Archivo del Autor: Ospina Salinas, Estela E.

Acerca de Ospina Salinas, Estela E.

Abogada. Miembro de THANI mujeres protegiendo el trabajo saludable. Especialista en legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo y normas técnicas. Código RENACYT P0012836. ORCID: 0000-0002-5361-9777). Doctoranda en Gestión de Empresas (e) por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos UNMSM. Maestría en Prevención de Riesgos Laborales por la Universidad Politécnica de Madrid- España. Maestría en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social por la Universidad San Martín de Porres. ExSubgerente de Seguridad y Salud en la Empresa de la Gerencia de Salud Ambiental, Seguridad y Salud en el Trabajo del Seguro Social de Salud - EsSalud. Ex Directora General del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente para la Salud (CENSOPAS) del Instituto Nacional de Salud. Consultora de organismos internacionales (OIT, OPS/OMS, WIEGO, ILA), de entidades públicas y privadas. Coordinadora de la Diplomatura de Especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), docente de la Maestría de Derecho del Trabajo y Seguridad Social y de PreGrado de la Facultad de Derecho PUCP . Consultora Asociada al Centro de Desarrollo Industrial – CDI de la Sociedad Nacional de Industrias. Con amplia experiencia en el diseño, monitoreo y evaluación de proyectos relacionados a la temática de la salud de las y los trabajadores a nivel de la subregión Andina y del Perú, busca implementar experiencias innovadoras, exitosas y eficientes que puedan ser replicables, incorporando una dinámica participativa y enfoque de género. Los proyectos se ejecutaron con equipos técnicos multidisciplinarios, promoviendo la concertación de las organizaciones sociales, sindicales, empresariales y estatales, para alcanzar los objetivos y metas trazadas. Entre 2005 y 2010 coordinó el Departamento de Salud Laboral y Medio Ambiente del Instituto Laboral Andino del Consejo Consultivo Laboral Andino. En su calidad de Presidente del Instituto Salud y Trabajo formó parte del Comité técnico del Proyecto “Iniciativa Andina en Seguridad y Salud en el Trabajo” del 2009-2011. En ambos casos para la subregión Andina, incluyendo Venezuela, Colombia, Bolivia, Perú y Ecuador. En su calidad de Directora General de CENSOPAS contribuyó a la implementación del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Seminario Internacional sobre Investigación Interdisciplinaria en Seguridad y Salud en el Trabajo

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La Pontificia Universidad Católica del Perú será sede del Seminario Internacional sobre Investigación Interdisciplinaria en Seguridad y Salud en el Trabajo que se desarrollará el 3 y 4 de setiembre. Organizan: IBERPSOC, FRIEDRICH EBERT STIFTUNG y la Facultad de Derecho de la PUCP.

Inscripciones gratuitas en: https://goo.gl/AUnNgu

Los riesgos de salud de los trabajadores de los archivos documentales

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The health risks of the workers of the documentary archives

KIARA MELISSA FONSECA MARQUILLO

Resumen: El presente artículo pretende analizar y reflexionar sobre los riesgos de salud a los que se encuentran expuestos los trabajadores de los archivos documentales y la importancia de reforzar el sistema en seguridad y salud en el trabajo en torno a este tema.

Es preciso iniciar exponiendo que el área de archivo es la unidad orgánica de toda entidad .la memoria de toda institución. “Las instituciones archivísticas, son las encargadas de acopiar, organizar, conservar y servir la información documental. Son el resultado de una prolongada trayectoria histórica.” (Adele, 2003).

Archivo proviene del latín Archivium, lugar en el que se guardan de forma ordenada documentos, archivar es resguardar de forma ordenada y adecuada documentación útil, con el fin de que nos permita posteriormente acceder a la revisión de dichos documentos.

Los archivos tienen la responsabilidad de ser fuentes principales de ilustración dado que contienen información que pueden y deben aprovecharse por parte de investigadores y estudiosos. Los archivos sirven para descubrir la verdad, para encontrar versiones, a veces divergentes, sobre los acontecimientos; son útiles para las investigaciones relativas a la historia, la administración, la economía, la geografía, los procesos sociales, políticos, la ciencia, la tecnología y otras disciplinas. (Valero, 2007)

No obstante, en nuestro país, el área de archivo es considerado como una de las oficinas más olvidadas de toda institución, toda vez que no se invierte mayor presupuesto en mejorar las condiciones laborales de los trabajadores dotándoles de implementos de seguridad y garantizando un adecuado ambiente teniendo en cuenta el sistema en seguridad y salud en el trabajo.

Así, pese a los intentos de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, de promover una cultura de prevención de riesgos laborales, todavía no se ha llegado a cumplir con dicho objetivo en todos los ámbitos laborales, por ello la necesidad de reforzar dicho sistema con el fin de garantizar la protección de todos los trabajadores en el ámbito de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

A diferencia de otros países, más desarrollados que el nuestro, los archivos documentales tienen mayor notabilidad en las instituciones, por tanto la infraestructura y el ambiente laboral es el más adecuado y acertado en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

En ese sentido, este artículo de investigación está inclinado a estudiar los posibles riesgos de salud a los que estarían expuestos los archivistas profesionales y/o técnicos en los ambientes del archivo documental, teniendo en cuenta la realidad en nuestro país sobre esta materia.

Véase el artículo completo aquí

REVISIÓN RÁPIDA SOBRE EL SÍNDROME DE GUILLAIN-BARRÉ

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*EsSalud

El 8 de mayo del presente año, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC) del Ministerio de Salud publicó la alerta epidemiológica No. 006-2018, en la cual, se informaba a los servicios públicos y privados del sector salud del país, la necesidad de intensificar las acciones de vigilancia epidemiológica, prevención y respuesta ante a un incremento de casos de síndrome de Guillain-Barré (SGB) reportados en La Libertad. Entre las semanas epidemiológicas 16 y 19, se han reportado 23 casos de SGB en La Libertad, los cuales superan por mucho los 1-2 casos esperados por mes en la región. De estos, el Instituto Nacional de Salud ha reportado que once casos han dado positivo para enterovirus, 06 de estos por PCR en líquido cefalorraquídeo (LCR). Se han reportado otros casos en las regiones Junín, Cajamarca, y Lambayeque, pero no han sobrepasado el número de casos esperados en el año.

En ese sentido, el objetivo de esta publicación es presentar la revisión de la información científica de calidad disponible sobre el SGB y la relación entre enterovirus y SGB. Además, de compilar la información en forma ordenada para disponibilidad de los profesionales de la salud de la Seguridad Social Peruana (EsSalud).

La elaboración del presente documento se realizó mediante una Revisión rápida de la literatura. Se seleccionó la literatura científica más relevante en las bases de datos PubMed, Cochrane, EMBASE y SCOPUS, con el objetivo de realizar una revisión sobre la patología, diagnóstico, manejo, prevención y control de SGB. Asimismo, se revisó la información más relevante disponible sobre la relación entre enterovirus y SGB.

Es importante el conocimiento de estas evidencias científicas tanto para el oportuno tratamiento, como para la prevención en centros de trabajo de las regiones afectadas.

Se adjunta el documento completo para su revisión.

Documento: Revisión de la Información Científica

La protección de la dignidad del trabajador en el marco jurídico supranacional y nacional. La prevención de los riesgos psicosociales en Italia

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Desde la Maestría de derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la PUCP es muy grato invitarles al Curso GRATUITO:

La protección de la dignidad del trabajador en el marco jurídico supranacional y nacional. La prevención de los riesgos psicosociales en Italia

Docente: Francesca Malzani, Ph.D., Associata di Diritto del lavoro, Dipartimento di Giurisprudenza. Università degli Studi di Brescia

Este Curso se dictará los días lunes 4, martes 5, miércoles 6 y viernes 8 de junio del 2018.
Hora: 19 pm a 22 pm
Lugar: Facultad de Derecho PUCP

Para inscribirse favor, enviar un correo electrónico a la Dra. Maricruz Rojas: mdtss@pucp.pe. No olvidar colocar su DNI o su código de alumno/a para facilitar su participación.

CONTENIDO DEL CURSO:

  1. El marco jurídico europeo entre el hard y el soft law: sistema europeo de fuentes, directiva marco, acuerdos sobre stress, acoso, entre otros
  2. El marco jurídico nacional: sistema italiano de fuentes normativas (el decreto 81/2008; los principios de prevención, la evaluación de los riesgos, entre otros)
  3. Nuevos horizontes: Los riesgos psicosociales (ejemplo. mobbing)

Algunas referencias de la alta calidad profesional de la Dra. Francesca Malzani.

PARTICIPA EN CALIDAD DE DOCENTE:

  • Docente di Gestione del personale e sicurezza sul lavoro presso il Dipartimento di Giurisprudenza dell’Università degli Studi di Brescia
  • Docente di Diritto del lavoro presso le Scuole di specializzazione in Igiene e medicina preventiva e in Medicina del lavoro dell’Università degli Studi di Brescia
  • Dal 2014 collabora con il Corso di Clinica legale e Clinica del lavoro istituiti presso il Dipartimento di Giurisprudenza dell’Università degli Studi di Brescia
  • Avvocato del Foro di Brescia (iscritta all’albo speciale)
  • Responsabile scientifico del Corso di Diritto del lavoro presso la Scuola di Specializzazione in Professioni legali dell’Università degli Studi di Brescia
  • Membro dei Collegio docenti del Dottorato in Diritto del lavoro e relazioni industriali con sede amministrativa presso l’Università Cattolica di Milano (cicli XXVIII e IXXX)
  • Membro dell’Osservatorio sul mercato del lavoro e sulle relazioni collettive e dell’Osservatorio sul Benessere Organizzativo e la Promozione della Salute istituiti presso l’Università degli Studi di Brescia
  • Referee per la Rivista About Gender, Rivista Internazionale di studi di genere (pubblicata dall’Università degli Studi di Genova)
  • Componente del Gruppo di ricerca ISLSSL (study group n. 4: Organization, productivity and well-being at work)
  • Membro del Gaje (Global Alliance for justice Education)
  • Membro di Encle (European Network for Clinic Legal Education)
  • Componente del Comitato scientifico della Camera civile di Brescia
  • Componente del Comitato scientifico del Corso di perfezionamento in tema di Mobbing, aspetti clinici, giuridici e organizzativi, dell’Università degli Studi di Brescia

PUBLICACIONES

  • MALZANI F., Soluzioni ragionevoli ed effettività della tutela antidiscriminatoria del lavoratore disabile, in RGL, n. 3, 2017, p. 475-479.
  • MALZANI F., Famiglie e tutele ad assetto variabile. La pensione di reversibilità nelle convivenze more uxorio, in ADL, n. 1, 2017, p. 175-188.
  • MALZANI F., Nuevos modelos locales de relaciones laborales en Italia. Una primera reflexión, in Trabajo, n. 34, 2016.
  • MALZANI F., La qualità del lavoro nelle politiche per l’impiego e nella contrattazione decentrata, in Working Paper D’Antona, n. 313, 2016, p. 1-31.
  • MALZANI F., Crisi della rappresentatività e nuovi modelli locali di relazioni industriali: la contrattazione collettiva nella Provincia di Brescia, in Diritti Lavori Mercati, n. 1, 2016, p.197-216.
  • MALZANI F., Licenziamento discriminatorio e danno “punitivo ragionevole”: verso il superamento di un (apparente) ossimoro, in Nuova giurisprudenza civile commentata, 5, 2016, p. 719-725.
  • MALZANI F., Crisis de la representatividad y negociación colectiva en Italia, in Temas Laborales, n. 133, 2016, p. 49-68.
  • MALZANI F., Politiche di conciliazione, partecipazione delle donne al mercato del lavoro e sfide demografiche, in RGL, 2, 2015, p. 333-346.
  • MALZANI F., Políticas de conciliación laboral de la mujer, mercado de trabajo y retos demográficos, in Temas laborales,129, 2015, p. 55-77.
  • MALZANI F., Politiche di conciliazione e partecipazione delle donne al mercato del lavoro, WP CSDLE Massimo D’Antona, n. 238, 2015, p. 1-29.
  • MALZANI F., Obbligo di sicurezza e risarcimento del danno. Quali spazi per una funzione general preventiva della responsabilità civile, in Nuova giurisprudenza civile commentata, n. 11, 2015, p. 1047-1053.
  • MALZANI F., Tutela del lavoratore e personalizzazione del danno: oltre le tabelle, in Nuova giurisprudenza civile commentata, n. 6, 2015, p. 526 ss.
  • MALZANI F., Ambiente di lavoro e tutela della persona. Diritti e rimedi, Giuffrè, Milano, 2014.
  • MALZANI F., Tutela della dignità nel rapporto di lavoro, in Roma e America. Diritto romano comune, n. 35, 2014, p. 131-146.
  • MALZANI F., L’obbligo di sicurezza tra vecchi e nuovi rischi, in Quiligotti G. (a curadi), Una pagina grande e tragica della storia recente dei minatori camini, protagonisti da non dimenticare dello sviluppo industriale in Valle Camonica e nel mondo, Tipografia Camuna, Breno, 2012, p. 89-104.
  • MALZANI F., Tollerabilità della lesione alla dignità professionale e demansionamento, in Danno e Responsabilità, n. 1/2012, p. 44-47.
  • MALZANI F., I controlli sulla malattia tra tutela della salute e lotta all’assenteismo, in Le Nuove leggi civ. comm., n. 5/2011, p. 1374-1385.
  • MALZANI F., Inidoneità psicofisica e conservazione del posto di lavoro, in Le Nuove leggi civ. comm., n. 5/2011, p. 1386-1390.
  • MALZANI F., La difficile affermazione della dignità nel rapporto di lavoro. La tutela risarcitoria del danno alla professionalità, in Nuova giur. civ. comm., n. 7-8, 2011, p. 711-717.
  • MALZANI F., Danno non patrimoniale e rapporto di lavoro, in RGL, n. 1/2011, p. 215-241.
  • MALZANI F., Le nuove frontiere del danno alla salute: il rischio da stress lavoro- correlato, in Note informative, n. 51/2011, p. 1-13.
  • MALZANI F., Tutela del posto di lavoro e demansionamento. A proposito del cd. repêchage, in Danno e Responsabilità, n. 3/2011, p. 263-267.
  • MALZANI F., Metodo aperto di coordinamento e ruolo delle Regioni, in ALES E.,
    GUARRIELLO F., BARBERA M. (a cura di), Lavoro, welfare e democracia deliberativa, Milano, Giuffrè, 2010, p. 665-706.
  • MALZANI F., Prova e liquidazione del danno non patrimoniale da contratto di lavoro dopo le Sezioni Unite del 2008, in Danno e Responsabilità, n. 11/2010, p. 1049-1052.
  • MALZANI F., Il danno alla professionalità dopo le Sezioni Unite del 2008 ̧in Danno e Responsabilità, n. 6/2010, p. 589-593.
  • MALZANI F., Il d.lgs. 81/2008 alla prova del correttivo. Cosa cambia?, in Note Informative, n. 46/2010, p. 1-12.
  • MALZANI F., La tutela penale del mobbing. Alla ricerca di convergenze parallele, in D&L, Riv. crit. dir. lav., n. 3/2009, p. 625-637.
  • MALZANI F., Intervento, in Vallebona A. (a cura di), Sicurezza del lavoro e certezza del diritto, Colloqui giuridici sul lavoro, n. 1/2009, p. 31-35.
  • MALZANI F., Le Sezioni Unite del novembre 2008: l’epilogo del danno esistenziale, in D&L, Riv. crit. dir. lav., n. 4/2008, p. 1157-1164.
  • MALZANI F., La natura e la prova del danno da perdita di chance, in Danno e Responsabilità, n. 7/2008, p. 779-781.
  • MALZANI F., Infortunio sul lavoro, responsabilità del datore di lavoro e onere della prova, in Danno e Responsabilità, n. 6/2008, p. 659-661.
  • MALZANI F., Tutela della persona e flessibilità: un binomio conciliabile?, in Danno e Responsabilità, n. 3/2008, p. 287-289.
  • MALZANI F., Obbligo di sicurezza e nuove latitudini: lo stress da lavoro, in Nuova giurisprudenza civile commentata, n. 1/2008, p. 30-38.
  • MALZANI F., Infortunio sul lavoro e voci di danno risarcibili, in D&L, Riv. crit. dir. lav., n. 3/2007, p. 776-782.
  • MALZANI F., Il danno non patrimoniale nell’ambito del contratto di lavoro, in
    PONZANELLI G. (a cura di), Il risarcimento integrale senza il danno esistenziale, Padova, Cedam, 2007, p. 215-241.
  • MALZANI F., Ambiente di lavoro e nuovi rischi per la salute: non solo mobbing, in GUAGLIANONE, MALZANI (a cura di), Come cambia l’ambiente di lavoro: regole, rischi, tecnologie, Milano, Giuffrè, 2007, pp. 81-107.
  • MALZANI F., Tutela delle condizioni di lavoro e sostanze chimiche. Entra in vigore il REACH, in Note Informative, agosto, 2007, pp. 86-95.
  • MALZANI F., Danno da demansionamento: “il punto” di alcune recenti pronunce della Cassazione, in Danno e Responsabilità, n. 6/2007, pp. 674-678.
  • MALZANI F., Salubrità dell’ambiente e responsabilità del datore di lavoro: il danno da fumo passivo, in Danno e Responsabilità, n. 4/2007, pp. 438-441.
  • MALZANI F., Tutela delle condizioni di lavoro e riparto dell’onere probatorio, in Riv. it. dir. lav., n. 1/2007, pp. 59-63.
  • MALZANI F., Il danno alla professionalità: il trend giurisprudenziale, in D&L, Riv. crit. dir. lav., n. 4/2006, pp. 1001-1007.
  • MALZANI F., Attuata la direttiva comunitaria sui rischi da esposizione all’amianto, in Note Informative, dicembre, 2006, pp. 25-31.
  • MALZANI F., Il danno da demansionamento professionale e le Sezioni Unite, in Danno e Responsabilità, n.8-9/2006, pp. 858-863.
  • MALZANI F., Danno non patrimoniale e rapporto di lavoro: il demansionamento professionale, in Danno e Responsabilità, n. 4/2005, pp. 405-411.
  • MALZANI F., La sostenibilità economica della differenziazione: cenni sul cd. Federalismo fiscale, in Previdenza e Assistenza Pubblica e Privata, n. 1/2005, pp. 119-127.
  • MALZANI F., Il lavoro nel Titolo V della Costituzione, tra essere e dover essere, in Il Diritto del Lavoro, n. 1/2005, 59-78.
  • MALZANI F., Federalismo e diritto del lavoro in Italia e Spagna: modelli a confronto, Promodis, Brescia, 2004.

Congreso Internacional de investigación en Derecho Laboral

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Los invitamos al “Congreso Internacional de investigación en Derecho Laboral” que se realizará los días jueves 17 y viernes 18 de mayo de 6:30 a 10:00 p.m. en la Facultad de Derecho de la PUCP. El Congreso lo realiza la Maestría con mucho esfuerzo y contaremos con la presencia de la docente invitada María Hemilia Fonseca.

Bases para Congreso Investigación

Información www.facebook.com/mdtsspucp/

​Link de inscripción: www.pucp.edu.pe/kKMxVc ​

II CONGRESO INTERNACIONAL DE SALUD LABORAL. ARGENTINA

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RED IBERSOC

En la Universidad Nacional de Mar del Plata (Argentina) se celebró entre los días 19 y 20 de septiembre del 2016, el II Congreso Internacional de “Salud Laboral: aspectos sociales de la prevención”, promovido por la Red Universitaria Iberoamericana de Investigación y Promoción de la Seguridad y Salud Laboral (Iberpsoc). Se organizó en estrecha colaboración con la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata y la Federación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU), conjuntamente con el II Taller Internacional de Prevención de Riesgos y Gestión Ambiental en Instituciones de la Educación Superior, organizado éste por el Consejo Interuniversitario Nacional de Argentina (CIN). Colaboraron en la organización del evento la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, CONICET, Credicoop, ADUM y CTA.

En el marco de este evento internacional se organizó además, con enorme éxito de participación, el Seminario Internacional “Salud, trabajo y participación de los trabajadores”. Celebrado en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires los días 22 y 23 de septiembre,  fue auspiciado por FLACSO y la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), convocado por más de veinte organizaciones sindicales y en él participaron activamente más de 600 personas distribuidas en catorce talleres temáticos. Entre los temas abordados en ambos eventos se pueden relacionar: gestión universitaria sobre políticas en el ámbito de la prevención de riesgos laborales y/o gestión ambiental; reflexiones, experiencias e investigación teórico-práctica sobre el paradigma de trabajo decente; experiencias novedosas, buenas prácticas, reflexiones y aportaciones investigadoras nacidas de la praxis sobre la participación de los trabajadores y las trabajadoras en los sistemas de gestión preventiva de las empresas; posibilidades de intervención en salud laboral desde una perspectiva social y experiencias de promoción de la salud en el medio laboral. Ambos eventos fueron declarados de interés por las municipalidades de Mar del Plata y Buenos Aires, respectivamente. Entre los/as ponentes invitados cabe destacar la presencia de profesores universitarios y especialistas de Argentina, Bélgica, Colombia, España, Nicaragua, Perú y Venezuela.

Conclusiones del Seminario Internacional de Buenos Aires

Los días 22 y 23 de septiembre de 2016, organizaciones sindicales pertenecientes a la CTA y CGT organizaron el I Seminario Internacional de Salud, Trabajo y Participación de los Trabajadores.  Desarrollado en el marco del II Congreso Internacional “Salud Laboral: aspectos sociales de la prevención”, impulsado por la Red IBERSOC, auspiciado por la OIT y FLACSO, y declarado de interés por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, el Seminario estuvo compuesto por dos días de talleres, mesas y conferencias, donde se contó con la participación activa de centenares de trabajadores/as.

Las principales conclusiones del encuentro fueron la necesidad de impulsar una nueva ley de prevención de riesgos laborales y salud de los trabajadores/as y la creación de comités mixtos de seguridad e higiene en los que se vienen trabajando desde todas las organizaciones gremiales.  Los catorce talleres no solo fueron de discusión, sino que también sirvieron para avanzar en tareas concretas, como la elaboración de cláusulas de convenio para que puedan ser discutidas en negociaciones colectivas por los distintos sindicatos.

En este apartado les enlazamos el documento consolidado final del Seminario donde aparece el contenido desarrollado: documento marco, programa, mesas y conferencias, talleres, ponencias, posters, vídeos… Sin duda, se trata de un arduo trabajo colectivo preñado de esfuerzo, seriedad e ilusión. Desde la Red IBERSOC queremos destacar muy especialmente la implicación personal de Beto Pianelli y Lilian Capone en la organización de esta actividad. Sin ellos, nada de esto hubiera sido posible. ¡Muchas gracias por todo, compañeros!

Libro de Actas del Congreso:  https://rio.upo.es/xmlui/handle/10433/5447

A PROPÓSITO DEL 28 DE ABRIL: UNA APROXIMACION A LA SITUACION DE LA ACCIÓN NACIONAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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Equipo de Investigación

Paola Egúsquiza
Andrea Sánchez Matos
Carlos Guillermo Morales
Pablo Velásquez
Claudia Saldaña
César Ojeda

El presente trabajo tiene por objeto analizar los puntos fuertes y débiles de la Acción Nacional en Seguridad y Salud en el Trabajo, a la luz del documento “Guía de introducción a los Sistemas Nacionales de Seguridad y Salud en el Trabajo” elaborado por José Luis Castellá[1].

  1. PRIMER PUNTO FUERTE: LA ACCION NORMATIVA

La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley Nº 29783 (en adelante “LSST”), se destaca por el reconocimiento de la universalidad subjetiva y objetiva. En el ámbito subjetivo, el artículo 2º de la LSST, contempla la protección a todos los trabajadores, y a toda persona que se encuentre en el centro de trabajo. En el segundo ámbito, el objetivo, la LSST es omnicomprensiva en cuanto a los riesgos contemplados.

Por otra parte, la LSST responde a un criterio centralizado porque regula en una norma general la acción nacional, cuyo monitoreo está a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministerio de Salud y la Superintendencia de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).

Otro punto a destacar es la forma de gestión de la prevención: la LSST garantiza un enfoque integral de la prevención a través de un modelo tripartito de seguimiento a nivel nacional y regional.

  1. SEGUNDO PUNTO FUERTE: LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y APOYO

En el Perú las actividades de promoción y apoyo se encargan al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo que cumple una función de promoción y sensibilización en la problemática de seguridad y salud en el trabajo, y de asesoría técnica.

SUNAFIL cumple un rol fundamental, pues en el artículo 33° del Decreto Supremo N° 007-2013-TR, se contempla como función de la Intendencia Nacional de Prevención y Asesoría “fomentar una cultura de prevención y cumplimiento del ordenamiento jurídico socio-laboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como orientar a la ciudadanía sobre los servicios que presta la inspección del trabajo”.

El Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y SUNAFIL vienen implementando, desde su creación, actividades de promoción y apoyo tanto a nivel descentralizado, como a nivel de los actores sociales.

  1. TERCER PUNTO FUERTE: LA REPARACIÓN DE DAÑOS Y EL ASEGURAMIENTO

Respecto a la cobertura de los seguros, la legislación toma en consideración el tipo de actividad económica. Para las empresas que desarrollan actividades económicas de alto riesgo, sus trabajadores están cubiertos por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).  Para el resto de empresas, las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo que no cuenten con cobertura del SCTR pueden optar por lo prescrito en la Ley de Aseguramiento Universal de Salud.

Respecto al tipo de prestaciones son de naturaleza omnicomprensiva, pues comprende prestaciones preventivas y promocionales, prestaciones de recuperación y prestaciones económicas.

Finalmente, si las coberturas y prestaciones no permiten la recuperación y rehabilitación del trabajador, y por ende, su reinserción laboral en forma satisfactoria, éste podrá recurrir a la vía judicial, al amparo de lo establecido en el VI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional, que determina que el empleador incurre en responsabilidad civil por los eventos dañosos ocurridos en el centro de trabajo, en aplicación del artículo 53° de la LSST.

  1. PRIMER PUNTO DÉBIL: CONTROL DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMA

En nuestro país el sistema de cumplimiento se encuentra a cargo de SUNAFIL (medianas y grandes empresas a nivel nacional), y Direcciones Regionales de Trabajo de los Gobiernos Regionales (PYMES). Estas últimas tienen a su cargo la fiscalización de todo tipo de empresa en aquellas regiones en las que aún no se haya implementado Intendencias Regionales.

El número de Intendencias a nivel nacional es insuficiente. SUNAFIL cuenta únicamente con 14 Intendencias Regionales, respecto al número de Regiones y Departamentos del país. En lo que respecta al número de fiscalizadores, a la fecha SUNAFIL cuenta con 389 fiscalizadores (inspectores del trabajo e inspectores auxiliares), de los cuales sólo 114 cuentan con facultades para fiscalizar medianas y grandes empresas. Para contrarrestar este déficit, el Ejecutivo ha manifestado su compromiso de elevar a 762 el número de fiscalizadores, con lo cual se daría un incremento del 96% de la fuerza inspectiva actual al cierre del presente ejercicio.

Asimismo, no se estaría cumpliendo con el principio de universalidad que proclama la Ley, en la medida que tampoco se está fiscalizando al Sector Público, para lo cual sería necesario establecer un nivel de coordinación eficaz con la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), como dispone el artículo 4° de la Ley de creación de SUNAFIL.

Finalmente, para que la fiscalización surta efectos debe contar con sanciones eficaces; sin embargo, en agosto de 2017, mediante D.S. N° 015-2017-TR se ha rebajado los montos de las multas.

  1. SEGUNDO PUNTO DÉBIL: EDUCACIÓN Y FORMACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

De la revisión que se ha efectuado del Currículo Nacional de Educación Básica, elaborado por el Ministerio de Educación, se puede concluir que la materia de seguridad y salud no aparece recogida en forma expresa.

Respecto a la formación profesional universitaria sobre SST es un tanto más extendida, sobre todo en las disciplinas científicas ligadas a las actividades productivas con un alto nivel de exposición al riesgo, por lo que podríamos calificarlo como un componente de débil desarrollo.

  1. TERCER PUNTO DÉBIL: ACTIVIDADES DE OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN PARA EL ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN

No contamos con un registro unificado, dado que las estadísticas son registradas sectorialmente en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Salud, Ministerio de Energía y Minas, EsSalud, originando un elevado subregistro de las notificaciones de accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publica boletines mensuales estadísticos sobre las notificaciones efectuadas por los empleadores y centros médicos asistenciales a través del Sistema Informático de Notificación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales.

Lima, 28 de abril de 2018

[1] Este artículo de investigación surgió como resultado de las reflexiones del Curso de Seguridad y Salud en el Trabajo 2018-I y se publica con autorización de quienes lo elaboraron.

Se adjunta versión completa del Trabajo Grupal SST

MEJORAR LA SEGURIDAD Y LA SALUD DE LOS TRABAJADORES JÓVENES: 28 de abril

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Día de la Seguridad y Salud en el Trabajo

Artículo:
Organización Internacional del Trabajo

Según las estimaciones más recientes publicadas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), 2,78 millones de trabajadores mueren cada año a causa de accidentes de trabajo y enfermedades relacionadas con el trabajo . Alrededor de 2,4 millones (86,3 por ciento) de estas muertes se producen por enfermedades relacionadas con el trabajo, mientras que algo más de 380.000 (13,7 por ciento) son el resultado de accidentes de trabajo. Cada año, se produce un número de lesiones profesionales no mortales casi mil veces mayor que el de lesiones profesionales mortales. Se calcula también que, cada año, las lesiones profesionales no mortales afectan a 374 millones de trabajadores, y muchas de ellas tienen graves consecuencias en su capacidad para obtener ingresos a largo plazo (Hämäläinen y otros autores, 2017).

Independientemente de su edad, todos los trabajadores tienen derecho a un trabajo en condiciones seguras y saludables. Los 541 millones de trabajadores jóvenes de entre 15 y 24 años de edad representan más del 15% de la fuerza de trabajo del mundo y, en algunas regiones, pueden sufrir hasta un 40% más de lesiones profesionales no mortales que los trabajadores adultos de más de 25 años.

Varios factores de riesgo que afectan específicamente a los trabajadores jóvenes incrementan sus posibilidades de sufrir daños derivados de los peligros en el lugar de trabajo. Estos factores de riesgo pueden ser inherentes a su temprana edad (por ejemplo, su estado de desarrollo físico, psicosocial y emocional) o estar influidos por ésta (por ejemplo, su nivel de competencias, experiencia o educación). A menudo, los trabajadores jóvenes no conocen sus derechos como empleados, ni sus responsabilidades en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST) como empleadores jóvenes, y pueden ser especialmente reticentes a notificar los riesgos para la SST.
Su presencia significativa en sectores económicos peligrosos y su exposición a los peligros que comportan estos sectores aumenta aún más el riesgo que corren de sufrir lesiones y enfermedades profesionales. La OIT ha preparado este énfasis con motivo del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo de 2018, cuyo objetivo es promover una generación segura y saludable. Los trabajadores jóvenes registran índices de lesiones profesionales notablemente superiores a los de los trabajadores adultos. Según datos recientes sobre la situación en Europa, la incidencia de las lesiones profesionales no mortales es más de un 40% superior entre los trabajadores jóvenes de 18 a 24 años que entre los trabajadores adultos (EU-OSHA, 2007). En los Estados Unidos, el riesgo de que los trabajadores jóvenes entre 15 y 24 años sufran una lesión profesional no mortal es aproximadamente el doble que para los trabajadores de 25 años o más (CDC, 2010). La menor incidencia de las enfermedades profesionales entre los trabajadores jóvenes se debe probablemente a que para que una enfermedad profesional se manifieste suele ser necesario un período prolongado de exposición y/o latencia. Además, es difícil obtener datos precisos sobre las enfermedades profesionales, en particular cuando se trata de datos sobre enfermedades profesionales provocadas por la exposición a peligros en el lugar de trabajo durante la juventud (EUOSHA, 2007).

Además del incalculable sufrimiento humano que traen consigo, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales también conllevan un considerable costo económico, que representa una pérdida anual estimada del 3,94 por ciento del PIB mundial (OIT, 2017c). El costo para la sociedad que comportan los trabajadores jóvenes que sufren lesiones profesionales graves y secuelas a largo plazo puede ser mucho mayor que el de los trabajadores adultos que sufren lesiones similares. Las consecuencias de las lesiones profesionales son más graves cuando se producen al principio de la vida profesional de una persona joven. Un trabajador joven con una deficiencia prolongada puede, a consecuencia de la misma, dejar de ser un miembro activo de la sociedad y no poder aprovechar la educación y formación recibida.

Muchos países están haciendo inversiones significativas en el empleo, la educación y la formación, el desarrollo de las competencias y la creación de puestos de trabajo para los jóvenes Es sumamente importante incluir la seguridad y salud en el trabajo (SST) en estos programas. Para hacerlo, es necesario entender y abordar los factores de riesgo específicos para la SST a que se enfrentan los trabajadores jóvenes de edades comprendidas entre los 15 y los 24 años de edad.

La OIT mantiene un compromiso de larga data con la promoción del trabajo decente y las condiciones de trabajo seguras y saludables para todos los trabajadores durante su vida laboral. Insiste en la importancia que reviste la mejora de la SST para los trabajadores jóvenes, tanto para promover el trabajo juvenil decente como para contribuir a los esfuerzos desplegados para luchar contra el trabajo infantil peligroso.

Por último, en su incorporación al mundo del trabajo, es fundamental para los trabajadores jóvenes contar con el apoyo y la representación de las organizaciones de trabajadores a fin de que puedan ejercer sus derechos y expresar sus preocupaciones. La mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores jóvenes contribuirá al logro del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 8 sobre “trabajo decente y desarrollo económico”. Ayudará a alcanzar la meta 8.8. relativa a los entornos de trabajo seguros y sin riesgos para todos los trabajadores para 2030 y la meta 8.7. sobre la eliminación del trabajo infantil en todas sus formas de aquí a 2025. El logro de estas metas exige la colaboración entre autoridades públicas, empleadores, trabajadores y sus organizaciones, así como con otras partes interesadas clave, con objeto de crear una cultura de la prevención centrada en la seguridad y la salud de la próxima generación de la fuerza de trabajo mundial.

Generación Segura y Saludable

CONTRIBUCIÓN A LA CONSTRUCCIÓN DE LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS PARA EL DESARROLLO DE LA PROTECCIÓN DE LA VIDA Y LA SALUD EN EL TRABAJO, A TRAVÉS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

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JAIRO ERNESTO LUNA GARCÍA(1)

Documento elaborado para la Oficina Internacional del Trabajo mediante el Contrato de Colaboración Externa Número 40189538/0, en el marco del proyecto financiado por el Gobierno de Noruega que ha tenido como objetivo desarrollar las capacidades sindicales para la afiliación y la ampliación de la cobertura de la negociación colectiva.

A partir de la revisión del contenido en materia de salud y seguridad en el trabajo en las convenciones colectivas pactadas en Colombia en los últimos años, se identifica la necesidad de fortalecer la acción sindical en este campo. Con el objetivo de aportar a la adopción de unos lineamientos estratégicos para el desarrollo de la protección de la vida y la salud en el trabajo a través de la negociación colectiva, se llevó a cabo una revisión de literatura nacional e internacional, una consulta rápida con algunas organizaciones sindicales y un taller de discusión con representantes sindicales.

Desde un enfoque, los sindicatos generaron una presión en la arena política en muchos países a lo largo del siglo XX, con miras a la protección de la salud y la seguridad, el establecimiento del salario mínimo y las regulaciones sobre trabajo infantil. Las convenciones colectivas son fruto de estos procesos de luchas y reivindicaciones y por ende los sindicatos son los actores responsables de negociar estos instrumentos con los empleadores y velar por su cumplimiento a través de quejas y otros procedimientos de reclamación que quedan contemplados en las convenciones. De esta manera se generan mecanismos realmente operativos para que las y los trabajadores logren expresar sus opiniones sobre las condiciones de trabajo y garantizar una representación efectiva para incidir en ellas. Los líderes sindicales han descubierto que la defensa de la SST es un tema de gran relevancia, al cual deben responder y que a su vez coadyuva a la construcción de sus organizaciones (Baker, Stock & Velazquez, 2011).

El punto de partida de este proceso fue la revisión de los acuerdos suscritos entre sindicatos y empresas, depositados en el Ministerio del Trabajo, en los cuales se identificó que:

  • Una parte importante de las negociaciones colectivas no considera a la salud y vida de las y los trabajadores como objeto esencial de protección.
  • En otros casos, las medidas acordadas son marginales.
  • Solo en pocos casos se observa un avance significativo en la prevención, así como en la participación de las organizaciones sindicales en todo el proceso de protección de la salud y vida de sus representados.
  • No se hace una diferenciación de las medidas de prevención con un enfoque de género.

Por lo anterior, surge la pregunta acerca de si existe y cuál es el nivel de desarrollo de una política de inclusión de la temática de salud laboral en la negociación colectiva, y como consecuencia de ello, qué lineamientos estratégicos se han definido para aprovechar de mejor manera la negociación en pro de la protección y tutela de la salud y la vida de los y las trabajadoras.

Pueden ser múltiples los procesos que se relacionan con esta esfera, los cuales pueden ir desde el nivel de apropiación de los procesos productivos (técnicos y organizacionales) y de la conciencia de los impactos que ellos tienen en el bienestar de los trabajadores/as; hasta la presencia de visiones economicistas de las reivindicaciones laborales, que incluso establecen en algunos casos el otorgamiento de primas por la realización de trabajos de alto riesgo, pasando por la precariedad e inestabilidad laboral.

Surgen preguntas acerca de: ¿Cuál es el nivel de conocimiento y dominio por parte de la dirigencia sindical, acerca de los principios de la seguridad y salud en el trabajo? ¿Qué propuestas básicas debieran impulsarse en este campo a través de la negociación colectiva? ¿Cuál sería la argumentación de base para sustentar la propuesta?

El objetivo general de este trabajo fue contribuir al desarrollo de las capacidades de las organizaciones sindicales para la negociación colectiva, en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo; y su objetivo específico tuvo como alcance la elaboración de unos lineamientos estratégicos para el desarrollo de la protección de la vida y la salud en el trabajo, a través de la negociación colectiva.

Dentro de las actividades desarrolladas para adelantar estos objetivos, se encuentra la indagación en fuentes documentales, una pequeña consulta a un grupo de organizaciones sindicales y la realización de un taller con miembros del Departamento de Seguridad Social de la CUT.

Este proceso dio como resultado: el reconocimiento de algunas experiencias internacionales; la construcción del marco normativo internacional y nacional en este campo; el análisis del contenido en relación con el derecho a la salud en el trabajo y la seguridad social en riesgos profesionales; y la reconstrucción de la acción sindical en materia de salud y seguridad en el trabajo.

En la conclusión se presenta la necesidad de fortalecer el diagnóstico de la situación de salud y seguridad en el trabajo, la priorización de problemas y la elaboración de puntos concretos a incluir en los pliegos petitorios; así como la preparación de los negociadores y el desarrollo de una estrategia de negociación que garantice un adecuado acompañamiento e integre las dimensiones técnica y organizacional.

En el apartado final también se aborda la importancia de hacer seguimiento al cumplimiento de lo pactado en las convenciones colectivas y la continuidad de los esfuerzos encaminados a fortalecer la participación de los trabajadores y trabajadoras; lo anterior como fundamento del mejoramiento continuo de las políticas de prevención en las empresas.

En este proceso se resalta la importancia de estudiar y aprovechar los convenios y recomendaciones de la OIT, tanto los tres pilares en Salud y Seguridad en el Trabajo (Convenios 155, 161 y 187), como los convenios sectoriales y particulares en esta materia.

(1) Médico, Especialista en Salud Ocupacional, Magíster y PhD en Salud Pública. Profesor Asociado Universidad Nacional de Colombia.

Véase el documento: Negociación colectiva y SST JELG 2017