Por Hugo Che Piu
Si bien la propiedad y la ordenación de los bosques por parte de las comunidades van en aumento, los Estados aún tienen el dominio del 80% de los bosques y los marcos regulatorios aún son confusos o insuficientes para asegurar el derecho de las poblaciones locales y los pueblos indígenas sobre los bosques.
En el Perú los pueblos indígenas tienen cedido en uso aproximadamente el 18% de los bosques, es decir, no tienen la propiedad sino solamente la potestad de poseer y usar los bosques. Según un estudio realizado en toda la Cuenca Amazónica el marco legal peruano es el menos conveniente para los pueblos indígenas en lo que respecta a la protección de sus derechos en la determinación de derechos sobre el carbono forestal.
Ante esta situación las organizaciones indígenas plantean la necesidad de resolver primero el tema del saneamiento de los territorios antes de iniciar cualquier mecanismo de mitigación del cambio climático en los bosques. Si bien este es un reclamo que se sustenta en los tratados internacionales sobre pueblos indígenas, también, se justifica en el hecho de reconocer que no se puede esperar proteger de manera efectiva a los bosques sin antes proteger a la gente que vive en ellos.
Fuente: Diario La Primera