Archivo por meses: septiembre 2011

LA AGENDA AGRARIA REGIONAL

Pedro Alva Mariñas

Numerosos líderes agrarios de Lambayeque se reunieron el 15 de Julio pasado para dar vida a la Convención Regional Agraria 2011, evento organizado por Conveagro Regional y que contó con el auspicio de varias organizaciones, entre ellas, Fórum Solidaridad Perú. El evento denominado “Por el desarrollo agrario con inclusión”, congregó a más de un centenar de líderes agrarios y a un grupo de especialistas en temas agrarios. De esa reunión emergieron interesantes acuerdos que expresan los problemas y las aspiraciones de los hombres de campo de Lambayeque. Entre los acuerdos figura la necesidad de fortalecer la unidad de los gremios agrarios para enfrentar mejor los desafíos que se presentan, se consideró la importancia de incidir en las nuevas autoridades nacionales y regionales para “terminar con más de 20 años de olvido del agro nacional” y también se acordó promover un espacio de diálogo y acuerdos, que luego se llamaría Mesa de Trabajo Agrario.

En el esfuerzo por dar continuidad al espacio de concertación generado, se reunió una Mesa de Trabajo Agrario, para evaluar el evento, diseñar una estrategia para que los acuerdos se cumplan y aprobar un resumen de la problemática y demandas de los productores agrarios. El resultado fue la aprobación de la “Agenda Regional Agraria” y la decisión de presentar tal documento a las más altas autoridades del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, pasando, lógicamente por las autoridades regionales.

Hace algún tiempo que estamos acompañando el tema de la pequeña agricultura – comunal o individual – que está seriemante amenazada por la gran priopiedad que se extiende al amparo de políticas que fueron promovidas desde Palacio y desde el Gobierno Regional. Por ello consideramos importante que se generen espacios de encuentro entre productores agrarios para discutir su problemática y, de a pocos, hacer incidencia para que el gobierno les brinde un trato especial, o por lo menos igual que a los otros sectores

A continuación reproducimos el texto completo de la mencionada Agenda.

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CONVEAGRO REGIONAL LAMBAYEQUE

Los dirigentes agrarios que firmamos la presente, reunidos el 11 de Agosto en la Mesa de Trabajo Nº 01, por convocatoria de Conveagro Regional Lambayeque, en seguimiento a los acuerdos de la CONVENCION REGIONAL AGRARIA 2011 (15 Julio 2011), hemos aprobado una Agenda Regional Agraria, la que será presentada a las más altas autoridades nacionales y regionales para su consideración y solución de las demandas que contiene.

AGENDA AGRARIA REGIONAL DE LAMBAYEQUE

1. Reforma de la Constitución Política de 1993, priorizando lo referente al régimen agrario y en base a los estipulado por la Constitución Política de 1979, restituyendo la inviolabilidad, inembargabilidad de las tierras comunales.
2. Restitución de los aranceles, especialmente para los productos considerados tradicionales y que tienen que ver con la seguridad alimentaria del país
3. Programa de compensaciones en el marco de la implementación de los Tratados de Libre Comercio (TLC)
4. Pago de tributos una vez al año (tributo plano)
5. Reestructuración del Seguro Agrario con ampliación a todas las regiones del país, incluyendo a las comunidades campesinas
6. Intangibilidad de las cabeceras de cuenca, incorporando procesos de recuperación y preservación del medio ambiente
7. Constitución del Área de Comunidades Campesinas en el Gobierno Regional
8. Impulsar las alianzas estratégicas: productor – Estado – inversión privada
9. Impulso organizado de las acciones de investigación – capacitación y asistencia técnica
10. Ampliación del capital del Banco Agrario y que funcione como un banco de primer piso. Este banco debe ser de naturaleza incluyente a los campesinos formales e informales. Que se implemente la Ley PREDA ampliando el monto a 70 mil soles.
11. Reorientación de la naturaleza operativa de COFIDE que ahora orienta los créditos hacia los intermediarios, para que éstos, a su vez, ejecuten créditos con los productores con el consiguiente incremento de los intereses
12. Desjudicialización de los procesos de tierras con la institucionalización del sector público para que resuelva los casos en la vía administrativa, cumpliendo las funciones y competencias de las diferentes instituciones del sector público
13. Saneamiento físico –legal de los predios agrícolas y de las comunidades campesinas. Para el caso de la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos: Derogatoria del D.S. de confiscación de la propiedad comunal y se respete la Ley General de Comunidades Campesinas. Que el Proyecto Olmos sea ejecutado con la modalidad de inversión pública, revirtiendo las tierras a la Comunidad Campesina. No al desplazamiento forzoso de los comuneros de Olmos y Mórrope.
14. Respaldo y promoción a iniciativas organizativas de los mismos productores, principalmente de la pequeña y mediana agricultura: cursos de formación de cooperativas de ahorro y crédito, formación de empresas de productores, proyectos promocionales en asistencia técnica y transferencias de tecnologías.
15. Respetar las Ordenanzas Regionales que declaran a las regiones libres de transgénicos.
16. Dotar de mayor presupuesto a los gobiernos regionales para impulsar proyectos de inversión en la pequeña y mediana agricultura y en comunidades campesinas.
17. Establecimiento de un autogravamen para el fortalecimiento de las organizaciones agrarias representativas del país y de los departamentos.
18. Reconocer a las Rondas Campesinas como mecanismos de seguridad ciudadana, dotándolas de los recursos necesarios para su funcionamiento
19. Implementar, con los recursos suficientes, a los centros de investigación para la competitividad agraria como el INIA – Lambayeque

Chiclayo, 11 de Agosto 2011

Siguen firmas de dirigentes agrarios ….
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* Publicado en el Semanario Expresión. Chiclayo, 21 Set. 2011
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COMUNIDADES CAMPESINAS Y EL CERTIFICADO DE POSESIÓN

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Las comunidades campesinas son organizaciones muy importantes desde varios puntos de vista y, por ello, su problemática debiera interesarnos a todos y dejar de ser una preocupación aislada de comuneros y de especialistas. Uno de los temas importantes que tienen que encarar las comunidades es el relativo a los derechos de posesión que establecen al interior de sus instituciones y sobre lo cual trataremos en esta nota.

Como información general mencionamos que las comunidades campesinas extienden a sus comuneros, un documento denominado “certificado de posesión” que los convierten, a sus poseedores, en comuneros posesionarios de una determinada parcela, reservándose la comunidad campesina el derecho de propiedad (que puede o no estar acreditada por algún organismo del Estado). El certificado de posesión, dentro de una comunidad campesina, es un documento que goza de credibilidad, porque simplemente expresa una realidad reconocida y respetada por los comuneros que saben quienes son comuneros, qué parcelas poseen, sus extensiones y sus colindancias.

Las limitaciones del certificado de posesión se revelan más bien fuera de las comunidades campesinas y nos referimos a las limitaciones para ser usado en el ámbito comercial y bancario, a las exigencias de entidades privadas o a las objeciones de varios organismos públicos. Efectivamente existen fuertes restricciones para vender, arrendar, colocar como garantía, etc. las parcelas de un comunero. Incluso el Estado, para realizar una obra en territorio comunal exige que la Comunidad le extienda un documento especial en que la comunidad acepta que el territorio en que se asienta la obra estatal pase a ser propiedad pública. A lo anterior se suman algunos representantes del Poder Judicial que otorgan poca o ninguna validez a estos documentos de posesión y que con frecuencia avasalla la autonomía de las comunidades en lo concerniente al uso y disposición de sus tierras.

A los problemas señalados se suma algo que todavía es más perjudicial para la validez de los certificados de posesión: las campañas gubernamentales para negarle o restarle valor a la propiedad comunal en general y al certificado de posesión en particular. Una de estas campañas masivas la protagonizó Fujimori, sus ministros de Agricultura, algunos de sus congresistas y uno que otro de sus teóricos (como Hernando de Soto). Esta campaña se dio como parte de la ofensiva neoliberal para desbrozar el camino al proceso de reconcentración de tierras que tuvo su punto de partida en los noventa y que impulsaría con mucho entusiasmo el ex Presidente García Pérez. Ahora estamos sintiendo los efectos de tal campaña.

En un contexto de esta naturaleza – años 1992 – 1998 — el Instituto de Desarrollo Regional (INDER) trabajó una propuesta – concertada con varios dirigentes comuneros — de modificación del modelo de certificado de posesión en base a dos objetivos muy precisos: cooperar con la decisión de los comuneros de mantenerse como tales, defender la unidad territorial de sus comunidades, y brindar mayor seguridad jurídica a los comuneros posesionarios. Basado en un estudio de los documentos de posesión de varias comunidades, consultado el tema en varios eventos y recabando la opinión de varios profesionales, se concluyó formulando un nuevo modelo de certificado de posesión al que se le denominó “Título de Posesión Comunal”

El nuevo documento otorgaba derechos de posesión “de duración indefinida” al comunero, pero lo condicionaba a que mantuviera su condición de comunero, lo que implicaba cumplir con las obligaciones y beneficiarse de los derechos que el Estatuto de la Comunidad le reconocía. Se incorporaba el componente de “posesión familiar” que en cierta forma garantizaba a la familia cierta seguridad en la posesión de la parcela ya que antes el único beneficiario era el titular. El título de posesión aludía a la asamblea general de comuneros que autorizaba la expedición de tal documento, poniendo restricciones a las libertades que tenía el presidente de la comunidad. El documento debería llevar por lo menos tres firmas de los representantes de la comunidad (presidente, secretario y fiscal) y la propia firma del titular.

Si bien es cierto las normas vigentes hablaban de un padrón de parcelas, ninguna comunidad lo había puesto en práctica, por ello se contempló la necesidad que el título de posesión debiera tener un origen más formal: el Libro de Parcelas de la Comunidad, que pasaba a ser el documento de origen del derecho de posesión y que debería ser legalizado, foliado e impreso de tal manera que cualquier adulteración del mismo sería rápidamente visualizado. De esta manera, el título que se le entregaba al comunero, era una “copia literal” del documento que constaba en el Libro de Parcelas. Adicionalmente se elaboró un modelo más moderno, menos susceptible de ser adulterado y mucho mejor presentado.

Este nuevo documento de posesión fue aprobado por la mayoría de comunidades campesinas de Lambayeque y algunas del norte del país, que es el ámbito al que podía llegar la institución que promovía tales cambios. Lamentablemente organizaciones nacionales del campesinado y asociaciones especializadas en comunidades tenían, en ese tiempo, otras prioridades y otros temores y no abordaron el tema de manera específica, impidiendo un cambio global en un documento tan importante para las comunidades que hubiera ayudado mucho a una acción común tan necesaria en esos tiempos y en los actuales.

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* Artículo publicado en el Semanario Expresión Nº 732.)%> Chiclayo, 15 Septiembre 2011.
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