La congresista Verónika Mendoza Frisch, en un conversatorio organizado con la asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) manifestó que presentó el documento previamente a las organizaciones del Pacto de Unidad: Onamiap, Conacami, CNA y AIDESEP, y recogió los aportes de cada una de ellas.
Asimismo, informó haber recibido apoyo de otras bancadas para dicha iniciativa. Sin embargo pidió más aportes, sugerencias o críticas para seguir enriqueciendo el proyecto de Resolución Legislativa presentada el 28 de mayo de 2012.
Por su parte, el jurista español, Bartolomé Clavero, saludó la iniciativa señalando que “tras el fiasco fraudulento de la reglamentación peruana de la consulta indígena en el ámbito gubernativo, en el seno del Congreso se plantea más en serio la regulación de la consulta de las leyes y los decretos legislativos a los pueblos indígenas”.
Cabe destacar que la Resolución Legislativa recoge fuentes que protegen el derecho de los pueblos indígenas. Entre estos la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana de Derechos Humanos.
Asimismo, el Convenio sobre Pueblos Indígenas N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo, el Pacto de Derechos Civiles Políticos y el Pacto de Derechos Sociales, Económicos y Culturales de las Naciones Unidas.
También la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial de Naciones Unidas, La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, La Ley 29785 Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas y originarios y otros instrumentos y tratados internacionales de derechos humanos de las que el Perú es signatario.
Alcances de la norma
Sobre la afectación precisa que se trata del “efecto jurídico de una norma cuyo contenido sea susceptible de modificar directa e indirectamente la vida, identidad cultural o goce del territorio y los recursos naturales de los pueblos indígenas, independientemente de que su carácter sea general o abstracto, de que su propósito busque beneficiarlos o no, o de que el contenido les haga explícita o no”.
Asimismo, considera que la afectación de una medida legislativa involucra a materias como propiedad y posesión rural, régimen agrario, ordenamiento territorial, ambiente y recursos naturales, justicia intercultural, minería, hidrocarburos, infraestructura eléctrica, entre otros.
Fuente: Servindi