Las “odiosas” comparaciones

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Bachelet firma proyecto MA

Una manera de evaluar con objetividad un proceso es compararlo con otros similares. En el caso del Ministerio del Ambiente lo podemos hacer con nuestro vecino chile. La Presidente Michelle Bachelet acaba de firmar el proyecto de Ley de creación de dicha entidad para Chile, luego de más de un año de trabajo y discusión participativa, y remitirá el mismo al Congreso de la República. Y ha aprovechado el 5 de junio, Día Mundial del Ambiente, para realizar dicho acto político (Ver video del discurso).

Aunque aún no hemos podido acceder al texto que se remitirá al Congreso, la nota del Gobierno Chileno señala lo siguiente:

La entidad propuesta tendría como objetivo principal el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables, promoviendo la integridad de la política ambiental y su regulación normativa. Es un organismo destinado a colaborar con la Presidencia de la República.

Las competencias del futuro Misterio se dividirían en tres ámbitos:

a) Políticas y regulaciones ambientales generales, que incluye aquellas vinculadas a cuentas ambientales, biodiversidad y áreas protegidas.

b) Políticas y regulaciones concertadas para la sustentabilidad, que incluye la relación con los sectores a cargo del fomento productivo, así como la promoción de convenios de colaboración con gobiernos regionales y municipalidades. Esto es lo que se denomina “integración de políticas”, que incorpora las tareas de la gestión ambiental descentralizada.

c) Políticas y regulaciones en materia de riesgo y ambiente. Es aquí donde se encuentra la regulación de las actividades humanas que generan riesgos ambientales.

El Ministerio propuesto se compondría de una Subsecretaría, y tendrá divisiones en áreas que han sido evaluadas como centrales para la gestión ambiental:

– Regulación Ambiental.

– Información y Economía Ambiental.

– Educación, Participación y Gestión Local.

– Recursos Naturales y Biodiversidad.

– Cambio Climático y Cumplimiento de Tratados Internacionales.

El proyecto precisa que la actual Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAM) se transformará en un servicio público descentralizado y desconcentrado a nivel regional, abocado exclusivamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Asimismo, estará sujeto a un sistema de selección de Alta Dirección Pública a cargo de su administración, orientado a simplificar los trámites ambientales y proporcionar información adecuada para los proponentes y la comunidad. El mencionado sistema cuenta ya con cuatro años de aplicación, y proporciona un conjunto de reglas que buscan mantener un cuerpo burocrático de alto nivel a cargo de la implementación de las políticas, que se mantenga más allá de los períodos de gobierno.

Del mismo modo se crearía en virtud del mismo proyecto la Superintendencia de Fiscalización Ambiental como órgano autónomo, cuyo nombramiento será realizado por el Presidente de la República, tambien mediante el sistema de Alta Dirección Pública. Tendrá competencias en la fiscalización de los instrumentos de gestión ambiental, tales como Resoluciones de Calificación Ambiental; Medidas de Planes de Prevención y Descontaminación; Normas de Calidad y de Emisión y Planes de Manejo de la Ley N° 19.300 chilena.

La fiscalización directa será realizada por la Superintendencia, por los órganos sectoriales, cuando correspondan, y por terceros acreditados mediante sistema de normalización. Se regula también un sistema de evaluación y certificación de conformidad privada, sometido a la disciplina y regulación de la Superintendencia y que sólo podrá ser realizado por sujetos certificados.

Se propone crear una regla de denuncia ciudadana por incumplimiento, que habilita a la Superintendencia a investigar y se obliga a responder los resultados de toda investigación. Al denunciante se le da la calidad de interesado para todo el procedimiento administrativo respectivo. De esta manera se atenderían los problemas de acción colectiva, es decir, la falta de incentivos para iniciar acciones en materia ambiental, por el alto costo particular de estas acciones.

La Superintendencia operará con los siguientes elementos de acción y procedimientos:

– Incentivos al cumplimiento

– Registro público de sanciones

– Procedimiento sancionador

– Plan de recuperación.

Por otra parte, el proyecto propone la Unidad de Medio Ambiente de las Municipalidades, donde se establece que la unidad de aseo y ornato a nivel municipal pasará a desempeñar competencias ambientales a nivel local, como proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas; aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna; y elaborar el anteproyecto de ordenanza ambiental.

En cuanto al acceso a la información ambiental, el proyecto declara pública toda la información de carácter ambiental que está en poder de la administración, es decir: el estado de los componentes ambientales, así como de los factores que inciden en él y las medidas adoptadas; el establecimiento y administración de un sistema de información ambiental que considere un conjunto de información de acceso comprensible para los ciudadanos; y la obligación de emitir periódicamente un informe del estado del Medio Ambiente y la calidad del mismo a nivel nacional, regional y local.

La tutela de este derecho estará sujeta a las normas de protección establecidas en la Ley de Acceso a la Información Pública. Asimismo, el proyecto promueve un sistema de participación ciudadana acotado, razonable, transparente y público, que contribuya a mejorar la calidad de las decisiones y a un sistema de rendición de cuentas. (Fuente: Ministerio Secretaria General de la Presidencia)

El contraste con el Ministerio del Ambiente peruano es claro. Estamos ante un Ministerio que directamente, o través del Servicio Público CONAMA y la Superintendencia de Fiscalización, controla los principales instrumentos de gestión ambiental, incluyendo la evaluación de impacto ambiental, la fiscalización y sanción, así como la remediación ambiental.

También se establecen mecanismos para asegurar la calidad técnica de los funcionarios.

Otro aspecto destacado la importancia dada en el propio proyecto a temas como el cambio climático y la biodiversidad. Desde luego, con el análisis del texto podremos evaluar hasta que punto el diseño propuesto abordaría otras materias como la gestión del agua, y las políticas de reforestación. En cualquier caso, habrá tiempo para seguir este proceso. Es increíble que podamos hacerlo respecto del proceso chileno (ver la sección especial dedicada a esta discusión, en especial el documento de análisis de la institucionaldiad ambiental chilena), y no hayamos podido hacerlo respecto de nuestro propio ministerio. Una lástima.

Ivan Lanegra

Foto: Página Web de la Secretaría General de Presidencia (Chile)

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