Reducirán desprotección legal

MEDIDAS. MINJUS PROPONDRÁ CAMBIOS AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE DEFENSA PÚBLICA, REMARCA LUIS MARILL

Defensores públicos asumirán defensa en casos de negligencias médicas

No solo en lo penal sino también en lo civil, para exigir indemnizaciones

En adelante, los abogados defensores públicos del Ministerio de Justicia (Minjus) podrían asumir los casos de negligencias médicas, para la presentación de las demandas de indemnización en la vía civil, pues a la fecha solo pueden patrocinar a las personas agraviadas por estos casos en materia penal.

Así lo informó el viceministro de Justicia, Luis Marill del Águila, al anunciar que su sector presentará un proyecto de decreto supremo para modificar el artículo 9 del reglamento de la Ley Nº 29360, sobre el servicio de defensa pública, aprobada por DS Nº 013-2009-JUS.
“Ante la ola de casos sobre negligencia médica, el Minjus planteará modificar el citado reglamento para incorporar como materia civil atendible por el Servicio de Defensa Pública las demandas de indemnización, ya que a la fecha solo se puede patrocinar a dichos agraviados en materia penal”, dijo.

Este sector también incorporará la posibilidad de una defensa integral del beneficiario, para que no solo se le patrocine ante una instancia jurisdiccional, sino para que cuente con un patrocinio que abarque los mecanismos de solución extrajudicial, por ejemplo, ante los centros de conciliación. El objetivo sería, además de una defensa integral, la posibilidad de que con ayuda del abogado defensor público se pueda evitar la judicialización del caso a su cargo.

Servidor penitenciario
Otra de las iniciativas que alista el Minjus está referida a la creación de la ley del servidor penitenciario, a fin de garantizar el desarrollo y promoción profesional del trabajador penitenciario. “Así, se podrá establecer un escalafón para los servidores del Inpe y regular sus actividades y funciones, que representan un servicio público esencial”, dijo el viceministro.
A la fecha, refirió, el régimen laboral del servidor penitenciario está regulado por lo previsto en la ley y de manera supletoria por el Código de Ejecución Penal y su reglamento.

Vigilancia electrónica
Respeto a la aplicación del sistema de vigilancia electrónica, mediante el uso de brazaletes electrónicos, el viceministro Marill del Águila explicó que se trata de un tema que se está enrumbando.

En este contexto, adelantó que en una primera etapa serían mil 500 los internos de penales a los que se les aplicará este sistema.

Este portafolio instaló recientemente la Comisión Multisectorial adscrita al Ministerio de Justicia, que se encargará de elaborar el proyecto de reglamento de la Ley N° 29499, Ley de Vigilancia
Electrónica Personal.

Fuente: Diario “El Peruano”

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