Sunat halla evasión de impuestos en las ventas por Internet

A partir del 2020, la Administración Tributaria buscará registrar en el RUC a las empresas que realizan ventas en Internet. El objetivo es que las que ya están inscritas paguen los impuestos por las transacciones en línea.

Un estudio de GfK Perú revela que en el primer semestre del 2019 la facturación de las ventas en línea creció 44.2% con respecto al mismo periodo del año pasado. El 12% de las compras minoristas en el Perú se hace por Internet debido, en parte, al menor precio de los productos.

En entrevista con Gestión, Claudia Suárez, superintendente de Sunat, reveló que se empezará a inducir el pago de tributos a todas las personas que vendan bienes y servicios por Internet.

¿Qué significa? Que la Sunat solicitará a todos aquellos que realicen ventas en línea –sean en plataformas como MercadoLibre o en páginas personales de venta, sin importar el tipo de renta que generen– que realicen el pago del IGV y del Impuesto a la Renta, que hoy no se está cumpliendo en todos los casos. La obligación se establecerá siempre que las operaciones estén sujetas a dichos impuestos.

Suárez señaló que, hoy en día, aún no se ha hecho un análisis que permita contar con una estimación de los ingresos tributarios que puede generar la medida.

Antecedentes

Este año, la Administración Tributaria ya realizó un programa piloto de fiscalización aplicado a los sujetos que generan rentas de tercera categoría.

Así, se cruzó la información obtenida mediante la utilización del software de web scraping (extracción de datos de páginas web) con la información en los registros de Sunat para detectar los sujetos que realizan ventas en línea, cuántas operaciones hacen y si los bienes que transan son nuevos o usados.

En ese sentido, Suárez comentó a Gestión que se ha inducido a registrarse en el RUC a los sujetos que venden productos nuevos y que no se encuentran inscritos. Asimismo, se ha instado a los contribuyentes que ya cuenta con RUC a reportar sus ventas en línea.

“En el mes en que se aplicó el programa piloto se logró recaudar S/ 2.2 millones”, gracias a la inscripción de nuevos contribuyentes en el RUC, añadió.

A partir del éxito del programa modelo, Suárez anunció a Gestión que para el 2020 habrá una “masificación de la inducción al pago” aplicable a “todos los contribuyentes” que generen rentas mediante las ventas en línea.

Metodología

Durante el programa piloto se usó un enfoque instructivo, no sancionador, el cual buscó que los sujetos se inscriban en el RUC mediante mensajes de texto que le instaban al potencial contribuyente a registrarse. Es un modelo que eventualmente se usará una vez que se inicie la masificación del nuevo esquema de masificación.

En el piloto, Sunat envió mensajes de texto a los vendedores pidiéndoles también que se inscribieran en el RUC.

Adicionalmente, se llamó a las personas fiscalizadas para ver cómo se percibía el accionar de Sunat. De acuerdo a Suárez, el 66% de las personas consultadas consideró que la actuación de la Administración Tributaria fue favorable y orientadora.

Sin embargo, la jefa de Sunat advirtió que en caso de que los vendedores “no se registren” se utilizarán “medidas más fuertes”, que podrían terminar en multas para los que realizan e-commerce. Por el momento, se utilizará un sistema de monitoreo y seguimiento.

Problemática

Walker Villanueva, socio del estudio PPU, considera que podría haber dificultades para diferenciar entre la reventa de bienes en línea en casos que corresponden a empresas respecto a los que son transacciones personales. De igual manera puede haber dificultades si una persona vende sus propios bienes de segunda mano. Recomienda analizar cada caso.

Aun así, sostiene que la iniciativa de Sunat es buena, de aplicarse correctamente, puesto que “ataca la informalidad en casos en los que se tiene información”.

También manifiesta que la tarea de inducir a los vendedores en línea a formalizarse y pagar impuestos puede ser difícil, pues no existen incentivos para ingresar al sistema formal. En ese sentido, señaló que la implementación del sistema enfrentaría un problema frente a la voluntad de los vendedores.

Asimismo, Villanueva comenta que la medida encarecería las ventas en línea para el comprador final, ya que el vendedor, quien ahora estaría obligado al pago del IGV, tendría que trasladar el costo de este impuesto a los consumidores finales.

Esto afectaría una de las razones principales por las cuales las personas optan por las compras en línea en primer lugar.

En Corto

Web scraping. Es una técnica mediante la cual un software extrae toda la información de sitios web, ingresando a todas las páginas que un usuario regular podría acceder y recopilando toda la información disponible. Sunat utiliza esta herramienta para averiguar en cuántas plataformas una persona realiza ventas en línea.

Cifras

43.6 por ciento de los compradores de bienes mediante páginas web son personas entre los 25 y 34 años.

20 por ciento es el crecimiento estimado del e-commerce en el 2019, señaló Blackslip en estudio de julio.

Fuente: Diario Gestión del viernes 13 de diciembre de 2019

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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