Los resultados de la Supervisión Defensorial indican que los principales problemas son la falta de determinación de plazas docentes EIB, la no publicación y difusión del consolidado regional de plazas EIB, y el incumplimiento en la verificación del bilingüismo y de la especialización en EIB en los profesores aspirantes a esas plazas.
El estudio recabó información de instituciones educativas EIB, 50 Unidades de Gestión Educativa (UGEL), 16 Direcciones Regionales de Educación (DRE) y del Ministerio de Educación (Minedu). Se inició en el 2008 y concluyó en el 2010, y su fin fue identificar los principales problemas en la implementación de la política pública de EIB.
Resultados desalentadores
La falta de identificación de estas plazas generan tres problemas: postulan docentes que no son bilingües (castellanohablantes), no se verifican los requisitos que deben cumplir los profesores EIB en el proceso de selección, y se contratan maestros inadecuados que pueden producir conflictos locales.
Asimismo, cuatro DRE no publicaron ni difundieron las plazas EIB, lo que es un aspecto crucial porque si esta actividad no se lleva a cabo es como si plaza no existiese. Así, se neutraliza la posibilidad de garantizar un docente especializado en EIB a los niños y niñas indígenas, que les posibilite acceder al derecho a la educación.
Pese a que la ley de EIB lo señala, tampoco se verifica el cumplimiento del perfil que debe poseer este maestro. Ello ocurre porque por ejemplo 15 UGEL no incluyeron a un profesor bilingüe en los comités de contratación docente para que verifique el manejo del bilingüismo, precisamente.
Por una EIB de calidad
“En todo el sistema educativo se observa una gran desinformación, que acarrea problemas como la no contratación oportuna, lo cual generaría probabilidades de que no se desarrolle todo el plan curricular”, manifiesta Jhordan Morales, Comisionado del Programa de Pueblos indígenas de la Defensoría del Pueblo.
Para el 2010, el Ministerio de Educación dispuso que el año escolar a nivel nacional se inicie el 1 de marzo. No obstante, solo 6 de 45 UGEL cumplieron esa disposición. No es coincidencia que la Defensoría del Pueblo reciba quejas de las comunidades nativas por la ausencia de maestros en los primeros meses del año escolar.
En la práctica, los padres de familia son actores claves de la comunidad educativa para la no vulneración del derecho a la educación. Debido a ello, y con el respaldo del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Defensoría del Pueblo recomienda incluirlos en los procesos de contratación de docentes EIB.
Urge derogar la “nota 14”
A partir de la puesta en vigencia del Decreto Supremo N° 006-2007-ED, en el 2007, se estableció la nota 14 como mínimo para el ingreso a la carrera docente de los Institutos Superiores Pedagógicos (ISP). Esto causó un menor ingreso de postulantes a estos centros de enseñanza, con el consecuente cierre de estas instituciones.
La nota 14 representa una valla para la EIB, puesto que si bien la intención inicial era elevar la calidad educativa, no se puede generalizar dado que los jóvenes de las áreas rurales y de pueblos originarios reciben una educación deficiente, y además no se considera sus conocimientos de cultura y lenguas aborígenes.
En diciembre del 2010, la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deporte del Congreso aprobó por unanimidad dos proyectos de ley que buscan derogar esa nota mínima para el ingreso a la especialidad de educación intercultural bilingüe en los institutos superiores pedagógicos.
Estandarización de la capacitación
Los cursos y actividades que se imparten a los docentes EIB siguen el modelo de capacitación para los niveles primario y secundario de Educación Básica Regular. Desde el Minedu solo se aborda la comunicación integral en Castellano y en algunos casos, se ofrecen charlas sobre interculturalidad y primera y segunda lengua.
Estudios de los investigadores Vásquez, Chumpitaz y Jara, muestran que para el 2007, por cada 100 alumnos se registró la existencia de menos de un profesor capacitado en EIB por el Ministerio de Educación. Puno y Cusco cuentan con muy pocos docentes capacitados, aun cuando registran las mayores poblaciones indígenas en edad escolar.
La problemática de la EIB se agrava más debido a la falta de articulación de los actores. Lucy Trapnell y Virginia Zavala afirman que la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe (DEIB) desarrolla actividades en algunas líneas de trabajo, sin ningún plan estratégico orientado a ampliar la cobertura de la EIB, y a fortalecer y dar sostenibilidad a las acciones efectuadas a lo largo de las últimas décadas en este campo.
En el Perú, la EIB se fundamenta en la Constitución Política de Perú de 1993, la Ley General de la Educación, Proyecto Educativo Nacional (2007), en la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (2007) y en la Ley de Fomento de la Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales (2001).
Del mismo modo, se ampara en el Convenio 169 de la OIT, en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el 2007), en la Declaración de Cochabamba y Recomendaciones sobre políticas educativas al inicio del siglo XXI (2001), y en la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural (2002).
Fuente: Servindi