Sí a la justicia, no al olvido
“Aquel día, agentes de inteligencia adscritos al Servicio de Inteligencia del Ejército asesinaron a balazos a 15 personas, entre ellas a Javier Ríos Rojas, un niño de 8 años y a su padre Manuel Isaías Ríos Pérez (33). 4 personas, quedaron gravemente heridas y sobrevivieron al crimen ocurrido durante una reunión organizada por unos moradores en el Jirón Huanta No.840, en Barrios Altos, zona ubicada en el centro de la ciudad de Lima”.
Por dicho conjunto de asesinatos, se procesó al exmandatario Alberto Fujimori Fujimori, quien a la postre fue condenado a 25 años de prisión.
La Comisión de la Verdad y Reconciliación considera que tal como fue expresamente reconocido por el Estado ante el Sistema Interamericanos de Protección de Derechos Humanos, entre 1991 y el 2000:
a) Incurrió en responsabilidad por la violación del Derecho a la Vida de Placentina Marcela Chumbipuma Aguirre, Luis Alberto Díaz Astovilca, Octavio Benigno Huamanyauri Nolazco, Luis Antonio León Borja, Filomeno León León, Máximo León León, Lucio Quispe Huanaco, Tito Ricardo Ramírez Alberto, Teobaldo Ríos Lira, Manuel Isaías Ríos Pérez, Javier Manuel Ríos Rojas, Alejandro Rosales Alejandro, Nelly María Rubina Arquiñigo, Odar Mender Sifuentes Nuñez y Benedicta Yanque Churo.
b) Afectó seriamente la Integridad Personal de Natividad Condorcahuana Chicaña, Felipe León León, Tomás Livias Ortega y Alfonso Rodas Alvítez.
c) Contravino artículos sobre garantías judiciales y acerca de protección judicial de la Convención Americana como consecuencia de la promulgación y aplicación de las leyes de amnistía Nº 26479 y Nº 26492.
d) Incumplió su obligación de respetar derechos y deberes de adoptar disposiciones de derecho interno de la Convención Americana sobre derechos humanos como consecuencia de la promulgación y aplicación de las leyes de amnistía Nº 26479 y Nº 26492.
La Comisión, en consideración a lo expresado y ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 14 de marzo del 2001:
a) Se adhiere al reconocimiento al Gobierno del Perú, porque su allanamiento en sede internacional en el año 2001, constituyó una contribución positiva al desarrollo del proceso “Barrios Altos” y a la vigencia de los principios que inspiran la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
b) Expresa su satisfacción al Estado por atender y cumplir con el procedimiento de reparaciones que corresponde a los sobrevivientes y a los familiares de los fallecidos.
Finalmente, la Comisión:
a) Exhorta al Poder Judicial a continuar investigando los hechos presentados para determinar las personas responsables y sancionarlas conforme a las normas del derecho.
(Fuente: Informe Final CVR- Léalo aquí)
Fuente: La República