Pronunciamiento contra Reglamento Transgénico

Pronunciamiento de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental a Propósito del Reciente Reglamento Sectorial del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) sobre Bioseguridad

La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) cree firmemente que el Perú debe invertir mayores recursos y generar las capacidades para realizar actividades de investigación y desarrollo en todos los campos, especialmente en materia de biodiversidad. La biotecnología constituye una herramienta muy poderosa para agregarle valor a esta biodiversidad y sus componentes. La ingeniería genética que da origen a los productos transgénicos no es sino una expresión de la biotecnología y no necesariamente la que más convenga a los intereses del país.

En repetidas oportunidades, la SPDA ha llamado la atención sobre la necesidad de incentivar y promocionar la biotecnología (que no incluye solamente técnicas de ADN recombinante) a partir de las necesidades científicas, ambientales, sociales, productivas y económicas que los diversos sectores del país demandan. Es en función a estas necesidades y en atención a las particulares características del Perú como país mega-diverso, que se presentan crecientes oportunidades para explotar su biodiversidad en diferentes mercados de productos para la salud y belleza, fármacos, semillas, cultivos, entre otros bienes y servicios.

El debate sobre los productos transgénicos no es reciente, y continuamente, desde mediados de los años noventa, se ha intentado abrir el mercado nacional a los productos transgénicos, especialmente semillas. De forma poco clara y siempre sorpresiva, se han buscado formas para modificar las limitaciones legales impuestas por la Ley 27104, Ley de Prevención de Riesgos Derivados del Uso de la Biotecnología (1999) y su reglamento, el Decreto Supremo 108-2002-PCM (2002). Así, se han propuesto modificaciones a las normas de propiedad intelectual, con posiciones muy cuestionables (no consensuadas a nivel de país) en foros internacionales, y los esfuerzos de pequeños grupos de interés por abrir las puertas a los transgénicos en la agricultura se han traducido en propuestas normativas al Congreso siempre enfocadas en aspectos comerciales y no en las verdaderas opciones que la biotecnología ofrece a países biodiversos como el Perú.

El reciente Decreto Supremo 003-2011-MINAG, Reglamento Interno Sectorial sobre Seguridad de la Biotecnología del INIA, es el más reciente esfuerzo por destrabar las restricciones y limitaciones legales al ingreso y uso de transgénicos en el país, a partir de un instrumento jurídico sectorial y técnico que no cuenta con un aval explícito e inequívoco del Ministerio del Ambiente, como ente rector de la política ambiental nacional. Este solo hecho contradice la visión integral que como país debemos tener de una materia que trasciende el interés de un sector productivo.

Más allá de los contenidos del reciente Decreto Supremo, que ya fueron analizados por la institución, (Ver: http://www.actualidadambiental.pe/?p=10236) la SPDA tiene una posición muy clara y repetida sobre POR QUÉ NO se debe autorizar el ingreso al país ni el uso de transgénicos en la agricultura nacional a partir de igualmente válidas consideraciones ambientales, económicas y sociales:

1. Como país megadiverso, somos uno de los pocos que aún puede demostrar que buena parte de su agricultura y producción es libre de transgénicos, y que la agricultura orgánica tiene un significativo crecimiento y potencial, económico a favor precisamente de los pequeños agricultores lo cual nos ofrece ventajas competitivas en un mundo globalizado y frente a mercados que crecientemente exigen este tipo de producción.

2. Si se consulta a la gran mayoría de agricultores nacionales, incluyendo los agroindustriales de la Costa, la posición unánime es que no hay necesidad de recurrir a transgénicos para ser productivos y eficientes. En todo caso, si algunos sectores minoritarios se pueden beneficiar de los transgénicos, la pregunta es si esto justifica cambios sustanciales en la posición nacional general sobre el tema.

3. Precisamente cuando la Marca Perú empieza a ser reconocida y las bondades naturales del país -así como su gastronomía- nos diferencia del resto y conquistan al mundo, aparece una tendencia 3. impulsada desde pequeños sectores académicos e intereses claramente comerciales, que nos coloca a la par de países tradicionalmente productores y promotores de transgénicos como “commodities”.

4. Los transgénicos (y está plenamente confirmado) están asociados a intereses empresariales de unas cuantas empresas transnacionales (Monsanto, Syngenta, Bayer, entre otras) que además poseen derechos sobre las semillas transgénicas que producen y terminan por atar a los agricultores a sus paquetes tecnológicos. Este es el interés que hoy pretende imponerse al de una mayoría.

5. Las diferentes agriculturas del Perú pueden potenciarse de muchas formas (incluyendo aplicaciones biotecnológicas) que no necesariamente pasan por la generación de transgénicos y su introducción o comercialización. En cambio, el riesgo que asumimos al permitir el ingreso de semillas transgénicas al país es muy alto, especialmente por ser país de origen de muchas variedades vegetales que tienen un mayor valor estratégico y real comparado con el eventual aporte de los organismos vivos modificados (OVM).

6. El principio precautorio, recogido en el Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología vigente en el Perú desde julio del 2004 legitima perfectamente cualquier tipo de posición que cuestiona el uso de transgénicos y, en ese sentido, dada la controversia que existe sobre sus “pros y contras”, puede proponerse limitar indefinidamente su utilización o, al menos, hasta que existan pruebas irrefutables sobre sus ventajas.

Por estas consideraciones la SPDA cree que se deben mantener las restricciones al uso y liberación de los OVM y apostar por otras alternativas tecnológicas de aprovechamiento y valoración de nuestra riquísima agro-biodiversidad igualmente rentables y hasta más eficientes.

Finalmente, la SPDA considera que el D.S. 003-2011-MINAG debe dejarse sin efecto hasta que se realice un verdadero debate nacional sobre la mejor forma de fomentar el desarrollo científico, tecnológico y de la producción asociado a la agricultura y la biodiversidad en general. Además, la SPDA también cree impostergable que el Congreso de la República dé prioridad y apruebe el Proyecto de Ley Nº 3599-2009 que declara una moratoria al ingreso de transgénicos al territorio nacional.

Lima, 27 de abril de 2011
Tomado de: http://www.spda.org.pe/ver-noticias.php?id=824

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Comentarios

  1. Luis escribió:

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