Pedro Alva Mariñas
Instituto de Desarrollo Regional – INDER
El día de ayer, 31 de octubre, se han cumplido 49 años del reconocimiento oficial de la Comunidad Campesina “San Pablo”de Incahuasi. Efectivamente un 31 de Octubre de 1963, el Ministerio de Trabay Asuntos Indígenas expedía la Resolución Ministerial Nº 186 que reconoce personería jurídica y existencia legal de la Comunidad y ordena que se la inscriba en el Registro Oficial de Comunidades del la Dirección de Asuntos Indígenas del Ministerio de Trabajo y Asuntos Indígenas. El documento lleva logotipos oficiales, al centro el escudo nacional, evidencias de su tramitación y al final un par de firmas ilegibles. En fin se trata de un documento oficial sin ninguna discusión y cuya copia oficial le fue remitida al gestor de la Comunidad mediante comunicaciones oficiales y a través de la Prefectura y Puesto policial de Incahuasi. La expedición de esta resolución culminaba un largo proceso de trámites que se remontan a varios años atrás, pero que en los dos años anteriores cobraron inusitado interés.
Sólo como una acotación diremos que son muy pocas las instituciones departamentales que pueden exhibir un documento de esta naturaleza, es decir del rango de una Resolución Suprema que otorga reconocimiento oficial y personería jurídica a una institución. Este hecho es generalmente olvidado por sectores importantes de los comuneros y más todavía por algunas instancias estatales y empresas privadas que informadas del hecho que alguna directiva comunal No se encuentra inscrita en los registros públicos concluyen que la comunidad o no existe o con ella no se puede ni siquiera conversar. En atención a ello la Ley General de Comunidades Campesinas reiteraba que las comunidades gozan de personería jurídica y que “solo por su mérito” debieran ser inscritas en los registros públicos.
Otro asunto importante del contenido de la Resolución Suprema de reconocimiento de la Comunidad Campesina San Pablo de Incahuasi es en lo relativo al territorio comunal que no es reconocido y es más se deja expresa constancia que: “la presente resolución no afecta los derechos que otras comunidades o particulares pudieran tener sobre la propiedad de las tierras que la comunidad recurrente considera como de su dominio”. Con ello la inseguridad jurídica, las usurpaciones territoriales y los litigios por tierras se van a prolongar por un largo periodo; pero por lo menos la comunidad ya podía litigar en los tribunales y defender sus derechos. La titulación del territorio comunal será igualmente un proceso largo y terminará en 1992.
Los trámites para el reconocimiento oficial no fue fácil por la enorme presión de los hacendados, por las grandes limitaciones de un Estado anquilosado y de espaldas a las comunidades indígenas; pero parece que también debido a las divisiones internas que se desarrollaron al interior de la comunidad. Efectivamente se formaron dos bandos interesados en lograr el reconocimiento, uno estaba presidido por la familia Cajo y el otro por Asunción Vilcabana Vides que al final logrará tener el respaldo de los comuneros y se convertirá en el Personero de la Comunidad. Fortalecido por esta unidad Asunción Vilcabana remite un nuevo documento al Director General de Asuntos Indígenas, adjuntando varios documentos al expediente:
– El mandato otorgado a su persona por los comuneros de Incahuasi
– Formulario declarando que la Comunidad tiene carácter inmemorial
– Datos poblacionales
– Número y clase de ganado que tiene cada familia comunera
– Datos sobre la escuela que funciona en la Comunidad
– Croquis del territorio comunal que la comunidad considera como de su propiedad.
– Títulos antiguos – coloniales – de comunidad
La solicitud, escrita en papel sellado, fechada el 10 de Noviembre de 1962 y lleva la rúbrica y firma de Asunción Vilcabana Vides.
El reconocimiento oficial de la Comunidad, en realidad la devolución de ese estatus legal que ya tenía la Comunidad de Incahuasi desde tiempos coloniales, ha sido uno de los grandes hitos de la larga historia de este noble pueblo quechua hablante enclavado en la serranía de Ferreñafe – Lambayeque. Es por ello que la directiva comunal del periodo 2011 – 2012 ha decidido celebrarlo como se merece, es decir en dos días de celebración y al que ellos mismos le han dado un nombre que a nosotros, los castellano hablantes nos puede parecer extraño pero que para ellos suena muy bien: TUKUY SHAMUYLLAPA 1963 – 2012.
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Nota: el nombre del distrito, en los últimos tiempos, lo suelen escribir de esta manera: Inkawasi; sin embargo la Comunidad Campesina prefiere conservar la antigua escritura, es decir Incahuasi pues así rezan sus documentos originarios y los de su reconocimiento. Nosotros conservamos las formas de la Comunidad, por lo menos en este artículo.
Alguien me podría respodria responder
¿Qué tipo de comunidades campesinas hay en nuestra provincia de ferreñafe?
Estimado Jhony: Las comunidades campesinas forman un tipo de organización especial que están regidas por costumbres y normas legales. Las diferencias se pueden establece en base a criterios: comunidades que funcionan como tales y otras no (tipo Manuel Arévalo), comunidades de costa y de sierra, comunidades ancestrales (tipo Cañaris e Incahuasi) o comunidades recientes (Moyán, Atumpampa). Espero te sirva de referencia. Saludos