Abogado. Profesor de Derecho Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú.
En lo que va del presente año 2011 se han producido diversas manifestaciones del ejercicio de la libertad de reunión que merecen especial mención, dado que pueden ser empleadas como referencia al momento de debatir el contenido, alcances y límites de este derecho fundamental, reconocido en el artículo 2º inciso 12º de la Constitución de 1993 y los tratados sobre derechos humanos. Exponemos aquí brevemente algunas ideas sobre estos casos:
1- Besos y rezos en la Plaza de Armas: El Movimiento Homosexual de Lima (MHOL) organizó una reunión en la Plaza de Armas de Lima en la cual las parejas homosexuales se besaron públicamente. Esta manifestación es conocida como “Besos contra la Homofobia”. Cuando buscaron realizar dicho acto lo más cerca posible a la Catedral de Lima fueron agredidos físicamente por la Policía Nacional, en un hecho que mereció una condena general. En una siguiente ocasión, un grupo de fieles católicos formó un “cordón humano” frente a la Catedral y procedieron a rezar, mientras las parejas homosexuales demostraban nuevamente su afecto con besos en la Plaza de Armas. Para algunas personas, incluida la Ministra de Justicia, la actitud de los grupos homosexuales podía considerarse provocadora. Algunas madres de familia pedían respeto para sus hijos menores de edad. Mientras tanto, la Municipalidad Metropolitana de Lima recordaba, tanto a los católicos como al MHOL, que en la Plaza de Armas se encuentran prohibidas las manifestaciones públicas, en aplicación de lo dispuesto por la Ordenanza Municipal 062-MML, invocación un tanto extraña pues el Tribunal Constitucional declaró en la STC 4677-2004-PA que la disposición específica sobre este tema contenida en la mencionada ordenanza (artículo 132º inciso fº) resulta contraria al ejercicio de la libertad de reunión. En concreto la norma señala que “no se permiten, las concentraciones masivas de personas o equipos que cierren las vías públicas en el Centro Histórico, salvo cuando se trate de eventos tradicionales debidamente autorizados (…)”.
– Video del programa “90 segundos” sobre la presencia de los azucareros en la Plaza 2 de Mayo.
– Nuestro propio video sobre la ocupación de la Plaza 2 de Mayo.
– Video del programa “A primera hora” sobre el retiro de los azucareros de la Plaza 2 de Mayo.
3- Carnaval de Barranco: En el 2010, la celebración de esta tradicional reunión de vecinos del distrito de Barranco no tuvo un final feliz, pues la Policía se hizo presente en medio de la misma con la intención de interrumpirla y agredió sin justificación alguna a varias personas. Afortunadamente en el 2011 las cosas fueron diferentes.
– Video del programa “Prensa Libre” sobre el Carnaval de Barranco celebrado en el año 2010.
– Video del programa “Prensa Libre” sobre el Carnaval de Barranco celebrado en el año 2011.
Apunte final:
Los problemas generados como consecuencia del ejercicio de la libertad de reunión demuestran la importancia de contar con un marco legal de desarrollo constitucional sobre este derecho. En su momento se inició la discusión sobre el tema en la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, pero todo indica que ello deberá formar parte de la Agenda legislativa del próximo Congreso en materia de derechos fundamentales.
Bien…, hoy se enfrenta una controversia internacional del derecho fundamental del "amor por derecho que el derecho por amor", como pretender "el amor por ser homosexual que el amor por el homosexualismo", que es lo que se quiere buscar. Creo que los dos derechos enfrentados hoy, social y visibles, uno y otro, se enfrentan contra natura a los derechos fundamentales, unos encaminan a la persona humana por lo que ha nacido y otros a la persona humana contra natura por nacer así misma como quiera ser; los valores se desnaturalizan por ser individuales en ciernes; la libertad se corrompe por grupos, por desplegar lo que se ha construido por lo que se quiere construir menos; atentaría por encontrar la desfachatez en la construcción de persona como ser humano, por el valor que lo representa su condición natural en masa e individualizada, que por construir un mañana, presente y futuro de generación contra natura.