Milagros Leiva entrevista a León Trahtemberg sobre GENERO en la Curricula Escolar del Peru
marzo 06, 2017ONU:Condena la violencia por orientación sexual e identidad de género
marzo 05, 2017(Ginebra SEPTIEMBRE 26, 2014 ) – La resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas el 26 de septiembre de 2014, para combatir la violencia y la discriminación por orientación sexual e identidad de género, representa un logro muy importante para la defensa de los principios de la Declaración de Derechos Humanos, dijeron hoy 25 asociaciones de derechos humanos y otros grupos. Esta nueva resolución sigue a la resolución adoptada en junio de 2011 por el Consejo de Derechos Humanos, que fue la primera de un organismo de la ONU en abordar las violaciones de derechos humanos basadas en la orientación sexual y la identidad de género.
Brasil, Chile, Colombia, Uruguay y otros 42 co-patrocinadores presentaron la resolución. En su presentación al Consejo, Chile declaró que “esta resolución no pretende crear nuevos derechos (…) hay algunos cuyos derechos son más violados y necesitan más protección”. Colombia agregó que “el informe que solicitamos ya es parte del derecho internacional existente”. La resolución fue aprobada por 25 votos contra 14, tuvo 7 abstenciones y contó con el apoyo de todas las regiones y una mayor base de apoyo desde 2011.
La resolución sobrevivió a un total de siete enmiendas hostiles, que trataron de despojarla de cualquier referencia a la orientación sexual y la identidad de género. Brasil señaló que las enmiendas propuestas “trataban de cambiar radicalmente el propósito y el enfoque de la resolución y modificarían su esencia”.
“El liderazgo de estos estados latinoamericanos refleja su fuerte compromiso con los derechos humanos para todos y sigue el ejemplo del significativo progreso de los gobiernos y los activistas de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, transexuales, travestis e intersexuales en la región”, dijo Andrés Rivera Duarte del Observatorio Derechos Humanos y Legislación, de Chile.
La resolución solicita al Alto Comisionado para los Derechos Humanos que actualice un estudio de 2012 sobre la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género (A/HRC/19/41), con el fin de compartir las buenas prácticas y maneras de superar la violencia y la discriminación. La resolución expresa su grave preocupación por los actos de violencia y discriminación que se cometen en todas las regiones del mundo contra personas a causa de su orientación sexual e identidad de género. Esta resolución demuestra que este tema sigue formando parte de la agenda del Consejo de Derechos Humanos y envía un mensaje de apoyo a las personas de todo el mundo que sufren este tipo de violencia y discriminación, dijeron las organizaciones.
“Aunque hubiéramos preferido ver un mecanismo institucionalizado de denuncia, el Consejo aún ha enviado un fuerte mensaje de apoyo a los defensores de derechos humanos que trabajan en estos temas”, dijo Jonas Bagas, de TLF Share, en Filipinas. “Esperamos que los estados implementen los resultados de estos informes”.
Durante la sesión en el Consejo, los defensores de derechos humanos aplaudieron los comentarios de apoyo por parte del recién nombrado Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein.
“Nunca hay una justificación para la degradación, el envilecimiento o la explotación de otros seres humanos, cualquiera que sea el motivo: la nacionalidad, la raza, la etnia, la religión, el género, la orientación sexual, la discapacidad, la edad o la casta”, dijo Al Hussein. Estos comentarios siguen el trabajo innovador de su predecesor, Navi Pillay, y del secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, en cuestiones de orientación sexual e identidad de género.
“Este patrón de violaciones de los derechos humanos es de naturaleza global y, por lo tanto, requiere una respuesta global”, dijo Nori Spauwen de COC Nederland. “En todas las regiones del mundo, incluso en Europa, la discriminación y la violencia por motivos de orientación sexual e identidad de género son para muchos una realidad cotidiana”.
“La resolución del Consejo de Derechos Humanos es un momento importante para los movimientos globales LGBTI, y para la gente de todo el mundo que ha trabajado sin descanso por los derechos humanos para todos”, dijo Monica Tabengwa, investigadora de derechos LGBT de Human Rights Watch y miembro de la junta de ILGA, en Kenia. “Tenemos la intención de presionar al Consejo para que mantenga estas preocupaciones como una prioridad en su programa y garantizar una atención y acción constantes”.
Los siguientes grupos apoyan este comunicado:
Amnistía Internacional
ARC International
Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex para America Latina y el Caribe (ILGALAC)
CariFLAGS
Centro de Estudios Legales y Sociales – CELS
COC Nederland
Conectas Direitos Humanos
Corporación Humanas
Diverlex Diversidad e Igualdad a través de la Ley
FOR-SOGI
GATE
Human Rights Law Centre
Human Rights Watch
Comisión Internacional de Juristas
Comisión Internacional de Derechos Humanos de Gays y Lesbianas (IGLHRC)
Servicio International para Derechos Humanos
Iranti-Org
MantiQitna Network
Mulabi/Espacio Latinoamericano de Sexualidades y Derechos
Observatorio Derechos Humanos y Legislación
Pan-Africa ILGA
TLF Share
United and Strong
Victorian Gay and Lesbian Rights Lobby
Registro de la votación sobre la resolución
Estados a favor: Alemania, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Argentina, Austria, Brasil, Chile, Costa Rica, Cuba, Estados Unidos, Estonia, Filipinas, Francia, Irlanda, Italia, Japón, México, Montenegro, Perú, Reino Unido, República Checa, República de Corea, Rumania, Sudáfrica, Venezuela y Vietnam
Estados en contra de la resolución: Arabia Saudita, Argelia, Botsuana, Costa de Marfil, Emiratos Árabes Unidos, Etiopía, la Federación Rusa, Gabón, Indonesia, Kenia, Kuwait, Maldivas, Marruecos y Pakistán.
Abstenciones:
Burkina Faso, China, Congo, India, Kazajstán, Namibia y Sierra Leona.
Ausente: Benín
Co-patrocinadores de la resolución: Albania, Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, Chipre, Colombia, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Honduras, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Montenegro, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, Rumania, Suecia, Suiza y Uruguay.
Tomado de https://www.hrw.org/es/news/2014/09/26/onu-resolucion-historica-en-defensa-de-los-homosexuales
De Barbie a Rambo, por María Pía Costa
marzo 05, 2017Artículo sobre el tema de género por la Presidenta de la Sociedad Peruana de Psicoanálisis, María Pía Costa.
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PRONUNCIAMIENTO – Sobre la identidad de género
marzo 05, 2017PRONUNCIAMIENTO – Sobre la identidad de género
Frente al reciente debate en torno a la inclusión del enfoque de género en el Currículo Nacional de Educación Básica 2017, las instituciones psicoanalíticas abajo firmantes queremos emitir nuestra opinión basada en el consenso científico y el ejercicio de nuestra profesión.
1) Frente a la confusión generada por el uso inadecuado de ciertos términos queremos aclarar las siguientes definiciones:
Sexo: es un término biológico correspondiente a las características Físicas externas e internas del cuerpo humano (cromosomas sexuales, gónadas, genitales internos y externos).
Género: Es un concepto que abarca categorías y roles sociales y mentales que transciende la concepción de los seres humanos como únicamente biológicos. El concepto de género reconoce diferencias y potencialidades psicológicas y funcionales en todas las identidades por igual; independientemente del sexo. Así mismo, este concepto permite pensar a los seres humanos en sus soluciones mentales específicas y se opone a la justificación de la desigualdad y la opresión que se escuda en diferencias biológicas.
2) La homosexualidad no es una patología. De un modo arbitrario el debate social sobre el currículo 2017 se ha centrado en una supuesta promoción de la homosexualidad. El diagnóstico clínico de Disforia de Género contemplado en el DSMV (Manual diagnóstico de la Asociación psiquiátrica americana) ha sido utilizado como argumento para fundamentar engañosamente que dicho manual considera la homosexualidad como patológica. El hecho es que la Asociación psiquiátrica americana eliminó, ya en 1973, la homosexualidad de su lista de desórdenes psicopatológicos. El diagnóstico de Disforia de Género se aplica a aquellas personas que sufren perturbaciones emocionales en torno a las discrepancias entre su sexo biológico y su experiencia interna debido a un conjunto de condicionantes individuales, psicológicos y sociales.
3) Queremos felicitar al Ministerio de Educación por incluir el complejo concepto de la identidad y ligarlo al tema de valores. Esta relación es fundamental en un país donde históricamente la identidad propia puede ser agredida por diferencias étnicas, sociales, económicas, sexuales, culturales, ambientales, y de género entre otras.
4) La prevalencia de la violencia hacia lo diferente en nuestra sociedad hace indispensable la inclusión del tema de género, como parte de los valores fundamentales de nuestros niños y adolescentes. La condición de violencia y devaluación masiva de las mujeres en el Perú, es un buen ejemplo de lo que requiere pensarse y cambiarse. Se trata de incluir como parte de su formación la concepción de que no hay una única manera de ser, estar y comportarse, sino que existen muchas maneras, y que estas diferencias o singularidades no encarnan una patología y no son motivo de la devaluación de las personas. El reconocimiento de todos puede contribuir a establecer un intercambio social más saludable y evolucionado.
Por todo lo anterior, consideramos que incluir el enfoque de género como parte de la reflexión sobre la construcción de la propia identidad en el currículo nacional encarna la posibilidad de brindar una educación respetuosa de las individualidades y diferencias grupales. Todo esto significa también una educación preocupada de formar seres humanos más integrados y capaces de convivir con los otros; es decir personas más tolerantes, con menos prejuicios, y con mayores libertades para valorar justamente al prójimo y a sí mismos.
Instituciones firmantes:
Asociación de Psicoterapia Analítica
Asociación Peruana de Psicoterapia Psicoanalítica de Niños y Adolescentes
Centro de Psicoterapia Psicoanalítica de Lima
Federación Psicoanalítica de América Latina
Inter-cambio. Instituto de Psicoterapia Psicoanalítica
Sociedad Peruana de Psiconálisis
Tomado de: http://www.institutointercambio.com/pronunciamiento-sobre-la-identidad-de-genero/
Educación integral e igualdad de género: Consejo Nacional de Educación-Perú
marzo 05, 2017Educación integral e igualdad de género: Consejo Nacional de Educación-Perú
La educación es un proceso de formación de las personas que involucra el desarrollo de saberes, actitudes y valores. En una sociedad democrática, contribuye a formar ciudadanos que demuestran un profundo sentido de respeto hacia los otros y valoran las diferencias, tanto en su discurso como en su comportamiento no discriminatorio hacia los demás.
El Consejo Nacional de Educación, frente a la preocupación y oposición manifestadas por algunos grupos de ciudadanos ante la próxima implementación de un nuevo currículo nacional que incluye entre sus enfoques transversales uno de igualdad de género, y en su rol de órgano especializado, consultivo y autónomo, desea reiterar que la educación no se limita a la formación científica y/o centrada en competencias académicas y cognitivas, sino que involucra, consustancialmente, el desarrollo de valores humanistas y democráticos, como está reconocido en el Proyecto Educativo Nacional. El Consejo desea recordar a la ciudadanía que desde finales de los años noventa el Estado peruano asumió la igualdad de oportunidades y de derechos en todas sus políticas y que, a través de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, promueve la igualdad entre hombres y mujeres. A partir de los marcos mencionados, en los dos últimos currículos nacionales se ha recogido como enfoque transversal la igualdad de género, reconociendo así que las personas, más allá de sus diferencias biológicas, tienen el mismo valor y deben tener oportunidades de desarrollar capacidades para ejercer los mismos derechos fundamentales.
La consideración de la igualdad de género, ya no sólo como tema o principio, sino como enfoque transversal en el nuevo currículo obedece, justamente, a la constatación de la persistencia de brechas de resultados y oportunidades entre varones y mujeres, algunas de las cuales pueden y deben ser cerradas desde la escuela, para lo cual se requiere redoblar y mejorar los importantes esfuerzos realizados y avances logrados en ese sentido. También responde al compromiso que tiene el Perú, como país que apuesta por la democracia, de promover el reconocimiento de la diversidad y la superación de todas las formas de discriminación.
Nos dirigimos a todas las familias peruanas para decirles que estamos convencidos de que son los padres y madres los llamados a ser los primeros educadores de nuestros hijos sobre su sexualidad. Sabemos que muchas familias juegan actualmente un rol muy importante en ese aspecto, así como promoviendo la valoración de la persona por encima de toda diferencia, evitando el desarrollo de prejuicios de cualquier índole y fomentando la no discriminación y la igualdad. Sin embargo, sabemos que no todas actúan de esta manera, por lo cual cabe preguntarse si se podrá lograr una sociedad democrática, solidaria, justa, más humana, si desde el sistema educativo no se contribuye a derribar las barreras y a valorar la diversidad.
Es claro que no es este un asunto exclusivamente circunscrito al fuero privado o al ámbito familiar. Por tratarse de derechos, es un tema público que necesita ser abordado por las políticas educativas. Es imperativo que el sistema educativo peruano promueva en las escuelas un clima de valoración a la persona, de tolerancia a las diferencias, de respeto y de seguridad, y que combata situaciones indeseables como el acoso, la discriminación y la violencia.
Ante la situación de desinformación y de confusión generada, el Consejo Nacional de Educación invoca a docentes y padres de familia a reflexionar sobre esto, poniendo por delante el bienestar de los estudiantes y su derecho a una educación integral, desarrollada en un ambiente libre de violencia, que los haga ciudadanos plenos en una sociedad democrática. Educar es justamente eso: formar personas que libre, autónoma y responsablemente reflexionen sobre los asuntos de interés público y los traten con responsabilidad y de manera respetuosa.
Está en juego el derecho de las niñas y los niños a disfrutar de una educación sin ningún tipo de discriminación, incluyendo la dirigida a aquellos que tienen diferentes orientaciones sexuales y que son víctimas diarias de penosas situaciones de acoso y maltrato en las escuelas. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a ser acogidos, queridos, respetados y protegidos por sus familias y en sus escuelas. El sistema educativo debe poner esto al centro de sus preocupaciones y sus políticas.
Nos encontramos próximos al inicio del año escolar. Es importante contar con un currículo nacional con el cual docentes y directivos puedan desarrollar las acciones educativas de planificación y programación de los aprendizajes. La educación requiere continuidad, claridad y consistencia en sus políticas, y el currículo es uno de los instrumentos más potentes para ello.
Por ello, hacemos también un llamado al Ministerio de Educación y a las instituciones deformación pedagógica para que comuniquen de la manera más adecuada posible los mensajes centrales de estas políticas y para que desarrollen materiales educativos, modelos de sesiones de aprendizaje y capacitaciones que lleven a reflexionar y comprender a profundidad estos temas. Estas acciones deben dirigirse a padres de familia y a docentes de todos los niveles educativos y de todo el país.
Reiteramos que lo más importante es tener siempre presente el principio del interés superior de nuestros niños y niñas, abrazado en numerosos compromisos nacionales e internacionales. Demandamos que el tratamiento de estos temas por todos los actores que influyen en la formación de opinión pública y en los tomadores de decisiones tenga la rigurosidad y la veracidad que exige la educación integral que niños, niñas y adolescentes peruanos merecen.
Lima, 23 de febrero de 2017
Tomado de: https://es.scribd.com/document/340125096/CNE-Educacion-Integral-e-Igualdad-de-Genero?platform=hootsuite
Proyección población mundial con educación superior
febrero 11, 2017Porcentaje de la población de 25-34 años de países OECD y G20 con educación superior
Fuente: http://monitor.icef.com/2012/07/china-and-india-to-produce-40-of-global-graduates-by-2020/
Reino Unido indultará a 65.000 condenados por ser homosexuales
febrero 01, 2017Ver artículo en el PAIS-internacional de MARÍA CONTRERAS del 20 octubre 2016. Leer aquí
DECRETO LEGISLATIVO CONTRA EL FEMINICIDIO, LA VIOLENCIA FAMILIAR Y LA VIOLENCIA DE GÉNERO
enero 30, 2017
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1323 DEL GOBIERNO PERUANO QUE FORTALECE LA LUCHA CONTRA EL FEMINICIDIO, LA VIOLENCIA FAMILIAR Y LA VIOLENCIA DE GÉNERO (Perú, 5 enero-2017)
“Artículo 323.- Discriminación e incitación a la discriminación
El que, por sí o mediante terceros, realiza actos de distinción, exclusión, restricción o preferencia que anulan o menoscaban el reconocimiento, goce o ejercicio de cualquier derecho de una persona o grupo de personas reconocido en la ley, la Constitución o en los tratados de derechos humanos de los cuales el Perú es parte, basados en motivos raciales, religiosos, nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, idioma, identidad étnica o cultural, opinión, nivel socio económico, condición migratoria, discapacidad, condición de salud, factor genético, filiación, o cualquier otro motivo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de tres años, o con prestación de servicios a la comunidad de sesenta a ciento veinte jornadas.
Si el agente actúa en su calidad de servidor civil, o se realiza el hecho mediante actos de violencia física o mental, a través de internet u otro medio análogo, la pena privativa de libertad será no menor de dos ni mayor de cuatro años e inhabilitación conforme a los numerales 1 y 2 del artículo 36.”