Archivo por meses: agosto 2011

Finanzas Comparadas: La crisis europea y la calificación de riesgo del Perú

Mario Zambrano
Profesor de la Maestría en Derecho Bancario y Financiero, Pontificia Universidad Católica del Perú.

La crisis internacional que empezó el 2008 todavía da que hablar. En Europa algunos países han entrado en programas de rescate de sus economías: hace poco fue Grecia con uno de US$150,000 millones (casi todo su PBI), recientemente Irlanda, también grandes ajustes en Portugal, y de ahí la prensa económica internacional especula que los seguirían el resto de los países del grupo llamado PIIGS por sus siglas en inglés (Portugal, Irlanda, Italia, Grecia y España). Adicionalmente, también ya se menciona a Bélgica.

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La crisis griega y la necesidad de un marco normativo de reestructuración de la deuda soberana

Freddy Escobar
Profesor de la Maestría en Derecho Bancario y Financiero de la PUCP

Contexto

El Fondo Monetario Internacional (“FMI”) y los países de la zona euro han aprobado un segundo desembolso a favor de Grecia (1) debido a que el congreso de este país adoptó una serie de medidas legislativas destinadas a reducir los gastos y a incrementar la recaudación. Por tal razón, Grecia ha evitado un inminente default de su deuda soberana de corto plazo ascendente a 12 billones de euros (2). A pesar de ello, es altamente probable que en los próximos meses la Unión Europea (“UE”) exija a Grecia la implementación un proceso de reestructuración de su deuda soberana como condición para desembolsos posteriores (3).

Históricamente las reestructuraciones de las deudas soberanas han sido realizadas en función de reglas ex post, que, por privilegiar consideraciones políticas, han generado una discriminación de acreedores, forzando a los acreedores privados a tomar las pérdidas por igual (4).

La probable reestructuración de la deuda soberana griega debe servir para eliminar dos prácticas nefastas: la subordinación de facto de los acreedores privados y la repartición de pérdidas bajo un criterio de igualdad.

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Cambios en la Supervisión del Mercado de Valores

Alonso Miranda
Profesor Maestría en Derecho Bancario y Financiero de la PUCP
Asociado Principal del Estudio Echecopar

Hasta hace algunos días, la supervisión del mercado financiero estaba, principalmente, a cargo de la SBS (sistema financiero, de seguros y administradoras de fondos privados de pensiones) y de la CONASEV (mercado de valores). A pesar de su relevancia en el desarrollo y supervisión de los mercados financieros, estas entidades no tenían un nivel similar de autonomía, tanto administrativa como presupuestal.

Esa disparidad generó, desde hace ya algunos años, una discusión sobre la necesidad de equiparar a CONASEV con la SBS, otorgándole a la primera el mismo rango (constitucional) y similares facultades y autonomía como la SBS. Este problema ha sido parcialmente resuelto con la Ley N° 29782, publicada el 28 de julio último. La norma dispone el cambio de denominación de CONASEV a Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) y una reestructuración de su organización interna.

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