Por Carmen Carrasco
Tragedia invisibilizada
“Debido al racismo y la subestimación como ciudadanos de aquellas personas de origen indígena, rural y pobre, la muerte de miles de quechua hablantes fue inadvertida en la opinión pública nacional” .(1)
Racismo antiindígena
“En diversas localidades de la sierra rural de Ayacucho, Apurímac, Junín y Huancavelica, los abusos cometidos por las fuerzas del orden estuvieron cargados de un profundo desprecio racial y étnico”, se menciona (2).
Asimismo, se dice que “el profundo racismo existente en el Perú, producto de siglos de exclusión y subvaloración de las poblaciones indígenas, afloró al primer plano de las percepciones y fue el sustento de los criterios de identificación y selección de víctimas” (3).
El 75 por ciento del total de víctimas generadas por el conflicto interno tenía como lengua materna el quechua, más del triple de quienes tenían como lengua materna el castellano. Cifra altísima considerando que solo un quinto de los peruanos tienen como lengua materna el quechua.
Los “Ejércitos Asháninkas”
“Entre la segunda mitad de la década del 80 y los primeros años del 90, alrededor de 6,000 asháninkas fallecieron, mientras que 10,000 fueron desplazados y unos 5,000 fueron cautivos de Sendero Luminoso” (4).
Cabe precisar que en esta determinada zona del país sí llegó a concretarse una “guerra étnica” debido a la conformación de los denominados “ejércitos asháninkas”, los cuales reunían a indígenas decididos a combatir el terrorismo.
Desplazamiento interno
La CVR afirma que aproximadamente el 70 por ciento de todos los desplazados internos en el Perú pertenecerían a comunidades campesinas, comunidades nativas, de procedencia rural e indígena. (5)
En el caso de la Selva Central, entre 1989 y 1993 cerca de 15,000 indígenas asháninkas y nomatsiguengas se habrían sentido obligados a abandonar sus tierras de origen, como consecuencia del conflicto.
Reformas institucionales
Entre ellas, se acordó el “reconocimiento e integración de los derechos de los pueblos indígenas y sus comunidades en el marco jurídico nacional”, y en ese sentido se propuso:
– Inclusión de derechos individuales y colectivos en el texto constitucional.
– Definición del Estado Peruano como una Estado multinacional, pluricultural, multilingüe y multiconfesional.
– Interculturalidad como política de Estado. En función de ello debe quedar establecida la oficialización de los idiomas indígenas y la obligatoriedad de su conocimiento por parte de los funcionarios públicos en las regiones correspondientes. Asimismo, el desarrollo de la Educación Bilingüe Intercultural, con capacitación de maestros, currículos y materiales de enseñanza. Finalmente, la promoción de la Salud intercultural que implica formación de personal adecuado, así como implica que sea participativa y descentralizada con prevención de enfermedades y ampliación de los servicios básicos a toda la población indígena.
– Existencia legal y personalidad jurídica como pueblos y de sus formas de organización comunal.
– Tierras y territorios tradicionales inalienables, imprescriptibles, inembargables e inexpropiables.
– Derecho y administración de justicia indígena de acuerdo a los derechos humanos y acceso a la justicia ordinaria con juzgados especializados en materia indígena.
– Reconocimiento de mecanismos tradicionales de justicia alternativa. (6).
Como se puede apreciar, la mayoría de estas recomendaciones quedaron finalmente en el papel y no han sido plenamente adoptadas por los entes competentes del Estado.
Notas:
(1) Informe Final de la CVR, Tomo VIII, Segunda Parte, Pág. 103
(2) Ibid., Pág. 109
(3) Ibid., Pág. 114
(4) Ibid., Pág. 128
(5) Informe Final de la CVR, Tomo VI, Primera Parte, Sección Cuarta, pág. 644
(6) Informe final de la CVR, Tomo IX, Cuarta Parte, Pág. 112
Fuente: Servindi