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Cuaresma: Día 40

CUARESMA: DÍA 40

Hoy revisaremos Los pecados capitales

Para evitar caer en pecado y ofender a Dios debemos primero saber qué es pecado y para ello recomendamos la GUÍA PARA UNA BUENA CONFESIÓN para que revisando los Mandamientos de Dios y de la Iglesia conozcamos mejor que lo que hacemos es pecado.

¿Por qué pecamos? La naturaleza humana está, a causa del pecado original, debilitada e inclinada al mal, pero no necesariamente vencida pues podemos evitar el pecado con la voluntad y la rectitud, para ello basta saber qué acciones son pecado que ofenden los Mandamientos de Dios y a Dios mismo y evitarlas, pero si no lo sabemos muchas de nuestras acciones terminarán siendo pecado y no por no saberlo nos libra del justo castigo.

Los pecados capitales son aquellos a los que  la naturaleza humana caída está principalmente inclinada. Santo Tomás de Aquino los llamó también “vicios” definiéndolos así “un vicio capital es el que tiene un fin excesivamente deseable, para que en su deseo para él, un hombre pasa a la comisión de muchos pecados, todos los cuales se dicen que se originan en aquel vicio como su fuente principal” (Summa Theologiae,II-II, 153, 4). Aquí Santo Tomás de Aquino destacó la disposición o el hábito que inclina a una persona al pecado. Para él, el término capital viene de “cabeza” pues verán que los definen como el principio de muchos pecados que se originan a partir de aquél.

Los pecados capitales enumerados por Santo Tomás de Aquino (I-II:84:4) son siete:

  • Orgullo
  • Avaricia
  • Gula
  • Lujuria
  • Pereza
  • Envidia
  • Ira.

cuaresma guia para una buena confesion krouillong pecados capitales comunion en la mano

El número siete fue dado por San Gregorio el Grande, y así los han enumerado la mayoría de teólogos de la Edad Media.

1. Soberbia: Consiste en una estima de sí mismo, o amor propio indebido, que busca la atención y el honor y se pone uno en antagonismo con Dios (Catecismo Iglesia Católica 1866)

2. La Avaricia: Es la Inclinación o deseo desordenado de placeres o de posesiones. Es uno de los pecados capitales, está prohibido por el noveno y décimo mandamiento. (CIC 2514, 2534)

3. La Lujuria: Es el deseo desordenado por el placer sexual. Los deseos y actos son desordenados cuando no se conforman al propósito divino, el cual es propiciar el amor mutuo de entre los esposos y favorecer la procreación. Es un pecado contra el Sexto Mandamiento y es una ofensa contra la virtud de la castidad.

La lujuria se vence cuando guardamos la mente pura y dedicamos toda nuestra energía a servir a Dios y al prójimo según nuestra vocación. Si nos tomamos en serio nuestra vida en Cristo podremos comprender el gravísimo daño que la lujuria ocasiona y, aunque seamos tentados estaremos dispuestos a luchar y sufrir para liberarnos. Un ejemplo es San Benito, quien al ser tentado con lujuria se arrojó a unos espinos. Así logró vencer la tentación.

4. La Ira: Es el sentido emocional de desagrado y, generalmente, antagonismo, suscitado por un daño real o aparente. La ira puede llegar a ser pasional cuando las emociones se excitan fuertemente.

5. La Gula: Es el deseo desordenado por el placer conectado con la comida o la bebida. Este deseo puede ser pecaminoso de varias formas:
1- Comer o beber muy en exceso de lo que el cuerpo necesita.
2- Cortejar el gusto por cierta clase de comida a sabiendas que va en detrimento de la salud.
3- Consentir el apetito por comidas o bebidas costosas, especialmente cuando una dieta lujosa está fuera del alcance económico
4- Comer o beber vorazmente dándole mas atención a la comida que a los que nos acompañan.
5- Consumir bebidas alcohólicas hasta el punto de perder control total de la razón. La intoxicación injustificada que termina en una completa pérdida de la razón es un pecado mortal.

6. La Envidia: Rencor o tristeza por la buena fortuna de alguien, junto con el deseo desordenado de poseerla. Es uno de los siete pecados capitales. Se opone al décimo mandamiento. (CIC 2539)

7. La Pereza: Falta culpable de esfuerzo físico o espiritual; acedia, ociosidad. Es uno de los pecados capitales. (CIC 1866, 2094, 2733)

La manera de hacer frente a los pecados capitales es practicando las virtuales que nos ayudan a vencerlos, las cuales son:

Humildad (vence al pecado de la Soberbia): Es la virtud moral por la que el hombre reconoce que de si mismo solo tiene la nada y el pecado. Todo es un don de Dios de quien todos dependemos y a quien se debe toda la gloria. El hombre humilde no aspira a la grandeza personal que el mundo admira porque ha descubierto que ser hijo de Dios es un valor muy superior. Va tras otros tesoros. No está en competencia. Se ve a sí mismo y al prójimo ante Dios. Es así libre para estimar y dedicarse al amor y al servicio.

La humildad no solo se opone al orgullo sino también a la auto abyección (auto humillación) en la que se dejaría de reconocer los dones de Dios y la responsabilidad de ejercitarlos según su voluntad.

Generosidad (vence al pecado de la Avaricia): Dar con gusto de lo propio a los pobres y los que necesiten.

Castidad (vence al pecado de la Lujuria): Es la virtud que gobierna y modera el deseo del placer sexual según los principios de la fe y la razón. Por la castidad la persona adquiere dominio de su sexualidad y es capaz de integrarla en una sana personalidad, en la que el amor de Dios reina sobre todo.

Paciencia (vence al pecado de la Ira): Es sufrir con paz y serenidad todas las adversidades.

Caridad (vence al pecado de la Envidia): Es la tercera y principal de las Virtudes Teologales. La caridad es el amor de Dios habitando en el corazón.

Templanza (vence al pecado de la Gula): Es la moderación en el comer y en el beber. La virtud de la templanza nos conduce a evitar toda clase de exceso, el abuso de la comida, del alcohol, del tabaco y de las medicinas. Quienes en estado de embriaguez, o por aficción inmoderada de velocidad, ponen en peligro la seguridad de los demás y la suya propia en las carreteras, en el mar o en el aire, se hacen gravemente culpables (CIC 2290).

Diligencia (vence al pecado de Pereza): Es la prontitud de ánimo para obrar el bien.

Recuerda que los demonios son RESPONSABLES del pecado pero tú eres CULPABLE por no haber resistido la tentación y por ofender a Dios con el pecado. Conociendo los que es pecado y las acciones que nos hacen cometerlo, teniendo claro contra qué Mandamiento de Dios estamos pecando, y sabiendo que el pecado es ofensa contra Dios… lo evitaremos.

El Padre Jorge Loring (+) nos ha dejado un valioso libro llamado PARA SALVARTE, donde nos explica, entre muchas otras cosas, los Mandamientos de Dios, de la Iglesia y los pecados con los cuales pecamos contra estos mandamientos.

Los Mandamientos de Dios son 10:

Primer Mandamiento de Dios

Segundo Mandamiento de Dios

Tercer Mandamiento de Dios

Cuarto Mandamiento de Dios

Quinto Mandamiento de Dios

Sexto Mandamiento de Dios

Séptimo Mandamiento de Dios

Octavo Mandamiento de Dios

Noveno Mandamiento de Dios

Décimo Mandamiento de Dios

Los Mandamientos de la Iglesia son 5:

Primer Mandamiento de la Iglesia

Segundo Mandamiento de la Iglesia

Tercer Mandamiento de la Iglesia

Cuarto Mandamiento de la Iglesia

Quinto Mandamiento de la Iglesia

Padre Jorge Loring – Libro: Para Salvarte

PARA SALVARTE – PADRE JORGE LORING

Que Dios les conceda a todos la Gracia de una sincera confesión y una verdadera conversión.

Karla Rouillon Gallangos

Googlea “krouillong” y encuéntranos en nuestras redes sociales: Facebook, Twiter, Slideshare, Youtube, Gloria.tv, Ivoox, Soundcloud, Pinterest y May Feelings

Recuerda que los demonios son RESPONSABLES del pecado pero tú eres CULPABLE por no haber resistido la tentación y por ofender a Dios con el pecado. ¡Confiésate bien!

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La comunión en la mano es SACRILEGIO y PECADO y nadie puede obligarte a recibir la comunión en la mano, pues es “sólo para el fiel que lo desea”.

Por favor, por amor a Jesús, no se queden callados y luchen contra la sacrílega comunión en la mano… es Jesús ahí presente y no, no está dichoso de ser flagelado otra vez por ti recibiéndolo en las manos… ¡NO RECIBAS A JESÚS EN LA MANO!

Sobre la COMUNIÓN EN LA MANO

Cuaresma: Día 39

CUARESMA: DÍA 39

Hoy revisaremos Los pecados capitales

Para evitar caer en pecado y ofender a Dios debemos primero saber qué es pecado y para ello recomendamos la GUÍA PARA UNA BUENA CONFESIÓN para que revisando los Mandamientos de Dios y de la Iglesia conozcamos mejor que lo que hacemos es pecado.

¿Por qué pecamos? La naturaleza humana está, a causa del pecado original, debilitada e inclinada al mal, pero no necesariamente vencida pues podemos evitar el pecado con la voluntad y la rectitud, para ello basta saber qué acciones son pecado que ofenden los Mandamientos de Dios y a Dios mismo y evitarlas, pero si no lo sabemos muchas de nuestras acciones terminarán siendo pecado y no por no saberlo nos libra del justo castigo.

Los pecados capitales son aquellos a los que  la naturaleza humana caída está principalmente inclinada. Santo Tomás de Aquino los llamó también “vicios” definiéndolos así “un vicio capital es el que tiene un fin excesivamente deseable, para que en su deseo para él, un hombre pasa a la comisión de muchos pecados, todos los cuales se dicen que se originan en aquel vicio como su fuente principal” (Summa Theologiae,II-II, 153, 4). Aquí Santo Tomás de Aquino destacó la disposición o el hábito que inclina a una persona al pecado. Para él, el término capital viene de “cabeza” pues verán que los definen como el principio de muchos pecados que se originan a partir de aquél.

Los pecados capitales enumerados por Santo Tomás de Aquino (I-II:84:4) son siete:

  • Orgullo
  • Avaricia
  • Gula
  • Lujuria
  • Pereza
  • Envidia
  • Ira.

cuaresma guia para una buena confesion krouillong pecados capitales comunion en la mano

El número siete fue dado por San Gregorio el Grande, y así los han enumerado la mayoría de teólogos de la Edad Media.

1. Soberbia: Consiste en una estima de sí mismo, o amor propio indebido, que busca la atención y el honor y se pone uno en antagonismo con Dios (Catecismo Iglesia Católica 1866)

2. La Avaricia: Es la Inclinación o deseo desordenado de placeres o de posesiones. Es uno de los pecados capitales, está prohibido por el noveno y décimo mandamiento. (CIC 2514, 2534)

3. La Lujuria: Es el deseo desordenado por el placer sexual. Los deseos y actos son desordenados cuando no se conforman al propósito divino, el cual es propiciar el amor mutuo de entre los esposos y favorecer la procreación. Es un pecado contra el Sexto Mandamiento y es una ofensa contra la virtud de la castidad.

La lujuria se vence cuando guardamos la mente pura y dedicamos toda nuestra energía a servir a Dios y al prójimo según nuestra vocación. Si nos tomamos en serio nuestra vida en Cristo podremos comprender el gravísimo daño que la lujuria ocasiona y, aunque seamos tentados estaremos dispuestos a luchar y sufrir para liberarnos. Un ejemplo es San Benito, quien al ser tentado con lujuria se arrojó a unos espinos. Así logró vencer la tentación.

4. La Ira: Es el sentido emocional de desagrado y, generalmente, antagonismo, suscitado por un daño real o aparente. La ira puede llegar a ser pasional cuando las emociones se excitan fuertemente.

5. La Gula: Es el deseo desordenado por el placer conectado con la comida o la bebida. Este deseo puede ser pecaminoso de varias formas:
1- Comer o beber muy en exceso de lo que el cuerpo necesita.
2- Cortejar el gusto por cierta clase de comida a sabiendas que va en detrimento de la salud.
3- Consentir el apetito por comidas o bebidas costosas, especialmente cuando una dieta lujosa está fuera del alcance económico
4- Comer o beber vorazmente dándole mas atención a la comida que a los que nos acompañan.
5- Consumir bebidas alcohólicas hasta el punto de perder control total de la razón. La intoxicación injustificada que termina en una completa pérdida de la razón es un pecado mortal.

6. La Envidia: Rencor o tristeza por la buena fortuna de alguien, junto con el deseo desordenado de poseerla. Es uno de los siete pecados capitales. Se opone al décimo mandamiento. (CIC 2539)

7. La Pereza: Falta culpable de esfuerzo físico o espiritual; acedia, ociosidad. Es uno de los pecados capitales. (CIC 1866, 2094, 2733)

La manera de hacer frente a los pecados capitales es practicando las virtuales que nos ayudan a vencerlos, las cuales son:

Humildad (vence al pecado de la Soberbia): Es la virtud moral por la que el hombre reconoce que de si mismo solo tiene la nada y el pecado. Todo es un don de Dios de quien todos dependemos y a quien se debe toda la gloria. El hombre humilde no aspira a la grandeza personal que el mundo admira porque ha descubierto que ser hijo de Dios es un valor muy superior. Va tras otros tesoros. No está en competencia. Se ve a sí mismo y al prójimo ante Dios. Es así libre para estimar y dedicarse al amor y al servicio.

La humildad no solo se opone al orgullo sino también a la auto abyección (auto humillación) en la que se dejaría de reconocer los dones de Dios y la responsabilidad de ejercitarlos según su voluntad.

Generosidad (vence al pecado de la Avaricia): Dar con gusto de lo propio a los pobres y los que necesiten.

Castidad (vence al pecado de la Lujuria): Es la virtud que gobierna y modera el deseo del placer sexual según los principios de la fe y la razón. Por la castidad la persona adquiere dominio de su sexualidad y es capaz de integrarla en una sana personalidad, en la que el amor de Dios reina sobre todo.

Paciencia (vence al pecado de la Ira): Es sufrir con paz y serenidad todas las adversidades.

Caridad (vence al pecado de la Envidia): Es la tercera y principal de las Virtudes Teologales. La caridad es el amor de Dios habitando en el corazón.

Templanza (vence al pecado de la Gula): Es la moderación en el comer y en el beber. La virtud de la templanza nos conduce a evitar toda clase de exceso, el abuso de la comida, del alcohol, del tabaco y de las medicinas. Quienes en estado de embriaguez, o por aficción inmoderada de velocidad, ponen en peligro la seguridad de los demás y la suya propia en las carreteras, en el mar o en el aire, se hacen gravemente culpables (CIC 2290).

Diligencia (vence al pecado de Pereza): Es la prontitud de ánimo para obrar el bien.

Recuerda que los demonios son RESPONSABLES del pecado pero tú eres CULPABLE por no haber resistido la tentación y por ofender a Dios con el pecado. Conociendo los que es pecado y las acciones que nos hacen cometerlo, teniendo claro contra qué Mandamiento de Dios estamos pecando, y sabiendo que el pecado es ofensa contra Dios… lo evitaremos.

El Padre Jorge Loring (+) nos ha dejado un valioso libro llamado PARA SALVARTE, donde nos explica, entre muchas otras cosas, los Mandamientos de Dios, de la Iglesia y los pecados con los cuales pecamos contra estos mandamientos.

Los Mandamientos de Dios son 10:

Primer Mandamiento de Dios

Segundo Mandamiento de Dios

Tercer Mandamiento de Dios

Cuarto Mandamiento de Dios

Quinto Mandamiento de Dios

Sexto Mandamiento de Dios

Séptimo Mandamiento de Dios

Octavo Mandamiento de Dios

Noveno Mandamiento de Dios

Décimo Mandamiento de Dios

Los Mandamientos de la Iglesia son 5:

Primer Mandamiento de la Iglesia

Segundo Mandamiento de la Iglesia

Tercer Mandamiento de la Iglesia

Cuarto Mandamiento de la Iglesia

Quinto Mandamiento de la Iglesia

Padre Jorge Loring – Libro: Para Salvarte

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Que Dios les conceda a todos la Gracia de una sincera confesión y una verdadera conversión.

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Recuerda que los demonios son RESPONSABLES del pecado pero tú eres CULPABLE por no haber resistido la tentación y por ofender a Dios con el pecado. ¡Confiésate bien!

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La comunión en la mano es SACRILEGIO y PECADO y nadie puede obligarte a recibir la comunión en la mano, pues es “sólo para el fiel que lo desea”.

Por favor, por amor a Jesús, no se queden callados y luchen contra la sacrílega comunión en la mano… es Jesús ahí presente y no, no está dichoso de ser flagelado otra vez por ti recibiéndolo en las manos… ¡NO RECIBAS A JESÚS EN LA MANO!

Sobre la COMUNIÓN EN LA MANO

Cuaresma: Día 38

CUARESMA: DÍA 38

El Padre Jorge Loring (+) nos ha dejado un valioso libro llamado PARA SALVARTE, donde nos explica, entre muchas otras cosas, los Mandamientos de Dios y los pecados con los cuales pecamos contra este mandamiento.

Hoy revisaremos los Mandamientos de la Iglesia.

Además de los mandamientos de la ley de Dios, la Iglesia tiene cinco mandamientos.

En virtud del poder recibido de Jesucristo, la Iglesia puede imponer preceptos que obliguen gravemente a los hombres en orden a un mejor cumplimiento de la ley de Dios.

Los mandamientos de la Iglesia son de dos clases:

Los tres primeros mandan oír Misa, confesar y comulgar; pero de esto ya hemos tratado (en los Mandamientos de Dios).

El cuarto manda el ayuno y la abstinencia en los días determinados por la Iglesia.

El ayuno consiste en hacer una sola comida fuerte al día. Pero se puede tomar algo por la mañana y por la noche.

En el desayuno se puede tomar, por ejemplo, leche, café o té, o un poco de chocolate, con unos 60 gramos de pan, churros, tortas, etc. En la cena se puede tomar hasta 250 gramos de alimentos. Si te parece esto muy complicado, puedes atender a la norma práctica de algunos moralistas que dicen que quien tiene obligación de ayunar basta con que en el desayuno y en la cena tome la mitad de lo que tiene por costumbre tomar. Y si lo que se suele tomar es poco, la cantidad que se suprima puede ser menor. Otra norma práctica es que sumando lo que se toma en el desayuno y en la cena, no llegue a lo que se suele tomar al mediodía.

En la comida principal se puede tomar toda la cantidad que se quiera.

Pero durante el día no se puede tomar nada (comida o bebida) que sea alimento. Sí se pueden tomar líquidos no alimenticios como refrescos, café, té y bebidas alcohólicas; y también alguna pequeña tapa con que éstas suelen acompañarse; aunque sería mejor abstenerse de ella.

La abstinencia consiste en no tomar carne; pero no está prohibido el caldo de carne ni la grasa animal, si es condimento. También se pueden tomar huevos y productos lácteos.

Tienen obligación de ayunar todos los católicos que han cumplido dieciocho años y no han cumplido los cincuenta y nueve.

La abstinencia obliga desde los catorce años cumplidos hasta el final de la vida. «No están obligados al ayuno y abstinencia los verdaderamente pobres, los enfermos y los obreros»).

Tampoco están obligados los que no tienen habitualmente uso de razón.

El párroco y algunos confesores pueden dispensar cuando haya motivo suficiente.

Son días de ayuno y abstinencia el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. Son días de sólo abstinencia todos los viernes del año, que no caigan en festivo. La abstinencia de los viernes fuera de cuaresma puede ser sustituida total o parcialmente por otras formas de penitencia, piedad o caridad, como limosnas, visitas a enfermos, privarse de tabaco o espectáculos, o cualquier otro gusto. La abstinencia de los viernes de cuaresma, y el ayuno y la abstinencia del Miércoles de Ceniza y Viernes Santo no pueden ser sustituidos por propia iniciativa.

No debe considerarse pecado grave cualquier violación esporádica de la ley; pero sí el dejar de cumplirla habitualmente o por menosprecio.

Lo importante es el espíritu de la ley. Se trata de que en esos pocos días del año te quedes con un poco de hambre para hacer un sacrificio por Nuestro Señor.

La observancia sustancial de la disciplina eclesiástica sobre la penitencia es gravemente obligatoria.

Pero adviértase que la Iglesia no quiere precisar con medidas y pormenores los límites que determinarían en cada caso la gravedad de las faltas, porque desea que los fieles no caigan en la servidumbre y en la rutina de una observancia meramente externa, y prefiere, al contrario, que ellos mismos, sin omitir el oportuno consejo, formen deliberadamente su conciencia en cada caso según las indicaciones y el espíritu de la ley, con sentido de responsabilidad ante el Señor que ha de juzgar la sinceridad y diligencia de nuestras actitudes. Pero, sin duda, el desprecio y la inobservancia habitual de los preceptos de la Iglesia constituiría pecado grave.

La Conferencia Episcopal Española espera que «la presente disciplina penitencial, adaptada a España, servirá para aumentar en todos el sentido de sacrificio, la autenticidad de una vida sinceramente cristiana, y la práctica, más personal y consciente, de la mortificación y la caridad».

El Secretario del Episcopado francés ha propuesto a los católicos privarse del tabaco o bebidas alcohólicas un día a la semana, como una nueva modalidad de abstinencia.

Hacer penitencia es obligación de todo cristiano. Cada vez que cumplimos con nuestro deber y se lo ofrecemos a Dios hacemos penitencia. Cuando, en obsequio a Dios, nos privamos de algo que nos gusta o hacemos algo que nos desagrada, hacemos penitencia. Cuando, por Dios, aceptamos la vida y sus dificultades, hacemos penitencia.

Cuando, también por Dios, somos justos y luchamos contra las injusticias de la vida, hacemos penitencia. Arrepentirnos de nuestros pecados y hacernos amigos de Dios, es hacer penitencia.

La penitencia necesita de algo interior: Dios quiere el corazón, no sólo las obras externas. Si nuestra intención se detuviese en cumplir la ley, sin ofrenda a Dios, no haríamos penitencia. La primera y obligatoria penitencia que tenemos que hacer es cumplir la ley de Dios. Si no cumplimos lo que se nos manda, no hacemos penitencia. El principal lenguaje de un hombre son las obras.

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El quinto mandamiento de la Iglesia manda que la ayudemos en sus necesidades y en sus obras.

No hay que olvidar que es deber de los fieles atender, según las posibilidades de cada uno, con su ayuda económica al culto y al decoroso sustento de los ministros de Dios.

Todos los bienes los hemos recibido de Dios. El contribuir con ellos para ayudar a la Iglesia en sus necesidades, es una manera de agradecer a Dios lo que nos ha dado, y rogarle que nos siga bendiciendo. Los sacerdotes han consagrado su vida a trabajar exclusivamente por el bien espiritual de los hombres, por lo tanto, de ellos deben recibir lo necesario para satisfacer sus necesidades humanas, y poder seguir estudiando y estar siempre bien preparados para el desempeño de su ministerio.

Dice el Nuevo Código de Derecho Canónico:«Los fieles tienen el deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras apostólicas y de caridad, y el conveniente sustento de los ministros».

Los buenos católicos deben también contribuir al sostenimiento del Seminario de la Diócesis, donde se están formando los futuros sacerdotes que han de atender a las almas.

Como en otras naciones, también es España, se puede hoy ayudar a la Iglesia destinando a ella la pequeña parte asignada de lo que hay que pagar a Hacienda.

Todos hemos de sentir la Iglesia como propia. Es un deber de justicia ayudar a la Iglesia en todo lo relativo al apostolado, porque de la Iglesia recibimos el mayor bien que se puede recibir en este mundo: los medios para ir al cielo.

Nuestra colaboración a la Iglesia no debe limitarse a lo económico; debemos también prestar nuestra colaboración personal, en la medida que nos sea posible.

Además de estos mandamientos más generales, la Iglesia tienen también otros, como por ejemplo, la prohibición de asistir a escuelas ateas o a centros en los que se enseñen cosas contrarias a la doctrina católica.

«Los padres católicos que envían a sus hijos a estas escuelas, aunque sea con el pretexto de que enseñan muy bien otras materias profanas, pecan gravísimamente y son indignos de la absolución sacramental, por el grave peligro a que exponen a sus hijos».

El Concilio Vaticano II «recuerda a los padres cristianos la obligación de confiar sus hijos, en el tiempo y lugar que puedan, a las escuelas católicas, de sostenerlas con todas sus fuerzas, y de colaborar con ellas en bien de sus propios hijos».

Por eso «deben disponer, y aun exigir, todo lo necesario para que sus hijos puedan disfrutar de tales auxilios y progresar en la formación cristiana a la par que en la profana».

Dicen los Obispos Españoles:«La clase de Religión en España, carente hoy del debido rigor académico, se ve sometida a un proceso de deterioro que repercutirá negativamente en los aspectos humanos y éticos de todo el marco educativo». Leí en el ABC de Madrid, en la misma página, estos dos titulares:«El gobierno socialista margina la asignatura de Religión». «En Suecia la clase de Religión es obligatoria».

Los padres tienen el derecho de educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas.

Dice el Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica: «Los padres tienen el derecho de elegir para sus hijos una escuela que corresponda a sus propias convicciones, y los poderes públicos tienen el deber de garantizar este derecho de los padres y de asegurar las condiciones reales de su ejercicio».

Como dijo el Papa Juan Pablo II en su visita a España en 1982: «Los padres deben elegir para sus hijos una enseñanza en la que esté presente el pan de la fe cristiana». Los padres tienen obligación de preocuparse de que sus hijos sean educados en la religión católica. Si se desentienden de esto, que no se quejen después cuando sus hijos les salgan torcidos.

No te contentes con solicitar la enseñanza de la Religión en el colegio de tus hijos. Comprueba lo que les enseñan; y si les dan gato por liebre, protesta enérgicamente como cualquier consumidor estafado.

La Comisión Episcopal de Enseñanza recuerda que «todos debemos exigir que se pueda recibir educación católica en los centros de enseñanza»:

La formación religiosa católica en la escuela es un deber y un derecho, cuyo servicio está regulado por las leyes, y cuya realización efectiva debe ser apoyada por toda la comunidad cristiana. Los obispos indican a los padres católicos el deber de inscribir a sus hijos en la asignatura de religión y moral católicas. El mismo texto recuerda la obligación de los profesores cristianos de colaborar en la formación religiosa católica de los alumnos cuyos padres han elegido para ellos este tipo de formación. Por último insisten en el deber de la sociedad y de los gobernantes de respetar el derecho de los padres y de los alumnos en conformidad con los principios de la Constitución Española y de los acuerdos internacionales firmados por el Estado Español con la Santa Sede en materia de enseñanza.

El Consejo Pontificio para la Familia ha publicado un documento en el que dice que los padres deben retirar a sus hijos de los centros donde se enseñe una moral sexual contraria a la doctrina de la Iglesia.

Otro mandamiento de la Iglesia es no contraer matrimonio opuesto a las leyes de la Iglesia.

En 1917 se publica el Código de Derecho Canónico que sistematiza un cúmulo de leyes eclesiásticas. En 1983 se publica un nuevo Código de Derecho Canónico que actualiza y perfecciona el anterior. El estudio de esta reforma ha durado veinticinco años, desde que lo inició Juan XXIII.

Padre Jorge Loring – Libro: Para Salvarte

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Karla Rouillon Gallangos

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La comunión en la mano es SACRILEGIO y PECADO y nadie puede obligarte a recibir la comunión en la mano, pues es “sólo para el fiel que lo desea”.

Por favor, por amor a Jesús, no se queden callados y luchen contra la sacrílega comunión en la mano… es Jesús ahí presente y no, no está dichoso de ser flagelado otra vez por ti recibiéndolo en las manos… ¡NO RECIBAS A JESÚS EN LA MANO!

Sobre la COMUNIÓN EN LA MANO

Cuaresma: Día 37

CUARESMA: DÍA 37

El Padre Jorge Loring (+) nos ha dejado un valioso libro llamado PARA SALVARTE, donde nos explica, entre muchas otras cosas, los Mandamientos de Dios y los pecados con los cuales pecamos contra este mandamiento.

Hoy revisaremos los Mandamientos de la Iglesia.

Además de los mandamientos de la ley de Dios, la Iglesia tiene cinco mandamientos.

En virtud del poder recibido de Jesucristo, la Iglesia puede imponer preceptos que obliguen gravemente a los hombres en orden a un mejor cumplimiento de la ley de Dios.

Los mandamientos de la Iglesia son de dos clases:

Los tres primeros mandan oír Misa, confesar y comulgar; pero de esto ya hemos tratado (en los Mandamientos de Dios).

El cuarto manda el ayuno y la abstinencia en los días determinados por la Iglesia.

El ayuno consiste en hacer una sola comida fuerte al día. Pero se puede tomar algo por la mañana y por la noche.

En el desayuno se puede tomar, por ejemplo, leche, café o té, o un poco de chocolate, con unos 60 gramos de pan, churros, tortas, etc. En la cena se puede tomar hasta 250 gramos de alimentos. Si te parece esto muy complicado, puedes atender a la norma práctica de algunos moralistas que dicen que quien tiene obligación de ayunar basta con que en el desayuno y en la cena tome la mitad de lo que tiene por costumbre tomar. Y si lo que se suele tomar es poco, la cantidad que se suprima puede ser menor. Otra norma práctica es que sumando lo que se toma en el desayuno y en la cena, no llegue a lo que se suele tomar al mediodía.

En la comida principal se puede tomar toda la cantidad que se quiera.

Pero durante el día no se puede tomar nada (comida o bebida) que sea alimento. Sí se pueden tomar líquidos no alimenticios como refrescos, café, té y bebidas alcohólicas; y también alguna pequeña tapa con que éstas suelen acompañarse; aunque sería mejor abstenerse de ella.

La abstinencia consiste en no tomar carne; pero no está prohibido el caldo de carne ni la grasa animal, si es condimento. También se pueden tomar huevos y productos lácteos.

Tienen obligación de ayunar todos los católicos que han cumplido dieciocho años y no han cumplido los cincuenta y nueve.

La abstinencia obliga desde los catorce años cumplidos hasta el final de la vida. «No están obligados al ayuno y abstinencia los verdaderamente pobres, los enfermos y los obreros»).

Tampoco están obligados los que no tienen habitualmente uso de razón.

El párroco y algunos confesores pueden dispensar cuando haya motivo suficiente.

Son días de ayuno y abstinencia el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. Son días de sólo abstinencia todos los viernes del año, que no caigan en festivo. La abstinencia de los viernes fuera de cuaresma puede ser sustituida total o parcialmente por otras formas de penitencia, piedad o caridad, como limosnas, visitas a enfermos, privarse de tabaco o espectáculos, o cualquier otro gusto. La abstinencia de los viernes de cuaresma, y el ayuno y la abstinencia del Miércoles de Ceniza y Viernes Santo no pueden ser sustituidos por propia iniciativa.

No debe considerarse pecado grave cualquier violación esporádica de la ley; pero sí el dejar de cumplirla habitualmente o por menosprecio.

Lo importante es el espíritu de la ley. Se trata de que en esos pocos días del año te quedes con un poco de hambre para hacer un sacrificio por Nuestro Señor.

La observancia sustancial de la disciplina eclesiástica sobre la penitencia es gravemente obligatoria.

Pero adviértase que la Iglesia no quiere precisar con medidas y pormenores los límites que determinarían en cada caso la gravedad de las faltas, porque desea que los fieles no caigan en la servidumbre y en la rutina de una observancia meramente externa, y prefiere, al contrario, que ellos mismos, sin omitir el oportuno consejo, formen deliberadamente su conciencia en cada caso según las indicaciones y el espíritu de la ley, con sentido de responsabilidad ante el Señor que ha de juzgar la sinceridad y diligencia de nuestras actitudes. Pero, sin duda, el desprecio y la inobservancia habitual de los preceptos de la Iglesia constituiría pecado grave.

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La Conferencia Episcopal Española espera que «la presente disciplina penitencial, adaptada a España, servirá para aumentar en todos el sentido de sacrificio, la autenticidad de una vida sinceramente cristiana, y la práctica, más personal y consciente, de la mortificación y la caridad».

El Secretario del Episcopado francés ha propuesto a los católicos privarse del tabaco o bebidas alcohólicas un día a la semana, como una nueva modalidad de abstinencia.

Hacer penitencia es obligación de todo cristiano. Cada vez que cumplimos con nuestro deber y se lo ofrecemos a Dios hacemos penitencia. Cuando, en obsequio a Dios, nos privamos de algo que nos gusta o hacemos algo que nos desagrada, hacemos penitencia. Cuando, por Dios, aceptamos la vida y sus dificultades, hacemos penitencia.

Cuando, también por Dios, somos justos y luchamos contra las injusticias de la vida, hacemos penitencia. Arrepentirnos de nuestros pecados y hacernos amigos de Dios, es hacer penitencia.

La penitencia necesita de algo interior: Dios quiere el corazón, no sólo las obras externas. Si nuestra intención se detuviese en cumplir la ley, sin ofrenda a Dios, no haríamos penitencia. La primera y obligatoria penitencia que tenemos que hacer es cumplir la ley de Dios. Si no cumplimos lo que se nos manda, no hacemos penitencia. El principal lenguaje de un hombre son las obras.

El quinto mandamiento de la Iglesia manda que la ayudemos en sus necesidades y en sus obras.

No hay que olvidar que es deber de los fieles atender, según las posibilidades de cada uno, con su ayuda económica al culto y al decoroso sustento de los ministros de Dios.

Todos los bienes los hemos recibido de Dios. El contribuir con ellos para ayudar a la Iglesia en sus necesidades, es una manera de agradecer a Dios lo que nos ha dado, y rogarle que nos siga bendiciendo. Los sacerdotes han consagrado su vida a trabajar exclusivamente por el bien espiritual de los hombres, por lo tanto, de ellos deben recibir lo necesario para satisfacer sus necesidades humanas, y poder seguir estudiando y estar siempre bien preparados para el desempeño de su ministerio.

Dice el Nuevo Código de Derecho Canónico:«Los fieles tienen el deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras apostólicas y de caridad, y el conveniente sustento de los ministros».

Los buenos católicos deben también contribuir al sostenimiento del Seminario de la Diócesis, donde se están formando los futuros sacerdotes que han de atender a las almas.

Como en otras naciones, también es España, se puede hoy ayudar a la Iglesia destinando a ella la pequeña parte asignada de lo que hay que pagar a Hacienda.

Todos hemos de sentir la Iglesia como propia. Es un deber de justicia ayudar a la Iglesia en todo lo relativo al apostolado, porque de la Iglesia recibimos el mayor bien que se puede recibir en este mundo: los medios para ir al cielo.

Nuestra colaboración a la Iglesia no debe limitarse a lo económico; debemos también prestar nuestra colaboración personal, en la medida que nos sea posible.

Además de estos mandamientos más generales, la Iglesia tienen también otros, como por ejemplo, la prohibición de asistir a escuelas ateas o a centros en los que se enseñen cosas contrarias a la doctrina católica.

«Los padres católicos que envían a sus hijos a estas escuelas, aunque sea con el pretexto de que enseñan muy bien otras materias profanas, pecan gravísimamente y son indignos de la absolución sacramental, por el grave peligro a que exponen a sus hijos».

El Concilio Vaticano II «recuerda a los padres cristianos la obligación de confiar sus hijos, en el tiempo y lugar que puedan, a las escuelas católicas, de sostenerlas con todas sus fuerzas, y de colaborar con ellas en bien de sus propios hijos».

Por eso «deben disponer, y aun exigir, todo lo necesario para que sus hijos puedan disfrutar de tales auxilios y progresar en la formación cristiana a la par que en la profana».

Dicen los Obispos Españoles:«La clase de Religión en España, carente hoy del debido rigor académico, se ve sometida a un proceso de deterioro que repercutirá negativamente en los aspectos humanos y éticos de todo el marco educativo». Leí en el ABC de Madrid, en la misma página, estos dos titulares:«El gobierno socialista margina la asignatura de Religión». «En Suecia la clase de Religión es obligatoria».

Los padres tienen el derecho de educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas.

Dice el Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica: «Los padres tienen el derecho de elegir para sus hijos una escuela que corresponda a sus propias convicciones, y los poderes públicos tienen el deber de garantizar este derecho de los padres y de asegurar las condiciones reales de su ejercicio».

Como dijo el Papa Juan Pablo II en su visita a España en 1982: «Los padres deben elegir para sus hijos una enseñanza en la que esté presente el pan de la fe cristiana». Los padres tienen obligación de preocuparse de que sus hijos sean educados en la religión católica. Si se desentienden de esto, que no se quejen después cuando sus hijos les salgan torcidos.

No te contentes con solicitar la enseñanza de la Religión en el colegio de tus hijos. Comprueba lo que les enseñan; y si les dan gato por liebre, protesta enérgicamente como cualquier consumidor estafado.

La Comisión Episcopal de Enseñanza recuerda que «todos debemos exigir que se pueda recibir educación católica en los centros de enseñanza»:

La formación religiosa católica en la escuela es un deber y un derecho, cuyo servicio está regulado por las leyes, y cuya realización efectiva debe ser apoyada por toda la comunidad cristiana. Los obispos indican a los padres católicos el deber de inscribir a sus hijos en la asignatura de religión y moral católicas. El mismo texto recuerda la obligación de los profesores cristianos de colaborar en la formación religiosa católica de los alumnos cuyos padres han elegido para ellos este tipo de formación. Por último insisten en el deber de la sociedad y de los gobernantes de respetar el derecho de los padres y de los alumnos en conformidad con los principios de la Constitución Española y de los acuerdos internacionales firmados por el Estado Español con la Santa Sede en materia de enseñanza.

El Consejo Pontificio para la Familia ha publicado un documento en el que dice que los padres deben retirar a sus hijos de los centros donde se enseñe una moral sexual contraria a la doctrina de la Iglesia.

Otro mandamiento de la Iglesia es no contraer matrimonio opuesto a las leyes de la Iglesia.

En 1917 se publica el Código de Derecho Canónico que sistematiza un cúmulo de leyes eclesiásticas. En 1983 se publica un nuevo Código de Derecho Canónico que actualiza y perfecciona el anterior. El estudio de esta reforma ha durado veinticinco años, desde que lo inició Juan XXIII.

Padre Jorge Loring – Libro: Para Salvarte

PARA SALVARTE – PADRE JORGE LORING

Que Dios les conceda a todos la Gracia de una sincera confesión y una verdadera conversión.

Karla Rouillon Gallangos

Googlea “krouillong” y encuéntranos en nuestras redes sociales: Facebook, Twiter, Slideshare, Youtube, Gloria.tv, Ivoox, Soundcloud, Pinterest y May Feelings

Recuerda que los demonios son RESPONSABLES del pecado pero tú eres CULPABLE por no haber resistido la tentación y por ofender a Dios con el pecado. ¡Confiésate bien!

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La comunión en la mano es SACRILEGIO y PECADO y nadie puede obligarte a recibir la comunión en la mano, pues es “sólo para el fiel que lo desea”.

Por favor, por amor a Jesús, no se queden callados y luchen contra la sacrílega comunión en la mano… es Jesús ahí presente y no, no está dichoso de ser flagelado otra vez por ti recibiéndolo en las manos… ¡NO RECIBAS A JESÚS EN LA MANO!

Sobre la COMUNIÓN EN LA MANO

Cuaresma: Día 36

CUARESMA: DÍA 36

El Padre Jorge Loring (+) nos ha dejado un valioso libro llamado PARA SALVARTE, donde nos explica, entre muchas otras cosas, los Mandamientos de Dios y los pecados con los cuales pecamos contra este mandamiento.

Hoy revisaremos los Mandamientos de la Iglesia.

Además de los mandamientos de la ley de Dios, la Iglesia tiene cinco mandamientos.

En virtud del poder recibido de Jesucristo, la Iglesia puede imponer preceptos que obliguen gravemente a los hombres en orden a un mejor cumplimiento de la ley de Dios.

Los mandamientos de la Iglesia son de dos clases:

Los tres primeros mandan oír Misa, confesar y comulgar; pero de esto ya hemos tratado (en los Mandamientos de Dios).

El cuarto manda el ayuno y la abstinencia en los días determinados por la Iglesia.

El ayuno consiste en hacer una sola comida fuerte al día. Pero se puede tomar algo por la mañana y por la noche.

En el desayuno se puede tomar, por ejemplo, leche, café o té, o un poco de chocolate, con unos 60 gramos de pan, churros, tortas, etc. En la cena se puede tomar hasta 250 gramos de alimentos. Si te parece esto muy complicado, puedes atender a la norma práctica de algunos moralistas que dicen que quien tiene obligación de ayunar basta con que en el desayuno y en la cena tome la mitad de lo que tiene por costumbre tomar. Y si lo que se suele tomar es poco, la cantidad que se suprima puede ser menor. Otra norma práctica es que sumando lo que se toma en el desayuno y en la cena, no llegue a lo que se suele tomar al mediodía.

En la comida principal se puede tomar toda la cantidad que se quiera.

Pero durante el día no se puede tomar nada (comida o bebida) que sea alimento. Sí se pueden tomar líquidos no alimenticios como refrescos, café, té y bebidas alcohólicas; y también alguna pequeña tapa con que éstas suelen acompañarse; aunque sería mejor abstenerse de ella.

La abstinencia consiste en no tomar carne; pero no está prohibido el caldo de carne ni la grasa animal, si es condimento. También se pueden tomar huevos y productos lácteos.

Tienen obligación de ayunar todos los católicos que han cumplido dieciocho años y no han cumplido los cincuenta y nueve.

La abstinencia obliga desde los catorce años cumplidos hasta el final de la vida. «No están obligados al ayuno y abstinencia los verdaderamente pobres, los enfermos y los obreros»).

Tampoco están obligados los que no tienen habitualmente uso de razón.

El párroco y algunos confesores pueden dispensar cuando haya motivo suficiente.

cuaresma guia para una buena confesion krouillong pecados capitales comunion en la mano

Son días de ayuno y abstinencia el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. Son días de sólo abstinencia todos los viernes del año, que no caigan en festivo. La abstinencia de los viernes fuera de cuaresma puede ser sustituida total o parcialmente por otras formas de penitencia, piedad o caridad, como limosnas, visitas a enfermos, privarse de tabaco o espectáculos, o cualquier otro gusto. La abstinencia de los viernes de cuaresma, y el ayuno y la abstinencia del Miércoles de Ceniza y Viernes Santo no pueden ser sustituidos por propia iniciativa.

No debe considerarse pecado grave cualquier violación esporádica de la ley; pero sí el dejar de cumplirla habitualmente o por menosprecio.

Lo importante es el espíritu de la ley. Se trata de que en esos pocos días del año te quedes con un poco de hambre para hacer un sacrificio por Nuestro Señor.

La observancia sustancial de la disciplina eclesiástica sobre la penitencia es gravemente obligatoria.

Pero adviértase que la Iglesia no quiere precisar con medidas y pormenores los límites que determinarían en cada caso la gravedad de las faltas, porque desea que los fieles no caigan en la servidumbre y en la rutina de una observancia meramente externa, y prefiere, al contrario, que ellos mismos, sin omitir el oportuno consejo, formen deliberadamente su conciencia en cada caso según las indicaciones y el espíritu de la ley, con sentido de responsabilidad ante el Señor que ha de juzgar la sinceridad y diligencia de nuestras actitudes. Pero, sin duda, el desprecio y la inobservancia habitual de los preceptos de la Iglesia constituiría pecado grave.

La Conferencia Episcopal Española espera que «la presente disciplina penitencial, adaptada a España, servirá para aumentar en todos el sentido de sacrificio, la autenticidad de una vida sinceramente cristiana, y la práctica, más personal y consciente, de la mortificación y la caridad».

El Secretario del Episcopado francés ha propuesto a los católicos privarse del tabaco o bebidas alcohólicas un día a la semana, como una nueva modalidad de abstinencia.

Hacer penitencia es obligación de todo cristiano. Cada vez que cumplimos con nuestro deber y se lo ofrecemos a Dios hacemos penitencia. Cuando, en obsequio a Dios, nos privamos de algo que nos gusta o hacemos algo que nos desagrada, hacemos penitencia. Cuando, por Dios, aceptamos la vida y sus dificultades, hacemos penitencia.

Cuando, también por Dios, somos justos y luchamos contra las injusticias de la vida, hacemos penitencia. Arrepentirnos de nuestros pecados y hacernos amigos de Dios, es hacer penitencia.

La penitencia necesita de algo interior: Dios quiere el corazón, no sólo las obras externas. Si nuestra intención se detuviese en cumplir la ley, sin ofrenda a Dios, no haríamos penitencia. La primera y obligatoria penitencia que tenemos que hacer es cumplir la ley de Dios. Si no cumplimos lo que se nos manda, no hacemos penitencia. El principal lenguaje de un hombre son las obras.

El quinto mandamiento de la Iglesia manda que la ayudemos en sus necesidades y en sus obras.

No hay que olvidar que es deber de los fieles atender, según las posibilidades de cada uno, con su ayuda económica al culto y al decoroso sustento de los ministros de Dios.

Todos los bienes los hemos recibido de Dios. El contribuir con ellos para ayudar a la Iglesia en sus necesidades, es una manera de agradecer a Dios lo que nos ha dado, y rogarle que nos siga bendiciendo. Los sacerdotes han consagrado su vida a trabajar exclusivamente por el bien espiritual de los hombres, por lo tanto, de ellos deben recibir lo necesario para satisfacer sus necesidades humanas, y poder seguir estudiando y estar siempre bien preparados para el desempeño de su ministerio.

Dice el Nuevo Código de Derecho Canónico:«Los fieles tienen el deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras apostólicas y de caridad, y el conveniente sustento de los ministros».

Los buenos católicos deben también contribuir al sostenimiento del Seminario de la Diócesis, donde se están formando los futuros sacerdotes que han de atender a las almas.

Como en otras naciones, también es España, se puede hoy ayudar a la Iglesia destinando a ella la pequeña parte asignada de lo que hay que pagar a Hacienda.

Todos hemos de sentir la Iglesia como propia. Es un deber de justicia ayudar a la Iglesia en todo lo relativo al apostolado, porque de la Iglesia recibimos el mayor bien que se puede recibir en este mundo: los medios para ir al cielo.

Nuestra colaboración a la Iglesia no debe limitarse a lo económico; debemos también prestar nuestra colaboración personal, en la medida que nos sea posible.

Además de estos mandamientos más generales, la Iglesia tienen también otros, como por ejemplo, la prohibición de asistir a escuelas ateas o a centros en los que se enseñen cosas contrarias a la doctrina católica.

«Los padres católicos que envían a sus hijos a estas escuelas, aunque sea con el pretexto de que enseñan muy bien otras materias profanas, pecan gravísimamente y son indignos de la absolución sacramental, por el grave peligro a que exponen a sus hijos».

El Concilio Vaticano II «recuerda a los padres cristianos la obligación de confiar sus hijos, en el tiempo y lugar que puedan, a las escuelas católicas, de sostenerlas con todas sus fuerzas, y de colaborar con ellas en bien de sus propios hijos».

Por eso «deben disponer, y aun exigir, todo lo necesario para que sus hijos puedan disfrutar de tales auxilios y progresar en la formación cristiana a la par que en la profana».

Dicen los Obispos Españoles:«La clase de Religión en España, carente hoy del debido rigor académico, se ve sometida a un proceso de deterioro que repercutirá negativamente en los aspectos humanos y éticos de todo el marco educativo». Leí en el ABC de Madrid, en la misma página, estos dos titulares:«El gobierno socialista margina la asignatura de Religión». «En Suecia la clase de Religión es obligatoria».

Los padres tienen el derecho de educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas.

Dice el Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica: «Los padres tienen el derecho de elegir para sus hijos una escuela que corresponda a sus propias convicciones, y los poderes públicos tienen el deber de garantizar este derecho de los padres y de asegurar las condiciones reales de su ejercicio».

Como dijo el Papa Juan Pablo II en su visita a España en 1982: «Los padres deben elegir para sus hijos una enseñanza en la que esté presente el pan de la fe cristiana». Los padres tienen obligación de preocuparse de que sus hijos sean educados en la religión católica. Si se desentienden de esto, que no se quejen después cuando sus hijos les salgan torcidos.

No te contentes con solicitar la enseñanza de la Religión en el colegio de tus hijos. Comprueba lo que les enseñan; y si les dan gato por liebre, protesta enérgicamente como cualquier consumidor estafado.

La Comisión Episcopal de Enseñanza recuerda que «todos debemos exigir que se pueda recibir educación católica en los centros de enseñanza»:

La formación religiosa católica en la escuela es un deber y un derecho, cuyo servicio está regulado por las leyes, y cuya realización efectiva debe ser apoyada por toda la comunidad cristiana. Los obispos indican a los padres católicos el deber de inscribir a sus hijos en la asignatura de religión y moral católicas. El mismo texto recuerda la obligación de los profesores cristianos de colaborar en la formación religiosa católica de los alumnos cuyos padres han elegido para ellos este tipo de formación. Por último insisten en el deber de la sociedad y de los gobernantes de respetar el derecho de los padres y de los alumnos en conformidad con los principios de la Constitución Española y de los acuerdos internacionales firmados por el Estado Español con la Santa Sede en materia de enseñanza.

El Consejo Pontificio para la Familia ha publicado un documento en el que dice que los padres deben retirar a sus hijos de los centros donde se enseñe una moral sexual contraria a la doctrina de la Iglesia.

Otro mandamiento de la Iglesia es no contraer matrimonio opuesto a las leyes de la Iglesia.

En 1917 se publica el Código de Derecho Canónico que sistematiza un cúmulo de leyes eclesiásticas. En 1983 se publica un nuevo Código de Derecho Canónico que actualiza y perfecciona el anterior. El estudio de esta reforma ha durado veinticinco años, desde que lo inició Juan XXIII.

Padre Jorge Loring – Libro: Para Salvarte

PARA SALVARTE – PADRE JORGE LORING

Que Dios les conceda a todos la Gracia de una sincera confesión y una verdadera conversión.

Karla Rouillon Gallangos

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Recuerda que los demonios son RESPONSABLES del pecado pero tú eres CULPABLE por no haber resistido la tentación y por ofender a Dios con el pecado. ¡Confiésate bien!

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La comunión en la mano es SACRILEGIO y PECADO y nadie puede obligarte a recibir la comunión en la mano, pues es “sólo para el fiel que lo desea”.

Por favor, por amor a Jesús, no se queden callados y luchen contra la sacrílega comunión en la mano… es Jesús ahí presente y no, no está dichoso de ser flagelado otra vez por ti recibiéndolo en las manos… ¡NO RECIBAS A JESÚS EN LA MANO!

Sobre la COMUNIÓN EN LA MANO

Cuaresma: Día 35

CUARESMA: DÍA 35

El Padre Jorge Loring (+) nos ha dejado un valioso libro llamado PARA SALVARTE, donde nos explica, entre muchas otras cosas, los Mandamientos de Dios y los pecados con los cuales pecamos contra este mandamiento.

Hoy revisaremos los Mandamientos de la Iglesia.

Además de los mandamientos de la ley de Dios, la Iglesia tiene cinco mandamientos.

En virtud del poder recibido de Jesucristo, la Iglesia puede imponer preceptos que obliguen gravemente a los hombres en orden a un mejor cumplimiento de la ley de Dios.

Los mandamientos de la Iglesia son de dos clases:

Los tres primeros mandan oír Misa, confesar y comulgar; pero de esto ya hemos tratado (en los Mandamientos de Dios).

El cuarto manda el ayuno y la abstinencia en los días determinados por la Iglesia.

El ayuno consiste en hacer una sola comida fuerte al día. Pero se puede tomar algo por la mañana y por la noche.

En el desayuno se puede tomar, por ejemplo, leche, café o té, o un poco de chocolate, con unos 60 gramos de pan, churros, tortas, etc. En la cena se puede tomar hasta 250 gramos de alimentos. Si te parece esto muy complicado, puedes atender a la norma práctica de algunos moralistas que dicen que quien tiene obligación de ayunar basta con que en el desayuno y en la cena tome la mitad de lo que tiene por costumbre tomar. Y si lo que se suele tomar es poco, la cantidad que se suprima puede ser menor. Otra norma práctica es que sumando lo que se toma en el desayuno y en la cena, no llegue a lo que se suele tomar al mediodía.

En la comida principal se puede tomar toda la cantidad que se quiera.

Pero durante el día no se puede tomar nada (comida o bebida) que sea alimento. Sí se pueden tomar líquidos no alimenticios como refrescos, café, té y bebidas alcohólicas; y también alguna pequeña tapa con que éstas suelen acompañarse; aunque sería mejor abstenerse de ella.

La abstinencia consiste en no tomar carne; pero no está prohibido el caldo de carne ni la grasa animal, si es condimento. También se pueden tomar huevos y productos lácteos.

Tienen obligación de ayunar todos los católicos que han cumplido dieciocho años y no han cumplido los cincuenta y nueve.

La abstinencia obliga desde los catorce años cumplidos hasta el final de la vida. «No están obligados al ayuno y abstinencia los verdaderamente pobres, los enfermos y los obreros»).

Tampoco están obligados los que no tienen habitualmente uso de razón.

El párroco y algunos confesores pueden dispensar cuando haya motivo suficiente.

Son días de ayuno y abstinencia el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. Son días de sólo abstinencia todos los viernes del año, que no caigan en festivo. La abstinencia de los viernes fuera de cuaresma puede ser sustituida total o parcialmente por otras formas de penitencia, piedad o caridad, como limosnas, visitas a enfermos, privarse de tabaco o espectáculos, o cualquier otro gusto. La abstinencia de los viernes de cuaresma, y el ayuno y la abstinencia del Miércoles de Ceniza y Viernes Santo no pueden ser sustituidos por propia iniciativa.

No debe considerarse pecado grave cualquier violación esporádica de la ley; pero sí el dejar de cumplirla habitualmente o por menosprecio.

Lo importante es el espíritu de la ley. Se trata de que en esos pocos días del año te quedes con un poco de hambre para hacer un sacrificio por Nuestro Señor.

La observancia sustancial de la disciplina eclesiástica sobre la penitencia es gravemente obligatoria.

Pero adviértase que la Iglesia no quiere precisar con medidas y pormenores los límites que determinarían en cada caso la gravedad de las faltas, porque desea que los fieles no caigan en la servidumbre y en la rutina de una observancia meramente externa, y prefiere, al contrario, que ellos mismos, sin omitir el oportuno consejo, formen deliberadamente su conciencia en cada caso según las indicaciones y el espíritu de la ley, con sentido de responsabilidad ante el Señor que ha de juzgar la sinceridad y diligencia de nuestras actitudes. Pero, sin duda, el desprecio y la inobservancia habitual de los preceptos de la Iglesia constituiría pecado grave.

La Conferencia Episcopal Española espera que «la presente disciplina penitencial, adaptada a España, servirá para aumentar en todos el sentido de sacrificio, la autenticidad de una vida sinceramente cristiana, y la práctica, más personal y consciente, de la mortificación y la caridad».

El Secretario del Episcopado francés ha propuesto a los católicos privarse del tabaco o bebidas alcohólicas un día a la semana, como una nueva modalidad de abstinencia.

Hacer penitencia es obligación de todo cristiano. Cada vez que cumplimos con nuestro deber y se lo ofrecemos a Dios hacemos penitencia. Cuando, en obsequio a Dios, nos privamos de algo que nos gusta o hacemos algo que nos desagrada, hacemos penitencia. Cuando, por Dios, aceptamos la vida y sus dificultades, hacemos penitencia.

Cuando, también por Dios, somos justos y luchamos contra las injusticias de la vida, hacemos penitencia. Arrepentirnos de nuestros pecados y hacernos amigos de Dios, es hacer penitencia.

La penitencia necesita de algo interior: Dios quiere el corazón, no sólo las obras externas. Si nuestra intención se detuviese en cumplir la ley, sin ofrenda a Dios, no haríamos penitencia. La primera y obligatoria penitencia que tenemos que hacer es cumplir la ley de Dios. Si no cumplimos lo que se nos manda, no hacemos penitencia. El principal lenguaje de un hombre son las obras.

cuaresma guia para una buena confesion krouillong pecados capitales comunion en la mano

El quinto mandamiento de la Iglesia manda que la ayudemos en sus necesidades y en sus obras.

No hay que olvidar que es deber de los fieles atender, según las posibilidades de cada uno, con su ayuda económica al culto y al decoroso sustento de los ministros de Dios.

Todos los bienes los hemos recibido de Dios. El contribuir con ellos para ayudar a la Iglesia en sus necesidades, es una manera de agradecer a Dios lo que nos ha dado, y rogarle que nos siga bendiciendo. Los sacerdotes han consagrado su vida a trabajar exclusivamente por el bien espiritual de los hombres, por lo tanto, de ellos deben recibir lo necesario para satisfacer sus necesidades humanas, y poder seguir estudiando y estar siempre bien preparados para el desempeño de su ministerio.

Dice el Nuevo Código de Derecho Canónico:«Los fieles tienen el deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras apostólicas y de caridad, y el conveniente sustento de los ministros».

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Los padres tienen el derecho de educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas.

Dice el Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica: «Los padres tienen el derecho de elegir para sus hijos una escuela que corresponda a sus propias convicciones, y los poderes públicos tienen el deber de garantizar este derecho de los padres y de asegurar las condiciones reales de su ejercicio».

Como dijo el Papa Juan Pablo II en su visita a España en 1982: «Los padres deben elegir para sus hijos una enseñanza en la que esté presente el pan de la fe cristiana». Los padres tienen obligación de preocuparse de que sus hijos sean educados en la religión católica. Si se desentienden de esto, que no se quejen después cuando sus hijos les salgan torcidos.

No te contentes con solicitar la enseñanza de la Religión en el colegio de tus hijos. Comprueba lo que les enseñan; y si les dan gato por liebre, protesta enérgicamente como cualquier consumidor estafado.

La Comisión Episcopal de Enseñanza recuerda que «todos debemos exigir que se pueda recibir educación católica en los centros de enseñanza»:

La formación religiosa católica en la escuela es un deber y un derecho, cuyo servicio está regulado por las leyes, y cuya realización efectiva debe ser apoyada por toda la comunidad cristiana. Los obispos indican a los padres católicos el deber de inscribir a sus hijos en la asignatura de religión y moral católicas. El mismo texto recuerda la obligación de los profesores cristianos de colaborar en la formación religiosa católica de los alumnos cuyos padres han elegido para ellos este tipo de formación. Por último insisten en el deber de la sociedad y de los gobernantes de respetar el derecho de los padres y de los alumnos en conformidad con los principios de la Constitución Española y de los acuerdos internacionales firmados por el Estado Español con la Santa Sede en materia de enseñanza.

El Consejo Pontificio para la Familia ha publicado un documento en el que dice que los padres deben retirar a sus hijos de los centros donde se enseñe una moral sexual contraria a la doctrina de la Iglesia.

Otro mandamiento de la Iglesia es no contraer matrimonio opuesto a las leyes de la Iglesia.

En 1917 se publica el Código de Derecho Canónico que sistematiza un cúmulo de leyes eclesiásticas. En 1983 se publica un nuevo Código de Derecho Canónico que actualiza y perfecciona el anterior. El estudio de esta reforma ha durado veinticinco años, desde que lo inició Juan XXIII.

Padre Jorge Loring – Libro: Para Salvarte

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Recuerda que los demonios son RESPONSABLES del pecado pero tú eres CULPABLE por no haber resistido la tentación y por ofender a Dios con el pecado. ¡Confiésate bien!

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Por favor, por amor a Jesús, no se queden callados y luchen contra la sacrílega comunión en la mano… es Jesús ahí presente y no, no está dichoso de ser flagelado otra vez por ti recibiéndolo en las manos… ¡NO RECIBAS A JESÚS EN LA MANO!

Sobre la COMUNIÓN EN LA MANO

Cuaresma: Día 34

CUARESMA: DÍA 34

El Padre Jorge Loring (+) nos ha dejado un valioso libro llamado PARA SALVARTE, donde nos explica, entre muchas otras cosas, los Mandamientos de Dios y los pecados con los cuales pecamos contra este mandamiento.

Hoy revisaremos los Mandamientos de la Iglesia.

Además de los mandamientos de la ley de Dios, la Iglesia tiene cinco mandamientos.

En virtud del poder recibido de Jesucristo, la Iglesia puede imponer preceptos que obliguen gravemente a los hombres en orden a un mejor cumplimiento de la ley de Dios.

Los mandamientos de la Iglesia son de dos clases:

Los tres primeros mandan oír Misa, confesar y comulgar; pero de esto ya hemos tratado (en los Mandamientos de Dios).

El cuarto manda el ayuno y la abstinencia en los días determinados por la Iglesia.

El ayuno consiste en hacer una sola comida fuerte al día. Pero se puede tomar algo por la mañana y por la noche.

En el desayuno se puede tomar, por ejemplo, leche, café o té, o un poco de chocolate, con unos 60 gramos de pan, churros, tortas, etc. En la cena se puede tomar hasta 250 gramos de alimentos. Si te parece esto muy complicado, puedes atender a la norma práctica de algunos moralistas que dicen que quien tiene obligación de ayunar basta con que en el desayuno y en la cena tome la mitad de lo que tiene por costumbre tomar. Y si lo que se suele tomar es poco, la cantidad que se suprima puede ser menor. Otra norma práctica es que sumando lo que se toma en el desayuno y en la cena, no llegue a lo que se suele tomar al mediodía.

En la comida principal se puede tomar toda la cantidad que se quiera.

Pero durante el día no se puede tomar nada (comida o bebida) que sea alimento. Sí se pueden tomar líquidos no alimenticios como refrescos, café, té y bebidas alcohólicas; y también alguna pequeña tapa con que éstas suelen acompañarse; aunque sería mejor abstenerse de ella.

La abstinencia consiste en no tomar carne; pero no está prohibido el caldo de carne ni la grasa animal, si es condimento. También se pueden tomar huevos y productos lácteos.

Tienen obligación de ayunar todos los católicos que han cumplido dieciocho años y no han cumplido los cincuenta y nueve.

La abstinencia obliga desde los catorce años cumplidos hasta el final de la vida. «No están obligados al ayuno y abstinencia los verdaderamente pobres, los enfermos y los obreros»).

Tampoco están obligados los que no tienen habitualmente uso de razón.

El párroco y algunos confesores pueden dispensar cuando haya motivo suficiente.

Son días de ayuno y abstinencia el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. Son días de sólo abstinencia todos los viernes del año, que no caigan en festivo. La abstinencia de los viernes fuera de cuaresma puede ser sustituida total o parcialmente por otras formas de penitencia, piedad o caridad, como limosnas, visitas a enfermos, privarse de tabaco o espectáculos, o cualquier otro gusto. La abstinencia de los viernes de cuaresma, y el ayuno y la abstinencia del Miércoles de Ceniza y Viernes Santo no pueden ser sustituidos por propia iniciativa.

No debe considerarse pecado grave cualquier violación esporádica de la ley; pero sí el dejar de cumplirla habitualmente o por menosprecio.

Lo importante es el espíritu de la ley. Se trata de que en esos pocos días del año te quedes con un poco de hambre para hacer un sacrificio por Nuestro Señor.

La observancia sustancial de la disciplina eclesiástica sobre la penitencia es gravemente obligatoria.

Pero adviértase que la Iglesia no quiere precisar con medidas y pormenores los límites que determinarían en cada caso la gravedad de las faltas, porque desea que los fieles no caigan en la servidumbre y en la rutina de una observancia meramente externa, y prefiere, al contrario, que ellos mismos, sin omitir el oportuno consejo, formen deliberadamente su conciencia en cada caso según las indicaciones y el espíritu de la ley, con sentido de responsabilidad ante el Señor que ha de juzgar la sinceridad y diligencia de nuestras actitudes. Pero, sin duda, el desprecio y la inobservancia habitual de los preceptos de la Iglesia constituiría pecado grave.

La Conferencia Episcopal Española espera que «la presente disciplina penitencial, adaptada a España, servirá para aumentar en todos el sentido de sacrificio, la autenticidad de una vida sinceramente cristiana, y la práctica, más personal y consciente, de la mortificación y la caridad».

El Secretario del Episcopado francés ha propuesto a los católicos privarse del tabaco o bebidas alcohólicas un día a la semana, como una nueva modalidad de abstinencia.

Hacer penitencia es obligación de todo cristiano. Cada vez que cumplimos con nuestro deber y se lo ofrecemos a Dios hacemos penitencia. Cuando, en obsequio a Dios, nos privamos de algo que nos gusta o hacemos algo que nos desagrada, hacemos penitencia. Cuando, por Dios, aceptamos la vida y sus dificultades, hacemos penitencia.

Cuando, también por Dios, somos justos y luchamos contra las injusticias de la vida, hacemos penitencia. Arrepentirnos de nuestros pecados y hacernos amigos de Dios, es hacer penitencia.

La penitencia necesita de algo interior: Dios quiere el corazón, no sólo las obras externas. Si nuestra intención se detuviese en cumplir la ley, sin ofrenda a Dios, no haríamos penitencia. La primera y obligatoria penitencia que tenemos que hacer es cumplir la ley de Dios. Si no cumplimos lo que se nos manda, no hacemos penitencia. El principal lenguaje de un hombre son las obras.

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El quinto mandamiento de la Iglesia manda que la ayudemos en sus necesidades y en sus obras.

No hay que olvidar que es deber de los fieles atender, según las posibilidades de cada uno, con su ayuda económica al culto y al decoroso sustento de los ministros de Dios.

Todos los bienes los hemos recibido de Dios. El contribuir con ellos para ayudar a la Iglesia en sus necesidades, es una manera de agradecer a Dios lo que nos ha dado, y rogarle que nos siga bendiciendo. Los sacerdotes han consagrado su vida a trabajar exclusivamente por el bien espiritual de los hombres, por lo tanto, de ellos deben recibir lo necesario para satisfacer sus necesidades humanas, y poder seguir estudiando y estar siempre bien preparados para el desempeño de su ministerio.

Dice el Nuevo Código de Derecho Canónico:«Los fieles tienen el deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras apostólicas y de caridad, y el conveniente sustento de los ministros».

Los buenos católicos deben también contribuir al sostenimiento del Seminario de la Diócesis, donde se están formando los futuros sacerdotes que han de atender a las almas.

Como en otras naciones, también es España, se puede hoy ayudar a la Iglesia destinando a ella la pequeña parte asignada de lo que hay que pagar a Hacienda.

Todos hemos de sentir la Iglesia como propia. Es un deber de justicia ayudar a la Iglesia en todo lo relativo al apostolado, porque de la Iglesia recibimos el mayor bien que se puede recibir en este mundo: los medios para ir al cielo.

Nuestra colaboración a la Iglesia no debe limitarse a lo económico; debemos también prestar nuestra colaboración personal, en la medida que nos sea posible.

Además de estos mandamientos más generales, la Iglesia tienen también otros, como por ejemplo, la prohibición de asistir a escuelas ateas o a centros en los que se enseñen cosas contrarias a la doctrina católica.

«Los padres católicos que envían a sus hijos a estas escuelas, aunque sea con el pretexto de que enseñan muy bien otras materias profanas, pecan gravísimamente y son indignos de la absolución sacramental, por el grave peligro a que exponen a sus hijos».

El Concilio Vaticano II «recuerda a los padres cristianos la obligación de confiar sus hijos, en el tiempo y lugar que puedan, a las escuelas católicas, de sostenerlas con todas sus fuerzas, y de colaborar con ellas en bien de sus propios hijos».

Por eso «deben disponer, y aun exigir, todo lo necesario para que sus hijos puedan disfrutar de tales auxilios y progresar en la formación cristiana a la par que en la profana».

Dicen los Obispos Españoles:«La clase de Religión en España, carente hoy del debido rigor académico, se ve sometida a un proceso de deterioro que repercutirá negativamente en los aspectos humanos y éticos de todo el marco educativo». Leí en el ABC de Madrid, en la misma página, estos dos titulares:«El gobierno socialista margina la asignatura de Religión». «En Suecia la clase de Religión es obligatoria».

Los padres tienen el derecho de educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas.

Dice el Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica: «Los padres tienen el derecho de elegir para sus hijos una escuela que corresponda a sus propias convicciones, y los poderes públicos tienen el deber de garantizar este derecho de los padres y de asegurar las condiciones reales de su ejercicio».

Como dijo el Papa Juan Pablo II en su visita a España en 1982: «Los padres deben elegir para sus hijos una enseñanza en la que esté presente el pan de la fe cristiana». Los padres tienen obligación de preocuparse de que sus hijos sean educados en la religión católica. Si se desentienden de esto, que no se quejen después cuando sus hijos les salgan torcidos.

No te contentes con solicitar la enseñanza de la Religión en el colegio de tus hijos. Comprueba lo que les enseñan; y si les dan gato por liebre, protesta enérgicamente como cualquier consumidor estafado.

La Comisión Episcopal de Enseñanza recuerda que «todos debemos exigir que se pueda recibir educación católica en los centros de enseñanza»:

La formación religiosa católica en la escuela es un deber y un derecho, cuyo servicio está regulado por las leyes, y cuya realización efectiva debe ser apoyada por toda la comunidad cristiana. Los obispos indican a los padres católicos el deber de inscribir a sus hijos en la asignatura de religión y moral católicas. El mismo texto recuerda la obligación de los profesores cristianos de colaborar en la formación religiosa católica de los alumnos cuyos padres han elegido para ellos este tipo de formación. Por último insisten en el deber de la sociedad y de los gobernantes de respetar el derecho de los padres y de los alumnos en conformidad con los principios de la Constitución Española y de los acuerdos internacionales firmados por el Estado Español con la Santa Sede en materia de enseñanza.

El Consejo Pontificio para la Familia ha publicado un documento en el que dice que los padres deben retirar a sus hijos de los centros donde se enseñe una moral sexual contraria a la doctrina de la Iglesia.

Otro mandamiento de la Iglesia es no contraer matrimonio opuesto a las leyes de la Iglesia.

En 1917 se publica el Código de Derecho Canónico que sistematiza un cúmulo de leyes eclesiásticas. En 1983 se publica un nuevo Código de Derecho Canónico que actualiza y perfecciona el anterior. El estudio de esta reforma ha durado veinticinco años, desde que lo inició Juan XXIII.

Padre Jorge Loring – Libro: Para Salvarte

PARA SALVARTE – PADRE JORGE LORING

Que Dios les conceda a todos la Gracia de una sincera confesión y una verdadera conversión.

Karla Rouillon Gallangos

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Recuerda que los demonios son RESPONSABLES del pecado pero tú eres CULPABLE por no haber resistido la tentación y por ofender a Dios con el pecado. ¡Confiésate bien!

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La comunión en la mano es SACRILEGIO y PECADO y nadie puede obligarte a recibir la comunión en la mano, pues es “sólo para el fiel que lo desea”.

Por favor, por amor a Jesús, no se queden callados y luchen contra la sacrílega comunión en la mano… es Jesús ahí presente y no, no está dichoso de ser flagelado otra vez por ti recibiéndolo en las manos… ¡NO RECIBAS A JESÚS EN LA MANO!

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Cuaresma: Día 33

CUARESMA: DÍA 33

El Padre Jorge Loring (+) nos ha dejado un valioso libro llamado PARA SALVARTE, donde nos explica, entre muchas otras cosas, los Mandamientos de Dios y los pecados con los cuales pecamos contra este mandamiento.

Hoy revisaremos el Décimo Mandamiento de Dios: No Codiciarás los Bienes Ajenos.

Este mandamiento está contenido en el séptimo. Pero insiste en que también se puede pecar deseando tomar lo ajeno. Se trata, naturalmente, de un deseo desordenado y consentido. Eso no quiere decir que sea pecado el desear tener, si pudieras lícitamente, una cosa como la de tu prójimo.

Este mandamiento no prohíbe un ordenado deseo de riquezas, como sería una aspiración a un mayor bienestar legítimamente conseguido; manda conformarnos con los bienes que Dios nos ha dado y con los que honradamente podamos adquirir.

Pero sí sería pecado murmurar con rabia contra Dios porque no te da más; y tener envidia de los bienes ajenos.

No dejes que la amargura de corazón corroa la paz de tu alma.

Aunque la vida sea dura y la queja asome a tus labios, no dejes que la amargura se apodere de tu corazón. Esfuérzate por mejorar tu situación y satisfacer tus necesidades, pero sin amargura. Dios lo quiere y la Iglesia -como madre tuya- es la primera que lo procura, enseñando a todos lo que el trabajador se merece. Recuerda lo que te he dicho en el cuarto mandamiento. Esfuérzate, sí; pero siempre por medios lícitos; no con espíritu de rebeldía, ni de odios, sino con espíritu cristiano, con fe en la Providencia de Dios, y sin olvidar que en esta vida no se puede hacer desaparecer el sufrimiento.

Por otra parte, no olvides que no consiste todo en amontonar dinero.

Es mucho más importante hacer buenas obras, pues el premio eterno del cielo vale más que todo el oro del mundo. Si creyéramos esto de verdad, pondríamos mucho más empeño en practicar el bien.

La autoridad debe poner los medios para fomentar una mejor prosperidad pública y mejorar el nivel de vida del pueblo, con una justa distribución de la riqueza. Los padres deben procurar los bienes convenientes para asegurar a sus hijos un buen porvenir. Los poseedores de riquezas deben cuidar de su mayor rendimiento y de su acertada inversión para crear otras fuentes de riqueza y nuevos puestos de trabajo, en conformidad con las necesidades del bien común.

Todos debemos cooperar, con nuestro trabajo, al mayor bienestar y prosperidad pública y privada.

Pero el deseo de riquezas debe estar moderado por la virtud de la justicia distributiva y social. Y no podemos aspirar a ellas sino por medios lícitos y con fines honestos. El deseo inmoderado de riquezas con fines egoístas y medios injustos provoca luchas sociales e incluso guerras entre las naciones.

Codicia es la idolatría del dinero. Es un deseo de poseer sin límites que lleva a la explotación del prójimo, o a no compartir los bienes propios con los necesitados.

El ansia de dinero puede esclavizar lo mismo al que lo tiene que al que no lo tiene.

La Iglesia exalta el desprendimiento de los bienes de este mundo. Pero esto no se opone al progreso que tiende a hacer desaparecer la miseria que impide practicar la virtud de algunos sectores sociales.

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Los trabajos fisiológicos de Bert sobre el oxígeno, necesario para nuestras células, han demostrado que si están faltas de él, padecen y mueren; pero un exceso, también les es nocivo, porque les resulta convulsivo.

Es decir, que nuestro organismo está hecho para una medida; y lo mismo resulta nocivo una carencia que un exceso. Lo mismo que ocurre con el oxígeno, ocurre con el azúcar, el calor o la libertad. Tan perjudicial es una carencia como un exceso. Y también con los bienes materiales.

Lo mismo que hay un mínimo económico vital, debería fijarse un máximo vital no sobrepasable para poder permanecer en el equilibrio humano.

En los países donde el progreso ha alcanzado metas altísimas, y una libertad de costumbres sin freno, han resultado hombres cansados de vivir. Por eso en ellos se multiplican tanto los suicidios. La Iglesia tiene sus razones cuando enseña una ascética de lucha y de vencimiento propio. Esta superación del hombre sobre sí mismo, aunque exige esfuerzo y sacrificio, llena también de satisfacciones la vida.

La felicidad no está en tener muchas cosas, sino en saber disfrutar de lo que se tiene. La felicidad brota de lo más íntimo de nuestro ser.

Quien busca la felicidad fuera de sí mismo es como un caracol en busca de casa. La alegría es posible en todas las circunstancias de la vida.

Los que no la encuentran es porque la buscan donde no está. En lugar de buscarla en uno mismo, la buscan en cosas exteriores que dejan el corazón vacío, y después viene el tedio y la tristeza. La felicidad no depende de lo que nos pasa, sino de cómo lo percibimos. La felicidad está en disfrutar de lo que tenemos, y no en desear lo que no podemos tener. La persona feliz siempre encuentra algo positivo en lo negativo.

Padre Jorge Loring – Libro: Para Salvarte

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