Archivo por meses: marzo 2009

EL JUEZ DISTRIBUIDOR DE LA JUSTICIA VERSUS EL JUEZ DADOR DE PAZ SOCIAL

Por JORGE W.PEYRANO

Justicia, tú eres mi patria
Piero Calamandrei

En los tiempos que corren, se advierte –en forma nítida- el alineamiento de los magistrados civiles argentinos en dos sectores muy diferentes y hasta diríamos que contrapuestos. Arbitrariamente, por lo que el lector está francamente autorizado a modificar la terminología propuesta, los denominamos con las identificaciones del epígrafe. Tal divisoria de aguas no es la resultante de un detenido análisis científico o la consecuencia de una afortunada serendipia. Es que basta con la mera lectura de las decisiones de todos los días de plurales tribunales diseminados a lo largo y ancho de nuestro país, para llegar a la conclusión anticipada.
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Precisan medidas para pago de las deudas alimentarias

Impedimento de salida del país no es idóneo,
de existir sentencia firme
Jueces deberían exigir constitución de garantías económicas suficientes

El impedimento de salida del país, como medida para garantizar deudas alimentarias condenadas mediante sentencia firme, resulta incompatible con las formas de restricción a la libertad de tránsito previstas por la Constitución, determinó el Tribunal Constitucional (TC) en el fallo recaído en el Exp. N° 2207-2007-PHC/TC.
Así, refiere que el derecho a la libertad de tránsito supone la posibilidad de desplazarse en función a las propias necesidades y aspiraciones personales, a lo largo y ancho del territorio, así como a ingresar, permanecer o salir de él, cuando lo desee.
En consecuencia, en tanto no esté debidamente garantizado el pago de la asignación anticipada de alimentos, es totalmente válido decretar provisionalmente el impedimento de salida del país del obligado; ello por el especial carácter de la pretensión.
Sin embargo, cuando ya existe una sentencia firme que condena el pago de los alimentos, la medida idónea para garantizar el cumplimiento del pago será exigir la constitución de una garantía económica suficiente, agrega el colegiado constitucional.
Por esta razón, no resulta necesario que el magistrado decrete el impedimento de salida de país para garantizar el cumplimiento del pago de la pensión de alimentos, ya que si existe sentencia firme que condena el pago, la asignación anticipada cesa; y, por ende, la medida de impedimento de salida del país impuesta debe ser levantada, refiere el fallo.

Inclusive, el TC sostiene que el juez de la causa es quien puede adoptar las medidas de aseguramiento que correspondan, como requerir al empleador y al obligado la comunicación inmediata a su despacho, bajo responsabilidad, de cualquier modificación en la situación laboral del demandado que vaya en detrimento del alimentista.

Gerardo Eto Cruz. Magistrado del TC
Todo derecho tiene límites
Si bien la pensión alimentaria es un derecho fundamental que tienen los hijos, también existe otro derecho fundamental de todos los ciudadanos como es la libertad de tránsito. En consecuencia, no se puede mediatizar la libertad de tránsito por un derecho que no está por encima del otro, sino que se trata de situaciones distintas.
Entendemos que en el mundo de las estadísticas hay muchas personas que salen del país, ya no retornan y dejan en el aire las pensiones, pero eso es otro tema. El Tribunal Constitucional cumple con reconocer el derecho que tiene el hijo alimentista, pero también debemos establecer que todo derecho tiene ciertos límites que impone la propia circunstancia y, en este contexto, no se puede vulnerar el derecho de libre tránsito; en este caso, de salir y luego retornar al país. En especial, en este caso en que la persona obligada necesitaba viajar al exterior para poder mantener su trabajo

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Asumirán liderazgo laboral

Un espacio de reflexión y análisis comunitario sobre el impacto de la crisis internacional económica en la subregión impulsará el Perú, desde junio próximo, cuando asuma la presidencia del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).
Así lo informó el viceministro de Trabajo, Augusto Eguiguren, quien precisó que dicho liderazgo será dirigido por el titular de su sector, Jorge Villasante, en el marco de la XII Reunión del citado grupo de trabajo del bloque andino. Luego, las conclusiones a las que se arriben sobre este tema de vital importancia serán entregadas en la Conferencia Internacional de Trabajo de la OIT, en Ginebra, en el marco de la cual se realiza la reunión del consejo asesor.
Otra de las prioridades de este consejo asesor laboral, será poner en marcha toda la normatividad sociolaboral andina.

Eguiguren Praeli participa en la XIV Reunión de viceministros y expertos de trabajo de la CAN, que se realiza en La Paz, Bolivia. Dicho cónclave lo inauguró el titular de Trabajo de Bolivia, Calixto Chipana, y lo presidió el viceministro de Trabajo de Ecuador, Tito Palma. Los asistentes a este certamen participarán hoy del Taller subregional de validación y ajuste de términos de referencia para el desarrollo de los subproyectos: Certificación de competencias y homologación de titulaciones red de oficinas andinas de empleo; y, formación de recursos humanos en Mypes.

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Modifican norma sobre reserva de nombre

Procederá denegar la reserva ante igualdad con otro nombre, denominación o razón social
El Ministerio de Justicia (Minjus) perfeccionó el régimen del derecho a la reserva de preferencia registral de nombre para proteger la identificación a ser adoptada por las sociedades, personas jurídicas y empresas individuales de responsabilidad límitada, al constituirse o al modificar su pacto social, mediante el DS Nº 004-2009-JUS.
Así, modificó el índice nacional de preferencia registral de nombre, denominación o razón social, precisando que dicha nómina comprende el Índice Nacional de Personas Jurídicas y lo integran las solicitudes de inscripción de constitución de personas jurídicas o de modificación de pacto social o estatuto por cambio de nombre, denominación o razón social; y solicitudes de reserva de preferencia registral de nombre, denominación o razón social; y reservas de preferencia concedidas.
El gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, refiere que la vigencia de la reserva de preferencia registral es de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su concesión, vencido el cual caduca de pleno derecho.

Manifiesta que ahora procederá denegar la reserva cuando exista igualdad con otro nombre, denominación, completa o abreviada, o razón social ingresados con anterioridad al Índice Nacional de Registro de Personas Jurídicas.
Según esta disposición en análisis existe “igualdad” en las variaciones de matices de escasa significación, como el uso de las mismas palabras con la adición o supresión de artículos, espacios, preposiciones, conjunciones, acentos, guiones o signos de puntuación; uso de las mismas palabras en diferente orden, así como del singular y plural, comenta Zavala Lozano.

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Exhortan a los jueces actuar con celeridad

Los ciudadanos no pueden ser sometidos a juicios interminables
Villa Stein pedirá al sector del Interior más seguridad a magistrados

Una exhortación a los magistrados de todos los niveles de la judicatura para que resuelvan los procesos judiciales con celeridad y rapidez, y así evitar la excarcelación de procesados por exceso de carcelería sin sentencia, demandó el presidente del Poder Judicial, Javier Villa Stein. La autoridad, de esa forma, hizo este pronunciamiento al referirse a la excarcelación por exceso de carcelería sin sentencia del procesado Marcos Sánchez Bedón, quien ahora cumple una orden de arresto domiciliario dictada por la Tercera Sala Penal para Reos en Cárcel de Lima. Dijo no ser partidario de anular los procesos cuando existen dudas. “Las sentencias deben confirmarse o, si hay dudas, absolverse, porque los ciudadanos no pueden ser sometidos a juicios interminables”, manifestó.
Villa Stein formuló estas declaraciones luego de recibir en Palacio de Justicia a un grupo de estudiantes de Derecho de diversas universidades del país, que participan en el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social del Ministerio de Justicia, y que auspicia el Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia.

Amenazas
La autoridad judicial también se refirió a las amenazas contra uno de los magistrados a cargo del juzgamiento del caso conocido como “Andahuaylazo”, e indicó que éstas se deben tomar con calma, porque no es una novedad que los jueces reciban este tipo de advertencias.
No obstante, expresó que en este caso, intercambiará notas con el Ministerio del Interior para un refuerzo de la seguridad de los jueces y sus familias. “El Ministerio del Interior tiene que tomar las medidas del caso”, refirió.

Respaldo a jueza
En otro momento, Villa Stein expresó su respaldo a la jueza María Martínez Gutiérrez, quien investiga el caso de espionaje telefónico porque, dijo, está actuando con rapidez y celeridad, de acuerdo a lo que establecen las normas procesales dentro de los plazos.
Dijo además, que la citada magistrada ha programado las diligencias y las pruebas están debidamente resguardadas por lo que, expresó, “no hay nada que temer ni sospechar”.

Importancia del derecho procesal
El titular del PJ, Javier Villa Stein, destacó la importancia del derecho procesal porque, expresó, si no se respetan sus reglas, los jueces corren el riesgo de cometer injusticias. “Si no se respetan sus pautas corremos el riesgo de liberar al criminal y encerrar al inocente. Corremos el riesgo de afectar el patrimonio, el estado civil y la dignidad de las personas, por eso, es muy importante el Código Procesal”. Fue durante su participación en la Primera Jornada Nacional sobre La Reforma Procesal en el Perú, organizada por la Revista Abogados, a la que también asistió el Presidente de la Corte de Lima, César Vega Vega. “El derecho procesal es un quehacer cotidiano y fundamental del PJ, pero esta característica, no hace que el proceso penal, civil, constitucional, laboral o administrativo sea un sacramento”, dijo el magistrado , tras añadir que la finalidad del código procesal es la misma que busca la judicatura: resolver problemas, conflictos sociales y todos los asuntos que reclaman solución.

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Disuadirán los abusos laborales

Empresas recibirán sanción administrativa y también moral, afirma

Sugieren capacitar a inspectores para evitar las arbitrariedades

Jaime Cuzquén Carnero
Abogado

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la difusión de los resultados de las inspecciones de trabajo, mediante la RM Nº 396-2008-TR. Así, en adelante se harían públicos dos temas: primero, las resoluciones administrativas que hayan quedado firmes declarando el incumplimiento de una norma laboral; y segundo, los informes de la OIT que contengan afectaciones de derechos de parte de un empleador.

En consecuencia, las infracciones de este listado estarán referidas al incumplimiento de normas sobre relaciones laborales (remuneraciones, vacaciones, gratificaciones, entre otros), de seguridad y salud en el trabajo, empleo y ocupación, intermediación laboral y empresas usuarias, tercerización de servicios, contratación de extranjeros, libertad sindical y no discriminación, entre otros.

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Piden cambios a carrera judicial

Buscan corregir disposiciones contrarias a la autonomía institucional

Subsanar igualmente aspectos que vulneran derechos de magistrados

Un proyecto de ley destinado a revertir la situación generada con la aprobación del nuevo régimen de la carrera judicial, el cual supuestamente vulneraría la autonomía institucional y los derechos de los magistrados en el país, presentó el Poder Judicial al Parlamento para su pronto debate.
El presidente de la Corte Suprema, Javier Villa Stein, quien suscribe la iniciativa legal, solicitó también al Congreso se le conceda el uso de la palabra para exponer los fundamentos de estos cambios a los magistrados César San Martín Castro y Víctor Prado Saldarriaga, quienes junto a Duberli Rodríguez Tineo, elaboraron esta propuesta.

Alcances
La iniciativa, de esa forma, plantea reevaluar o suprimir del texto de la Ley de carrera judicial los aspectos relativos al sistema de deberes, prohibiciones y faltas disciplinarias, particularmente, lo establecido en el inc. 15 del art. 34, e inc. 6, 16, 17 y 18 del art. 47 de la Ley Nº 29277.
En el primer caso, se infiere de la norma que le es prohibido al juez residir fuera de la sede del distrito judicial donde ejerce su función.

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Caída libre en las exportaciones de enero

Bajaron en 19.7%, según reporte técnico del INEI. Mientras que las importaciones se contrajeron 7% en enero del 2009 con relación al mismo mes del año anterior.

Omar Mariluz

Cifras en rojo. Los efectos de la crisis financiera internacional cada día golpean con más fuerza a la economía peruana. Muestra tangible de ello se refleja en el último informe técnico del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), que ayer reportó una caída de 19.7% en las exportaciones durante enero de este año.

Las exportaciones de los productos tradicionales cayeron en el primer mes del año en 14.9%, mientras que las exportaciones de los productos no tradicionales lo hicieron en 26%.

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Encuesta revela que más del 70 por ciento cree que Fujimori es culpable

Mayoría de limeños y chalacos consultados (70,7%) considera que el ex presidente Alberto Fujimori es responsable de los crímenes cometidos durante su gestión por el grupo Colina, según encuesta de la Universidad de Lima.

Mientras tanto el 66.7% de los encuestados cree que el proceso que se le sigue es imparcial.

El historiador Antonio Zapata destacó el esfuerzo del Estado, y las autoridades del Poder Judicial para que el proceso a Fujimori se desarrolle observando el debido proceso.

“Hay un esfuerzo enorme del Estado, de los fiscales, de los jueces, para respetar el debido proceso y hacer que el juicio sea impecable”, indicó.

(Más información mañana en la edición impresa de La República
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Demanda peruana ante La Haya sería admitida, según precedente

Aunque chile presente excepciones preliminares, dice Canciller García Belaunde. Titular de Relaciones Exteriores afirma que Chile no desconocería competencia de la Corte, sino que diría que existen tratados y no hay contencioso.

Ana Núñez

Chile no desconocería la competencia de la Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ). Lo que se prevé más bien es que, tras la entrega de la memoria peruana el 20 de marzo, presente una excepción preliminar; es decir, que alegue que los límites marítimos entre ambas naciones están establecidos por los tratados pesqueros existentes entre ambas naciones y que, por lo tanto, no existe contienda.

Sin embargo, aunque el país sureño presente ese recurso, el cual debería ser entregado en un plazo máximo de tres meses tras la entrega de la memoria peruana, los precedentes indican que la demanda peruana sería admitida por el tribunal internacional. Al menos así lo ha señalado ayer el titular de la Cancillería peruana, José Antonio García Belaunde.

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