SUNAT emite opinión institucional respecto del Aporte por Regulación a OSITRAN y su incidencia en la base imponible del IGV. Informe N° 086-2018-SUNAT/7T0000

Mediante Informe N° 086-2018-SUNAT/7T0000  del 1 de octubre de 2018 y publicado el 18 de octubre de 2018, la Intendencia Nacional Jurídica de la SUNAT ha emitido pronunciamiento en relación a la afectación a la base imponible del IGV del importe equivalente al Aporte por Regulación al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN).

En consecuencia, SUNAT concluye que el importe equivalente al Aporte por Regulación a OSITRAN pagado por el concedente a favor del concesionario como parte de la retribución por el servicio de conservación vial de emergencia de la infraestructura vial, otorgada en concesión durante la vigencia de la Ley de Concesiones, forma parte de la base imponible para el cálculo del IGV correspondiente a dicho servicio.

Al respecto, SUNAT llega a dicha conclusión al advertir que los ingresos obtenidos por el concesionario provenientes de los servicios prestados en el marco de un contrato de concesión regulado bajo la Ley de Concesiones, califican como renta de tercera categoría por tratarse de una actividad empresarial, por lo que tales servicios se encuentran afectos al IGV.

En relación a ello, cabe recordar que de acuerdo a lo previsto en el artículo 1° de la Ley del Impuesto General a las Ventas, constituye operación gravada con el impuesto, la prestación de servicios en el Perú, siendo que de acuerdo a la definición de servicios, contenida en el artículo 3° de la aludida Ley, constituye servicio toda prestación  que una persona realiza para otra y por la cual percibe una retribución o ingreso que se considere renta de tercera categoría para los efectos del Impuesto a la Renta, aun cuando no esté afecto a este último impuesto; incluidos el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y el arrendamiento financiero.

A continuación, compartimos la materia de consulta y la conclusión vertida en el Informe N° 086-2018-SUNAT/7T0000:

INFORME N.° 086-2018-SUNAT/7T0000

MATERIA:

Se consulta si el importe equivalente al Aporte por Regulación al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) pagado por el concedente a favor del concesionario como parte de la retribución por el servicio de conservación vial de emergencia de la infraestructura vial, otorgada en concesión durante la vigencia del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley que regula la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 059-96-PCM( 1 ), debe formar parte de la base imponible para el cálculo del Impuesto General a las Ventas (IGV) en la facturación realizada por el concesionario hacia el concedente.

 

CONCLUSIÓN:

El importe equivalente al Aporte por Regulación a OSITRAN pagado por el concedente a favor del concesionario como parte de la retribución por el servicio de conservación vial de emergencia de la infraestructura vial, otorgada en concesión durante la vigencia de la Ley de Concesiones, forma parte de la base imponible para el cálculo del IGV correspondiente a dicho servicio.

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2018/informe-oficios/i086-2018-7T0000.pdf

 

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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