Procuradores podrán transigir pretensiones hasta 70% del petitorio
Establecen además sanciones por defensa negligente de operadores
Los procuradores a cargo de la defensa pública están facultados a transigir o conciliar las pretensiones controvertidas hasta en un 70% del monto del petitorio, siempre que el Estado actúe como demandante y la cuantía en moneda nacional o su equivalente en divisa extranjera no exceda las 30 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Así lo refiere el reglamento de la Ley del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, aprobado de acuerdo con el D. Leg. 1068, que creó en junio último el nuevo sistema de defensa jurídica del Estado para fortalecer, unificar y modernizar esta defensa en sede judicial, militar, arbitral, constitucional, administrativa y supranacional.
El citado reglamento, aprobado mediante el DS Nº 017-2008-JUS, precisa que dicha facultad podrá ser asumida por los procuradores del Estado siempre que se discuta el cumplimiento de una obligación de dar suma de dinero que no sea pago indebido. Leer más