seguro previsional para el pago de pensión, en caso de invalidez o muerte, quedaría suspendida hasta que tu empleador regularice los aportes impagos.
    Ahora, la AFP le cobrará los aportes adeudados a tu empleador con intereses, gastos, etc. y una vez pagados se acreditarán en tu cuenta individual -CIC.
    Entonces, en sentido contrario, si tu empleador no los paga, ese dinero nunca entrará a tu fondo de pensiones y el perjuicio será directo para ti.
    Por otro lado, tu empleador puede solicitar a SUNAT la devolución de los aportes pagados sólo en los últimos 5 años, pues aplica la prescripción.

  327. Lucho escribió:

    Hola Maximiliano:
    Primero deberías pedirle que efectúe el pago a la AFP que corresponda. Segundo, el empleador va a tener que regularizar el pago a la AFP con sus propios recursos.
    Tercero, tendrá que efectuar el trámite ante ONP para recuperar el dinero que pago a ellos pero que no les corresponde al no pertenecer a dicho sistema.

    El empleador siempre tiene la posibilidad de verificar si un trabajador se encuentra afiliado o no a una AFP a través de la página web de la SBS en el siguiente vínculo:
    http://www.sbs.gob.pe/0/mod

  328. ROCIO LOPEZ escribió:

    Hola, mi consulta es la siguiente:
    Mi papá ha aportado 30 años a la ONP, pero al momento de afiliarse a una AFP, solo le reconocieron 24 años, qué es lo que puedo hacer para que le reconozcan todas sus aportaciones, ¿cuáles son los pasos a aseguir?

  329. CESAR ALFREDO CALDERON TIRAVANTI escribió:

    aporte a AFP HORIZONTE el año 1998 despues trabaje informalmente hasta el año 2007 en el año 2008 2009 trabaje para una empresa privada estaba en planillas pero por error nunca informe q estaba en una AFP y ellos comensaron a descontarme en esos dos años derivandolas al sistema nacional de penciones, y ahora estoy en una nueva empresa y mis planillas salen que mis aporciones se estan derivando a AFP HORIZONTE.Que debo hacer para q las aportaciones q hicieron al snp pasen a la AFP

  330. etelvina escribió:

    Quisiera saber cuanto ganaría una persona que gana 900 soles mensuales al momento de su jubilacione en una afp despues de los 30 años de trabajo qué se necesitan para ser jubilado.

  331. Luis Olivares escribió:

    un afiliado a la afp que se encuentra recibiendo pension por invalidez ¿puede ser contratado por CAS D.Leg. 1057?, dicha se moviliza en silla de ruedas y esta en condiciones de trabajar en oficina. Gracias de antemano por la respuesta.

  332. cesar tomas ramirez palacios escribió:

    estoy muy consternado de como se vendio al pais por parte de fujimori,y choco con muchos dineros de los pencionistas, an pasado aotros ladrones AFPS lo unico que acen es lucrar con dineros ajenos ino darles las facilidades, de disponer algo, de su dinero para invertirlo,en mi caso tenia un monto de casi 49000 aora solo tengo 46000 donde estan eseos 3000 restantes tengo 55 años como ago para disponer de mi dinero invertir en algun negocio solo quiero el 50 por ciento antes que desaparesca con estos gobiernos que no garantizan nada ahora me encuentro sin trabajo es dificil mi situcion, muchas gracias por la tencion prestada

  333. Martha escribió:

    Hola:

    En el 2009 empecé a aportar a la ONP por primera vez, al año y medio siguiente me cambie a una AFP (pensando que era una mejor opción). ¿Ahora podria volver a la ONP de algun modo o ya no puedo? ¿Tendria que quedarme obligatoriamente en el Sistema privado de pensiones así ya no lo quiera? Gracias por la respuesta.

  334. silvana escribió:

    tengo 52 años tiempo de servicio 23 años trabajo (PERS. ADM.)en colegio estatal apartir del 1992 pase a la AFP pero estoy tramitando mi desafiliacion porque quiero mi pension del estado.
    Deseo retirarme del trabajo y seguir aportando hasta cumplir los 60 años y asi recibir mi pension de jubilacion y mantener mi seguro de salud tambien orienteme como hacer y donde debo ir para tramitar la continuacion de mis aportes onp.

  335. david escribió:

    hola ante todo muy buenos dias: quisera saber que va a pasar con mi sueldo el dia que trabaje y me pongan en planillas ya que me afiliaron en el 2005 sin mi consentimiento a la AFP HORIZONTE y recien estoy empezando a trabajar y no aporte nada a la fecha , me han dicho que me van a descontar todos los años que no he aportado . quisiera saber algo de este tema

  336. Domingo escribió:

    Tengo 60 años de edad 19 años 9 meses de aportaciones de los cuales 3 en la AFP la suma del bono + aportes asciende a 74,000 soles, como he dejado de aportar necesito retornar al SNP para despues obtener una pension vitalicia, pero me dicen que debo ir a ciat, porque debo cumplir los 20 años para poder regresar. pero como la veo dificil. NECESITO CONTAR CON ESTE DINERO PARA ADQUIRIR UN PREDIO AGRICOLA Y VIVIR EL RESTO DE MIS DIAS CON LA RENTABILIDAD QUE ME GENERE… es hacer esto? gracias

  337. domingo escribió:

    tengo 60 años y 19 años y meses de aportes, necesito la devolucion de mi bono de reconocimiento + rentabilidad de afp que tramites debi hacer .- gracias

  338. Mitchel escribió:

    Hola, mi madre fallecida percibia renta vitalicia temporal con contrato a 15 años o 180 pensiones con la AFP. Mi pregunta es, si ella solo cobro las 5 primeras pensiones, que pasa con las 175 restantes? pasa a herencia?. Cabe anotar que ella debia firmar constancia de supervivencia cada cierto tiempo (creo que cada 6 meses). La herencia se basa sobre las 175 pensiones no cobradas del contrato o solo sobre las que faltaban hasta la firma de la constancia de supervivencia?

  339. julio escribió:

    tengo 50 añostengo trabajados 18 años el ultimo año trabajado ganaba 7,000 pesos mexicanos mensuales cuanto pdria tener de pencion mensual en caso de jubilarme con esos datos

  340. Ezequiel escribió:

    Quisiera saber lo siguiente, yo gano,1,800 soles mensuales en una empresa privada,si yo me jubilos este año con 15 años de aportaciones, y tengo 52 años,cuanto seria mi jubilacion mensual
    .GRACIAS

  341. Luis Romani escribió:

    Ezequiel:

    Si estás en el Sistema Nacional de Pensiones no te bastan 15 años de aportación y la edad mínima para el caso de hombres es de 55 años. Suponiendo que tuvieras la edad y los 30 años de aportes que se requieren para acceder a una Jubilación Adelantada en el Sistema Nacional de Pensioens, tendrías una pensión que tiene como tope S/. 857.36.

    Si estás afiliado a una AFP, la pensión depende de muchas cosas, entre ellas la cantidad de dinero que hayas acumulado en tu cuenta. En una AFP la edad de jubilación es a los 65 años pero hoy existe una jubilación por desempleo que te permite acceder a la jubilación siempre que tangas al menos 55 años y la pensión sea mayor a una RMV. Como veras la posibilidad de jubilación todavía no la tendrías.

    Claro, eso sobre la base de lo que comentas.

    Lucho

  342. Gino escribió:

    Aportes y rentabilidad
    Bueno la verdad que el asunto sobre este tema pasa por dos cosas:
    O uno realzia un promedio de la rentabiliadd de las AFPs para saber cual seria la ams rentable y sobre las que tuvieran mayor rentabilidad se elige entre las que cobren menos comisión, claro sin perder de vista si la diferencia de la comisión con la rentabilidad no sea desfavorable;
    O procede a realziar unseguimiento de las AFPs respecto a las inversiones que realizan, es decir como invierten y también claro el grupo humano dierctivo que por prestigio profesinal pudiera "garantizar" una rentabilidad.
    De todos modos yo creo que es una suerte de evaluaci´´on en esos dos puntos es decir informacion señores.
    LA conclusión respecto a quien favorece la AFP y quiien la ONO yo creop que es la sigueinte:
    Quien gana mas opues le conviene las AFPs (ya que en la ONP existe limites o topes pensionarios; a las personas que ganan poco ps la ONP les conviene porque les garantiza una pensión minima que les proveera como minimo su subsistencia futura además de algunas consideraciones de mayor flexibilidad.
    Gracias

  343. Pedro escribió:

    la Afp hasta hora no mueven mi capital de mi cta sigo en S/31,000 soles vaya ya son casi 03 años que no dan rentabilidad

  344. juan requena escribió:

    juan requena
    yo, aportado muy poco a la afp, por la desconfiaza que tengo con estas afps. actualmente estoy aportando al snp digame puedo tener poblemas cuando me quiera jubilar

  345. Mauricio Quiroz Torres escribió:

    Mauricio Quiroz Torres
    limaprovincias3@yahoo.es
    Cajamarca-Perú: REGALAN DINERO DE PENSIONISTAS DE AFP. 50% IRA AL EXTRANJERO Y NO AL DESARROLLO NACIONAL.
    (http://colombia.indymedia.o…)

    CONGRESO Y BEATRIZ MERINO, EX DEFENSORA DEL PUEBLO HICIERON FAENON CON DINERO DE PENSIONISTAS. AUTORIZARON A COLOCAR 50% DE FONDOS DE PENSIONES PRIVADAS AL EXTERIOR.
    PELIGRO DE PERDERSE DINERO DE PENSIONISTAS Y DEVALUACION DEL SOL. PUEBLOS DEBEN MOVILIZARSE CONTRA ESTE ATENTADO AL DINERO DE LOS PENSIONISTAS
    Es un grave atentado contra la economía nacional y la sociedad peruana, que se haya autorizado que el 50% de las pensiones que gerencian las administradoras privadas de pensiones AFP puedan colocarse en el exterior, afirmó el analista peruano Mauricio Quiroz T., Vicepresidente del Instituto Pueblo Continente, en entrevista realizada por el distinguido periodista Edilberto Barrantes en el Radioperiódico El Moderno de Cajamarca-Perú del Viernes 15 de Julio.
    Quiróz precisó, en dicho programa periodístico que se transmite de Lunes a Viernes desde las 12.30 m. a 2.00 p.m. en simultáneo en los 1280 AM de Radio Moderna de Cajamarca y en simultáneo en los 650 AM de Trujillo, que en medio de la crisis capitalista mundial, colocar dichos fondos es de alto peligro pues se corre el riesgo de que el dinero de los pensionistas no tenga la rentabilidad necesaria o que ni siquiera se recuperen. Hoy la crisis no es solo Irlanda, Grecia, sino que se expande a todo el orbe capitalista como Italia, Alemania, España, Portugal, USA, etc.
    6,000 millones de dólares del dinero de los pensionistas corren el riesgo de perderse y lo que es mas grave, esta ley va a facilitar la devaluación de nuestra moneda, el sol peruano, lo que perjudicará a los deudores en dólares que tendrán que pagar más por sus créditos dolarizados.
    Esta medida, además, impide que dichos fondos puedan financiar parte del déficit en infraestructura pública que tiene el país y que demanda alrededor de 50 mil millones de dólares.

    Esos 6,000 millones de dólares que se irían al extranjero, muy bien pueden servir para apalancar recursos para dicha infraestructura y obtener la misma o mayor rentabilidad de colocarlas en el exterior, donde la crisis capitalista puede evaporar el dinero de los pensionistas peruanos.
    Los grandes beneficiados de esta medida del Congreso peruano son un puñado de ricachones de las AFP Prima, Integra, Horizonte y Pro Futuro, formada por grupos del capital comprador y del capital imperialista antinacional y revelan que aquí ha habido todo un faenón, aseveró el analista peruano Quiróz.
    Hay que investigar el entreguismo de los congresistas que han autorizado esta Ley que fue presentada por el Presidente Alan García.
    Se debe investigar también a la ex Defensora del Pueblo Beatriz Merino, ahora presidenta de la Asociación de AFP, que para sacar adelante esta ley ha estado haciendo lobby con los medios de comunicación, con los congresistas, con el movimiento social, con el Humalismo; todos los cuales mantienen hoy un silencio cómplice con esta ley que permite que 6,000 millones de dólares vayan al exterior a engordar las fortunas de los ricachones extranjeros.
    Por otro lado, Quiróz señaló que la institucionalidad burguesa peruana ha facilitado que una ley tan importante para los peruanos y que puede hacer perder dinero de los pensionistas y facilitar las granjerías de 4 grupos privados.
    Dicha Ley solo ha sido aprobado por la Comisión Permanente del Congreso formada por menos de 30 Congresistas. Esta parte de la institucionalidad burguesa debe ser reformada también pues no puede ser que leyes tan importantes salgan entre gallos y media noche tal y como ocurrió también con la Ley Nº 29062 de seudo carrera pública magisterial que no sirve para nada pues menos de 30,000 maestros de los casi 400,000 se hallan incluidos en la Ley 29062.

    Creo que debe haber un movimiento nacional y especialmente de los afiliados a las AFP para impedir que esta ley prospere, puntualizó Quiroz.
    No hay otra garantía toda vez que no sabemos si el nuevo Congreso o el nuevo Presidente peruano el Comandante Ollanta Humala se opongan a esta entreguista ley que beneficia a 4 AFP.
    AFP que hasta hoy se niegan a reducir sus millonarias comisiones que se llevan hasta el 2% del sueldo de los trabajadores peruanos, agregó finalmente el analista peruano.

  346. mirian escribió:

    hola mi madre de esta desafiliando a la afp hace un año tiene mas de 65 años y hasta ahora no hay respuesta por favor acuerdense de los viejitos su dni es 26674175 luz elena ortiz alcalde ganense su sueldo trabajando por fa no sean ociosos

  347. zadime escribió:

    señores gracias por la consulta:
    sabe k pasaria si dejo k mi empleadora aporte al AFP Horizonte y mi persona realize una aportacion particular, pork digo ello pork mi contrato es por cas y cuando me descuentan saco una suma minima de la cual no me alcanza y creo yo hay k tener conciencia pork cada dia suben las cosas y yo le pregunto para podermantener un hogar lo puedes hacer con setencientos soles

  348. Henry Pinto escribió:

    Trabajo en el Ministerio de Educacion quisiera saber porque no me descontaron los aportes de la AFP, estando afiliado a la misma y que debo hacer ..

  349. SYLVIA escribió:

    Mi esposo trabajo en Banco Popular del Peru, DEL AÑO MARZO DEL 1972 A MAYO DE 1977 , Tecnologia Aplicada a Sistemas TAS DE JUNIO DE 1977 A MAYO DE 1983, FINANCIERA DE LIMA DE MAYO DE 1983 A ABRIL DEL 1984, BANCO LATINO DE MAYO DE 1984 A ENERO DE 1985,LA PREGUNTA ES DONDE O COMO PUEDO HACER PARA OBTENER LOS CERTIFICADOS DE APORTES, YA QUE EN LA ONP ME DICEN QUE NO SE PUEDE DAR ESA INFORMACION Y QUE EL DIA QUE UNO TRAMITE SU JUBILACION , EN ESE MOMENTO RECIEN LA DIGITALIZAN. NO VEO PORQUE QUE NO LE PUEDAN DAR ESA INFORMACION AL USUARIO. QUE HACER EN ESTE CASO.
    GRACIAS POR LA INFORMACION QUE ME PUEDAN DAR.

  350. Elizabeth Maydana S. escribió:

    Que debo realizar ó cuales son los primeros pasos para aportar a la AFP…favor necesito información clave.

  351. mary luz de la cruz calderon escribió:

    estoy apunto de tomar una desicion pero aun me encuentro e dudas quisiera que me informen mas sobre los afp que veneficios tengo al aportan al afp, y si es posible de jubilarme antes de los 65 años..esque pienso que 65 años es mucho para mi..responderme xfavor gracias

  352. christian jonathan escribió:

    Si un trabajador sufre un accidente en el trabajo y tiene aportando 10 años a la AFP, qué beneficio le corresponde (si le dan un dictamen el seguro como incapacidad permanente). Él trabaja en una compañia de seguros, qué documentos debo presentar, por favor responderme. Gracias

  353. Miguel Taka Cerna escribió:

    Buen día,cobro por la ONP una pensión de S/465.00 por discapacidad, y me han ofrecido un trabajo bien descansado en el cual voy a percibir un sueldo de S/1.000, quisiera saber si la ley me ampara para no suspender mi pensión de la ONP, ya que entre los dos sueldos sumaría la cantidad de S/1.465 Sé que la UIT (Unidad Impositiva Tributaria), es de S/3.600 y me han dicho que hay una ley que dice que el trabajador puede ganar dos sueldos pero, que no sobrepasen la media UITcomo máximo.

  354. PEDRO ARTURO LUCAS COTERA escribió:

    yo quiero saber mi estado de cuenta no se cuanto tengo mi aportacion en el afp integra ya trabajo 18 años si abran aportado las empresas que yo trabaje yo trabajo en interior mina y no se como comunicarme con el AFP INTEGRA y le suplico que puede inviarme mi estado de cuenta via mi correole suplico y le agradecere infinitamente gracias chao

  355. Rosa Salazar escribió:

    Mi papá es jubilado y cobra pensión de la ONP, acaba de cumplir 80 años, a él le han dicho que le incrementan en 25% su pensión por tener 80 años. Por favor quiero saber si es asì y què hago.

  356. Danilo Balcacer escribió:

    PARA EL TRAMITE DE LA PENSION ANTICIPADA, ES OBLIGATORIO EL APORTE DE 20 AÑOS

  357. ANGELA escribió:

    BUEN DIA DESEARIA POR FAVOR SABER QUE ES MEJOR SI UNA AFP O UNA ONP ,YO YA HE ESTADO APORTANDO A LA ONP (4 AÑOS),TENGO 25 AÑOS ,PERO EN CASO ME QUIERA PASAR A UNA AFP CUAN SERIA LA MEJOR Y RECUEPRARIA MIS APORTES ANTERIORES?,CONSIDERANDO QUE TENGO 4 APORTES ANTERIORES Y ALGUNOS AÑOS NO APORTE UN MAIXMO DE 3 MESES.
    AGRADECERIA POR FAVOR ME PUEDAN AYUDAR.

  358. Aldo escribió:

    hola,YO no me decidia a que AFP afiliarme por que estaba en dudas sobtre ese tema, pero ahora me doy con la sorpresa que la empresa en que trabajaba en agosto del 2007 eligio por mi y sin consultarme, y me avian afiliado a AFP HORIZONTE, recien me di cuenta ahora que trabajo en una institucion del estado que me comunico que estaba en una SPP (AFP HORIZONTE)y ahora quiero saber si esos aportes se an dado o que esa empresa o alguien esta usufructuando con esa cuenta.quisiera saber el estado de cuenta de AFP HORIZONTE, pero trabaje en diferentes empresas y no se si esas empresas en las que trabaje hicieron esos aportes. quisiera que me ayuden como solucionar este problema, que debo hacer, se los agradeceria infinitamente. buen dia.

  359. consuelo osis escribió:

    buen dia señores,le comunico que mi padre fallecio y el ha aportado mas de 30 años y nosotros como hacemos para saber que cobrar algun beneficio de la aportacion de mi padre que hago agradesco su respuesta para saber que requisitos necesito que dios los bendiga

  360. JOSE escribió:

    TAMBIEN ME HAGO LAMISMA PREGUNTA DE ANGELA, SERA MEJOR UNA AFP O UN SNP, SI ALGUIEN NOS DA UNA ORIENTACION SERIA CHEVERE, GRACIAS

  361. Tom Julian escribió:

    Buen dia mis estimados amigos, veo que hay muchas inquietudes y gente insatisfechas; lo cual pido como joven que soy y empiezo a tener una vida laboral arduo y no kisiera cometer ningun tipo de error. Con la experiencia y sucesos de hoy en dia kisiera saber cual es rentable y mas que nada seguro, LA ONP O LA AFP; porque ya me tienen como locos los AFP’s ofreciendome y haciendo ver como todo vendedor sus beneficios, etc. Esperando su respueta me suscribo de uds.

  362. VERONICA escribió:

    HOLA A TODOS ,SOY UNA AFILIADA A LA AFP RECIBIENDO UNA PENSION POR INVALIDEZ .ESPERO ME AYUDEN.
    ESTOY EN EL PROCESO DE ELEGIR UNA ASEGURADORA PARA PASAR MIS FONDOS DE LA AFP .COMO SABRAN LAS ASEGURADORAS ESTAN DETRAS DE MI CADA UNA HABLA A SU FAVOR Y ENCONTRA DE LAS DEMAS (QUE FEO ES ESTE TEMA).Y NO SE COMO DEBO ELEGIR O SI USTEDES PODRIAN RECOMENDARME ALGUNA ASEGURADORA O CONTARME SU CASO, MI TEMOR ES QUE NO CUMPLAN LO PROMETIDO O A QUE TIPO DE MODALIDAD DEBO ACOGERME.TENGO UNA HIJA DE 9 AÑOS Y NO SOY CASADA.ESCOGI SOLES PARA MI PAGO.LES AGRADECERIA ME AYUDEN POR FAVOR .CHAO

  363. Lucho Romani escribió:

    Veo que hay varias dudas que aun no se han podido atender por lo que voy a tratar de ver si es que puedo ayudar en algo.

    ANGELA: En realidad por ser Joven es muy probable que te convenga más afiliarte a una AFP, pues el dinero que aportes hoy, te permitirá acceder a una pensión más adelante. Si tu remuneración es mayor a la RMV, en igualdad de condiciones de aportación siempre el SPP es una mejor opción. Esto porque en el SNP existen topes, tanto el mínimo S/. 415 como máximo S/. 857.36. Lo que puedes hacer es ingresar a alguno de los cotizadores de pensión de las AFP y con tu remuneración estimar cuando podría ser tu pensión a los 65 años, considerando que tu remuneración no cambie y que tengas algunos años sin aportar (densidad de cotización). Esto te permitirá tener una idea de qué esperar y sobre eso decide. Los aportes anteriores efectuados a la ONP, solo se pueden recuperar en el marco de un trámite de Bono de Reconocimiento y por lo que comentas no podrías acceder a dicho beneficio porque los Bonos tienen rangos de fecha que no cuadrarían con los aportes que realizaste y además se necesitan un mínimo de 48 aportes.

    DANILO: Para acceder a una jubilación en el Sistema Privado de Pensiones no se requiere acreditar un mímimo de años de aportación. Solo basta alcanzar los 65 años de edad y, en el caso de la Jubilación Anticipada cumplir las condiciones de nivel de pensión o desempleo que se hayan establecido. Sólo en los casos de beneficios con financiamiento del Estado (Pensión Mínima, Jubilación Adelantada 19990 o Jubilación para Labores de Riesgo – Mineros y construcción civil), se requieren acreditar un mínimo de años de aportes.

    PEDRO:
    Tienes la posibilidad de acceder a este vínculo y luego generar tu clave que te permita acceder a la información que necesitas. http://www.integra.com.pe/wps/wcm/connect/websiteintegra/ui/inicio/home

    Otra forma es acceder a la opción de contacto con la AFP de este vínculo:
    http://www.integra.com.pe/wps/wcm/connect/websiteintegra/ui/util/contafil

    CHRISTIAN:
    Los casos de invalidez que tienen su origen en un accidente de trabajo no tienen cobertura del seguro previsional pero sí generan el pago de una pensión si es que la invalidez considera un menoscabo de al menos 50% de su capacidad de trabajo. Para ello, se debe verificar que el accidente efectivamente sea de trabajo (que realice una actividad de riesgo y que se encuentre bajo la cobertura del SCTR). Verificado el pago bajo el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, con la boleta se puede acercar a la AFP adjuntando el pronunciamiento sobre la cobertura y solicitar una pensión de invalidez. Esta pensión la otorgará la AFP con el dinero que existe en la cuenta más los recursos del Bono de Reconocimiento si tuviera derecho a ese beneficio (solo en el caso de Invalidez Total, porque en el caso de Invalidez PArcial el Bono solo se paga a los 65 años).

    ELIZABETH: Para aportar a una AFP es indispensable afiliarse a través de la suscripción de un contrato de afiliación. Luego si tienes un empleo, tu empleador será notificado para realiza la retención y pego. Si no tienes empleador, tu serás la única responsable de hacer los pagos pues no estás obligada.

    HENRY: Verifica en tu Boleta de Pago si es que te han descontado para algun régimen previsional. En teoría todos los empleadores incluyendo al Estado fungen de agente de retención respecto de los aportes a alguno de los sistemas de pensiones. Si existe retención por AFP y ves en tu Estado de Cuentas que no hay acreditación del mes devengue que te retuvieron, entonces el Ministerio se está quedand con tu plata y lo que deberías hacer es notificar a la AFP para que realice las acciones de cobranza y puedan recuperar ese dinero y acreditarlo en tu cuenta. Claro para eso se requiere voluntad del Ministerio, que si no la tiene como que se complica un poco.

    ZADIME:
    El Sismtea Privado de Pensiones te da la posibilidad de realizar aportes voluntarios con y sin fin previsional, de tal manera que si con la retención que te hace el empleador no es mucho, tienes la posibilidad de efectuar este tipo de aportes sin ninguna obligación más que tu propia conciencia.

    JUAN REQUENA:
    Como comentaba en el SNP existen pensiones mínima y máxima, y para acceder a ellas un requisito básico es acumular un mínimo de 20 años de aportes. Si tienes menos que eso, perdiste tu plata. En una AFP eso no ocurre porque el dinero siempre es tuyo y por más que eventualmente una AFP quiebre, tus aportes se mantienen seguros porque son intangibles y se llevan en una contabilidad separada de la AFP.

    Saludos,
    Lucho

  364. Lucho Romani escribió:

    Veo que hay varias dudas que aun no se han podido atender por lo que voy a tratar de ver si es que puedo ayudar en algo.

    ANGELA: En realidad por ser Joven es muy probable que te convenga más afiliarte a una AFP, pues el dinero que aportes hoy, te permitirá acceder a una pensión más adelante. Si tu remuneración es mayor a la RMV, en igualdad de condiciones de aportación siempre el SPP es una mejor opción. Esto porque en el SNP existen topes, tanto el mínimo S/. 415 como máximo S/. 857.36. Lo que puedes hacer es ingresar a alguno de los cotizadores de pensión de las AFP y con tu remuneración estimar cuando podría ser tu pensión a los 65 años, considerando que tu remuneración no cambie y que tengas algunos años sin aportar (densidad de cotización). Esto te permitirá tener una idea de qué esperar y sobre eso decide. Los aportes anteriores efectuados a la ONP, solo se pueden recuperar en el marco de un trámite de Bono de Reconocimiento y por lo que comentas no podrías acceder a dicho beneficio porque los Bonos tienen rangos de fecha que no cuadrarían con los aportes que realizaste y además se necesitan un mínimo de 48 aportes.

    DANILO: Para acceder a una jubilación en el Sistema Privado de Pensiones no se requiere acreditar un mímimo de años de aportación. Solo basta alcanzar los 65 años de edad y, en el caso de la Jubilación Anticipada cumplir las condiciones de nivel de pensión o desempleo que se hayan establecido. Sólo en los casos de beneficios con financiamiento del Estado (Pensión Mínima, Jubilación Adelantada 19990 o Jubilación para Labores de Riesgo – Mineros y construcción civil), se requieren acreditar un mínimo de años de aportes.

    PEDRO:
    Tienes la posibilidad de acceder a este vínculo y luego generar tu clave que te permita acceder a la información que necesitas. http://www.integra.com.pe/wps/wcm/connect/websiteintegra/ui/inicio/home

    Otra forma es acceder a la opción de contacto con la AFP de este vínculo:
    http://www.integra.com.pe/wps/wcm/connect/websiteintegra/ui/util/contafil

    CHRISTIAN:
    Los casos de invalidez que tienen su origen en un accidente de trabajo no tienen cobertura del seguro previsional pero sí generan el pago de una pensión si es que la invalidez considera un menoscabo de al menos 50% de su capacidad de trabajo. Para ello, se debe verificar que el accidente efectivamente sea de trabajo (que realice una actividad de riesgo y que se encuentre bajo la cobertura del SCTR). Verificado el pago bajo el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, con la boleta se puede acercar a la AFP adjuntando el pronunciamiento sobre la cobertura y solicitar una pensión de invalidez. Esta pensión la otorgará la AFP con el dinero que existe en la cuenta más los recursos del Bono de Reconocimiento si tuviera derecho a ese beneficio (solo en el caso de Invalidez Total, porque en el caso de Invalidez PArcial el Bono solo se paga a los 65 años).

    ELIZABETH: Para aportar a una AFP es indispensable afiliarse a través de la suscripción de un contrato de afiliación. Luego si tienes un empleo, tu empleador será notificado para realiza la retención y pego. Si no tienes empleador, tu serás la única responsable de hacer los pagos pues no estás obligada.

    HENRY: Verifica en tu Boleta de Pago si es que te han descontado para algun régimen previsional. En teoría todos los empleadores incluyendo al Estado fungen de agente de retención respecto de los aportes a alguno de los sistemas de pensiones. Si existe retención por AFP y ves en tu Estado de Cuentas que no hay acreditación del mes devengue que te retuvieron, entonces el Ministerio se está quedand con tu plata y lo que deberías hacer es notificar a la AFP para que realice las acciones de cobranza y puedan recuperar ese dinero y acreditarlo en tu cuenta. Claro para eso se requiere voluntad del Ministerio, que si no la tiene como que se complica un poco.

    ZADIME:
    El Sismtea Privado de Pensiones te da la posibilidad de realizar aportes voluntarios con y sin fin previsional, de tal manera que si con la retención que te hace el empleador no es mucho, tienes la posibilidad de efectuar este tipo de aportes sin ninguna obligación más que tu propia conciencia.

    JUAN REQUENA:
    Como comentaba en el SNP existen pensiones mínima y máxima, y para acceder a ellas un requisito básico es acumular un mínimo de 20 años de aportes. Si tienes menos que eso, perdiste tu plata. En una AFP eso no ocurre porque el dinero siempre es tuyo y por más que eventualmente una AFP quiebre, tus aportes se mantienen seguros porque son intangibles y se llevan en una contabilidad separada de la AFP.

    Saludos,
    Lucho

  365. ANITA escribió:

    buen dia desearia saber, lo siguiente vengo aportando 4 años a la ONP y desearia saber si me traslado a una AFP, mis aportes anteriores a ONP lo recuperaria o perderia todos los aportes.
    A la espera de su atención.

  366. ANITA escribió:

    buen dia desearia saber, lo siguiente vengo aportando 4 años a la ONP y desearia saber si me traslado a una AFP, mis aportes anteriores a ONP lo recuperaria o perderia todos los aportes.
    A la espera de su atención.

  367. liz escribió:

    pertenezco al servicio administrativo ii y la afp profoturo m dice q no llego a la emuneracion minima vital y por eso no procccede mi jubilacion ya q percibia menos de lo indicado por ley . q puedo hacer

  368. Armando Farje Lozano escribió:

    Es inconcebible que desde hace 18 años, no exista una AFP y/o Cía. de Seguros Jubilación que otorge rentabilidad al jubilado por la importante suma de dinero que entrega al momento de jubilarse, producto de una carrera laboral de aportes en Planilla durante 30, 40 o 50 años de servicios al pais honradamente.La legislación actual del SPP faculta a estas empresas transnacionales a dividir el Capital de Trabajo que reciben de los jubilados entre 180 meses (esperanza de vida: 77 a 80 años según el INEI) y el resultado es la Pensión Mensual que le toca al pobre anciano jubilado, esta mensualidad oscila entre S/.400.00 y S/. 550.00, muy por debajo del SMV, con esta miserable propina como va a sobrevivir el hombre extrabajador de la tercera edad, menos se hablaría de calidad de vida, obviamente de no ser por la ayuda humanitaria de la familia estamos condenados a fallecer al poco tiempo de jubilado. El jubilado del SPP no percibe, por mezquindad de las Aseguradoras, ni siquiera las Gratificaciones de F. Patrias y Navidad, que si perciben los jubilados de otras leyes, convirtiéndonos en jubilados de última categoría, como es posible que las Aseguradoras se queden con todo el Capital de Trabajo, so pretexto de financiar la Pensión de Jubilación, a un costo CERO durante 15 largos años, sin darle NADA al jubilado por concepto de rentabilidad, ya que la Pensión mensual es una devolución por puchitos en comodas cuotas para la Aseguradora, mientras que en este largo período de tiempo las Aseguradoras multiplican "n" veces, como su gestión empresarial lo desea, dicho Capital de Trabajo,importante dinero entregado vanamente por el pobre, desvalido y desproteguido anciano jubilado. Esta abusiva Ley vigente del SPP, URGE modificarla para el beneficio de los jubilados del SPP, que nos sentimos atropellados al tener que solventar gratuitamente a las Aseguradoras que se enriquecen desmedidamente con nuestro Capital de Trabajo entregado, sentando un mal precedente para los 5’000,000 de afiliados a las AFP. Por favor rogaría encarecidamente se sirvan escribirme a mí correo .

  369. Jazmin Cardozo escribió:

    Hola mi consulta es: Hace 3 anos que vivo en el extranjero y por un tiempo estuve trabajando en Peru pero recuerdo que si estaba aportando al AFP la verdad no recuerdo muy bien a cual, quisiera saber si me pueden devolver mi dinero que supongo no sobrepasa de los 10,000 soles ya que no tengo intencion de regresar y si puedo saber en que AFP he aportado y que podria hacer en este caso.
    Muchas gracias

  370. Rosa escribió:

    todas las AFP en chile son una estafa, si no miren sus cartolas y se daran cuenta de lo que hablo, ingresos: que son los depositados por nuestro trabajo y que ellos ocupan como su capital de trabajo, pero traspasandonos las perdidas de su mala gestion, porque claro, ellos no pierden y mas encima nos cobran comisiones y descuentos desmedidos. estoy seguro que si esos mismos fondos que con tanto esfuerzo ganamos los manejaramos hasta en depositos a plazo, serian incluso mas rentables, que estarle llenando los bolsillos a las AFP. ya basta no??

  371. juan escribió:

    dinero que deposite hace 9 meses por 100000 soles, he perdido 25000 solesm mientras la AFP ha ganado en ese lapso 4500 soles.

    Que tal negociado de las AFP. Te hacen perder, pero ellos siempre ganan.
    Mejor que creen uina cuenta obligatoria en los bancos, y alli ganas intereses y no hay comisiones

  372. Luis Montañez Enciso escribió:

    como averiguo cuanto es lo que he aportado hasta la fecha en la afp que me encuentro??? y si me quiero pasar ala ONP tiene algun costo o desventaja … gracias

  373. MARIA DIAZ escribió:

    ESTOY HACIENDO MIS TRAMITES PARA PENSIONARME,NECESITO SABER SI YO LOS PUEDO HACER SOLA PARA QUE NO ME COBREN COMISIÓN EN RENTA VITALICIA Y AFP, O SIEMPRE COBRAN?

  374. isabel escribió:

    por favor quiero saber cuántos tipos de pensiones existe al jubilarse en AFP. Y si en caso fallezca el titular hay herencia para el esposo, así tenga otro tipo de seguro.

  375. leonel diaz escribió:

    tengo 31 anos de servicio y apenas tengo 58 anos de edad pero ya estoy cansado de trabajar necesito mi juvilacion me pueden asesorar si ya puedo tener una pension onesta por fa

  376. LUIS ALALVAREZ escribió:

    YO E APORTADO 10 AÑOS DE MIS INGRESOS EXTRAS EN LA AFP PROFUTURO, DESEO SABER SI ME DEVUELVEN MIS APORTACIONES, POR QUE YO TENGO TRABAJO SEGURO ACTUALMENTE Y BENEFICIOS DE JUBILACIÓN EN LA EMPRESA QUE LABORO. GRACIAS.

  377. tania vilca vilavila escribió:

    gracias por la respuesta, quesiera saber sobre sucaso de mi padre el trabajo en una empresa privada ganadera en la region puno, donde le cortaron u seguro , hasta hoy no tiene seguro, otro, el tiene una aportacion de 26 años de servicio en esa empresa privada, donde su edad es de 58 años tiene mi padre , es mi duda de que necesariamente tiene esperar hasta 65 años para su jubilacion normalmente y con esos años de servicio con cuanto de renumeracion tendria si pido la jubilacion anticipada
    muchas gracias por favor quiero q me ayude. por favor brindarme su numero de celular

  378. Pilar Luyo escribió:

    SALUDOS, mi prewgunta es como hacer si no tengo ningun documento de mis aportes, yo trabaje 18 años en Aeroperu, desde el 74 al 92, vivo en Chiclayo y no tengo ningun documentos sobre esto, quiero gestionar mi bono o regresar a SNP y nadie me informa bien aca, ni ONP, ni Prima. PORFAVOR. Gracias

  379. Luis Valcarcel Asencios escribió:

    me entere por una amiga que esta en afp integra y le estan otorgando el 50% de sus aportaciones no habiendo aportado hace 14 años. y me dice que solo se puede hacer este año yo he aportado en afp horizonte hace 15 años y quisiera saber si se puede retirar la mitad de mis aportes con intereses. motivo que trabajo independientemente y por viaje. gracias

  380. Linda escribió:

    En mi opinión personal, las AFPs son una gran ESTAFA y de esto será realidad cuando dentro de 20 años buena cantidad de los hoy jóvenes deseen cobrar sus pensiones. Por lo menos, a la ONP del Estado se le puede reclamar y cobrar; pero, a las AFPs que son privadas, uyhh… ya te quiero ver.

  381. josy...a....r escribió:

    hola, tengo 20 años y estoy en sist.nac estoy aportando 1 año pero me gustaria estar en una afp no sé cual me convendría ,cual me da mejor beneficio y cual me hace mas descuento y por qué; y si opto por la fase 3 a que me arrieso y qué gano, me podría jubilar a los 50 o antes?a pesar de ya haber aportado mas de veinticinco años?.o lo puedo retirar en el momento que desee? no se si me podrian dar una pagina para resolver mis dudas.
    graciasss

  382. claudia escribió:

    hola quisiera saber si una persona que tiene 60 años puede empezar a aportar , para poder jubilarse a los 65 años, sea por snp o spp, porque estoy leyendo que en el spp se pueden jubilar llegando a los 65 años?… por favor espero pronta respuesta…

  383. Glower Arevalo Ircas escribió:

    Una consulta mi padre entro a trabajar para el magisterio desde 1964 hasta 1970, estando con la ley 20530 y luego encontró otro trabajo en una empresa petrolera llamada VISISA luego a CEN que era una empresa estatal de luz pero solo meses luego entro a trabajar a petroperu hasta el año 1996 año en que ceso, a el lo presionaron para entrar a SPP y se jubilo en AFP Horizonte luego pasado a una empresa aseguradora, pero solo recibe $135 dolares, y solo le reconocieron los años de Petroperu los del magisterio que fueron 7 años no lo hicieron, se puede hacer algo para salirse de SPP ya que el debio seguir en la ley 20530, seria de gran ayuda su respuestas. Gracias

  384. juan carlos escribió:

    El SPP. utiliza términos sofisticados para confundir al que esta a punto de jubilarse, el hecho es que el trabajador se encuentra en un callejón sin salida: o te jubilas o te vuelves indigente, y recibes lo que te dan, una miserable pensión, y ellos se quedan con todos tus ahorros sin darte un sol de RENTABILIDAD, ya que tu pensión es una simple devolución de tu plata, a 15 años,si llegas a sobrevivir,¿ quien presta dinero gratis a 15 años a costo
    "cero" ? solamente el pobre anciano jubilado extrabajador peruano a quien nadie quiere respaldar ni proteger. En la próxima reforma del SPP debería tocarse el tema de la Rentabilidad del Capital de Trabajo que entrega el jubilado al momento de jubilarse, y así acabar con este abuso, porque ese es el meollo del problema a las bajas pensiones en el SPP.

  385. MANUEL GARCIA escribió:

    Quisiera saber cuanto ha sido la rentabilidad anual de AFp desde 1993 , busco en la red y nada. Gracias.

  386. sabi zamalloa escribió:

    yo quiero saber porque no puedo jubilarme si ya tengo30 años de servicios hasta 65 cuantos años de mi vida voya regalar al estado no es justo ya me encuentro al de salud

  387. RenéMiranda Miranda escribió:

    RENE MIRANDA MIRANDA.
    Me he jubilado al 31 de diciembre de 2012. La AFP no me pago mi renta correspondiente al mes de enero, según ellos debería haber presentado mi tramite a la AFP hasta antes del 15 de enero, Yo presenté el 16 de enero y me indican que por eso no pueden pagarme. si esto es correcto quisiera saber el respaldo legal de la "sanción" que he sufrido y de ser cierto , donde va ese dinero?

  388. Luis Romani escribió:

    Manuel:

    La información se encuentra publicada en la página web http://intranet1.sbs.gob.pe

    Allí podrás observar la rentabilidad de más largo plazo que corresponde al Fondo 2.

  389. Juan escribió:

    Los fondos en estos últimos periodos en las AFP no crecen absolutamente nada, deberían pasar a los bancos como plazo fijo. ¿Cómo se explican que de 100 000 soles exista pérdida de ganancia? Es absurdo, hay muchas modalidades de ahorros en los bancos como fondos mutuos etc, se están aprovechando de nuestros dineros. Se debería de cambiar este sistema, se debiera de aportar en un banco de tal forma de llegar tu jubilación puedas disponer de tu dinero como mejor te parezca.

  390. mirtha escribió:

    Hola: Dejé de trabajar el 16 de 2015 con 30 años de servicio y teniendo 55 años me doy con la sorpresa que no califico para jubilacion anticipada. Me siento defraudada, ya que siempre decían que si tienes 55 años y más de 25 años laborando te puedes jubilar. A las finales no es así. Fui averiguar y no tengo el monto suficiente y realmente quiero que me aconsejen si me cambio a la ONP. Mi monto es de S/ 100,000 más o menos

  391. HECTOR SALVADOR escribió:

    BUENOS TARDES: TENGO UNA DUDA, TENGO 30 AÑOS. QUISIERA SABER CUÁL ME CONVIENE, ¿ONP O AFP? ESTUVE TRABAJANDO HACE 2 AÑOS ATRÁS EN PLANILLA, PERO NO SÉ A DÓNDE APORTE, SI A LA ONP O LA AFP. SOLO FUE 3 MESES QUE TRABAJÉ EN PLANILLA.

  392. FLORIAN LLANOS BEDOYA escribió:

    Mi consulta es la siguiente:
    Mi esposa es jubilada por la ONPE y yo soy jubilado por la AFP. Cuado me tocó el momento de jubilarme, en la liquidación se incluyó un descuento para mi esposa y ella reciba una pension de viudez.
    ¿Procede este descuentos si los dos estamos jubilados?
    Le agradecería daren su respuesta por esta misma vía.

  393. marcos jose arbirio lecca escribió:

    Ingresé al SNP el 01-01-1974, me desafilé de la ONP para pasar al de las AFP en 1993, luego me desafilié de la AFP Integra para pasar a la ONP teniendo un fondo CIC (capital+interés) de S/ 26,018.57 y una rentabilidad de S/ 42,465.97, haciendo un total de S/ 68,484.21 soles. Aporté a la AFP durante 14 años y 11 meseses hasta el 30-08-2008.
    El monto aportado a la AFP al 13% es de S/ 38,010.27 y deducible al que ingreso al ONP S/ 68,484.21 queda un saldo de S/30,473.94, monto que corresponde reintegrarme y hasta la fecha no ha sido posible.
    Pregunta qué se puede hacer la respecto.
    Actualmente cuento con 68 años y sigo trabajando.

  394. Lerida Morales Delgado escribió:

    Quisiera que me aclaran una situación.
    Soy pensionada en una aseguradora, y realicé el trámite del bono por hijo a los 65 año el cual me fue otorgado. Dicho bono me lo cancela la AFP HABITAT y cuando me fui a cancelar se me descuenta mas del 50 % DE DICHO BONO, para cancelar un préstamo pendiente de hace más de 16 años atrás con la caja LOS ANDES, según Habitat eso es legal, PERO SI YO NO LO HE AUTORIZADO, ¿PUEDEN HACERLO?, y SI ASÍ FUERA, TENGO ENTENDIDO QUE NO ME PUEDEN DESCONTAR MÁS DEL 20 %, YA VAN TRES MESES EN LAS MISMA.
    Por favor, aclárenme dicha situación.

  395. JORGE LAGOS HERRERA escribió:

    cuando se retiran los fondos correspondiente al 95,5 %, a los 65 años, tenemos que pagar un impuesto al estado del PERU, si es así a cuanto porcentaje corresponde, cuanto por ciento del total retirado. %

  396. JORGE LAGOS HERRERA escribió:

    ESPERO QUE ALGUIEN ME ACLARE, CONFORME A LA LEGISLACION TRIBUTARIA PARA ESTOS CASOS.

  397. JUAN GONZALES LOPEZ escribió:

    BUENOS DIAS ANTE TODO UNA CNSULTA YO ESTOY APORTANDO ASE 12 AÑOS ALA O N P AORA POR ESTAS CRISES NESECITO UN BONO PARA SOLVENTAR MI OGAR COMO PUEDO ASER SI VEO K AY PERSONAS K ESTAN RESIVIENDO SUS BONOS

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