¿Gobernadora o Presidenta?
¿Y ahora, cómo hay que denominar a nuestra autoridad regional: gobernadora o presidenta?, es la pregunta final que me hacen los medios que me han interrogado acerca de la reciente aprobación en el Congreso que impide la reelección inmediata de presidentes regionales y alcaldes, esto como parte de las discusiones que viene dándose en torno a la reforma electoral que necesita nuestro país. Efectivamente, cómo llamar ahora a nuestra autoridad regional; es más, cómo firmará alguna ordenanza regional, como gobernadora o presidenta?
Más allá de lo inútil de la medida, (pues nuestros congresistas creen que así finalizará nuestro historial de corrupción protagonizada por los presidentes regionales y alcaldes), ésta sólo servirá para generar esa ligera confusión; es decir, la denominación de nuestras autoridades regionales, o cómo rubricar sus decisiones. Después, no servirá para nada más, ¿o alguien cree en realidad que para el 2018, o quizá antes, no tendremos a varias de las flamantes autoridades desfilando por el Poder Judicial o huyendo del país?
Pero dicha confusión o duda ya está resuelta, pues seguirán denominándose “Presidentes”, puesto que la ley no es retroactiva; es decir, ellos fueron elegidos en el marco legal que los hace alucinarse como “presidentes regionales”. Es más, muchos podrán tentar una reelección automática, puesto que a través de la trampa de la “reinterpretación auténtica” podrán aducir que la ley de prohibición sólo se aplica a partir de las alecciones del 2018 y no del 2014, año en que ellos fueron elegidos.
O sea, en el 2022 recién viviremos la aplicación de esta reforma inútil, mientras el país seguirá desfondándose por la corrupción.