LOS “BENEFICIOS SOCIALES” PARA LOS TRABAJADORES ¿EXISTEN?

Desde hace mucho tiempo, y sin éxito hasta ahora, se han venido discutiendo varios proyectos de ley que hablan de la conveniencia o no de que determinadas empresas no paguen “beneficios sociales” a sus trabajadores. Sin embargo, parece que todos dan por sentado que los llamados “beneficios sociales” sí existen y que además están conformados más o menos por los siguientes conceptos: (a) las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, (b) la compensación por tiempo de servicios o CTS, (c) el pago durante las vacaciones, (d) el pago por el sistema de pensiones y (e) el pago por el seguro social de salud o EsSalud. Pero, ¿es esto así? ¿qué racionalidad hay detrás de todo ello?

De hecho, cuando un trabajador renuncia, o cuando es despedido, y para que todo esté en regla, el empleador le hace la llamada “liquidación por beneficios sociales”. Supuestamente la idea es que se le paguen los denominados “beneficios truncos”, es decir, que se le paguen los días de vacaciones no gozados, la compensación por tiempo de servicios aún no pagada y las gratificaciones proporcionales devengadas, además, claro está de los días trabajados no pagados. Con ello pareciera que se limita el número de conceptos llamados “beneficios sociales”, pero, pensándolo mejor, y llevándolo al extremo ¿qué tipo de “beneficio social” hay en el hecho de que a un trabajador se le paguen los “días trabajados no pagados”?Desde el punto de vista legalista, un beneficio es un derecho que compete por ley o por cualquier otro motivo similar y, por tanto, un beneficiario es la persona que resulta favorecida por dicha medida, de manera gratuita. Es decir, este tipo de beneficio no implica una contraprestación económica o monetaria equivalente a la prestación recibida. Si un peruano se casa con una ciudadana estadounidense, él consigue el derecho a obtener el permiso para residir y trabajar en EEUU, con los beneficios que ello implica para sus hijos también (acceso a educación gratuita, asistencia social, etc), sin importar cuántos hijos sean. Obviamente él adquirirá también algunas obligaciones, pero que no tendrán proporción alguna con los beneficios obtenidos. Por ejemplo, si el trabajador peruano consigue un trabajo en el que gana la mitad que el estadounidense promedio, y por tanto tributa mucho menos que éste, no se le recortarán sus derechos a la mitad de beneficios, ni mucho menos. En este sentido, el beneficio es más un regalo que se recibe por diferentes motivos legales que no tienen un sustento económico directo sino más bien se relacionan con las políticas redistributivas y subsidiarias de cada país, es decir, con sus políticas sociales.

En el Perú, de todos los conceptos señalados, el único que realmente todavía puede estar manteniendo parte de su carácter de “beneficio social” sería el del seguro social de salud o EsSalud. No importa si un trabajador gana un sueldo mínimo o si gana treinta veces dicho sueldo, si es casado o no, o si tiene uno, diez o ningún hijo menor de edad, en todos los casos el derecho de atención que obtiene será el mismo que para cada uno de los otros trabajadores y, de ser el caso, para cada uno de sus dependientes. Pero aún en el caso que el trabajador no aportara (¿?) al seguro social de salud, él tiene derecho a ser atendido en los hospitales y postas médicas del sistema nacional de salud provisto por el Estado. En cambio, ninguno de los otros conceptos arriba señalados califica de “beneficio social”, no son subsidiarios ni redistributivos, ni son recibidos “gratuitamente”. Para cualquier estudiante listo de los primeros años de economía, esto resulta bastante evidente.

Por simple racionalidad económica, un empleador sólo contratará a un trabajador si obtiene de los servicios de su mano de obra más de lo que le costará pagar por dicho servicio. Normalmente una persona compra una fruta porque la valora más de lo que le cuesta, si no, no la compraría o compraría otra cosa. Lo mismo sucede con el trabajo comprado. Más allá de cualquier costo logístico, a cualquier empleador le da igual si tiene que pagar una parte en efectivo al trabajador, o a la ex-pareja del trabajador, o si tiene que depositar otra parte en efectivo en diferentes cuentas de instituciones e intermediarios. El asunto para el empleador funciona si el trabajador cumple con la cantidad mínima de trabajo esperado. Por su parte, el trabajador aceptará el empleo si el total de lo que recibe justifica el esfuerzo de trabajar en el horario establecido y si no tiene otra oferta mejor. Ciertamente el trabajador podrá valorar de modo diferente (¿preferencia intertemporal?) el recibir toda su retribución completa de manera diaria por cada hora trabajada o, por el contrario, el recibir su retribución fraccionada en (a) una parte en efectivo mensual, (b) otra parte acumulada en efectivo cada seis meses antes de las fiestas, (c) otra parte depositada en una cuenta a su nombre para que la retire el día que pierda el trabajo, (d) otra parte durante un descanso mensual cada doce meses y (e) otra parte como ahorro forzoso para atender su futura vejez. Para el trabajador lo relevante es que, de manera proporcional a su trabajo, siempre debiera recibir “todas” las partes.

Así, el perder algunos de los mal llamados “beneficios sociales”, como se viene solicitando y promoviendo, en realidad significa que el trabajador recibirá “menos” ingresos. El aparente “mismo” ingreso mensual entonces se verá disminuido porque el trabajador tendrá que (a) ahorrar para tener algún fondo para su eventual desempleo, (b) ahorrar para poder gastar más en Fiestas Patrias y Navidad, (c) ahorrar para poder tomarse un mes de descanso por vacaciones y (d) ahorrar para tener un fondo que le permitiera jubilarse cuando ya no pueda trabajar por vejez. Y es que ¡del mismo cuero salen todas las correas! Dicho de otra manera, ninguno de los conceptos actualmente involucrados en la discusión son “regalos” de los empleadores a los trabajadores.

En el extremo, algunos de estos conceptos sólo podrían ser regalos forzosos únicamente en el momento en el que el empleador se viera obligado a darlos por primera vez (cambio de régimen). Sin embargo, en el futuro dicho empleador buscará, lógica y racionalmente, compensar ese aumento en sus costos evitando o postergando futuros aumentos de sueldo a sus trabajadores en tanto que el nivel de precios aumenta (disminuyendo así el pago real efectuado a cada trabajador) o incrementando su exigencia de productividad laboral (obteniendo más trabajo y con el mismo sueldo). En el peor de los casos, buscaría despedir a los trabajadores que ya “no le salieran a cuenta”. Es decir, al final se tendería a reestablecer el equilibrio: pagar indiferentemente cualesquier conceptos siempre que el empleador obtenga beneficios que compensen en exceso los pagos efectuados.

Que sería mejor que algunos de estos mal llamados “beneficios sociales” fueran entregados en efectivo, y no en cuentas como ahorros forzosos o en forma diferida cada seis meses, ya es otro asunto. El mismo argumento se aplicaría para los vales de comida que tan entusiastamente han promovido algunos gremios empresariales para que sean parte de la remuneración de los trabajadores. ¿Por qué a un trabajador le tienen que obligar a comprar determinados productos en determinados sitios si él mismo puede conseguir otros productos mejores en otros sitios y a un precio más adecuado a sus propias necesidades? Es un caso muy similar a la vieja recomendación económica de que los subsidios más eficientes son los que se dan en efectivo. Por tanto, al demostrarse que a la larga tales conceptos no son “sobrecostos no salariales” para los empleadores como se suele señalar, no se justifica no querer pagarlos. Mayor transparencia habría si se dijera que en realidad a algunos empleadores les da lo mismo pagar los cualesquier “beneficios sociales” que se establezcan si a cambio se les permitiera reducir el sueldo base (actual sueldo mínimo) sobre el cual se calculan. Por eso en algunas profesiones en otros países lo que se negocia exclusivamente es el ingreso anual, la forma de fraccionar es un estándar y no tiene mayor relevancia individual.

En cambio, la necesidad de mantener la actual asignación de conceptos por los mal llamados “beneficios sociales” se justifica por lo que los economistas llaman “ilusión monetaria”. Dada la precariedad económica de mucha gente, hoy casi cualquier trabajador está dispuesto a un “incremento” de sueldo a cambio de no pagar su aporte a una AFP, o no pagar a la ONP, o de no tener CTS ni vacaciones. Todas estas exenciones serían miopes “incrementos” de sueldo financiados con el propio ingreso total de cada trabajador. Es como si se le ofreciera al trabajador aumentarle el sueldo, hasta doblarlo, si en lugar de trabajar 8 horas diarias, trabajara 16 ¿qué falaz aumento de sueldo sería ése? El efecto de ello, además, sería perverso porque con ese “aumento”, que le resultaría gratuito, el empleador se “ahorraría” próximos incrementos de sueldo que, de otro modo, tendría que hacer. Sin embargo, al final, el trabajador se quedará, sin vacaciones, sin pensión de jubilación, sin un fondo contra el desempleo y con menor calidad de vida.

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Comentarios

  1. Richardson escribió:

    Hola:
    Muy bueno este blog, ahora que las finanzas y la economía en general son "sui generis"… tengo una incertidumbre: del crédito mi vivienda a 10 años me falta pagar 7 años, como 8,000 dólares, me convendría sacar un préstamo en soles de 22,800 soles y pagar mi depa de una vez ahora que el dólar esta bajo? qué me aconsejas. Aparte tengo un "colchoncito " de dólares en el banco que compré a 3.5 soles.
    Saludos,

  2. jacky escribió:

    Sin comentarios…

  3. noemi escribió:

    Perfecto , pero para estar más enterados deben incluir un ejemplo de una liquidación de beneficios sociales, para saber cómo hacerlo o para poder sacar nuestras cuentas…

  4. pedro pablo escribió:

    y como hacer ahora que los municipios estan dando trabajo a los pobladores por una semana y no nos pagan seguro ni ningun beneficio social

  5. Augusto Camacho escribió:

    Muy buen analisis, sobre la realidad de los mal llamados beneficios sociales que en realidad son mas una compensación autogenerada por el trabajador, me gustaria que se analizara el tema de vinculación de un grupo economico o un holding con los beneficios sociales

  6. Alberts Evans escribió:

    pero le pregunto todos los trabajadores salen siempre de vacaciones por un mes o de que forma lo negocia sus vacaciones

  7. freddy escribió:

    hola mi nonbre es freddy y quisiera saber cuales son los beneficios de estar en planilla esque yo recien entre en planilla y no se cuales son los beneficios o entodo caso cuanto es lo que debo recibir por gratificaciones o vacaciones o por tiempo de servicio espero su respuesta grasias

  8. walter escribió:

    quisiera que hagan algun comentario sobre el tema de petroleo a nivel pais, ya que tiene que ver mucho con la economia y se reflejan con los sueldos,que paso con los lotes petroleros que tenia petroperu cuando se terminan las cocesiones

  9. milagros escribió:

    Hola mi nombre es milagros me parecio muy buena su apreciasion acerca de los "beneficios sociales" bueno la verdad tengo una consulta soy una chica de 19 años y recien e entrado a trabajar en planilla kisiera saber si para el mes de diciembre ya me corresponde la gratificacion x navidad yo entre el 15 de setiembre GRACIAS

  10. Susana escribió:

    Con mi numero de seguro social una empresa puede saber en que empresas y en que fechas e trabajado.
    y yo puedo visitar tambien esa pagina, en dado caso de que si pueda que pagina es?

  11. angela escribió:

    Hola mi nombre es ang he trabajodo en una empresa 5 mesese y quisiera saber cuales son los beneficios que me corresponden porque no me pagaban por planilla ni por recibos por honorarios quisiera saber cuanto es lo que debo recibir durante ese tiempo que estube laborando en dicha empresa espero su respuesta grasias

  12. july escribió:

    y como son los beneficios sociales en caso de trabajadores con hijos?? hay un aumento de sueldo??… y como se maneja los aumentos de sueldos?? cada cuanto tiempo se debe aumentar el sueldo a un trabajador?? de q depende el aumento??

  13. angelica escribió:

    ¿Cuál sería el tratamiento si, para no pagar las vacaciones truncas, te mandan 3 meses de vacaciones y después de regreso le envían por correo su carta de despido habiendo trabajado initerrumpidamente por 3 años en esta empresa? Asimismo le dicen que no pueden pagar porque aun no tienen el dinero para hacerlo, hay algun dispositivo que me puedan citar.
    Muy agradecida por su respuesta.

  14. rjimenez Autor escribió:

    En el Ministerio de Trabajo hay un Servicio de Patrocinio Judicial Gratuito que tiene la función brindar el servicio de defensa legal de trabajadores y ex-trabajadores de escasos recursos económicos, respecto del reclamo judicial de derechos y beneficios originados en una relación laboral (Art. 26º del Decreto Legislativo Nº 910 – Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador). Comprende al asesoramiento y patrocinio ante el Poder Judicial en todas las instancias, desde la interposición de la demanda hasta la ejecución de la sentencia (Art. 64º del Decreto Supremo 020-2001-TR Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador).
    http://www.mintra.gob.pe/pa

  15. isabel chambi chocalta escribió:

    Buenísimo, el artículo me ayudó mucho saber sobre el tema…

  16. Willmer escribió:

    quisiera saber si merezco una lkiquidacion de beneficios sociales si solo trabaje 26 dias.. osea menos de un mes..
    SAludos

  17. CARLOS MUFARECH escribió:

    QUISIERA SABER CUANTOS SUELDOS AL AÑO PERCIBE UN EMPLEADO DE EMPRESA PRIVADA. GRACIAS

  18. Renzo Jiménez Sotelo escribió:

    El número de sueldos al año es un convencionalismo sobre cómo se distribuye el pago anual por todas las horas trabajadas al año. Lo normal es repartirlo en 14 sueldos al año, un sueldo mensual y dos sueldos en julio y diciembre. Antes era frecuente encontrar empresas grandes que lo distribuían en 16 o 17 sueldos, los otros dos o tres sueldos se daban en enero. Actualmente el gobierno ha permitido que algunas empresas sólo paguen 12 sueldos al año, pero esto puede terminar reduciendo la remuneración mínima anual (legal).

  19. LEONARDO escribió:

    Hola, vengo laborando un poco mas de 4 meses en un local de servicio publico, quisiera saber si en este caso también se puede tener los mal llamados beneficios sociales como en una empresa. Gracias.

  20. percy gonzales carrión escribió:

    Quisiera saber, yo tengo contrato por 6 meses ¿merezco gratificación? ¿qué pasa si el empleador no quiere pagar las gratificaciones? ¿qué hago? Gracias

  21. Juan M. Bautista escribió:

    Bueno bueno este articulo, muy analitico y minucioso.Es una clara y triste realidad del regimen laboral en nuestro pais, ya que muchas empresas reducen costos a costas de sus recursos humanos

  22. Ricardo Meza escribió:

    Muy bueno el tema, pero me gustaría que ampliaran en el sentido de las empresas que ingresan a indecopi, luego nombran a una comisión liquidadora y ésta, en vez de recuperar los activos de la empresa para pagar beneficios sociales, decide decretar la quiebra ¿cómo quedan aquí los beneficios sociales??

  23. chio escribió:

    Muy buena la publicación, solo que se me formaron unas cuantas "islas"….

  24. MIGUEL OSWADO escribió:

    mas que comentario una pregunta los pnp que prestan servicios individualizados en sus dias de franco en empresas particulares ajenas a la pnp tienen derecho a beneficos sociales ejm. un pnp trabaja interdiario en una empresa de transpostes de pasajeros seguridad 16 horas de 7 am a 23 pm. porque hago esta pregunta una funcionaria del mintra dijo tectuaalmente que por ella los pnp no tienen derecho a bb. ss. en ste tipo de trabajos pero sin embargo los consultores que son abojados de mintra por su puesto atendieron a mi queja y abanzaba pero por arte de majia en el camino me pusieron piedras sera porque la empresa donde trabaje es poderosa esos son los defensores del trabjador quisiera su comntario al repecto. gracias

  25. angel escribió:

    Buenas noches, me llamo angel; entonces se quiera o no, lo mas recomendable es estar en planilla?, Gracias

  26. Fernanda escribió:

    Holas, kisiera saber, un empleado en que tiempo debe o puede pedir su liquidacion? existe un tiempo determinado? en el caso de que haya trabajado sin contrato y sin boletas de pago de salario, puede aun recibir su liqudacion, sabiendo que esta persona trabajo 4 años, y recibiendo un sueldo menor que el minimo.
    porfavor respondame….

  27. Elena Baldeón escribió:

    Muy buena descripcion de los "beneficios sociales". quisiera que me puediese explicar sobre si existen beneficios del empleado parcial (trabajo la mitad del tiempo de un horario normal de jornada laboral) si es que hay gratificaciones cuanto me correspondería, como sería lo de los otros "beneficios" en la modalidad de empleo. de antemano muchas gracias.

  28. reginalda escribió:

    la verdad deberian multar a los pequeños y micro comerciantes mercaderes y empresarios por no cumplir la norma de beneficios del trabajador como los abusivos spas se aprovechan de las mujerres para hacer lo que quieren ningun beneficio

  29. elsa escribió:

    muy bueno el comentario agradecerles de ante mano por la respuesta mi consulta es en un ong sin fines de lucro se da los beneficios sociales cuando culmina el contrato o sesa el trabajador,le corresponde beneficios sociales a un trabajador que laboro menos de 03 meses, gracias por la respuesta

  30. Ex trabajadores BCTS escribió:

    Hola , yo y un grupo de amigos tenemos un problema con nuestra Ex Empresa "BCTS CONSULTING" que se niega a pagar nuestros beneficios sociales, y el sueldo que nos adeudan.
    Durante todo el tiempo que trabajamos nunca nos pagaron CTS , AFP, gratificaciones, etc. Por esa razón salimos del trabajo, cual es el proceso que nos recomienda seguir ahora?

  31. richard one escribió:

    el post.la verdad es muy interesante nos sirve mucho para aquellas empresas la cual no les gusta soltar dinero o no le gusta ir deacuerdo a la ley.
    mira una consulta compañero queria saber si yo ago mi carta de renuncia y me la aceptan tengo algun beneficio social de liquidacion

  32. emerson gallegos h escribió:

    hola,soy un trabajador de empresa famech en esta enpresa no da veneficios ni respeta los horarios de trabajo practica mente se trabaja 12 horas del dia y es pesado y el pago no es suficiente ¿cual seria buestra opinion al respecto de esta empresa?

  33. guillermo escribió:

    Mi nombre es Guillermo, dentro de 3 años me jubilo, pero lo que pasa es que perdí mis boletas, certificados de trabajo, liquidacion de beneficios sociales, de mi ex trabajo mutual metropolitana, quiero saber donde puedo obtener una copia de estos, si alguien me puede ayudar, se lo agradeceré.

  34. Cristian Paz escribió:

    Hola tengo una consulta en mi trabajo estoy en planilla me han pagado mi CTS, gratificaciones y mis vacaciones como corresponde. Llevo 7 años trabajando y percibiendo un suledo promedio de 2000 nuevos soles.
    Qué sucede si mañana presento mi carta de renuncia. Qué otros beneficios percibo cuando me liquiden?? o no hay ningún beneficio adicional??
    Si alguien me responde gracias.

  35. MAXIMO MELENDEZ SERVAN escribió:

    Buenas días, por favor el pago de asignación familiar es o no un beneficio social, y en que norma o ley se encuentra.

    conque argumento podría exigir a un servís para que pague tal concepto a sus trabajadores.

    Gracias.

  36. roxana saavedra alva escribió:

    quisiera saber…. tengo mi pareja que trabaja en una fabrica mejor dicho es una empresa .y ya teniendo 3 años trabajando. aun no le ayan colocado en planilla tiene derecho de recibir su liquidacion.. y beneficios por el tiempo que estuvo trabajando. por favor respondanme .. no es justo..

  37. elois escribió:

    cuanto tiempo debo tener para que me ponga en planilla trabajo en norkys y tengo ocho meses quisiera saber si es q no me quieren poner en planilla q puedo hacer

  38. Fredy Solís Pedreros escribió:

    Buenas tardes, esta es mi consulta: Mipapá ha trabajado durante 27 años para una compañía minera (Socavón) pero durante 29 años que ya dejó de trabajar no hizo los trámites de su jubilación ni ha recibido beneficio social alguno. en años recientes un abogado a quien le confió hacer dichos trámites (para lo cual le entregó las boletas de pago) no lo hizo y es mas ha desparecido como si la tierra se lo hubiese tragado, mi pregunta es qué puedo hacer para tramitárselo si no tengo esas boletas como medio de prueba, y segundo, cuáles son todos los beneficios sociales que debo reclamar en un eventual proceso Judicial así como los intereses? muchas gracias por su respuesta

  39. erick aguilar flores escribió:

    ahh me parese bueno que se token estos temas la verdad yo quisiera saber solo del nic #19 beneficios a los trabajadores de las normas internacionales de la contabilidad plZZZ

  40. RUBY FUSTER DE ILLICH escribió:

    Quisiera saber dónde puedo encontrar la oficina de la liquidada "Mutual Metropolitana".
    Muchas gracias,

  41. giselpaola escribió:

    tngo una duda,espero me ayuden tngo exactament por planilla 4 años de haber trabajado de la cual mi cese fue fines de octubre de 2010,mis vacaciones fueron pagadas,pero mi duda es:como calculo mi liqidacion,cuantos sueldos por año es? lo calculan con el bruto o neto? mi promedio mensual sin dctos es 4800 y con dctos un aprox. de 3400 porfavor necesito su ayuda .gracias

  42. EDDY CHOQUE LICAS escribió:

    hola miren loq eu vpoy a decir o escribir a ver si alguien me apoya
    estoy trabajando en una empresa de median se podria decir tengo algo de mas de 5 años me voy por el sexto año
    es de mi tio la empresa en pocas palabras mi sueldo ah sido un suicidio creo de los peores 400 , 450 500 550 y no tenido vacanciones ni beneficio sociales todo este tiempo me hicieron sacr mi recibo de honorario no me pagan por recibo ni estoy en planilla ya tengo 5 años ojo como hablo sin beneficion es seguro afp cts ni gratificaciones osea en un caos mi caso creo y espero este fin de mes voy atenr ua reunion con mi "tio" entre comillas para plantearle mis condiciones que ya no peudo estar trajando asi y si hay una manera de reclamar y pagar por mis beneficios truncados desde que empese a trabajar hasta la fecha 5 años

  43. stefany escribió:

    bueno yo trabajo en una tienda hace como 3 años pero el sr, donde tyrabajo ya formo se empresa de las cuales el nos tiene q asegurar y dar beneficios pero el no dice nada sobre eso q es lo q deberia hacer

  44. Fernando escribió:

    los mal llamados beneficios sociales, podrían decirse q no favorecen a la gran mayoría de población, ya que los empresarios hacen y desasen contratas como quieran, el primer portador de esta violación de contratos escondido, tapado, cubierto, con la tercerización, nada, ni que decir de la jubilación q la edad para jubilarse es de 60 a 65 q si el peruano promedio o normal se esta muriendo a esa edad, increíble, para que nos vale el descuento de la jubilación si cuando nos jubilamos ya estamos muertos o a un paso para eso, la verdad q ni lo vamos a disfrutar, bueno espero llegar a esa edad, y eso de la remuneración por la tan dichosa 8 horas laborales , naaaaa, acá uno debe de trabajar las horas que te diga el empleador ya que si no lo haces , bueno atrás ahí un montón de personas jóvenes o adultos que desean trabajar por ese sueldo o menos quizás las horas que se deban trabajar. y la gratificaciones, que fabuloso que todas las empresas te reconocieran al 100% todo lo que te corresponda , ahahaha, nada de eso muchas empresas como lo comente lineas mas arriba hacen lo que quieren, y para pagarte los famosos beneficios sociales, ufff, tienes que ir al MINTRA(Ministerio de Trabajo) para que quizás te puedan ayudar y haber si te pueden pagar alguito de lo que te corresponde (claro si yo no estas trabajando en la empresa) y te pagan lo que ellos quieren y por armadas, aaaa. no como estamos a nadie favorece mucho trabajar en empresas como estas(mayormente las de producción) naaaaa y que decir ahora de las pequeña empresa y micro empresa , claro algunas leyes están para favorecerlas en cierto punto pero que si estas mismas no duran los 4 años y desaparecen y el trabajador que, sus beneficios sociales son reducidos al la mitad o no les corresponde, y así es para estar escribiendo mucho y mucho, pero ahí que hacer cosas, un gusto haber comentado alguito, gracias.

  45. YTALO escribió:

    trabajo en una empresa de transportes trabajo como cordinador pero el dueño no m pone en planillas y ya hace dos años y no mk pagag mis beneficios
    q hagop aunq el dice porq me levanto trade osea entro a veces a las 9 o alas diex .pero es porq segun el caso no hay cargas entonces q hago tengo q esperar hasta q me lolame pero una vez q cominxo ha veces termino tarde a las diex u ocho de la noche q hago por favor ayudme alguien a resolver mi caso agradeceria gustoso escribieran ami correo aloguein y m aconseje mi correo fenixperu001@hotmail.com le agradecere por favor soy solo y necesito q alguien m aconseje se lo agrdecere atentamante CARLOS G.

  46. rjimenez Autor escribió:

    El ministerio de trabajo ha creado un portal para hacer denuncias en línea (por internet) ingresando a http://www.mintra.gob.pe/SDL/.
    También se puede llamar por teléfono gratuitamente al 0800-16872 para todo tipo de consultas laborales. Más información ver en http://www.mintra.gob.pe/ o acercarse al propio ministerio en Av. Salaverry 655 – Jesús María.

  47. WILLIAN escribió:

    UNA PERSONA AGENTE DE SEGURIDAD PRIVADA QUE ES CONTRATADA QUE ES CONTRATADA MEDIANTE CONTRATO A TIEMPO DETERMINADO ES DECIR POR UN AÑO TIENE DERECHO A BENEFICIOS SOCIALES?????
    A ESTA PERSONA LE PAGAN CON BOLETA Y EN LA BOLETA LE HACEN DESCUENTOS POR AFP, POR SALUD Y NADA MAS. YA LLEVA AÑO Y MEDIO EN DICHO TRABAJO,.
    TRABAJA 12 HORAS DIARIAS, NO TIENE REFRIGERIO, LABORA DE LUNES A DOMINGO INCLUYENDO FERIADOS, SOLO DESCANSA 4 DIAS AL MES CONTADOS 1 DIA POR SEMANA….MI PREGUNTA ES QUE OTROS BENEFICIOS PUEDE RECLAMAR A SU EMPLEADOR …ESTE ES UNA EMPRESA QUE BRINDA SEGURIDAD..ES DECIR UTILIZAN LA INTERMEDIACION…GRACIAS POR LA RESPUESTA QUE PUEDAN ALCANZAR.

  48. tomas ciprian escribió:

    X FAVOR ABREVIEN TODO

  49. alvaro amaro pizarro escribió:

    trabajo en seguridad me pagan con boleta y en la boleta me descuentan por pensiones,por ESSALUD,no declaran mi asignacion familiar,pero la empresa indica que me paga por ese concepto pero no lo declara,trabajo 12 horas por seis dias a la semana,cada quincena me abona la cantidad de s/404.50 soles oro mi pregunta es si me pagan lo correcto y en todo caso cuanto me corresponde;ah y los feriados de semana santa los trabaje y no me los reconocieron;vienen los feriados de fiestas patrias y si debo reclamar pago adicional.muchasgracias
    por orientarme

  50. Gerson Brañes Espinoza escribió:

    Hola mi nombre es gerson eloy he trabajodo en una empresa privada 4 años y medio y me despidieron arbitrariamente y quisiera saber cuales son los beneficios que me corresponden porque no me pagaban por planilla ni por recibos por honorarios quisiera saber cuanto es lo que debo recibir durante ese tiempo que estube laborando en dicha empresa espero su respuesta gracias

  51. rjimenez Autor escribió:

    Álvaro y Gerson:
    Contactar con el Ministerio de Trabajo, yendo personalmente y llamando por teléfono. Los datos están arriba.

  52. Cesar escribió:

    Buenas tardes:
    Soy chófer interprovincial de pasajero por más de 20 años, en diferentes empresas, pero deje de trabajar en esta ultima Emp. Perú Bus Sac. Hace un año y medio después de 10 años en ella por la Gerenta de la Empresa que me tenia meciendo que ya habrá un cupo para mi con la compra de otro bus para la empresa y así paso el tiempo y yo sin trabajo, dígame podré reclamar alguna liquidación de mis Beneficios Sociales, tengo documentos probatorios que alegan a mi verdad según nomina de chóferes expedido por transportes de Lima, boletas de tolerancia 0 y manifiestos de pasajeros.
    Gracias.
    Cesar G N.

  53. lizzy escribió:

    hola tengo 19 años quisiera hacer una consulta es la primera vez que estoy en planilla. en abril me dieron la primera boleta.¿cuando me corresponde mis vacaciones? ¿en abril o mayo? por que el gerente de mi trabajo me dice que me corresponde en mayo y no en abril quisiera que me orienten por favor.

  54. carlos escribió:

    hola quisiera saber que debo solicitar ah mi empleador despues de haberme asegudo en su empresa privada ¿acaso debo pedir mi boleta o algo asi para no ser sorprendido por algo o que? y si despues de eso tengo algun beneficio obligatorio para tener una mejor idea gracias

  55. DIEGO escribió:

    Hola me van a despedir de la empresa en la que llevo trabajados 5 años y mi jefe me dice que me tienes que descontar la parte proporcional a unos embargos que tengo que me les descontaban de las nominas esto es correcto gracias.

  56. rosa escribió:

    soy secretaria en un grifo ingrese a trabajar el 29/12/08 y por voluntad propia decidí dejar mi trabajo este 30/11/11,mi contrato es cada tres meses y me liquidaban, mi pregunta es si me tienen que liquidar por los años que llevo trabajando o ya no , yo estoy en planilla.. y el grifo se encuentra en regimen de pequeña empresa

  57. ROBERTO escribió:

    tengo 2 años y 5 meses laborando en una empresa grande de seguridad y aun no me han dado vacaciones por falta de personal segun ellos aducen. q debo hacer y que derechos me corresponden, algun dinero extra quizas…..???

  58. ernesto escribió:

    hola quisiera saber, tengo 5 años trabajando en una empresa de ventas en las cuales tengo un sueldo basico mas comisiones y cada año las comisiones van disminuyendo quisiera saber si esa politica comercial puede anularse o que se puede hacer????… necesito su apoyo

  59. vanes escribió:

    hola estoy en el regimen de pequeña empresa mi consulta es : el periodo de vacasiones para este regimen es un mes o solo quince dias,pues he leido que en el 2011 sea cual sea el regimen en que se encuentra la empresa el perido de vcasiones debe ser un mes,se tengo beneficio a una asignacion familiar ? y trabajo con un contrato cada tres meses ,diganme de que m tienen que liquidar al termino de cada contrato?? pues segun me dicen aqi en mi trabajo que ya no porque en el contrato con planilla se me esta dando mi cts y todo ..gano 750 mensual cuanto deberia recibir por cada contrato a finalizarse cada tres meses??necesito su ayuda..y si es posble darme la ley donde aparece los beneficios de la pequeña empresa para poder sustentar con eso.

  60. Carlitos escribió:

    ¿Y cuando va a llover? Que preguntas para más absurdas.

    Me gustó el artículo.

  61. Manuel escribió:

    SEÑORES ESCRIBO CON MAYUSCULAS POR QUE ESTE MAYUSCULO PROBLEMA NO TIENE FIN,NO LOGRO ENTENDER COMO UN TRABAJADOR QUE DA TODO SU VIDA POR UNA EMPRESA ESTATAL O PRIVADA TENGA QUE ESPERAR LLEGAR A VIEJO Y RECIBIR UNAS MONEDAS QUE EN CADA CARA DICE "MUERETE DE UNA VEZ".

  62. sarita escribió:

    Muy bueno.

  63. valentina escribió:

    Muy buena, me sirvió de algo.

  64. Ruben Marquez escribió:

    Este es un artículo meramente económico, como estudiante de Derecho me hace pensar más allá de la aplicación de la liquidación que son meras superficialidades.

    Muy buena apreciación.

  65. malena escribió:

    Una consulta se pueden embargar los benéficos sociales de un trabajador para garantizar la liquidación de gananciales en el supuesto caso de la disolución del vinculo matrimonial

  66. educacion10.net escribió:

    🙂

    Esta genial tu redaccion y hay cuantiosas informacion que no conocia que me has enseñado,
    esta maravilloso.. te queria devolver el periodo que
    dedicaste, con unas infinitas gracias, por aconsejar a personas como yo jujuju.

    Besos

  67. karla escribió:

    buenos días trabajo hace 8 años en una asociación sin fines de lucro, pero me han dicho que todos tienen las mismas obligaciones con los trabajadores, me pagan 28 julio solo 200 soles navidad 200 soles, y mi año un sueldo , solo vacaciones x 15 días y eso no quiere dar, trabajo 10 horas , me pagan por recibo por honorarios quiero saber mis beneficios, y x todos los años que no han cumplido en pagarme completo puedo reclamar.

  68. angel escribió:

    ola buenas tardes ya trabajo como 7 en una empresa nos dicen que estamos en planilla y nunca emos recivido una buena grati lo minimx 20 es de 100 sl en navidad igual

  69. Alejandra Pinedo escribió:

    Una consulta. Sucede que desde 2017 terminé de laborar en un municipio y no me han pagado los beneficios. Presenté mi solicitud por mesa de partes. Me acerqué en varias oportunidades y hasta ahora.

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