En principio, los actos administrativos son irrevocables una vez emitidos por la autoridad competente y en el supuesto de que favorezcan al administrado. Excepcionalmente, cabe la revocación de actos administrativos cuando en su emisión vulnera el interés público
En la presente sentencia analizamos si el pago de la pensión de jubilación minera corresponde ser restituida al Estado, como consecuencia de la declaración de nulidad de la resolución administrativa que ordeno su entrega. pago indebido
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