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Cambios en la Ley Reservada del Cobre de Chile

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Parece haber bastante acuerdo en cuanto a la conveniencia de modificar el mecanismo de financiamiento para la adquisición de armamento y pertrechos de las Fuerzas Armadas. La normativa vigente ?la Ley Reservada del Cobre? establece que el 10 por ciento de las ventas de cobre por Codelco debe destinarse a ese propósito.

Algunos objetan este mecanismo por la falta de transparencia que supone el manejo de los fondos involucrados ?el ?caso Leopard?, que se analiza por separado en esta misma página, ha dado pie para tales planteamientos?. Otros consideran inapropiada la estrecha dependencia que se crea entre el ineludible equipamiento de nuestros institutos armados y la evolución del precio del cobre en los mercados internacionales.

Respecto de lo primero, no cabe confundir la reserva y confidencialidad que debe prevalecer en estas operaciones con la transparencia exigible a las autoridades responsables en el uso de los recursos. No se sustentan, pues, las afirmaciones de personeros de Gobierno en cuanto a que el mecanismo de la Ley Reservada de suyo facilitaría pagos irregulares a algunos de los agentes participantes, ya que eso es perfectamente evitable con adecuados controles internos.

En cuanto al fondo, es evidentemente necesario un resguardo institucional que asegure a las FF.AA. la expedita y oportuna disponibilidad de recursos financieros para adquirir el material requerido para la defensa nacional en términos de disuasión indispensable, pero carece de sentido que ese mecanismo consista en una tributación especial aplicada a una empresa específica. Eso es inapropiado por el excesivo riesgo que significa supeditar el financiamiento de armamento y equipos a la suerte de un producto específico y, además, le impone un tributo discriminatorio a una empresa que, por tal gravamen, ve limitadas sus posibilidades de desarrollo. Siendo Codelco la empresa pública que hace la mayor contribución al erario nacional, es lógico que su administración se guíe por principios que maximicen su capacidad de creación de recursos a lo largo del tiempo, en beneficio de todos los chilenos. Esto demanda que ella disponga de grados de libertad para definir su plan de desarrollo, y pueda contar con parte de los recursos que genera anualmente para reinvertirlos en proyectos que aumenten su producción y mejoren su productividad. Y cabe recordar que esa pérdida de valor que significa para Codelco ?y para el propio fisco? el tener que someterse a la Ley Reservada es independiente de que su propiedad sea ciento por ciento del Estado, o de que una parte de ella sea de inversionistas privados: el problema radica en que su potencial de desarrollo se ve limitado.

Procede, pues, reformar la normativa actual, pero no sería responsable avanzar en esta línea sin concordar antes un diseño institucional alternativo para asegurar el financiamiento de la adquisición de equipo militar. Desde luego, dados los plazos propios de esta clase de compras ?tanto por el tiempo que toma materializar una orden de adquisición como por el período de pago comprometido en su financiamiento?, resulta fundamental que ese sistema alternativo permita que los presupuestos correspondientes puedan elaborarse con una perspectiva plurianual, al margen de la dinámica propia de la aprobación de la Ley de Presupuestos de cada año.

Asimismo, ese mecanismo debe garantizar a los institutos armados un piso mínimo en cuanto a volumen de recursos, dadas sus necesidades básicas en esta materia, sin estar sometidas a evaluaciones de oportunidad contingente, que en el pasado llevaron a descuidar la mínima defensa nacional, con graves consecuencias.

Sería muy importante conocer las propuestas de los candidatos presidenciales en este delicado tema.

Fuente: El Mercurio Sigue leyendo