Déficit de comprensión lectora en la Población Económicamente Activa (PEA): el caso de la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) de la Municipalidad de Lima

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El Ministerio de Educación (Minedu) del Perú en el año 2004 declara la Emergencia Educativa por el lapso de tres años: 2004, 2005 y 2006. En el documento “Propuesta pedagógica para el desarrollo de capacidades matemáticas – Matemática para la Vida” elaborado y publicado por el Minedu se afirma que “El Programa Nacional de Emergencia Educativa tiene como finalidad revertir el fracaso escolar en la educación básica y disminuir las brechas de inequidad, promoviendo una sociedad educadora comprometida con la educación nacional” [1]. Han pasado once años y la pregunta es: ¿cuánto hemos avanzado? Sospecho que poco. Para muestra un botón:

En el portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima se publica la siguiente noticia: “MML envía al depósito a otras 5 coaster “piratas” que deben más de S/. 4 millones en papeletas.”

Rescato dos párrafos:

  •  “… la Municipalidad de Lima capturó y envió al depósito a otras cinco coaster que circulaban sin autorización y que deben en total S/. 4’616,394.90 al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en papeletas.” [Al tipo de cambio de HOY (05/10/15), $ 1 433 663,01]
  • “Las coasters que están registradas con las placas de rodaje B3Q-799 (acumula una deuda de S/. 1,297358.74); UH-4504 (S/. 820,801); B1B-741(S/. 615,879.8); UO-5546 (S/. 815,297.38); AOL-762 (S/. 1, 067,057.98) fueron enviadas a los depósitos municipales donde permanecerán internados, hasta que logren formalizarse o sean rematados por el SAT, luego de un procedimiento de ejecución coactiva.”  [Equivalente a, respectivamente, $402 906,44 ; $ 254 907,14 ; $ 191 267,02 ; $ 253 197,94 y $331 384,47 dólares.]

Si nos tomamos unos minutos para navegar por la web (Internet Explorer, Firefox, Chrome, Opera, Safari, etc. ) con el buscador de nuestra preferencia (google, yahoo, bing; etc) vamos a identificar que los precios de una coaster de segunda oscila entre diez mil y veinticinco mil dólares. Las pregunta cae de madura: Alguien – en su sano juicio – iría al SAT a cancelar su “deuda” ¡¿…?!

Señores del SAT y de la GTU, apelando al nivel literal de comprensión lectora, se dan cuenta del sinsentido de su marco legal. Basta ya de LEGULEYADAS!!!

A manera de corolario: Les sugiero que al menos en las entrevistas CAS para “contratar” por “méritos profesionales” a su personal elaboren un instrumento de evaluación (entiéndase prueba/ test) que mida los distintos niveles de Comprensión Lectora.

[1] Propuesta pedagógica para el desarrollo de capacidades matemáticas – Matemática para la vida. Programa Nacional de Emergencia Educativa 2004 – 2006, Lima; página 15 (Lo anecdótico del producto elaborado es que se publica al finalizar la denominada Emergencia Educativa: año 2006)

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