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ELECCIÓN DE AUGUSTO FERRERO COSTA COMO MAGISTRADO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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LUIS ALBERTO HUERTA GUERRERO
Abogado, Magíster en Derecho Constitucional y Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú.

El viernes 25 de agosto de 2017, el Congreso de la República eligió al abogado Augusto Ferrero Costa (Lima, 1944) como magistrado del Tribunal Constitucional, en reemplazo de Oscar Urviola Hani, elegido en el 10 de junio de 2010 y cuyo mandato expiró en junio de 2015. De acuerdo con el artículo 201º de la Constitución Política de 1993, se requería el voto a favor de ochenta y siete (87)  congresistas. Al final, cien (100) votaron a favor de la elección de Ferrero Costa y diez (10) en contra. Hubo tres (3) abstenciones. Si bien no se consiguió una posición unánime, la alta votación alcanzada refleja el amplio consenso que existió entre las diferentes agrupaciones políticas.

Augusto Ferrero Costa. Fuente de la foto: Universidad de Lima.

Mediante la Resolución Legislativa del Congreso Nº 002-2017-2018-CR, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 26 de agosto de 2017, se oficializó la designación de Ferrero Costa como nuevo magistrado del Tribunal. Juramentó el cargo el 4 de setiembre de 2017, el cual ejercerá por un período de cinco años, es decir, hasta el 2022.

Desde el ámbito académico, toda elección de magistrados del Tribunal Constitucional debe merecer atención, siendo importante identificar en cada proceso los aspectos que deberían mejorarse a futuro y resaltar lo que haya resultado positivo. Por ello, en este post daré cuenta de algunos temas que surgieron durante el procedimiento de elección del ahora magistrado Ferrero Costa, a partir del debate que hubo en el Pleno del Congreso de la República en su sesión del viernes 25 de agosto de 2017, cuyo Diario de Debates se encuentra disponible en la página web del órgano legislativo. Sigue leyendo

CONGRESO ELIGE SEIS NUEVOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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LUIS ALBERTO HUERTA GUERRERO
Abogado, Magíster en Derecho Constitucional y Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú.

El Congreso de la República eligió a seis nuevos integrantes del Tribunal  Constitucional, quienes reemplazarán a igual número de magistrados cuyo período de cinco años en el cargo se había vencido hace buen tiempo. El proceso de renovación no fue sencillo pero permite diversas reflexiones.

La frustrada elección de julio del 2013

El 17 de julio del 2013 el Congreso de la República realizó una votación para elegir a los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional, así como a tres miembros del Banco Central de Reserva y al titular de la Defensoría del Pueblo. En el caso concreto del Tribunal Constitucional, fueron elegidos como magistrados Ernesto Blume Fortini, Francisco Eguiguren Praeli, Cayo Galindo Sandoval, Víctor Mayorga Miranda, José Luis Sardón y Víctor Sousa Huanambal.

Una deficiencia de este proceso de elección lo constituyó que fuera por invitación antes que por un concurso público, resultado de una decisión política que llevó incluso a la modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que no establecía la invitación como un medio para postular. A lo expuesto debe agregarse que antes de la votación no hubo debate alguno en el Pleno del Congreso sobre el perfil y trayectoria profesional de los candidatos, como se aprecia claramente en el Diario de Debates del 17 de julio del 2013, fecha en que se produjo la elección. Sólo hubo un debate previo, a pedido de algunos congresistas, sobre la forma de elección, que se realizó en bloque (todos los candidatos a la vez) y no de forma individual. En dicho debate se hizo evidente la discrepancia respecto a algunos candidatos. Vale la pena recordar algunas de estas intervenciones.

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Diez preguntas para candidatos y candidatas al Tribunal Constitucional

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Por: Doctor Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú

El debate actual del proceso de elección de magistrados del Tribunal Constitucional, bautizado por la opinión pública y los medios de comunicación como “la repartija” (expresión que ilustra sobre cómo percibe la ciudadanía lo que está ocurriendo), debe servir para reflexionar sobre el perfil de quienes deben asumir la alta responsabilidad de defender la Constitución y los derechos fundamentales. En este post deseamos plantear algunas preguntas esenciales que todo candidato o candidata al cargo de magistrado o magistrada del Tribunal Constitucional, en cualquier proceso de selección, debería estar en capacidad de responder ante la opinión pública y cuyas respuestas deberían ser evaluadas por el Congreso de la República antes de tomar una decisión:

1) ¿Cuál ha sido su aporte al Derecho Constitucional peruano o al Derecho peruano en general? Indique las fuentes que sustentan su respuesta.

2) ¿Cuáles son los últimos libros o artículos que ha tenido oportunidad de leer en materia de Derecho Constitucional?

3) ¿Qué opinión tiene de la Corte Suprema de los Estados Unidos de América o de algún tribunal constitucional en particular del derecho comparado?

4) ¿Ha trabajado en alguna entidad pública? En caso afirmativo ¿qué aportó para mejorar las actividades de dicha entidad?

5) ¿Ha ejercido el litigio en materia de Derecho Constitucional a través de los procesos constitucionales que son de conocimiento del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional? Precise qué casos ha llevado y defendiendo a qué personas o instituciones.

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Reseña del libro “Los votos singulares en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú” de César Landa Arroyo

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Por: Magíster Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú

El miércoles 10 de octubre del 2012 tuve ocasión de estar presente en la presentación del libro del reconocido constitucionalista peruano César Landa Arroyo, que lleva por título “Los votos singulares en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú”. En este trabajo se recopilan los votos singulares emitidos por el doctor Landa cuando fue magistrado del Tribunal Constitucional, especialmente desde el 2008 en adelante, que fue el año en que el Tribunal empezó a emitir sentencias que se distanciaban de las tendencias jurisprudenciales de los años anteriores, especialmente del período 2002-2007. Como afirma el profesor Landa en la Introducción del libro (página 11): “(…) a partir del 2008, mis votos singulares se fueron transformando en un medio para expresar con claridad los argumentos constitucionales que discrepaban por el fondo o por la forma de la resolución de los casos de la mayoría; máxime, cuando muchas de las sentencias en el último período, se dictaron al unísono de las demandas o presiones gubernamentales del Gobierno -2006-2011- y de los poderes fácticos de turno, como el eclesiástico, militar y empresarial, entre otros, en detrimento de los valores y principios constitucionales de la independencia, neutralidad e imparcialidad de las decisiones judiciales a emitir por el Tribunal Constitucional”.

Los votos singulares se encuentran divididos en tres secciones, en atención a la materia (Derechos fundamentales, Derecho constitucional económico y Organización del Estado). Entre otros, resulta de interés revisar aquellos referidos a casos particularmente polémicos, como los de Salazar Monroe, Wolfenson Woloch, Cementos Lima, Jalilie Awapara, Provías Nacional y la Anticoncepción oral de emergencia. Personalmente, especial atención merece el voto singular del caso “El Frontón” (hábeas corpus presentado a favor de Teodorico Bernabé Montoya), pues se relaciona con el tema de las obligaciones del Estado respecto a las investigaciones por graves violaciones a los derechos humanos, tema vigente a partir del polémico fallo de la Corte Suprema sobre el Grupo Colina.

El libro incluye un texto preliminar sobre el valor jurídico-político el voto singular en el Tribunal Constitucional del Perú, a cargo de José Saldaña Cuba.

Ficha bibliográfica:

LANDA ARROYO, César
2012 Los votos singulares en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú. Lima: ECB Ediciones S.A.C.

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Congreso aprueba nuevo sistema de elección de magistrados del Tribunal Constitucional

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Por: Magíster Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú

En noviembre del 2011 se votó en el Congreso de la República un proyecto de ley (el 510-2011-CR) para modificar la ley orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Nº 28301), en concreto el artículo 8º, a fin de incorporar el proceso de elección por invitación de los magistrados de esta importante institución, pero no se alcanzaron los votos necesarios para aprobarlo. Respecto a dicha votación se presentó una reconsideración, la cual fue sometida al Pleno del Congreso en su sesión del pasado miércoles 23 de mayo del 2012.

En efecto, en dicha sesión la reconsideración fue aprobada y se procedió a votar nuevamente la propuesta legislativa, luego de un breve debate por parte de algunos congresistas. En realidad, el debate más interesante se produjo en la sesión del 10 de noviembre del año pasado, cuando la propuesta fue desestimada. Finalmente, el proyecto ha sido aprobado y la autógrafa de ley respectiva ha sido remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación.

El objetivo de la reforma es facilitar el proceso de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional, para lo cual una Comisión Especial deberá emplear el sistema del concurso público o el sistema de invitación directa, con miras a proponer al Pleno del Congreso los candidatos seleccionados. La decisión sobre cuál de los dos sistemas será empleado corresponderá a la Junta de Portavoces. Sobre este tema, la Congresista Martha Chávez propuso que la decisión sobre la modalidad de elección sea decidida por el Pleno del Congreso y no por la Junta de Portavoces. Sin embargo, su propuesta no fue atendida.

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Tres formas de impedir el funcionamiento de un Tribunal Constitucional (a propósito de los veinte años del 5 de abril de 1992)

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Por: Magíster Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Cuando en las aulas universitarias abordó el tema de la Magistratura Constitucional suelo realizar una exposición cronológica del funcionamiento del Tribunal Constitucional en el Perú (desde su incorporación en la Constitución de 1979 a la fecha), siendo inevitable hacer referencia a las diferentes etapas o momentos por los que ha atravesado esta institución, a partir de las cuales es posible identificar hasta tres formas de impedir el funcionamiento de este importante órgano de control constitucional:

– La primera es la más radical y consiste en impedir el funcionamiento del Tribunal en su integridad. Ello ocurrió, por ejemplo, el 5 de abril de 1992, cuando el presidente Alberto Fujimori anunció al país, junto con el cierre del Congreso de la República y del Poder Judicial, el del Tribunal Constitucional (llamado en aquel momento Tribunal de Garantías Constitucionales). Si bien el Tribunal que funcionó en el período 1982-1992 no estuvo a la altura de lo esperado, ello no justificaba en lo absoluto una medida como la del 5 de abril. Lamentablemente, la falta de presencia institucional del Tribunal en la vida política y jurídica del país hizo que la población permaneciera indiferente ante tal situación. A ello debe agregarse que los primeros proyectos de la nueva Constitución no contemplaron mantener al Tribunal Constitucional en nuestro ordenamiento jurídico. Sólo al final fue incorporado. En concreto, desde el 5 de abril de 1992 hasta finales de junio de 1996 (cuando se eligieron a los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional), es decir, durante cuatro años y tres meses, el Perú no contó con una instancia jurisdiccional especializada en control e interpretación constitucional.

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Sustentación de tesis sobre el proceso de amparo y la magistratura constitucional

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Por: Magíster Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

El 14 de diciembre del 2011 tuvimos ocasión de participar como Jurado en la sustentación de la Tesis “Amparo: magistratura competente y servicios de apoyo jurisdiccional”, presentada por Verena Guevara Peña para optar por el Título de Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú. De modo particular, la investigación destaca por presentar los resultados de un trabajo de campo respecto a los diez juzgados especializados en materia constitucional que funcionan en la Corte Superior de Justicia de Lima, creados mediante la Resolución Administrativa Nº319-2008-CE-PJ al amparo de lo dispuesto en la Tercera Disposición Final del Código Procesal Constitucional.

En las conclusiones de la tesis se realizan afirmaciones que dieron lugar a un importante diálogo académico durante la sustentación. Así, se afirma que como consecuencia de las entrevistas realizadas a los jueces constitucionales, existe pleno respaldo a la necesidad de crear un mayor número de juzgados especializados en materia constitucional y que a su vez debería existir la misma especialidad a nivel de salas superiores. Del mismo modo se afirma en la tesis que estos órganos especializados deben estar integrados por jueces que cuenten con una formación profesional especializada en la resolución de controversias constitucionales. De esta forma, se ofrecería una mejor protección judicial de los derechos fundamentales a través del proceso constitucional de amparo.

Invitamos al público interesado a revisar esta tesis, disponible en la Hemeroteca de la Pontificia Universidad Católica del Perú.

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Congreso no aprobó modificaciones legales al proceso de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional

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Por: Magíster Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú y en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

El jueves 10 de noviembre el Pleno del Congreso de la República debatió el proyecto de ley Nº 510, por el que se propone modificar las leyes orgánicas del Tribunal Constitucional y de la Defensoría del Pueblo, respecto al proceso de elección de los magistrados del Tribunal y del Defensor del Pueblo. Este debate llamó la atención porque no estaba en la Agenda del Pleno y porque hace un par de semanas el Congreso había ratificado un acuerdo de la Junta de Portavoces en relación a estos temas, medida que en su momento comentamos.

La justificación para incluir en el debate parlamentario el citado proyecto Nº 510 parece encontrarse en la siguiente intervención del Presidente del Congreso en la sesión del jueves 10 de noviembre: “Yo quiero simplemente aclarar que la decisión de la forma de elección ya la tomó este Pleno hace dos semanas, ya decidió el Pleno que puede ir en contra de lo que dice una Ley Orgánica. Lo único que estamos haciendo es querer darle un marco jurídico seguro, para que no vengan aventureros después a querer cuestionar la decisión que adopta el Congreso de la República (…)”.

En términos generales, el proyecto propone dos mecanismos alternativos para la elección de los magistrados del Tribunal: el concurso público o la invitación directa. Como era de esperarse hubo posiciones discrepantes, pues algunos congresistas consideraban que el tema debería ser objeto de un mayor análisis a través de la Comisión especializada en estos temas (la Comisión de Constitución y Reglamento), otros entendían que buscaba politizarse la elección de los magistrados y otros señalaban que la opción por la invitación podía dejar fuera de carrera en el proceso de elección a destacados juristas. (Ver el Diario de Debates, pp. 105 a 121.

El resultado de este debate fue la no aprobación del proyecto, que por tratarse de modificaciones a leyes orgánicas requería el voto de la mitad más uno del número legal de miembros del Congreso (66 de 130). Al final sólo hubo 61 votos a favor, 33 en contra y cero abstenciones. Respecto a esta votación se ha presentado una reconsideración.
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Congreso acuerda elección por invitación de los magistrados del Tribunal Constitucional

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Por: Magíster Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

La elección de los magistrados del Tribunal Constitucional es un tema que de manera especial nos interesa abordar en este blog, en atención a la importancia de las competencias asignadas a este órgano de control constitucional.

A la fecha, dos magistrados del Tribunal Constitucional (Vergara Gotelli y Mesía Ramírez) han culminado el período de cinco años para el que fueron elegidos y el próximo año ocurrirá lo mismo con otros cuatro (Beaumont Callirgos, Álvarez Miranda, Calle Hayen y Eto Cruz). En otras palabras, el actual Congreso de la República deberá elegir nada menos que a seis nuevos integrantes (de un total de siete) del máximo órgano de justicia constitucional del país.

En noviembre del 2010 hubo un debate en el Congreso sobre la posibilidad de modificar la actual Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a fin de permitir que la elección de los magistrados no fuera únicamente mediante el proceso del concurso público a cargo de una Comisión Especial, sino que también se pudiese llevar a cabo mediante invitación directa. No se trataba de una idea nueva, pues la anterior Ley Orgánica del Tribunal Constitucional contempló esta opción, con el siguiente texto (artículo único de la Ley Nº 26622, publicada el 14 de junio de 1996):

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Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia: elección popular de magistrados y ponencias de Conferencia Internacional

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Por: Magíster Luis Alberto Huerta Guerrero.
Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

En febrero del 2009 fue promulgada la nueva Constitución Política de Bolivia, que ha marcado el inicio de un proceso político orientado hacia la construcción de un Estado basado esencialmente en su reconocimiento como plurinacional, lo cual tendrá una importante repercusión en el desarrollo de sus instituciones jurídicas, en particular en el funcionamiento de su Tribunal Constitucional, denominado a partir del texto constitucional como Tribunal Constitucional Plurinacional. En julio del 2010 fue promulgada la nueva ley orgánica de esta institución, que aporta temas de particular interés para el análisis de la magistratura constitucional a nivel del derecho comparado. Uno de ellos es la forma de elección de sus magistrados, que constitucionalmente se ha previsto que sea por elección popular, a partir de una lista previa de candidatos determinada por la Asamblea Legislativa Plurinacional (es decir, el Congreso de la República).

Precisamente, el domingo 16 de octubre se llevaron a cabo las elecciones para la elección de altas autoridades judiciales bolivianas, entre las cuales se incluye a los magistrados del Tribunal Constitucional. Hasta el momento las primeras proyecciones señalan que los votos nulos son superiores a los demás.

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