SUNAT concluye que las empresas deben llenar su Registro de Inventario Permanente Valorizado (RIPV) consignando la información conforme a la normativa del Impuesto a la Renta y no de acuerdo a las normas contables. Informe N° 039-2017-SUNAT/5D0000.
SUNAT concluye que las empresas que aplican el “sistema de costo estándar” y el “método de valuación del costo promedio” respecto del Registro de Inventario Permanente Valorizado (RIPV) llevado de manera electrónica mediante el Programa de Libros Electrónicos (PLE) deberán consignar la información conforme a la normativa del Impuesto a la Renta y no de … Leer másSUNAT concluye que las empresas deben llenar su Registro de Inventario Permanente Valorizado (RIPV) consignando la información conforme a la normativa del Impuesto a la Renta y no de acuerdo a las normas contables. Informe N° 039-2017-SUNAT/5D0000.