Ante la situación planteada por la moción de vacancia en contra del Presidente Constitucional de la República, el Rectorado de la Pontificia Universidad Católica del Perú declara lo siguiente:
1. El Perú requiere que todos los ciudadanos que ejercen cargos de representación política actúen en consonancia con la Constitución. El Presidente de la República tiene el deber de demostrar su inocencia en los actos que se le imputan como incapacidad moral y el Congreso de la República debe actuar de acuerdo a los principios constitucionales del debido proceso y la razonabilidad.
2. El Tribunal Constitucional ha señalado que el principio de razonabilidad implica encontrar justificación lógica en los hechos, conductas y circunstancias que motivan todo acto discrecional de los poderes públicos y que la razonabilidad adquiere mayor relevancia cuando se trata de despojar de las prerrogativas de determinados funcionarios públicos (Sentencia 00006-2003-AI/TC fundamento 9). En este caso, el Congreso tiene el deber de cumplir con la explicación de la razonabilidad que motiva la trascendental decisión que ha puesto a votación.
3. Declarar la permanente incapacidad moral del Presidente, sin imputación específica de malas conductas, sin derecho de defensa y sin debido proceso es un acto arbitrario de ejercicio del poder y, por tanto, inconstitucional e ilegítimo.La permanente incapacidad moral que se atribuye al Presidente de la República debe ser sustentada en hechos que deben ser conocidos públicamente, y calificados ante la ciudadanía. No basta la opinión del número mayoritario de congresistas.
4. La lucha contra la corrupción debe ser una política de Estado permanente que no admite su utilización para beneficios particulares o partidarios. Todos los poderes del Estado tienen la obligación de demostrar a la ciudadanía, en su ejercicio cotidiano, que cuentan con la capacidad moral de encabezar dicha tarea urgente.
Lima, 20 de diciembre de 2017
RECTORADO