Por Tarcila Rivera Zea
5 de setiembre, 2012.- La situación de los derechos de las mujeres indígenas en América Latina se encuentra condicionada por un problema fundamental y estructural: los pueblos indígenas no somos considerados sujetos de derechos y esto lo podemos evidenciar en los diferentes procesos de implementación de los mecanismos de consulta que se están dando en la región al amparo del Convenio Nro. 169 de la OIT.Un rápido análisis de este proceso nos muestra que los pueblos indígenas somos considerados un obstáculo para los modelos de desarrollo basados en el extractivismo, que se vienen practicando desde siempre, pero que en las últimas décadas han cobrado un nuevo impulso que ha encontrado resistencia en los procesos organizativos y de autoafirmación indígenas.