En el evento participación representantes del Poder Ejecutivo, organismo autónomos, gobiernos locales y regionales, gremios empresariales, organizaciones sociales, universidades y sociedad civil en general.
Otra de las conclusiones a la que llegó fue la urgente necesidad de contar con una ley de ordenamiento territorial, con la cual se pueda “hacer uso y ocupación del territorio en base a información suficiente, (…) y teniendo en cuenta las demandas de la población”.
El seminario fue organizado por la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ), el Instituto de Montaña, la Red Propuesta Ciudadana, y Derecho Ambiente y Recursos Naturales (DAR).
Además por el Foro Ciudades Para la Vida, CooperAcción, Servicios Educativos Rurales (SER), el Grupo de Formación e Intervención para el Desarrollo Sostenible – GRUFIDES, la Red Muqui – Red de Propuesta y Acción e Ingeniería Sin Fronteras.
Además fue auspiciado por la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR), la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE) y la Red de Municipalidades Rurales del Perú (REMURPE).
A continuación, el comunicado:
Construyendo consensos para una Ley de Ordenamiento Territorial
Los días 6 y 7 de octubre se llevó a cabo el seminario taller “Construyendo Consensos para una Ley de Ordenamiento Territorial”. En este espacio participaron representantes del Poder Ejecutivo, organismos autónomos, gobiernos locales y regionales, gremios empresariales, organizaciones sociales, universidades y sociedad civil general, vinculados al tema. Luego de un amplio intercambio de opiniones, se llegó a un conjunto de conclusiones y aportes :
1. Se constató que la configuración actual del territorio es el producto de intervenciones sectoriales y privadas que han carecido de una visión integral de éste y de una comprensión de su complejidad; dando lugar a permanentes conflictos por los recursos naturales, deterioro ambiental, desarrollos desiguales, desequilibrios en la prestación de servicios, en la institucionalidad del Estado, entre otros problemas.
2. Se constató la urgencia de hacer uso y ocupación del territorio en base a información suficiente sobre sus potencialidades y limitaciones, y teniendo en cuenta las demandas de la población, con miras a reducir la conflictividad existente y promover el desarrollo sostenible. Ello supone, entre otras cosas, contar con una política y una ley de ordenamiento territorial.
3. Se definió al Ordenamiento Territorial como una política de Estado, que en consecuencia trasciende a la coyuntura de cada periodo de gobierno. Asimismo, se le consideró un proceso político, técnico y administrativo a través del cual se toman decisiones basadas en la participación, el diálogo intercultural y la concertación para el uso sostenible de los recursos naturales y la ocupación ordenada y segura del territorio.
4. Se consideró la necesidad de establecer el carácter mandatorio de los planes de ordenamiento territorial respecto de las políticas, programas y proyectos sectoriales con incidencia en el territorio; como también, respecto de los planes de desarrollo concertado, desarrollo urbano, y otros de carácter específico.
5. Se constató la necesidad de articular e integrar los diversos instrumentos de planificación que tienen incidencia en el territorio y que han sido elaborados por los distintos niveles de gobierno, estableciendo sus relaciones de interacción y dependencia. Se sugirió también que varios de ellos debían ser parte del plan de ordenamiento territorial para facilitar su ejecución y seguimiento.
6. Se planteó otorgar al ente rector el poder político que le permita presidir y articular el sistema nacional de ordenamiento territorial, concertar la política y estrategias en esta materia, armonizar las políticas sectoriales con los planes de ordenamiento territorial y resolver controversias. Todo ello con la finalidad que en el mediano plazo seamos un país que usa y ocupa su territorio de manera responsable y a favor del bienestar de todos los peruanos y peruanas.
7. Se sostuvo también, que es necesario respetar las competencias otorgadas por las leyes orgánicas a los gobiernos regionales y locales para la planificación y gestión territorial.
8. Se consideró como principios que no deben estar ausentes en una Ley de Ordenamiento Territorial: la subsidiariedad, la sostenibilidad, la prevalencia del bienestar general sobre el interés particular, la integralidad y la equidad.
9. Asimismo, se consideró que la planificación territorial debería tener un enfoque de cuenca, que conduzca a la construcción de mancomunidades de gobiernos regionales y provinciales para una coherente y estructurada gestión del territorio.
10. Se constató que las experiencias de zonificación ecológica económica han generado información valiosa sobre circunscripciones territoriales y deben ser reconocidas como el insumo principal para los respectivos planes de ordenamiento territorial. Por lo tanto, la futura ley debería considerar a la zonificación ecológica económica como un instrumento base para la elaboración del diagnóstico de los planes de ordenamiento territorial.
Esperamos que estos aportes sean recogidos por el Ministerio del Ambiente en su propuesta de ley y, en su momento, por el Congreso de la República.
Lima, 21 de octubre de 2011
Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ) • CooperAccion – Acción Solidaria para el Desarrollo • Grupo de Formación e Intervención para el Desarrollo Sostenible (GRUFIDES) • Instituto de Montaña • Asociación Servicios Educativos Rurales (SER) • Derecho Ambiente y Recursos Naturales (DAR) • Red Muqui • Ingeniería sin Fronteras.
Fuente: Servindi