EFECTOS DE LA REDUCCION DE IMPUESTOS

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Se ha discutido mucho respecto a los efectos de la reducción de un punto porcentual a nuestro impuesto al valor agregado, el Impuesto General a las Ventas o IGV. Ello nos lleva a comentar brevemente respecto a los efectos en general de una reducción de las tasas impositivas y si el mismo es favorable o desfavorable desde el punto vista social.

En general, los impuestos son contractivos. Es decir, un aumento de las tasas impositivas genera una reducción de las ganancias en una actividad económica determinada, lo cual a su vez reduce la cantidad de empresarios dispuestos a invertir en esa actividad. Es de esperar que la reducción de las tasas genere el efecto inverso, es decir, una aumento de la cantidad de empresarios que quieren participar en dicho mercado.

La evidencia empírica es bastante clara en este punto. Cuando se redujeron los tributos a los espectáculos, estos aumentaron con rapidez, pudiendo ver en Lima a artistas y grupos musicales que en otro contexto o habrían podido arribar. La reducción de los impuestos en esta actividad entonces permitió que la misma aumentara sustancialmente, con el consiguiente beneficio para los consumidores.

Mayor o menor recaudación.

Asimismo, es preciso discutir respecto a un mito recurrente. Este señala que a mayores tasas impositivos, mayor recaudación. Dicha afirmación parece muy lógica, puesto que si los empresarios producen 100 y la tasa es 30%, el Estado recibe 30. Si la tasa es 40%, el Estado recibiría 40, lo cual es evidentemente una cantidad mayor.

Sin embargo, esto no necesariamente es cierto. El aumento de las tasas impositivas puede generar una reducción de la inversión en ese mercado, con lo cual el ingreso del Estado puede ser incluso menor. Los empresarios ya no van a producir 100, sino 70, entregando tan solo 28 al Estado.

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6 pensamientos en “EFECTOS DE LA REDUCCION DE IMPUESTOS

  1. Gleny Fernández

    Buenas tardes Dr. Guzmán, qué bueno que se tenga a profesionales como usted, que nos apoye en los temas que le quiero consultar:

    Hace unos días se ha publicado la Ley Nº 29666, que disminuye el IGV al 18%, mi pregunta sería, que pasa con los contratos suscritos con antelación a la norma, se modifican?…..son contratos de la Administración Pública.
    Muchas gracias por su respuesta.

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  2. Gleny Fernández

    Buenas tardes Dr. Guzmán
    Le felicito por su Blog….

    Aprovecho para consultarle lo siguiente: Hace poco se ha publicado la Ley de reducción del IGV a 18%, qué pasa con los contratos suscritos con anteación a la norma? se modifican? ya que los contratos son a suma alzada.

    Muchas gracias por su pronta respuesta

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  3. hguzman Autor

    Los contratos deben modificarse si es que la variación de la tasa del IGV afecta el monto total de la contraprestación. La entidad tendría que pagar un monto menor una vez ejecutada la prestación.

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