Defensoría del Pueblo presenta cuarto informe sobre el cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres

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Por: Luis Alberto Huerta Guerrero
Abogado. Profesor de Derecho Constitucional.
Pontificia Universidad Católica del Perú y Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Una de las normas más importantes aprobadas por el Congreso de la República en el período legislativo 2006-2011 es la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres, publicada el 16 de marzo del 2007 y que constituye una medida legislativa de suma importancia para garantizar el derecho a la igualdad reconocido en el artículo 2º inciso 2º de la Constitución de 1993. En una primera lectura, esta norma parecería ser de carácter general; sin embargo, contiene un conjunto de mandatos concretos a diversos órganos del Estado, a fin de que éstos adopten medidas específicas orientadas a lograr una igualdad de oportunidades en diversos ámbitos, como el laboral, el acceso a la salud, a la educación, etc.

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En el Perú es frecuente decir que existen buenas leyes pero que no se cumplen, lo cual sólo se puede verificar si es que se realiza una labor de seguimiento del grado de cumplimiento de los mandatos legales, a fin de identificar las posibles razones por las cuales este incumplimiento se produce. Ante ello, resulta importante que la misma Ley Nº 29893 haya establecido la competencia de determinados órganos del Estado para verificar el grado de cumplimento de la ley de igualdad de oportunidades.

En este sentido, en este blog nos parece importante dar cuenta sobre la presentación del Cuarto Reporte de la Defensoría del Pueblo sobre el cumplimiento de la Ley Nº 28983, realizada este jueves 3 de marzo del 2011. En esta ocasión, la Defensoría centró la evaluación del grado de cumplimiento de la ley en la actividad de los gobiernos regionales, a efectos de identificar si han adoptado medidas concretas a favor de la igualdad de oportunidades y si han asignado un presupuesto específico para la ejecución de tales medidas. En términos generales, algunas de las principales conclusiones del trabajo de supervisión realizado por la Defensoría señalan lo siguiente:

– Existen al menos 15 Gobiernos Regionales (de un total de 25) que cuentan con un Plan Regional de Igualdad de Oportunidades (PRIO), por lo que han avanzado en contar con un diagnóstico y con un plan sobre este tema, siendo todavía 10 los Gobiernos Regionales que mantienen pendiente la aprobación de un documento de gestión similar.

– Si bien existen avances en materia de planificación, aún se requieren medidas específicas para lograr la implementación de los PRIO mediante la asignación de un presupuesto específico y adecuado. La Defensoría señala que es un desafío para los Gobiernos Regionales establecer un presupuesto institucional que tenga por finalidad disminuir las principales brechas de género en las regiones, como las altas tasas de analfabetismo, mortalidad materna, violencia familiar, desempleo, entre otros.

– De los 24 Gobiernos Regionales supervisados, 10 señalan que no consideraron para la elaboración de sus presupuestos la información oficial referida a las brechas de género. Para la Defensoría, esta situación revela la necesidad de que los Gobiernos Regionales utilicen esta información como un criterio para la asignación de recursos; de lo contrario, no se podrán adoptar medidas concretas encaminadas a eliminar las inequidades entre mujeres y hombres.

– Respecto a los temas específicos previstos en la Ley de Igualdad de Oportunidades, de los 24 Gobiernos Regionales supervisados, todos han asignado partidas presupuestarias para garantizar la salud materna, 12 en temas de acceso al mercado laboral, 10 en temas de acceso y permanencia al sistema educativo, y 9 a una adecuada identificación de mujeres y hombres. Por otro lado, solo 4 Gobiernos Regionales han asignado presupuesto para prevenir y sancionar la violencia contra la mujer (Lima, Callao, Cusco y Tacna), y solo el Gobierno Regional de San Martín lo ha asignado para promover la participación de las mujeres. En consecuencia, en el presupuesto del 2010, los Gobiernos Regionales asignaron partidas específicas orientadas a garantizar el derecho a la salud materna, considerando las altas tasas de mortalidad materna. Sin embargo, se debe llamar la atención de aquellos Gobiernos Regionales que no han asignado recursos en el tema de violencia contra la mujer, siendo ésta una problemática que refleja una grave afectación a los derechos de las mujeres, así como a una vida libre de violencia.

– Respecto al tipo de dificultades identificadas para la aprobación de proyectos, programas o actividades vinculados a igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en su mayoría, los Gobiernos Regionales (14) señalan que falta fortalecer las capacidades técnicas del personal de la Oficina de Proyectos de Inversión Pública para formular proyectos sobre esta materia. Asimismo, 8 consideran que hace falta una mayor coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, 7, que faltan recursos y que existe mayor priorización de las obras de infraestructura; y 4, que falta una mayor sensibilización en temas de género para la presentación de estos proyectos. Para la Defensoría, las dificultades para la aprobación de proyectos vinculados a igualdad de oportunidades no responden, en su mayoría, a una falta de recursos presupuestales. Por el contrario, se requiere fortalecer las capacidades de los técnicos encargados de elaborar los proyectos en los Gobiernos Regionales, para que de esta manera se apruebe el presupuesto institucional, considerando el tema de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Estos hallazgos de la Defensoría del Pueblo demuestran la necesidad de que los funcionarios públicos comprendan adecuadamente la importancia del enfoque de género al momento de analizar los problemas relacionados con el ejercicio de los derechos fundamentales, así como al adoptar las de medidas concretas para hacer frente a los mismos y determinar el presupuesto requerido para alcanzar este objetivo. Se trata de una materia que lleva años en la agenda de las organizaciones de defensa de los derechos de la mujer, pero que todavía no ha sido comprendida en su real dimensión en otros ámbitos, tanto de la actividad privada como pública (incluso en el ámbito académico-universitario), lo cual demuestra los retos que todavía deben ser asumidos en nuestra sociedad para alcanzar una real y efectiva igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

En la actualidad, el estudio y análisis del derecho a la igualdad no puede estar limitado únicamente a aplicar el test de la igualdad para identificar si una norma es discriminatoria contra la mujer, siendo necesario nuevos enfoques y perspectivas. El análisis de las diversas fases de la actividad presupuestal del Estado, a fin de identificar si se toman en cuenta las brechas de género para elaborar y ejecutar un presupuesto público que ayude a superarlas, constituye sin duda alguna uno de esos novedosos enfoques para analizar el grado de cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidades y, en general, la adopción de medidas concretas por parte del Estado para cumplir con su obligación de garantizar el derecho a la igualdad.

Enlaces relacionados:

Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres: una norma importante para el estudio y análisis del Derecho a la Igualdad en el Perú.

AEQUALITAS. Revista Jurídica de Igualdad de Oportunidad entre Mujeres y Hombres.

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