Reforma Sistema Privado de Pensiones

Lorena Masias
Profesora, Maestría de Derecho Bancario y Financiero PUCP

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¿Fortalecer la gestión de la inversión o fomentar la competencia? Hoy se discute las medidas conducentes al fortalecimiento del sistema privado de pensiones. De acuerdo a lo señalado por el Ministro de Economía, los objetivos de la reforma son ampliar la cobertura, fomentar la competencia y reducir costos mejorando la eficiencia de los procesos incluyendo las inversiones. Entre las medidas que se discute se encuentra modificar la forma de cobro por la administración de los fondos que hacen las AFPs utilizando una comisión aplicada sobre el saldo administrado en vez de una comisión aplicada sobre la remuneración tal como se realiza actualmente.

Una comisión porcentual sobre el saldo administrado generaría incentivos para que la gestión de inversiones de los fondos de pensiones busque maximizar la rentabilidad para el afiliado porque de esta manera también se podría maximizar los ingresos de la administradora. Si la rentabilidad fuera alta — digamos 8 por ciento — los ingresos de las administradoras también serían altos. Sin embargo, si la rentabilidad fuera baja – por ejemplo, 3 por ciento — los ingresos de las administradoras serían menores que en el escenario anterior, pero siempre positivo. De otro lado, podría haber un incentivo a afiliarse ya que el pago que haría un nuevo afiliado a la administradora sería menor en los primeros años de aportación al sistema comparado con los pagos bajo la comisión por remuneración.

Sin embargo, la implementación de un esquema de cobro sobre saldos administrados en un sistema de pensiones que ha venido operando por más de 18 años con un sistema de cobro porcentual sobre la remuneración tendría otros efectos no deseados. En primer lugar, de producirse el cambio en la modalidad de cobro de comisión a una comisión por saldo administrado, los afiliados existentes a la fecha de la modificación de la regulación terminarían perjudicados porque bajo el esquema de cobro actual el afiliado paga por adelantado para que le administren su aporte desde el día de pago del aporte hasta que se jubile. De esta manera, de producirse el cambio en la modalidad de cobro, el pago total por comisiones que haría este afiliado durante un periodo de 30 años, por ejemplo, sería mucho mayor en comparación con lo que pagaría si hubiera continuado bajo el esquema actual de comisión por remuneración durante el mismo periodo. Más aún, el pago total que haría este afiliado sería mayor cuanto más tiempo haya cotizado bajo la comisión por remuneración.

En segundo lugar, los afiliados nuevos que entran al sistema bajo la nueva modalidad de cobro sobre saldo administrado pagarían menos en los primeros años cuando el saldo de su cuenta es pequeño, pero pagarían más en la medida que crece el saldo de su cuenta. Al final de su periodo de ahorro previsional incluso podrían terminar pagando más bajo esta modalidad, en comparación con la comisión por remuneración, si el periodo de ahorro se acerca a los 40 años. Por este motivo, las empresas que administran activos a nivel internacional ofrecen reducciones en la tasa de la comisión por saldo administrado en función al tiempo de permanencia.

En tercer lugar, la comisión sobre saldo debilitaría el incentivo para que una administradora crezca con nuevas afiliaciones precisamente porque los afiliados jóvenes que recién entran al mercado laboral disponen de fondos pequeños por lo que generarían pocos ingresos para la administradora. Por lo mismo, se debería esperar que exista un incentivo para que las AFPs prefieran traspasar a los afiliados con mayor saldo acumulado y por lo tanto que generan mayores ingresos para la administradora. Por lo anterior, la comisión por saldo administrado no generaría incentivos para una mayor cobertura, particularmente de los afiliados jóvenes o con saldos pequeños.

En cuarto lugar, la actual estructura de precios impone menores exigencias de financiamiento a una AFP entrante que la comisión sobre saldo. En junio 2011, la SBS estimó que los ingresos de una nueva AFP bajo la comisión por saldo administrado serían 25 por ciento menores en el primer año de operación que bajo la comisión por remuneración (Presentación al Congreso de la República). Como resultado, la nueva AFP requeriría un mayor capital para iniciar operaciones bajo la comisión por saldo administrado que bajo la comisión por remuneración, incrementando de esta manera las barreras a la entrada de nuevas administradoras en el mercado.

En consecuencia, si el objetivo de la reforma es fomentar la competencia entonces se requiere reducir las barreras a la entrada, no aumentarlas. Adicionalmente, por las razones señaladas, la comisión por saldo administrado puede debilitar el objetivo de incrementar la cobertura. Para ser consistente con los objetivos declarados para esta Reforma — señalados anteriormente — se requiere mantener la comisión como porcentaje de la remuneración.

Es cierto que la comisión sobre remuneración no genera incentivos directos para una mejor gestión de los fondos de pensiones. Sin embargo, en la normativa de los fondos de pensiones existen incentivos indirectos para alcanzar el mismo objetivo. Tal es el caso de la exigencia de que los accionistas mantengan con recursos propios una cuenta de reserva obligatoria invertida en el mismo fondo de pensiones equivalente al 1 por ciento del fondo, así como las exigencias de manejar los fondos como si fueran fondos propios (responsabilidad fiduciaria) y de mantener un buen sistema de gobierno corporativo.

La rentabilidad es un componente importante de los saldos acumulados en las cuentas individuales. Por ejemplo, con 30 años de cotizaciones y una tasa de retorno promedio del 5% real anual, al final de la vida laboral más del 60% del saldo acumulado correspondería a ganancias de rentabilidad. Tal como se señaló al principio, es correcto argumentar que una comisión porcentual sobre el saldo genera incentivos para que la gestión de inversiones de los fondos de pensiones busque maximizar la rentabilidad. No obstante, la evidencia señala que las administradoras han obtenido una rentabilidad anual promedio superior al 8 por ciento por encima de la inflación (equivale a un promedio por año de 13 por ciento en términos nominales) . Entonces, podemos señalar que este sea un beneficio redundante del cambio en la estructura de comisiones, pues existe evidencia en el sentido que actualmente, y sin comisión sobre saldo, las administradoras han obtenido una buena rentabilidad para los fondos de pensiones.

Lorena Masias —- Economista

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