EN EL PERÚ, ¿LAS HORAS EXTRAS DE TRABAJO SON GRATIS?

Más de uno se habrá dado cuenta que cualquier trabajo tiene dos costos. Uno de ellos, el más conocido, es el costo reconocido en el mercado laboral sobre la base de los sueldos y salarios, es el precio del trabajo para el empleador. El otro, en cambio, es cada vez menos tenido en cuenta, pero no por ello no existe, es el costo o precio del trabajo para el mismo trabajador. El costo para el empleador en buena cuenta es el total de gastos que se efectúan como retribución del trabajo recibido. En cambio, el costo del trabajo para el trabajador no es otra cosa que el sacrificio de la porción de comodidad, de libertad y de felicidad con la que el mismo trabajador paga el hecho de vender sus horas de trabajo.

En ciertas circunstancias, debido a la obsesión por reducir los costos al mínimo posible, el mercado puede lanzar el costo del trabajo para el empleador al mínimo posible. Esto, en vez de conducir al óptimo social, puede provocar infelicidad, pobreza o inclusive miseria para la gran mayoría de la colectividad. No se trata de ninguna exageración. ¿Acaso la mayor parte de la sociedad no está compuesta de empleados y obreros de diversas clases? Cualquier breve revisión histórica demostraría que ninguna sociedad ha podido florecer ni ser feliz cuando la mayor parte de sus miembros han sido pobres y miserables.Asimismo, cuando las reglas en los mercados no son las más eficientes y eficaces, o cuando el regulador del mercado no es capaz de hacerlas cumplir, pueden aparecer prácticas nocivas para la economía en su conjunto. En el caso del mercado laboral peruano, una de dichas prácticas es el irracional uso de las horas extras de trabajo. Irracional porque para la sociedad en su conjunto es injustificable que, en un país con aún alto nivel de desempleo, los empleadores exijan a sus empleados y obreros trabajar sistemáticamente más horas para no contratar a otros que sí necesitan y están buscando un trabajo.

Ingresos mínimo y promedio de PEA asalariada

Y esa práctica irracional se puede convertir en una moderna práctica de explotación cuando el trabajo hecho en horas extras, fuera del horario de trabajo, no es remunerado. Es precisamente el alto desempleo laboral existente en el mercado el que permite que muchos empleadores tengan la “capacidad” de exigir a sus trabajadores la entrega de sus horas extras de trabajo de modo “gratuito”, so amenaza de poner en riesgo la conservación del puesto de trabajo. Por eso, no es extraño escuchar decir que “está mal visto” el que algunos trabajadores se vayan “a la hora”, es decir, cuando termina el horario de trabajo. Con el cuento de que dicho trabajador “no tiene la camiseta puesta”, subliminalmente se hace creer que el trabajador que recurrentemente se va a su hora termina “robando a la empresa” cuando, al contrario, con ello podría estar demostrando su eficiencia y su efectiva productividad.

A nivel agregado este comportamiento generalizado conforma un negativo círculo vicioso para toda la economía: ante la persistencia del mayor desempleo, se genera más capacidad para exigir horas extra a los privilegiados que sí son empleados, esto permite que se trabajen más horas extra y, por tanto, se mantiene “artificialmente” un mayor desempleo que el que podría existir. Sin embargo, aunque muchas de las horas extra puedan terminar siendo entregadas a título gratuito al empleador, con las cuales éste aumenta su producción, pero más aún su lucro, dichas horas extra sí le cuestan a sus trabajadores, y no sólo a ellos sino también a sus familias. El costo adicional se traduce en las horas de desatención que enfrenta la familia de cada trabajador, sean padres, parejas e hijos.

Para muchas empresas y empresarios, esta práctica permite configurar un ambiente singular que se viene usando desde hace tiempo como herramienta para incrementar una falaz “competitividad”, cuando en el fondo no es más que una simple práctica de competencia desleal. Es una práctica de competencia desleal no muy distinta de la forma como se usa la evasión tributaria. ¿Acaso las empresas formales no se quejan de la informalidad (tributaria) de ciertos competidores porque en el fondo les impide competir en “igualdad de condiciones”? Sin embargo, ninguna empresa se ha quejado frente al ente regulador de la competencia desleal de las otras empresas competidoras.

¿Acaso no es competencia desleal usar 12 horas-hombre o más de cada uno de sus empleados y obreros cuando el competidor que sí cumple las reglas del mercado sólo puede exigir 8 horas diarias a los suyos? ¿Acaso no es desleal exigir trabajar inclusive hasta más de 70 horas de trabajo por semana cuando la empresa competidora que cumple las reglas obtiene de sus trabajadores 40, 44 o 48 horas por semana? Todo lo contrario, amparándose en la imperfecta regulación vigente, en varios sectores casi todas las empresas competidoras ahora vienen exigiendo turnos de 12 horas diarias por seis días a la semana, ¡72 horas a la semana! Y a dichas empresas les da igual si esas mayores horas las hacen trabajar días de semana o días sábados, domingos o feriados, de día, de tarde, de noche o de madrugada. En todos los casos pagan lo mismo… como si los sueldos y salarios fueran una “tarifa plana” y “a todo costo”… para hacerse igualmente “competitivas”, dicen.

Y no es cierto que dichas prácticas sean efectuadas sólo por empresas incipientes que , de no hacerlo, quebrarían. Dichas prácticas son efectuadas también por empresas medianas y grandes e inclusive por algunas empresas de capitales extranjeros que en sus países de origen no lo hacen porque tampoco se lo permitirían. Esta práctica tampoco es problema de la crisis económica ni de la mala situación de dichas empresas: varias de ellas están en sectores sumamente boyantes cuyas excelentes utilidades son celebradas en las bolsas de valores. Es decir, ninguna de ellas quebraría por cumplir las reglas, en absoluto, al contrario, una parte de estos singulares beneficios económicos son productos de estas “prácticas”.

Pero el regulador del mercado laboral cae en el juego cuando, en lugar de supervisar efectivamente el cumplimiento de las reglas del mercado, pretende jugar a aplacar el descontento contenido incrementando el sueldo mínimo*. ¿Qué racionalidad tiene incrementar el sueldo mínimo cuando no se puede controlar el incremento exponencial de las horas trabajadas de los “privilegiados” que tienen trabajo en detrimento de los “desfavorecidos” desempleados? En vez de estar pensando aumentar la remuneración mínima vital, probablemente sea mejor eliminarla.

La eliminación de la remuneración mínima vital, mensual, tal como está establecida, permitiría la creación de más empleos de jornadas parciales que ahora no pueden crearse, si fuera sustituida por el establecimiento de una “remuneración mínima por hora”. Actualmente a nadie se puede contratar legalmente pagándole menos que el sueldo mínimo, aún si trabaja una jornada proporcionalmente menor. Obviamente esta inflexibilidad eleva la barrera a la entrada al mercado de negocios y emprendedores que no necesitan el empleo de trabajadores de bajos ingresos a tiempo completo. O si no les impide su acceso al mercado, los obliga a ocultarse en la contratación informal o a no hacer un uso eficiente de dicho recurso.

La fijación de cualquier precio en el mercado requiere una medida exacta. Así como se habla del precio de las papas o las naranjas por KILO o del precio de la leche o del agua por LITRO, igual se requiere definir el precio del precio del trabajo por HORA. No se puede ser tan impreciso al establecer un precio mínimo por una candidad de horas que, aunque legalmente pueden ser como máximo 48, en la práctica es una cantidad de horas indeterminada. Menos aún se puede pretender establecer un sueldo mínimo en función de una jornada ordinaria de trabajo completa cuya duración sea “la que usualmente se cumple en la empresa o centro de trabajo” ¿eso es 20, 40, 60 u 80 horas a la semana?. A pesar de lo que se pacte, generalmente el papel resiste todo (incluyendo el nombramiento generalizado de trabjadores como “personal de confianza” cuyo horario no es fiscalizable), la natural asimetría en la capacidad de negociación entre trabajador y empleador tirará el precio al mínimo y la cantidad de horas al máximo (junto a lo que “usualmente” se cumpla).

PEA más de 48 horas de trabajo semanales

Pero aún en el caso que se remuneren legalmente las horas extras, la actual miopía, y también un paternalismo excesivo, hace que muchos “empleadores considerados” crean que es mejor el emplear a sus trabajadores por 12 horas diarias, pagándoles casi un 50% más por las horas extras, que contratarlos por sólo por 8 horas diarias, sin medio sueldo “extra”. Si las cosas fueran así de simples, ¿por qué no contratan a sus trabajadores por jornadas de 16 horas diarias? Eso les permitiría a los “pobres” trabajadores ganar “el doble”, un de sueldo “extra”. Lo peor es que los empleadores “considerados” no se dan cuenta que, arbitrariamente, les están quitando a esas personas su libertad de decidir qué hacer con sus 4 o más horas diarias de ocio. ¿Estudiar para aspirar a un trabajo mejor? ¿Buscar trabajos extras mejor remunerados? ¿Dedicarlas a su familia para cumplir el papel de mejores padres, mejores parejas o mejores hijos?

Aumentar la competitividad de verdad es poder hacer más en la “misma” cantidad de tiempo. Al contrario de lo que se dice, la generalización de jornadas excesivas reduce la verdadera competitividad de la mano de obra y del capital humano. Los rendimientos decrecientes son inevitables en las jornadas normales y más aún en las jornadas excesivas. Guardianes que se duermen, choferes que chocan, operarios que se accidentan, maestros de escuela que cada vez tienen menos paciencia, profesionales que sufren de fatiga crónica…

El exceso de trabajo produce desgaste físico y sicológico que pasa doble factura. A la empresa le representa un evidentemente riesgo laboral, al trabajador le representará dolencias propias de una vejez prematura, justo cuando salga expulsado del mercado por la competencia desleal de los más jóvenes. Desleal porque aceptan menores sueldos, al contar con el subsidio de vivir y mantenerse aún en casas de sus padres o familiares.

Según un estudio reciente**, entre 2004 y 2005 el 22% de la fuerza de trabajo mundial trabajaba jornadas excesivas de más de 48 horas por semana, pero el total en promedio trabajan sólo entre 35 y 45 horas a la semana. En el Perú, en el mismo periodo, el 51% trabajaba más de 48 horas a la semana, pese a que legalmente está prohibido. No por gusto el Perú encabeza la lista de países en los que se registran la mayor incidencia de jornadas laborales extensas.

Evidentemente para algunos empresarios siempre puede parecer más “económico” exigir horas extras para ahorrarse la inversión en capacitación y en mejores maquinarias y equipos y, si se puede, evitar el mayor costo de contratar más empleados. Pero deben tener en cuenta que, a la larga, en ninguna sociedad no puede haber orden social, cuando existen unos pocos privilegiados y una multitud de explotados.

* La misma autoridad laboral ahora está promoviendo la idea de que ya no es necesario “aumentar tanto” el sueldo mínimo respecto de la canasta básica porque ahora en cada familia de 4 trabajan 2. Este razonamiento es falaz porque asume que la labor que hacía la que antes “no trabajaba” en cada familia tendría que ser hecho por otra persona en forma gratuita o ganando mucho menos que el sueldo mínimo para que, efectivamente, hayan más ingresos netos en la familia.
** Para mayores detalles ver el comunicado de prensa de la Organización Internacional del Trabajo.

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Comentarios

  1. angelo escribió:

    Buen tema , estaré más seguido por este blog.

  2. fritzvan escribió:

    No sé ustedes, pero propongo que saquen a Carranza, es demasiado desatinado y no sabe imponerse a las locas ideas de nuestro señor presidente… propongo a Rafael Rey, lo digo porque es el ministro más pro pequeñas empresas, es un ministro con las mejores propuestas de pro competitividad. Lástima que no esté en el MEF… Cómo se extraña a Siva Ruete o a Kuczinsky… Por favor ¿opiniones?

  3. ALEX E . HUALLPA HUERTA escribió:

    ¿Cuál es el monto a pagar por concepto de Horas Extras?

    El tiempo trabajado que exceda a la jornada diaria o semanal del trabajador, que de acuerdo a ley es, como máximo, de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) semanales, se considera trabajo en sobretiempo y se abona con un recargo que para las dos primeras horas, no podrá ser menor al 25% por hora calculado sobre la remuneración percibida por el trabajador en función del valor hora correspondiente y 35% para las horas restantes (artículo 10° del Decreto Supremo N° 007-2002-TR Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 854 Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, modificado por Ley N° 27671)

  4. Victor Llagas escribió:

    Victor Alfonso Llagas Puican

    Deberian tomar en cuenta los dominicales, es un tipo de remuneracion con deberia sobresalir en planillas, pero que algunos malos ofertantes de trabajo se olvidan de anotar y tambien seria interesante tomar como punto los famosos trabajadores fantasmas, trabajadores creados por afiebrados capataces o jefes de personal con el objeto de evadir impuestos y obtener un sueldo mas a su favor.

  5. Amanda escribió:

    Todos pensamos en los empleadores privados. Pero quién fiscaliza al sector público. Conozco a mucha gente que trabaja en este sector, y trabajan más de 8 horas diarias o 48 horas semanales. Así tambien hay personas que trabajan por recibo de honorarios y están años, sin reconocerles sus derechos. Es irónico, pero el Ministerio de Trabajo me ha visitado infinidades de veces, claro nosotros como empleadores cumplimos con todos los derechos que tienen un trabajador, pero ¿qué pasa con estas personas que trabajan dentro del mismo ministerio?

  6. YULY RIVERA GARCIA escribió:

    es hora q al empleado peruano se le reconosca sus horas laboradas y sus horas extras. para q tengan mas empeño en su labor .espero q sigan escribiendo mas articulos de este tema.gracias

  7. Augusto Camacho escribió:

    Lo expresado por la señorita que me antecedió es cierto, en este fenomeno de trabajo de sobre tiempo o de los famosos y mal llamados servicios "no personales", podemos ver como el "Estado" saca la vuelta al mismo "Estado", si el mismo Estado no se fiscaliza y llevas las cosas en orden, cómo puede pedir al resto que siga una línea recta que ni el propio Estado puede seguir. Éste es el primer llamado a dar el ejemplo por ser un ente organizado por la misma sociedad pero que muchas veces trasgiversa su verdadero fin convirtiendo el bien social para el cual fue creado, a un bien de unos pocos que lamentablemente son la clase dominante.

  8. ALFRED escribió:

    paguese las horas extras tanto dentro de semana como dominical por igual , pero que siempre se considere las horas extras,

  9. martin escribió:

    me gustaria saber soy estudiantes de contabilidad y me gustaria saber las tasas que se saca para la renta de quinta categoria. si es cierto que para sacar horas extras es enlas dos primeras horas el 25% dela hora osea el recargo, y el restante el 35%.
    y la ultima pregunta:
    cual es la tasa para pagar por trabajador del seguro complementario de trabajo de riesgo(sctr)

  10. williams escribió:

    en la empresa CIA UNIVERSAL TEXTIL S.A no aplican de acuerdo aley y pagan elsobretiempo a su modo y el ministerio los hac ver pero a ellos le da igual porque compran a algunos funcionarios hasta cuando seguiremos asi

  11. renzo costa escribió:

    las horas extras son el interes muy estimulante en la mente ambiciosa de los empleadores y los dueños por explotar a los obreros que carecen de ninguna posiblidad de limitat las horas de su trabajo debido a su temor al despido y al perder su plata para sus necesidades basicas.
    la gente obrera esta trabajando con mucho esfuerzo a producir a mayor volumen desde sus horas laborales a las horas extras porque se les reconozcan pagando bien. vale pena trabajar a diario para mantener la vida segura con el pago de que la empresa le proporciona. nadie escapa del trabajo porque tiene que vivir con ello para cubrir sus necesidades con el dinero. siempre estan explotados por las pequeñas, medianas y grandes empresas porque quieren trabajar como refugiados en su segunda casa como la empresa sin que se sufriera en la calle mendigando plata o se estaria buscando algo de lo que quiere trabajar como limpiar el piso de los edificios y los lugares publicos ,y otros trabajos que se ofrecen en la calle.

  12. ronal valencia escribió:

    hola soy un obrero que se mata trabajando de lunes a domingo para llevar un pan mas a la casa,trabajo en una textil exportadora y nos han quitado varios beneficios como el sobretiempo de 24 horas (lunes a sabado) 6 horas entran a planilla y las 6 horas restantes no,y los domingos laboramos 12 horas nos pagan al 100% pero tampoco no entra a planilla,como no figura nuestra liquidacion y cts ya es menos. la ley no respalda al trabajador les cuento que un grupo de 4 fueron a averiguar a indecopi sobre el estado de la empresa llego el fin de mes y los despidieron a quien podemos dar nuestras quejas,al ministerio de trabajo es lo mismo ellos tienen contactos y llaman a la empresa y les cae su billete ustedes que opinan.

  13. joseph escribió:

    En mi opinión, la defensoria del Pueblo debería contar con personal de expertos en cada tema: laboral, sindical, de seguridad, seguros, AFP, CTS, hostilizacion, acoso sexual, enfermedades profesionales, protección al medio ambiente, etc, etc, para que al ciudadano común y corriente, cuando reclame, le den la verdadera solución de su caso particular y desde ese mismo momento, de oficio, entablar a través de otro organismo una exhaustiva investigacion de lo que sucede y denunciarlos ante el nivel competente o degradarlos en público por su mala actuación o por la corrupción habida entre los empresarios y el ministerio de trabajo u otras autoridades como jueces, abogados,etc.

  14. Miguel escribió:

    ¿El refrigerio esta incluido dentro de las 8 horas efectivas de trabajo, considerando 45min de refrigerio?
    O sea:
    Lu 08:00 a 16:00 –> 8 Hr
    Ma 08:00 a 16:00 –> 8 Hr
    Mi 08:00 a 16:00 –> 8 Hr
    Ju 08:00 a 16:00 –> 8 Hr
    Vi 08:00 a 16:00 –> 8 Hr
    Sa 08:00 a 16:00 –> 8 Hr
    Por refrigerio se obtiene: 45Min x 6días = 270min = 4.5 Hr.
    ¿Cuál de las opciones sería verdadera?:
    1.-Sin Incluir Refrigerio
    Horas Efectivas =48Hr-4.5Hr=43.5Hr
    2.-Horas Efectivas =48Hr (incluye refrigerio)
    3.-Se trabajaría de la siguiente manera incluyendo refrigerio:
    Lu 08:00 a 16:45 –> 8 Hr 45Min
    Ma 08:00 a 16:45 –> 8 Hr 45Min
    Mi 08:00 a 16:45 –> 8 Hr 45Min
    Ju 08:00 a 16:45 –> 8 Hr 45Min
    Vi 08:00 a 16:45 –> 8 Hr 45Min
    Sa 08:00 a 16:45 –> 8 Hr 45Min
    Gracias,

  15. ruiz del castillo escribió:

    soy estudiante de contabilidad, deseo saber si para calcular las horas extras, se lo saca tomando el monto de la remuneracion permaente (fijo) mas la bonificacion familiar, ó es que se toma del monto del total de remuneracion

  16. FRAN escribió:

    Me han pedido trabajar en mis vacaciones, cuanto me deberían pagar el final del mes. Hay algún pago adicional por trabajar en mis vacaciones? Escríbeme a mi correo tuamigo_xx@hotmail.com. Gracias

  17. marco escribió:

    ya es hora de hacer respetar nuestos derechos q se habran creidos las empresas q pueden hacer con uno lo q se les de la gana, eso no deberiamos permitirlo. ok.

  18. Duver escribió:

    Bueno me parece que cada vez son mas los casos de empresas que actuan de esta manera, pero tambien es cierto que los trabajadores estan aprendiendo que estan laborando muchas veces gractis y que hace falta educacion , capacitación para que no se dejen sorprender es por ello que se deben de tomar acuerdos para que estas cosas salgan a la luz de la opinion publica y poder ordenarse para actuar de forma legal y con la mejor eficiencia, muchas veces los empresarios solo ven los ingresos, utilidades y no ven la parte social de cada familia es mas del pueblo en si que cada vez se esta descuidando por unos cuantos soles que a la larga es un engaño. bueno gracias y espero que sigan los comentarios

  19. Ely escribió:

    Previo saludo.

    Importante saber de nuestros derechos, sin embargo debo de indicar que en el secto público a menos que seas nombrado no tienes derecho a las horas extras remuneradas, caso la Municipalidad del Cusco, después de haber trabajado más de ocho años te despiden y sin embargo por la carga familiar y otras situaciones recurres al poder judicial y te hace respetar el derecho al trabajo y te reponde sin embargo esa es tu cruz para que trabajes mas de las ocho horas sin tener derecho a tus horas extras disque por ser repuesto judicial, realmente es irónico asi trabajes más ¿no mereces una remuneración igual o equivalente a un trabajador nombrado que sobrepasa los s/2500.00?.

  20. catherine escribió:

    Mientras mas conozco mis derechos me doy cuenta del abuso hacia la clase trabajadora, lo que nos queda es seguir luchando por nuestros derechos o trabajar para nosotros mismos creando nuestra propia empresa muy interesante esta publicación.

  21. catherine escribió:

    Mientras mas conozco mis derechos me doy cuenta del abuso hacia la clase trabajadora, lo que nos queda es seguir luchando por nuestros derechos o trabajar para nosotros mismos creando nuestra propia empresa muy interesante esta publicación.

  22. yuly escribió:

    vayan al banco de materiales y pregunten por un gerente sr.raymer villena chumbiauca el desgraciado quiere que todo el mundo trabaje gratis
    les invito a leer el BLOCK DEL UETRO DE MARITApara que se enteren la cochinada de gente que trabaja en estas instituciones del estado

  23. juan manuel escribió:

    yo opino que si está condenado el delito de robo, hurto y apropiación ilicita, el estado debería sancionar con penas de carcel y altas sanciones pecuniarias a estos empresarios que se roban la remuneración por horas extras, por que hay amenaza de despedirlo sino cumplen con hacer horas extras gratis; o hurtan, por que hay una sustración del trabajo extra que transformado en remuneración se le quita al trabajador o apropiación ilicita, por que el empleador se está cogiendo algo que no es suyo, lo que le corresponde al trabajador por horas extras; así mismo que no se sanciones al gerente o al administrador de la empresa sino al dueño o dueños de la empresa por ordenar y/o permitir la implementación de estas malas prácticas; haber si así aprenden a no robar,hurtar o apropiarse de lo ajeno…este trabajo queda a "representantes del pueblo", nuestros congresistas.

  24. Abel Oscar escribió:

    Una consulta, siempre fueron 48h semanales?, cuando eran los horarios de oficina de 9am a 5pm, sabados medio dia, como era antes; xq la ley ahora dice que son 8 horas diarias o 48 semanales. Si deseo trabajar de lunes a viernes, debo venir casi 10 ahora diarias? Donde quedo la ley de 8 horas laborales x la que tanta gente luchó y murió.

  25. miluzca ramos espinoza escribió:

    buenos comentarios pero recordemos que tenemos federaciones como LA CGTP Y LA CTP que x sus orgullos políticos,disq IZQUIERDISTA que cuando saluda extiende la mano derecha y la izquierda recibe la plata ,los otros disq APRISTAS,que si estuviera vivo VÍCTOR AYADELATORRE,yales hubiera mandado preso que esperamos que todas las baces se unan y votar a esos comechados que no hacen nada x los trabajadores estas organizaciones tienen que estar al mando de nosotros mismos x que ellos no tienen la menor idea del sector la boral mas sufrida x todo los abusos y que vva la reorganización delas federaciones en una sola federación

  26. fran tingo maria escribió:

    Solo kisiera saber si en el CAS existe el pago de horas extras…sabados, domingos y feriados…y cuanto es el porcentaje x horas

  27. Marco Antonio escribió:

    Estoy deacuerdo aca en este pais llamado Peru tanto las empresas grandes como las medianas y pequeñas no respetan las 8 horas laborales y hacen trabajar de mas a su personal sin pagarles horas extras eso llama abuso de poder lamentablemente ninguno de los gobiernos anteriores y hoy el actual no hacen nada al respecto y la sunat q deberia revisar q todas las empresas cumplan con el reglamento laboral no hace nada por ultimo ni los multan en este psis todo es corrupcion ya es hora q cambien y q nos respeten como trabajadores y persona.

  28. Emil escribió:

    si se trabaja algunos dias de 08:00 am hasta la 1. de la madrugada mas de 16 horas que beneficios tendrias

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