¿CÓMO ESCOGER LA MEJOR MODALIDAD DE JUBILACIÓN PRIVADA? ALGUNAS PAUTAS

A medida que va pasando el tiempo, no sólo el número de afiliados al aún joven sistema privado de pensiones se ha venido incrementando, sino también el número de afiliados que empieza a alcanzar los requisitos mínimos para solicitar una jubilación. De hecho, ellos no son los únicos que tienen que escoger una modalidad de pensión de jubilación, también tienen que tomar dicha decisión los afiliados que quedan inválidos y los herederos legales que sobreviven a la muerte de un afiliado.

Para darnos una idea: a junio de 2011 ya existían 53,285 pensionistas por jubilación, 6,810 pensionistas por invalidez y 43,788 pensionistas por sobrevivencia. Y sólo entre junio de 2010 y junio de 2011 se habían generado 7,549 nuevos pensionistas por jubilación, 683 nuevos pensionistas por invalidez y 2,859 nuevos pensionistas por sobreviviencia. Es decir, los pensionistas por jubilación vienen creciendo a una tasa anual promedio de casi 18%, mientras que los de pensionistas por invalidez lo hacían a más del 12% y los pensionistas de sobrevivencia a más del 8%.Si bien actualmente hay en total más de 100,000 pensionistas, hoy también hay más de 4’750,000 afiliados activos que en algún momento también tendrán que decidir bajo qué modalidad jubilarse, y esta cifra seguirá incrementándose a medida que el sistema se consolide. Por tanto, cada vez más afiliados al sistema privado de pensiones, o sus sobrevivientes, tendrán que hacerse la misma pregunta: ¿cómo escoger la mejor modalidad de pensiones de entre todas las disponibles?

Para hacer la explicación más didáctica, convendría simplificar el análisis señalando que en el fondo sólo existen dos figuras fundamentales a partir de las cuales se pueden construir todas las modalidad básicas de pensión que actualmente se ofrecen en el sistema. La primera figura consiste en comprarle a una compañía de seguros una póliza de renta vitalicia y la segunda figura consiste en quedarse con todo lo ahorrado en un fondo de pensiones e ir retirándolo de forma programada. ¿Cuál es la diferencia? Simplemente la incertidumbre que todos tenemos sobre la muerte y la forma como se comportará la rentabilidad bajo cada modalidad según evoluciones los mercados financieros.

En el caso más fácil de estandarizar, en el que los afiliados logran tramitar su pensión por jubilación, ¿cómo saber cuántos años más vivirán después de que les sea aprobada su solicitud de jubilación? Esbozar la respuesta a esta pregunta es clave para la elección de la modalidad a elegir, pero también lo es para las entidades financieras involucradas, tanto para las compañías de seguros de vida como para las administradoras de fondos de pensiones.

En la primera figura fundamental, la de comprar una póliza de renta vitalicia, teóricamente las compañías de seguros de vida determinan las rentas que ofrecen haciendo cálculos actuariales principalmente a partir de la evolución dos variables básicas: de la esperanza de vida de la población y de la rentabilidad esperada en los diferentes mercados financieros y opciones en las que se les permite invertir.

Según el INEI, actualmente la esperanza de vida de los nacidos en el Perú entre 2010 y 2015 es de 73.1 años, pero si lo desagregamos por departamentos podremos ver, por ejemplo, que la esperanza de vida para los nacidos en Huancavelica es de 68.6 años, para los nacidos en Madre de Dios es de 71.0 años y para los nacidos en Ica es de 76.3 años. Sin embargo, los que van a jubilar en los próximos años no han nacido entre de 2010 y 2015, por ello es necesario que los cálculos actuariales consideren la evolución que en el pasado han tenido los años promedio que han vivido las personas desde que se jubilaron antes hasta que efectivamente fallecieron. Sólo así podrán hacer sus proyecciones más precisas de cuántos años en promedio vivirán en el futuro las personas que hoy empiezan a tramitar su jubilación.

Pero la esperanza de vida no es la única variable importante, también lo es la rentabilidad esperada por las inversiones que haga la compañía de seguros con los fondos recibidos inicialmente y que serán la fuente de renta con la que pagará a sus pensionistas. Según la SBS, la rentabilidad nominal anual promedio de las inversiones de las compañías de seguros en 2007 fue de 11.03%, en 2008 fue de 9.36%, en 2009 fue de 6.77% y en 2010 fue de 8.20%. ¿Cuánto será la rentabilidad esperada para los próximos 5, 10, 15 o más años? Recién haciendo ambos pronósticos, y deduciendo su propia ganancia o rentabilidad objetivo, las compañías de seguros podrán decidir cuál será el monto de renta mensual que deseen y puedan asegurar, de por vida, a los afiliados por cada sol que tengan acumulado en su fondo de pensión al momento de comprar su renta vitalicia.

De este modo, teóricamente los pensionistas que fallecen antes de lo esperado dejan sus fondos y rendimientos no utilizados para atender a los pensionistas que viven más allá de los esperado, de modo tal que, en el agregado, haya una compensación sistemática que no ponga en riesgo la solvencia de la compañía de seguros de vida en el futuro. La idea es que si no hay herencia de deudas por los pensionistas que viven más allá de lo estimado, tampoco hay herencia de ahorros por los que viven menos.

Por ello el mercado de las entidades de seguros, que recibe ahorros contractuales del público, requiere ser fuertemente supervisado, de manera análoga al mercado de las entidades de depósitos, que recibe ahorros no contractuales del público. La quiebra de una compañía de seguros de vida tendría consecuencias muy negativas para todo el sistema, pues, los clientes de las mismas se quedarían desprotegidos y sin poder recuperar o cobrar la prestación (pensión) que compraron para su futuro, justo cuando dejan de poderse valer económica y financieramente por sí mismos.

¿Qué pasa si no se desea comprar una renta vitalicia a una compañía de seguros de vida? La opción alternativa es quedarse con una administradora de fondo de pensiones, es decir, el ahorro acumulado es administrado de tal forma que, en forma programada cada año, se recibe un monto mensual en función a la esperanza de vida y a la rentabilidad realmente obtenida por el ahorro acumulado. Esa es la segunda figura fundamental. El análisis de esperanza de vida es similar al que efectúa una compañía de seguros, pero la rentabilidad dependerá del grado de riesgo que se le permita asumir al fondo. Según la SBS, una vez deducida la tasa de inflación anual efectivamente ocurrida, la rentabilidad real anual promedio de todos los fondos de pensiones tipo 1, los de menor riesgo, fue de +16.7% en 2007, -4.5% en 2008, +3.5% en 2009 y +7.3% en 2010.

De este modo, si se escoge permanecer en una administradora de pensiones, el saldo y la rentabilidad no utilizados en pagar una pensión programada sí constituye herencia, en caso que el pensionistas fallezca antes de lo esperado. Sin embargo, si el pensionista vive más allá de lo previsto, existe la posibilidad que la pensión programada se reduzca o inclusive se acabe antes. En ninguno de los dos casos hay responsabilidad alguna para la administradora de fondos de pensiones, administradora que inclusive podría quebrar sin poner en riesgo los fondos que administra.

Por consiguiente, las actuales cinco modalidades básicas de pensión de jubilación bien pueden ser caracterizadas de la siguiente forma:

a) Retiro programado: Es igual a la segunda figura fundamental, no interviene una compañía de seguros, y la pensión en soles es actualizada cada año.

b) Renta vitalicia: Es igual a la primera figura fundamental y la pensión se puede recibir en soles reales (protegido contra la inflación futura, sea cual sea) o en soles nominales ajustados anualmente por un porcentaje fijo de 2% (desprotegido contra una inflación mayor al 2%) o en dólares nominales ajustados anualmente por un porcentaje fijo de 2% (desprotegido contra una inflación mayor al 2% y contra una depreciación mayor al 2% del tipo de cambio del dólar o contra una combinación de ambas).

c) Renta temporal con renta vitalicia diferida: Es una combinación de las dos primeras modalidades básicas, la parte temporal es igual a la de retiro programado y la parte definitiva es posterior en igual a la renta vitalicia.

d) Renta mixta: Es una combinación de las dos primeras modalidades básicas, pero simultáneamente, una parte del fondo de pensiones se usa para retiro programado y la otra parte para renta vitalicia.

e) Renta vitalicia bimoneda: Es igual a la segunda modalidad básica, pero escogiendo simultáneamente una parte en soles nominales ajustados el 2% (desprotegido contra una inflación mayor al 2%) y otra parte en dólares nominales ajustados al 2% (desprotegido contra una inflación mayor al 2% y contra una depreciación mayor al 2% del tipo de cambio del dólar o contra una combinación de ambas).

En resumen, si un afiliado escoge comprarle una renta vitalicia a una compañía de seguros, se libra de la incertidumbre de la muerte sobre vigencia de su pensión en el futuro, renunciando a una eventual mayor rentabilidad en volátiles mercados financieros, aunque en no todas las opciones el afiliado se libra del riesgo de inflación de precios o del riesgo cambiario por depreciación del dólar o de una combinación de ambos. En cambio, si un afiliado escoge seguir siendo propietario de su fondo de pensiones, tal vez pueda capitalizar una mejor rentabilidad y pensión, e inclusive tal vez pueda dejar una menor o mayor herencia, según se sea más o menos logevo de lo esperado, lo que no impide tomar la otra opción en el futuro, según las circunstancias de cada caso.

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Comentarios

  1. Barcelona escribió:

    Este es un tema cada vez más complicado por esto se agradecen artículos de este tipo.
    Saludos.

  2. Carlos escribió:

    Muy interesante la exposicion teorica respecto a los fundamentos tecnicos que deben realizar las compañias aseguradoras en la determinacion de la esperanza de vida y tasa de interes involucrados en cada contrato de renta vitalicia, sin embargo en la realidad de los hechos, la esperanza de vida esta fijada por la SBS en 110 años indistintamente a la prosedencia geografica, sexo, condiciones de vida, antcedentes fmiliares, y demas criterios tecnicos. Asimismo la tasa de interes supervisad por la SBS es menor al 5% anual, es decir menos de la mitad de la rentabilidad historica de las carteras de inversion de las cias. aseguradoras. Por lo que debo preguntar, Quien supervisa al supervisor? Por otro lado en su clara exposicion indica que los fallecimientos anteriores a la esperanza de vida cubren a quienes exceden dicha edad de sobrevivencia, pero eso significaria que el supervisor deberia normar la constitucion de una reserva, sin embargo en la practica dichos valores no son reservados contablemente, sino que se ven reflejados en las jugozas utilidades que en muchos casos son distribuidas. Es decir en la practica los fondos de las CIC no son disfrutados por sus titulares (Son obligados a recibir una renta mensual)ni por sus deudos (en caso de rentas vitalicias)pero esos saldos a favor (Si fallecen antes de 110 años) si son disfrutados por los dueños de las aseguradoras de forma inmediata, ya que no se constituye reserva alguna y claro el estado participa con el 30% de esos rendimientos que fueron producto del trabajo de los pensionistas y que nunca disfrutron, claro, de los fallecidos antes de 110 años de edad, pero que evidentemente seremos la mayoria, no?.

  3. Eduardo Castro escribió:

    En relación al articulo, me parece que se debe aclarar lo relacionado a la Renta Vitalicia, respecto al suspuesto de la herencia:

    En el articulo se señala, cuando se refiere a la Renta Vitalicia: "La idea es que si no hay herencia de deudas por los pensionistas que viven más allá de lo estimado, tampoco hay herencia de ahorros por los que viven menos."

    Luego lineas abajo en relación al Retiro Programado "si se escoge permanecer en una administradora de pensiones, el saldo y la rentabilidad no utilizados en pagar una pensión programada sí constituye herencia, en caso que el pensionistas fallezca antes de lo esperado."

    Esto deja la idea al lector que no existe la figura de "herencia" cuando uno escoge una Renta Vitalicia, lo cual no es exacto.

    En efecto, dentro de las modalidades del Sistema Privado de Pensiones, existen clausulas especiales que pueden escoger todos los afiliados. Asi, tenemos la clausula de "Periodo Garantizado", bajo la cual la Compañía de Seguros se compromete a garantizar la pensión ofrecida al afiliado por un periodo de 10 o 15 años. Es decir que si este falleciera, por ejemeplo en el año 7, la compañia de seguros esta comprometida a pagar todas las pensiones restantes hasta completar el año 10 o 15, segun sea el caso.

    En ese sentido, si se puede reclamar como herencia dichas pensiones "no cobradas" del periodo garantizado. Por tanto, si existe la figura de herencia, dentro de la modalidad de Renta Vitalicia.

    Finalmente, es cierto que si la vida del afiliado sobrepasa el periodo garantizado (10 o 15 años), ya no se da la obligación de la compañía de seguros de garantizar ningún tipo de pensión.

  4. rjimenez Autor escribió:

    Carlos:
    Preocupante lo que comentas. Sería importante que indicaras los sustentos o las fuentes oficiales de la información que señalas.

    Eduardo:
    No y sí. En el caso de renta vitalicia puro no existe herencia por definición: con todo el saldo acumulado a la fecha de jubilación el afiliado "compra" una "pensión pura" que funciona similar a la del Estado: se otorga hasta que el afiliado transformado en pensionista fallezca. No importa si cobró de más o de menos respecto de todo lo que llegó a ahorrar (aportar). Ahora bien, en la figura del "periodo garantizado" lo que hacen las compañías de seguros es venderte un seguro adicional (entregando una pensión vitalicia menor que el de la "pensión pura") por medio del cual se comprometen a pagar un periodo mínimo aún si el afiliado fallece. En cualquier caso, es una muy buena aclaración.

  5. Carlos escribió:

    Con respecto a las fuentes, es la realidad, lo que se viene ofreciendo actualmente a quienes accedemos a la Jubilacion anticipada. Revisar la Resolucion SBS 17728-2010 del 27 dic 2010 donde se dispone el uso obligatorio de las tablas de mortalidad incorporando los 110 años de vida.
    Respecto a la herencia de las pensiones, significa que los pensionistas del SNP no deberian tener este beneficio ? Es evidente que el derecho que asiste a unos, debe ser comun para todos.

  6. Carlos escribió:

    Considero que el problema de fondo del SPP, radica en que se trata de una industria cerrada y protegida, es decir que no rigen los fundamentos de Libre mercado.
    1.Las asegurdoras que compiten en renta previsional son las nacionales, que se rigen por normas de SBS y sin que el estado asuma ninguna garantia de cumplimiento de los contratos en vez de permitir que compitan Aseguradoras del Mundo con solidez patrimonial y trayectoria eficiente y especializadas en ramo de rentas vitalicias.
    2. Los fondos CIC son privados, pertenecen a los afiliados, sinembargo no participan en las Politicas que son definidas por el estado coordinando con AFP y Aseguradoras, decidiendo por los afiliados el destino de sus recursos privados. Por lo que deberia elegirse una terna de representantes de los afiliados que tenga el 50% de capacidad de decision en las politicas que rigen.
    3.- Los rendimientos promedio del Fondo 1,historicamente administrados por AFP estan por debajo de tasa de interes pasiva de fondeo que ofrece el sistema financiero, lo que resulta en un absurdo economico. Deberia exigirse un rendimiento minimo igual a la tasa pasiva a Largo Plazo del Sistema Financiero.
    4.- Las AFP como sociedades anonimas generan utilidades, que deben ser interpretadas como retribucion a una gestion eficiente, sinembargo no asumen riesgo alguno ya que todos los riesgos son trasldados a los afiliados (Riesgos de inversion, operativos, etc. Por lo que seria recomendable que las AFP sean sociedades sin fines de lucro, reservandose el manejo operativo y contratar Agentes de inversion que estructuren Fondos 1,2,3 participando de los rendimientos que generen y que no se encuenten vinculados directa ni indirectamente economicamente con los emisores del Mercado de Capitales
    5.- El mercado de Capitales en el Perú, es poco difundido, la demanda esta representada principalmente por institucionales (Bancos, Aseguradoras, AFP, Fondos Mutuos)mientras que la Oferta esta representadas por empresas que conforman conglomerados economicos que estan en pocas manos y que tambien controlan a las AFP y Aseguradoras, por lo que se presenta un riesgo adicional y preocupante, por vinculacion economica, por haber conflicto de intereses. Por lo que es imprescindible generar las condiciones para hacer del Mercado de Capitales mas inclusivo y difundido de lo que actualmente

  7. carlos escribió:

    Las Tablas de mortalidad hasta los 110 años, revelan los fallecimientos observados en una poblacion. Aqui, se usa las de Chile. En base a calculo actuarial, se aplica probabilidades de sobrevivencia que tiene un individuo, segun genero y edad de estar vivo en los años de vida que le resta hasta los 110 años. Para cada caso y de acuerdo a las edades de los miembros de familia, Titular,esposa,hijos y Padres.Producto de aplicar probabilidades de vivir para cada año que restan al grupo familiar hasta los 110 años,en base a un capital inicial,se obtiene la tasa que te ofrece la cia de seguros. Entiendo que con la tabla de mortalidad puedes llegar a establecer la Esperanza de vida(No se como, aun- si alguien sabe, agradecere su ayuda) de una persona(en funcion a edad y sexo), el problema es que las aseguradoras no te definen el horizonte de sobrevivencia del grupo familiar, simplemente te dicen una tasa de interes, sin definir el tiempo determinado en el calculo. Por eso me llevo a confusion, y en mi comentario anterior dije que la Esperanza de vida usada era 110 años, pero no es asi.

  8. carlos escribió:

    Respecto al tema de herencia, de las pensiones, siempre seran beneficiarios, esposa, hijos y Padres dependientes del titular- este es un derecho. En las proporciones establecidas para cada miembro. El costo, es incorporar la probabilidades de sobrevivencia del titular, sino de todos los miembros beneficiarios que componen la familia. Si no los declaras como beneficiarios, ocurrido el fallecimiento, la pension se recalculara. Lo que se contrata es el derecho a heredar a la masa hereditaria – no beneficiarios. Para esto, puedes escoger periodo garntizado de 10 hasta 15 años. Esto tiene un efecto en la Pension que te ofrecen pq entra en el calculo de probabilidades y los familiares No dependientes, solo asi tendrian derecho a heredar las pensiones no devengadas y aseguradas en ese primer tramo de tiempo, descontados a una tasa de descuento, que varia por cada cia. de seguros.

  9. Guillermo escribió:

    Las leyes y normas de jubilacion aqui en Peru se han creado de modo que no tienes alternativas de escoger, es como una carretera que no tiene salidas. Si bien estan protegiendo los Fondos de los Jubilados, pero en lo relacionado a la pension minima, no es real ya que con esa cantidad no sobrevive una persona de la tercera edad, ya que faltan los gastos del seguro de salud, que no lo han considerado, los de alimentacion que es lo mas importante, y otros gastos mas que constituyen el presupuesto domestico mensual. Los calculos de las pensiones minimas estan errados porque no se ajustan a la realidad. Es conveniente que se revisen las cantidades de pension minima y que sean revaluadas cada año y que no debe existir la palabra·vitalicia·, ya que en ese caso no existiria inflacion o devaluacion de la moneda.

  10. Manuel escribió:

    Saludos cordiales, quisiera por favor hacerle la sgte. consulta:

    Actualmente tengo una pensión por invalidez en soles (con cobertura de seguro) en una AFP, la cual ya tiene caracter definitivo, tanto así que ya la cia. de seguros ya efectuó el depósito en mi CIC de la AFP el monto que me falta para jubilarme.

    Estoy próximo a solicitar las cotizaciones de las cias. de seguros pero quisiera según su apreciación me oriente que tipo de pensión me convendría según los datos que le paso a mencionar.

    Soy de sexo masculino
    Tengo 46 años de edad actualmente
    Soy divorciado, no tengo hijos ni beneficiarios
    El fondo de mi CIC incluyendo el aporte adicional efectuado por la Cia. de Seguros es de S/. 740,000.00

    No sé si me conviene un retiro programado, o una renta vitalicia u otra modalidad, por favor espero me pued orientar según su experiencia.

    Muchas gracias y felicitaciones
    Cordialmente,

    Manuel

  11. rjimenez Autor escribió:

    Carlos, Guillermo:
    Efectivamente hay más preguntas y respuestas, precisamente por la opacidad que aún subsiste en la regulación de los fondos de pensiones y que hoy tema de debate en el Congreso. Según me comentan, algo se puede adelantar en el libro “Fondos de pensiones: qué futuro nos espera”

    Manuel:
    Si no tienes herederos por los que preocuparte, tampoco tienes prácticamente nadie que vaya a ver por ti resultas durante tu vida de pensionista, que va a ser mucho más larga del promedio, por lo joven que aún eres. Me inclinaría por una renta vitalicia en soles VAC. Es la única que te asegura mantener la capacidad adquisitiva de la pensión que recibas y con eso te organices. Las otras tal vez te den un poco más ahora, a cambio de menos después (y para ti el después será más largo). En cambio los soles VAC es la única que te asegura que siempre podrás comprar la misma cantidad de panes y leche, haya mucha o poca inflación, ahora o después.

  12. carlos escribió:

    Las pensiones VAC, se ajustan trimestralmente en funcion al IPC, sin embargo pocas compañias de Seguros las ofrecen, porque no hay emisiones de Bonos VAC, con las cuales coberturar los riesgos, obligando a tomar inversiones mas riesgozas para conseguir mayores rentabilidades que permitan pagar las pensiones VAC. Dichos Bonos VAC deben ser emitidos en un inicio por el Estado y no lo hacen (para generar un valor de referencia), por otro lado es el mismo estado quien crea la modalidad de pension VAC, al final es una incongruencia mas del estado. Cabe precisar que en Chile, todas las pensiones se reajustan por inflacion.

  13. LUIS escribió:

    SEGUN TODO LO INDICADO ES FACIL SACAR CONCLUSIONES,COMO EN MI CASO-SOY PENSIONI STA JUBILACION ADELANTADA DESDE EL 2004-RENTA VITALICIA FAMILIAR CON UNA PENSION DE 130 DOLARES MENSUALES Y NUNCA E RECIBIDO NINGUN INCREMENTO A PESAR QUE LO HE SOLICITADO,ES POR DEBAJO DEL HABER MINIMO,HA PESAR QUE SE HA DEMOSTRADO DE QUE NO TENGO NINGUN BENEFICIARIO,CUAL ES EL TRAMITE A SEGUIR PARA QUE AL MENOS SE ME CANCELE EL HABER MINIMO,YA QUE SOY DESEMPLEADO.

  14. carlos escribió:

    Actualmente tengo una pensión por invalidez en soles (con cobertura de seguro) en una AFP, la cual ya tiene caracter definitivo, tanto así que ya la cia. de seguros ya efectuó el depósito en mi CIC de la AFP el monto que me falta para jubilarme.

    Estoy próximo a solicitar las cotizaciones de las cias. de seguros pero quisiera según su apreciación me oriente que tipo de pensión me convendría según los datos que le paso a mencionar.

    Soy de sexo masculino
    Tengo 48 años de edad actualmente
    Soy casado, tengo 02 hijos ,y mi padre que depende de mí.
    El fondo de mi CIC incluyendo el aporte adicional efectuado por la Cia. de Seguros es de S/. 850,000.00

    No sé si me conviene un retiro programado, o una renta vitalicia u otra modalidad, por favor espero me pued orientar según su experiencia.

    Muchas gracias y felicitaciones
    Cordialmente,

  15. rjimenez Autor escribió:

    Carlos:
    Tu situación no es muy distinta de la de Manuel, con invalidez total y larga expectativa de vida. Mi sugerencia es la misma: pensión vitalicia en soles VAC.
    Saludos,

  16. Maar escribió:

    Buenas Tardes, les agradecería darme una orientación, en mi caso yo he pedido la jubilación anticipada (reja), tengo 52 años y tengo entendido que mi bono ya redimió y debe estar abonado a fin de este mes en la AFP, yo también tengo la duda cual modalidad seguir. Mi fondo es de aproximadamente S/265,000, soy casada, tengo 2 hijos mayores de edad. Y en caso de optar por una renta vitalicia que debo evaluar principalmente en la Cia de seguro que debería elegir para asegurar mi pensión.
    Muchas Gracias de antemano por los comentarios.

  17. Diana escribió:

    Buenas Tardes , quisiera hacerles una consulta , estoy a puertas de firmar la solicitud de cotizaciones de mi pension de sobrevivencia , que me convendria eligir segun lo sgte :

    – Tengo 55 a ios
    – Sufro de insuficiencia renal cronica ( dialisis 11 a ios )
    – Soy viuda
    – Tengo 4 hijos mayores de edad
    El fondo de la CIC de mi esposo es de S/.735000 que incluye el aporte adicional

    Le agradeceria orientarme , si es ke es favorable un retiro programado o una renta vitalica

    Saludos Cordiales , y gracias por la atencion

  18. rjimenez Autor escribió:

    Maar:
    Su fondo es bastante pequeño y siendo aún joven debería plantearse seguir aportanto y ahorrando, pues, por la expectativa de vida que tiene la pensión que obtendrá es bajísima. En todo caso, si decide seguir adelante con una renta vitalicia debería elegir la que mayor pensión le ofrezca. La diferencia entre las pensiones que le coticen son mucho mas grandes que las diferencias de riesgo que hay entre aseguradoras.

    Diana:
    Considerando que tiene 4 hijos mayores de edad que deberían velar por usted, podría asumir el riesgo de obtener una mayor pensión con un retiro programado.

    Saludos,

  19. China escribió:

    Qué bueno encontrar su blog. Espero me pueda aconsejar. Soy una viuda de 39 años mi suegra tiene 74. Estoy por tramitar una pensión de sobrevivencia. El fondo es de 356 000 soles. Elegí soles indexados. Estoy meditando entre: a) retiro programado, b)renta vitalicia con 15 de garantía y c) renta temporal 2 años el doble y con garantía de 15.
    1) ¿Cuál modalidad me conviene?
    2) En caso escoja retiro programado puedo cambiarme de AFP?
    3) Le pedí a Profuturo que elabore una proyección a 20 años del retiro programado con ellos, en el hipotético caso que se mantenga la rentabilidad promedio de ellos en los últimos 5 años. No quisieron hacer el trámite. Estaba pidiendo un despropósito? Gracias!

  20. Silvia Carreras escribió:

    ¡Muchas gracias por este blog! Y por la ayuda que nos dan a los usuarios. Me parece que ya le han preguntado un caso parecido pero igual se lo comento para que me oriente.
    He solicitado jubilación anticipada por desempleo.
    Tengo 54 años, soy casada y tengo una niña de 12 años.
    Ya debo firmar la tercera parte en donde se piden las cotizaciones a las cias. de seguro.
    Me han depositado un adelanto el mes pasado, antes de que redima mi bono que según me dijeron demora 3 meses en redimir.
    Ahora quisiera saber, como todos, que modalidad de pensión me conviene, en mi familia no somos longevos, es más no llegamos ni a los 60 años 🙁 Gracias por su ayuda.

  21. Esther escribió:

    Muy buenas tardes, estoy por firmar el contrato de pensión de sobre vivencia,soy viuda de 36 años tengo dos hijos de 11 y 7 años, la verdad no entiendo nada de lo que me explican en la Afp.Por favor necesito que me aconsejen si dejar el fondo en la AFP o pasarla a otra aseguradora y que tipo de renta deberia escoger en mi condicion, el fonde es poco aprox. 63,000 soles.Mucha gracias

  22. zulma escribió:

    Quisiera una orientacion estoy tramitando mi pension de sobrevivencia y me gustaria tener opiniones de que modalidad es la mejor ya que quiesiera una seguridad para mi vejez

  23. Luz Maria escribió:

    Estoy en pleno tramite de jubilacion anticipada, despues de retirar excedente de 30,000 soles que he colocado a plazo fijo; mi fondo es de 178,000 soles aprox.
    Tengo 63 años, soy divorciada, y tengo una hija adulta. Que me convendria mas retiro programado o tomar RPRV en indexados o ajustados?, estoy considerando tomar 15 años de periodo garantizado por si falleciera antes quedara algo de herencia para mi hija.
    Muchas gracias por su atencion.

  24. Moises Abanto Muñoz escribió:

    Las pensiones indexadas se ajustan de acuerdo a la inflación o deflación, según lo que informan las AFPs. El BCR publica la inflación anual histórica desde 1,901 y vemos que la deflación casi no ha existido en el Perú. Es más, sindicatos Europeos se mueren para que les establezcan pensiones indexadas, y los gobiernos no quieren por que saben que sería un gasto enorme para sus gobiernos.
    Pienso que los soles indexados les convendría a todos pensionistas de Invalidez o viudez, ya que la cobertura del seguro previsional les completaría su fondo de acuerdo a su requerimiento de moneda, por lo que este sería mas alto en soles indexados ya que tendría que cubrir el riesgo inflacionario y no solo de longevidad. A los jubilados sería otra cosa, ya que su fondo lo tienen ahorrado sin ninguna cobertura, y en indexados ganarían menos que en soles ajustados, ya que el sol indexado es más caro para una aseguradora que el sol ajustado al 2% fijo que significa un alto riesgo a un periodo inflacionario.

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