Asimismo, CARE indicó que no se cumplió con realizar antes del otorgamiento de la concesión temporal, el evento presencial en la zona de influencia del proyecto, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Participación ciudadana en actividades eléctricas (Resolución Ministerial 223-2010-MEM/DM).
CARE también señaló que “la autorización de concesión temporal sobre territorio indígena, sin previa consulta a los mismos, se ha vulnerado también sus derechos previstos en el Convenio 169 de la OIT”.
La concesión temporal se superpone sobre el territorio de cinco comunidades nativas de la cuenca del río Ene: Samaniato, Unión Puerto Asháninka, Centro Caparocía, Potsoteni y Meteni. El recurso de nulidad fue presentado el 02 de setiembre y a la fecha aún se encuentra pendiente de resolución por parte del Ministerio.
Cabe resaltar que Tambo 40, es uno de los cinco proyectos hidroeléctricos priorizados por el Acuerdo Energético Perú Brasil. Su potencial energético es de 1.287 MW.
Fuente: Actualidad Ambiental