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PARA CONSEGUIR LA LIBERTAD FINANCIERA: ¿DA IGUAL AHORRAR EN CUALQUIER LADO?

Los refranes han sido, desde tiempos muy antiguos, las formas más efectivas de transmitir la sabiduría de generación en generación y uno de los refranes castellanos que existen para saber ahorrar dice: “el dinero crece en el árbol de la paciencia”. Esto significa que las buenas decisiones financieras necesitan de tiempo y perseverancia para dar buenos resultados. Los esfuerzos para hacerse rico de la noche a la mañana no suelen terminar bien.

Sin embargo, no es suficiente gastar menos de lo que se gana para lograr ahorrar eficazmente en el tiempo. Y si nadie ahorra de joven, cuando la salud le sobra, mucho menos lo va hacer cuando sea viejo. De hecho, aunque logre ahorrar de viejo, ya no le daría la vida (ni la salud) para ver crecer su dinero, por más paciencia que tenga.

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PRÁCTICAS Y POLÍTICAS BANCARIAS PARA LOS CRÉDITOS AGRÍCOLAS

Durante el proceso electoral de 2001 se volvió a discutir la idea generalizada de que el otorgamiento de crédito bancario era la gran solución para los problemas del agro y por ello, se dijo, que se necesitaba de un banco agrario. La idea era positiva en la medida que dicha nueva entidad financiera pudiera colaborar con el desarrollo de las zonas rurales que eran las más pobres y deprimidas del país o que fomentara aquella agricultura que estuviera destinada a la exportación.

Sin embargo, la mayoría de las ideas planteadas eran poco realistas porque en primer lugar, primaban los objetivos políticos sobre los criterios técnicos y en segundo lugar, afirmaban que el agro no progresaba solo porque no tenía acceso al crédito de la banca comercial. El primer argumento (los criterios técnicos debían primar sobre los criterios políticos) no requería de mayor sustento, pero el segundo argumento (el crédito es la solución y por ello se necesita de un banco agrario) era falaz porque asumía implícitamente que los pocos afortunados que sí tenían acceso al crédito habían progresado o podían progresar o, en el peor de los casos, se encontraban en esos años igual que el resto de la economía luego de casi 4 años de recesión continua.

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ALGUNOS PARALELOS ENTRE CRISIS CREDITICIAS Y BURBUJAS INMOBILIARIAS

A inicios de 2003 la gente pasaba unos días de invierno fríos en las paradas de buses en las calles de Madrid. La temperatura solía bordear los 0ºC a 2ºC y, mientras la gente de a pie esperaba con expectativa la pasada del siguiente bus, en los paraderos se podían leer avisos de oferta de los propietarios que querían vender directamente sus pisos o departamentos, sin pagar comisiones a intermediarios, a precios que rondaban los € 180,000 a € 200,000 por 90 m2.

Según las estadísticas, en aquel momento el precio promedio de la vivienda de segunda mano en la capital de Madrid bordeaba los € 3,100 por m2. En los distritos más caros de la capital, como Salamanca o Chamartín, el precio superaba los € 3,900 y en la periferia, como en Getafe o Leganes, podían hallarse precios en torno a los € 2,000, aunque yendo a suburbios más lejanos, como Parla o El Escorial, podía encontrarse precios de € 1,400. En aquel momento el euro cotizaba a 1.08 dólares y el dólar cotizaba a S/. 3.49, es decir, un euro equivalía a S/. 3.77. Leer más »

LA BANCA REMOTA Y LAS NUEVAS CLÁUSULAS DE LOS CONTRATOS DE ADHESIÓN BANCARIOS

En los años 80 la atención al público en las oficinas bancarias no iba más allá de 3 o 4 horas diarias y no siempre en todas ellas se atendía siquiera de lunes a viernes. Sólo algunas entidades muy pequeñas se atrevían a atender un par de horas en la tarde de algunos días del mes. No había forma de ser atendido si no se lograba encontrar la oficina adecuada abierta. El único medio de atención era lo que se denomina ahora como banca presencial, y de modo muy limitado.

La autocomplascencia se acabó en los años 90 cuando la amenaza de ingreso de la banca comercial extranjera obligó a algunas entidades a atender en horario corrido e inclusive sábados y a abrir más oficinas en otras partes del país. Ya a principios de los años 2000 empezó a dejar de ser novedad inclusive que algunas atiendan por la noche o algunos sábados y feriados. Es decir, la cobertura de la banca presencial se amplió. Leer más »

¿CÓMO SE GESTIONA EL RIESGO ESTRUCTURAL DE BALANCE EN LA ACTIVIDAD BANCARIA?

En términos sencillos, para una entidad financiera el riesgo estructural de balance no es otra cosa que la posibilidad de enfrentar pérdidas cuando se mantienen descalces de tasas de interés, descalces de moneda o descalces de vencimiento en su balance y ocurren movimientos adversos en las curvas de tasas de interés, en los tipos de cambio o en la liquidez relativa en los mercados. Para entenderlo mejor, ejemplos hay varios.

Si una entidad de crédito, por ejemplo un banco o una caja de ahorros, tiene inversiones a tasas de interés fijas y fondeadas con deudas a tasas de interés variables en la misma moneda, entonces enfrentará pérdidas cuando las tasas de interés en dicha moneda suban. Las inversiones podrían estar constituidas por depósitos efectuados o por bonos adquiridos o por préstamos otorgados y las deudas podrían ser depósitos captados o créditos recibidos o bonos emitidos. Un perjuicio similar para la entidad ocurriría si, por el contrario, las tasas de interés bajaran, pero la empresa tuviera inversiones a tasa variable y deudas a tasa fija. Leer más »

BASILEA III: ¿LA PRÓXIMA FRONTERA PARA LA REGULACIÓN BANCARIA?

En el año 2012 habrán pasado menos de 10 años desde la aprobación de la versión definitiva del Nuevo Acuerdo de Capital de 2004, la nueva regulación internacional sobre requerimientos de capital que aún se encuentra en proceso de implementación en varios países, en reemplazó el (Viejo) Acuerdo de Capital de 1988. Sin embargo, a finales de dicho año se previsto aprobar adicionales nuevas reformas propuestas a fines de 2009. Propuestas ya empiezan a ser conocidas coloquialmente como Basilea III.

Si bien el marco de Basilea II aprobado en 2004 reemplazó completamente al anterior marco establecido en 1988 por lo que ahora se conoce como el marco de Basilea I, las nuevas reformas que se están proponiendo no reemplazarán al marco de Basilea II, ni mucho menos. Por el contrario, las complementarán para llenar varios vacíos que se pusieron en evidencia en la reciente crisis, especialmente en lo que se refiere a la calidad del capital y la calidad de la liquidez, pilares fundamentales de la solidez de las entidades que realizan actividades bancarias. Leer más »

EL EXAMEN SUPERVISOR EN BASILEA II Y LOS ADICIONALES REQUERIMIENTOS DE CAPITAL

Cuando en 2004 se publicó la versión oficial del Nuevo Acuerdo de Capital, conocido como el marco de Basilea II, se estableció una nueva forma de calcular los requerimientos mínimos de capital por riesgo de crédito, los que hasta entonces se calculaban con las reglas establecidas en 1988 en el marco de lo que ahora se conoce como Basilea I. No obstante, en dicho documento también se ratificó la enmienda de requerimientos mínimos de capital por riesgo de mercado, establecida en 1996, y se estableció un nuevo requerimiento mínimo de capital a partir de ese año: por riesgo de operación.

La idea principal era que la regulación bancaria garantizara que los bancos y demás entidades de crédito (cajas municipales, financieras, cajas rurales, etc.) siempre posean el capital mínimo necesario para cubrir los riesgos de todas sus actividades. No obstante, como el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea era consciente de que esos requerimientos de capital no eran suficientes para enfrentar otros riesgos significativos, en ese mismo documento se estableció dos pilares adicionales: uno referido a la calidad del proceso de examen supervisor y otro referido a la promoción de la disciplina de mercado. Leer más »

¿PUEDEN LOS BANCOS EMBARGAR NUESTRAS REMUNERACIONES?

Una de las principales preocupaciones que ha saltado como reguero de pólvora en casi todos los medios de comunicación es la posibilidad de un embargo de sueldos y salarios por parte de los bancos y demás entidades de depósito ¿Es eso posible?

Para empezar, habría que decir que un embargo de bienes es una traba o secuestro de bienes que sólo puede ser originado por el mandato de un juez o por la ejecución coactiva de una autoridad competente. Por consiguiente, un embargo de cuentas sería la retención, traba o bloqueo de cuentas bancarias que inclusive puede ser ordenado por la misma autoridad tributaria.
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¿CUÁNTAS CARAS TIENE REALMENTE EL RIESGO CAMBIARIO?

Las formas en las que el riesgo cambiario afecta al desempeño económico y financiero de los negocios son muchas. En verdad, el riesgo del tipo de cambio tiene muchas más caras que lo que la mayoría de la gente en general cree. Cada una tiene diferentes exposiciones e impactos en el tiempo. Pero empecemos por el principio.

Una definición bastante amplia y estandarizada del riesgo cambiario sería que es aquella pérdida potencial que se puede originar por la impredecible evolución en el tiempo del tipo de cambio, es decir, del precio de una moneda en términos de otra moneda distinta.

Así, en las economías tradicionales grandes, los agentes económicos que inevitablemente enfrentan riesgo cambiario serían aquellos que realizan actividades con el extranjero, por ejemplo, importando o exportando, o aquellos que por su propio crecimiento internacional, tienen, por ejemplo, inversiones en el extranjero. Leer más »

BASILEA II Y LA INCONSISTENCIA DE LAS CLASIFICACIONES DE RIESGO LOCALES

Cuando se estudia la educación primaria en el colegio, una de las primeras cosas que se aprenden es el concepto de la transitividad. Si “a” era igual a “b” y si “b” era igual a “c”, entonces “a” debía ser igual a “c”. El cumplimiento, o no, de esta propiedad es fundamental para otros conceptos y definiciones mucho más complejos. No sólo para el razonamiento lógico de cualquier disciplina que conozcamos, sino para el propio sentido común. No obstante, este principio básico no está siendo respetado por las clasificaciones de riesgo emitidas en el mercado local ni por la regulación vigente. Según se mire, un papel puede ser clasificado con “AAA”, con “BB+” o con otra nota distinta de esas dos.

Pero empecemos desde el principio. La asignación de una clasificación de riesgo es un proceso que empieza con la evaluación que hace una clasificadora o agencia de riesgo, una empresa especializada en esta actividad, y que termina con la asignación de una categoría de riesgo específica. Se evalúa la voluntad y la capacidad crediticia de un emisor de deuda para cumplir con sus obligaciones en el momento que se presente la obligación de pagarlas. El mejor o peor riesgo asignado en esta evaluación es identificado por medio de la asignación de una “nota” dentro de una “escala”. En el colegio, e inclusive en muchas universidades, las notas van desde un mínimo de 0 hasta un máximo de 20, pero en la evaluación del riesgo, las “notas” van desde un mínimo de “D” hasta un máximo de “AAA”. Leer más »