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Comentarios de noticias aparecidas en medios de comunicación

ELECCIÓN DE AUGUSTO FERRERO COSTA COMO MAGISTRADO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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LUIS ALBERTO HUERTA GUERRERO
Abogado, Magíster en Derecho Constitucional y Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú.

El viernes 25 de agosto de 2017, el Congreso de la República eligió al abogado Augusto Ferrero Costa (Lima, 1944) como magistrado del Tribunal Constitucional, en reemplazo de Oscar Urviola Hani, elegido en el 10 de junio de 2010 y cuyo mandato expiró en junio de 2015. De acuerdo con el artículo 201º de la Constitución Política de 1993, se requería el voto a favor de ochenta y siete (87)  congresistas. Al final, cien (100) votaron a favor de la elección de Ferrero Costa y diez (10) en contra. Hubo tres (3) abstenciones. Si bien no se consiguió una posición unánime, la alta votación alcanzada refleja el amplio consenso que existió entre las diferentes agrupaciones políticas.

Augusto Ferrero Costa. Fuente de la foto: Universidad de Lima.

Mediante la Resolución Legislativa del Congreso Nº 002-2017-2018-CR, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 26 de agosto de 2017, se oficializó la designación de Ferrero Costa como nuevo magistrado del Tribunal. Juramentó el cargo el 4 de setiembre de 2017, el cual ejercerá por un período de cinco años, es decir, hasta el 2022.

Desde el ámbito académico, toda elección de magistrados del Tribunal Constitucional debe merecer atención, siendo importante identificar en cada proceso los aspectos que deberían mejorarse a futuro y resaltar lo que haya resultado positivo. Por ello, en este post daré cuenta de algunos temas que surgieron durante el procedimiento de elección del ahora magistrado Ferrero Costa, a partir del debate que hubo en el Pleno del Congreso de la República en su sesión del viernes 25 de agosto de 2017, cuyo Diario de Debates se encuentra disponible en la página web del órgano legislativo. Sigue leyendo

DEFENSA DEL ESTADO PERUANO ANTE LA COMISIÓN Y LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS: LA PROCURADURÍA PÚBLICA ESPECIALIZADA SUPRANACIONAL PRESENTA SU INFORME ANUAL 2015

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LUIS ALBERTO HUERTA GUERRERO
Abogado, Magíster en Derecho Constitucional y Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú*.

La Procuraduría Pública Especializada Supranacional es el órgano competente y especializado en materia de defensa jurídica y representación procesal del Estado peruano ante las instancias supranacionales de protección de derechos humanos, como la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Anualmente, tanto la Comisión como la Corte Interamericana emiten sus respectivos informes anuales, con importante y valiosa información sobre el desarrollo de sus actividades y los casos que son de su competencia, la misma que resulta de sumo interés para el estudio y análisis sobre el funcionamiento del sistema interamericano de protección de derechos humanos.

En atención a una política de transparencia y acceso del ciudadano a un mejor conocimiento de la protección internacional de los derechos humanos, la Procuraduría Pública Especializada Supranacional ha elaborado su Informe Anual 2015, el cual se encuentra publicado en el portal institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Conforme se señala en la Presentación, se trata del primer informe anual elaborado por esta Procuraduría, con fines de difusión pública, y que se enmarca en una línea de trabajo que busca ser permanente y enriquecida a partir de las sugerencias y comentarios sobre su contenido. De esta manera, se cuenta ahora con información desde uno de los Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en este caso, desde el Estado peruano, con relación a los procesos que se siguen ante los órganos internacionales de protección de derechos humanos.

Como siempre lo afirmó en las aulas universitarias, la realidad y la práctica de los procesos de tutela de derechos fundamentales, tanto nacionales como internacionales, constituyen una fuente esencial para el estudio y análisis de los procedimientos e instancias responsables de dicha tutela, lo cual debe servir para fortalecer las capacidades de actuación en tales procedimientos y ante tales instancias por parte de quienes, como el Estado peruano, intervienen en un litigio internacional ante órganos supranacionales de protección de derechos humanos.

Se puede revisar aquí el: Informe Anual de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional

* Resulta importante indicar que desde octubre de 2012 me desempeño como Procurador Público Especializado Supranacional, responsable de la dirección de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional y Agente del Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

CONGRESO ELIGE SEIS NUEVOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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LUIS ALBERTO HUERTA GUERRERO
Abogado, Magíster en Derecho Constitucional y Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú.

El Congreso de la República eligió a seis nuevos integrantes del Tribunal  Constitucional, quienes reemplazarán a igual número de magistrados cuyo período de cinco años en el cargo se había vencido hace buen tiempo. El proceso de renovación no fue sencillo pero permite diversas reflexiones.

La frustrada elección de julio del 2013

El 17 de julio del 2013 el Congreso de la República realizó una votación para elegir a los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional, así como a tres miembros del Banco Central de Reserva y al titular de la Defensoría del Pueblo. En el caso concreto del Tribunal Constitucional, fueron elegidos como magistrados Ernesto Blume Fortini, Francisco Eguiguren Praeli, Cayo Galindo Sandoval, Víctor Mayorga Miranda, José Luis Sardón y Víctor Sousa Huanambal.

Una deficiencia de este proceso de elección lo constituyó que fuera por invitación antes que por un concurso público, resultado de una decisión política que llevó incluso a la modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que no establecía la invitación como un medio para postular. A lo expuesto debe agregarse que antes de la votación no hubo debate alguno en el Pleno del Congreso sobre el perfil y trayectoria profesional de los candidatos, como se aprecia claramente en el Diario de Debates del 17 de julio del 2013, fecha en que se produjo la elección. Sólo hubo un debate previo, a pedido de algunos congresistas, sobre la forma de elección, que se realizó en bloque (todos los candidatos a la vez) y no de forma individual. En dicho debate se hizo evidente la discrepancia respecto a algunos candidatos. Vale la pena recordar algunas de estas intervenciones.

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Diez preguntas para candidatos y candidatas al Tribunal Constitucional

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Por: Doctor Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú

El debate actual del proceso de elección de magistrados del Tribunal Constitucional, bautizado por la opinión pública y los medios de comunicación como “la repartija” (expresión que ilustra sobre cómo percibe la ciudadanía lo que está ocurriendo), debe servir para reflexionar sobre el perfil de quienes deben asumir la alta responsabilidad de defender la Constitución y los derechos fundamentales. En este post deseamos plantear algunas preguntas esenciales que todo candidato o candidata al cargo de magistrado o magistrada del Tribunal Constitucional, en cualquier proceso de selección, debería estar en capacidad de responder ante la opinión pública y cuyas respuestas deberían ser evaluadas por el Congreso de la República antes de tomar una decisión:

1) ¿Cuál ha sido su aporte al Derecho Constitucional peruano o al Derecho peruano en general? Indique las fuentes que sustentan su respuesta.

2) ¿Cuáles son los últimos libros o artículos que ha tenido oportunidad de leer en materia de Derecho Constitucional?

3) ¿Qué opinión tiene de la Corte Suprema de los Estados Unidos de América o de algún tribunal constitucional en particular del derecho comparado?

4) ¿Ha trabajado en alguna entidad pública? En caso afirmativo ¿qué aportó para mejorar las actividades de dicha entidad?

5) ¿Ha ejercido el litigio en materia de Derecho Constitucional a través de los procesos constitucionales que son de conocimiento del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional? Precise qué casos ha llevado y defendiendo a qué personas o instituciones.

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Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia: elección popular de magistrados y ponencias de Conferencia Internacional

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Por: Magíster Luis Alberto Huerta Guerrero.
Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

En febrero del 2009 fue promulgada la nueva Constitución Política de Bolivia, que ha marcado el inicio de un proceso político orientado hacia la construcción de un Estado basado esencialmente en su reconocimiento como plurinacional, lo cual tendrá una importante repercusión en el desarrollo de sus instituciones jurídicas, en particular en el funcionamiento de su Tribunal Constitucional, denominado a partir del texto constitucional como Tribunal Constitucional Plurinacional. En julio del 2010 fue promulgada la nueva ley orgánica de esta institución, que aporta temas de particular interés para el análisis de la magistratura constitucional a nivel del derecho comparado. Uno de ellos es la forma de elección de sus magistrados, que constitucionalmente se ha previsto que sea por elección popular, a partir de una lista previa de candidatos determinada por la Asamblea Legislativa Plurinacional (es decir, el Congreso de la República).

Precisamente, el domingo 16 de octubre se llevaron a cabo las elecciones para la elección de altas autoridades judiciales bolivianas, entre las cuales se incluye a los magistrados del Tribunal Constitucional. Hasta el momento las primeras proyecciones señalan que los votos nulos son superiores a los demás.

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Elena Kagan es confirmada como nueva magistrada de la Corte Suprema de los Estados Unidos de América

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Por: Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional
Pontificia Universidad Católica del Perú

Fuente: http://morrisonworldnews.com/

Una noticia interesante, pero que obviamente ha pasado desapercibida en los medios de comunicación nacionales, ha sido la confirmación de la abogada Elena Kagan como nueva magistrada de la Corte Suprema de los Estados Unidos de América (EUA), quien se ha convertido en la cuarta mujer en formar parte del máximo tribunal de justicia de este país, sin duda uno de los órganos jurisdiccionales más importantes a nivel del derecho comparado. El juramento respectivo se llevó a cabo el pasado 7 de agosto de 2010.

Como suele ocurrir en los procesos de ratificación por parte del Senado de los magistrados nominados por el Presidente de los EUA, el debate sobre las cualidades profesionales de Kagan para ocupar la Corte Suprema estuvo en el centro del debate público. De hecho, los republicanos cuestionaron que no reunía las calificaciones necesarias para ocupar un puesto tan importante. En todo caso, lo que aquí interesa resaltar es que estos procesos de ratificación concitan la opinión pública, dado que no se trata de elegir a cualquier funcionario, sino a una persona que tendrá la responsabilidad de tomar decisiones sobre los derechos y obligaciones de los ciudadanos y ciudadanas norteamericanas.

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El proceso de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional

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Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional
Pontificia Universidad Católica del Perú

Oscar Urviola. Fuente: El Comercio

El pasado jueves 10 de junio de 2010, Oscar Urviola Hani fue elegido como nuevo magistrado del Tribunal Constitucional peruano, quedando pendiente la elección de uno más, a fin de que se proceda al reemplazo de los actuales magistrados Vergara Gotelli y Landa Arroyo, cuyo período de designación por cinco años culminó en diciembre de 2009, aunque deben continuar en el cargo hasta que asuman funciones sus respectivos reemplazantes, según lo dispone el artículo 10º de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (en adelante LOTC).

El procedimiento parlamentario de elección iniciado en octubre del año pasado ha sido particularmente interesante y corresponde realizar algunas reflexiones sobre la materia, de especial interés para aquellas personas que, a futuro, deseen ser integrantes del máximo órgano de interpretación de la Constitución.

1. Marco normativo del proceso de elección

Las normas que regulan el proceso de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional son muy pocas y no desarrollan al detalle la materia, lo cual tiene sus ventajas y desventajas, sobre todo si se toma en cuenta que la elección recae en el Congreso de la República, órgano constitucional de carácter esencialmente político, en el cual la coyuntura nacional tiene bastante peso al momento de tomarse decisiones de especial importancia, como lo es la elección de un magistrado constitucional.

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Un problema inesperado en la elección de magistrados del Tribunal Constitucional. ¿Vuelve Ríos Castillo?

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Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional
Pontificia Universidad Católica del Perú

Retómanos los comentarios en este blog, después de un buen tiempo, con una noticia que ha desconcertado a todas las personas que, por decirlo de alguna forma, tienen algo de sentido común. Nos referimos a la resolución judicial de medida cautelar por medio de la cual se ordena al Congreso de la República a garantizar que el abogado Javier Ríos Castillo, quien fuera cuestionado en su momento por sus vínculos políticos (ver carátula de la Revista Caretas), ocupe una de las dos plazas reservadas para reemplazar a César Landa Arroyo y Juan Vergara Gotelli como magistrados del Tribunal Constitucional.

Lo primero que llama la atención es que sobre esta materia se haya presentado una demanda de amparo. Como se sabe, este proceso ha sido previsto para proteger derechos fundamentales; sin embargo, ¿qué derecho podría ser invocado para reclamar ocupar un puesto al interior del Tribunal Constitucional? Pues es obvio que ninguno. Por otro lado, ¿qué acción u omisión podría ser calificada como un acto lesivo de ese derecho? ¿la decisión del Congreso de designar a César Landa y a Juan Vergara como magistrados? ¿La omisión del Congreso de no expedir la resolución legislativa que formalizara la votación que en su momento se dio a favor del señor Ríos Castillo?
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Nueva publicación: “La reforma del proceso de amparo”

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Ha sido publicado el libro “La reforma del proceso de amparo: la experiencia comparada” (2009, Lima, Palestra, 388 p.), compilación de artículos sobre este proceso constitucional coordinada por los docentes Samuel Abad Yupanqui (Perú) y Pablo Pérez Tremps (España). Se trata de un trabajo importante, pues contribuye al estudio de los procesos constitucionales desde la perspectiva del derecho comparado, algo que no suele ser muy frecuente en nuestro país, en donde los estudios sobre Derecho Procesal Constitucional suelen tener una visión demasiado localista (centrada en lo que dice el Código Procesal Constitucional o la jurisprudencia constitucional nacional). Por esta razón, consideramos importante incluir esta nueva publicación dentro de la bibliografía especializada en materia de procesos constitucionales de tutela de derechos fundamentales.

Carátula del libro "La reforma del proceso de amparo: la experiencia comparada". Sigue leyendo

Reflexiones académicas sobre el hábeas corpus a favor de Antauro Humala

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Por: Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional
Pontificia Universidad Católica del Perú

Las siguientes líneas tienen por objetivo ofrecer algunos elementos para el análisis jurídico constitucional de la controversia que se ha generado en torno al hábeas corpus relacionado con la detención judicial preventiva de Antauro Humala por los sucesos conocidos como el “Andahuaylazo”.

1. Trámite interno que sigue un caso en el Tribunal Constitucional

Cuando un caso sube a conocimiento del Tribunal Constitucional se toman dos importantes decisiones. La primera se refiere a si el caso va a ser conocido por el Pleno o alguna de sus Salas. La segunda está referida a quién será el magistrado encargado de analizar el caso (magistrado ponente) y hacer el respectivo proyecto de sentencia (ponencia).

Para determinar si el caso lo conoce el Pleno o alguna de las Salas del Tribunal se toman en consideración diversos factores. En primer lugar, de acuerdo con el artículo 13º del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, es obligatorio que las demandas de amparo contra resoluciones judiciales sean conocidas por el Pleno, así como aquellos casos en que se establezca o modifique una jurisprudencia vinculante. Aparte de estos criterios, no hay otros consagrados expresamente a nivel normativo, por lo que la decisión sobre si un caso distinto a los mencionados es conocido por el Pleno o alguna Sala, queda en manos de los magistrados del Tribunal Constitucional en atención a criterios como la relevancia jurídica de la controversia, que entendemos que es lo que ha ocurrido con el hábeas corpus presentado a favor de Antauro Humala.

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