Archivo por meses: febrero 2009

Se crea Proceso de Selección Abreviado

El Poder Ejecutivo ha emitido medidas complementarias para agilizar la ejecución de Proyectos de Inversión prioritarios contemplados en el Decreto de Urgencia N° 010-2009, para lo cual ha creado un Proceso de Selección Especial y Abreviado para la contratación de consultoría de obras para la elaboración de los expedientes técnicos respectivos.

El proceso de selección mencionado será empleado hasta el 2010, según señala el Decreto de Urgencia N° 020-2009, publicado el Lunes 16 de Febrero en el Diario Oficial El Peruano.

Dicho dispositivo ha sido emitido en el marco del Sétimo Grupo de Medidas para la Promoción del Empleo y la Producción.

Cabe señalar que, la contratación del servicio de consultoría de obras para la elaboración del expediente técnico debe encontrarse incluida en el Plan Anual de Contrataciones y registrarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE).

La elaboración de las bases así como la organización, conducción y ejecución del proceso de selección, hasta que la buena pro quede consentida o administrativamente firme, estará a cargo de un Comité Especial.

El proceso de selección incluye la convocatoria, el registro de participantes, la formulación y absolución de consultas y observaciones, la integración de las bases, la presentación de propuestas, y el otorgamiento de la buena pro.

»Leer más

Bases Estandarizadas estarán listas en el mes de Marzo

Las Bases Estandarizadas, referidas en el artículo 38º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, estarán listas en el mes de Marzo, según informó el OSCE.

El Decreto de Urgencia Nº 014-2009-EF, dispuso la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, a partir del 01 de febrero de 2009.

De acuerdo con lo previsto en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del citado Reglamento, las entidades deberán elaborar las Bases de los procesos de selección que convoquen, hasta que el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE apruebe y publique las Bases Estandarizadas referidas en el artículo 38º del Reglamento.

Se recomienda que las entidades utilicen las Bases Estandarizadas aprobadas por CONSUCODE, mediante Directiva Nº 002-2008-CONSUCODE/PRE, adecuándolas a las disposiciones de la nueva normativa, hasta que el OSCE publique las Bases Estandarizadas en el mes de marzo, cuya utilización será obligatoria.
»Leer más

Modifican artículos de Reglamento de Contrataciones

Mediante Decreto Supremo Nº 021-2009-EF han sido modificados diversos artículos del nuevo Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Dicho dispositivo que ha sido publicado el día de ayer modifica los siguientes artículos:

Artículo 19º – Tipos de Procesos

Artículo 24º – Plazos de los Procesos

Artículo 44º – Factores de Evaluación para Bienes

Artículo 45º – Factores de Evaluación para Servicios

Artículo 46º – Factores de Evaluación para Servicios de Consultoría

Artículo 47º – Factores de Evaluación para Ejecución de Obras

Artículo 55º – Plazos para formulación y absolución de consultas

Artículo 57º – Plazos para formulación y absolución de observaciones

Artículo 58º – Elevación de Observaciones

Artículo 59º – Integración de Bases

Artículo 71º – Evaluación de Propuestas

Artículo 157º – Garantía de seriedad de la oferta

Artículo 88º – Encargo a una Entidad Privada, Nacional o Internacional

Artículo 155º – Requisitos de las Garantías

Artículo 161º – Excepciones

Artículo 252º – Inscripción en el RNP

Artículo 259º – Impedimentos

Más allá de los efectos del cambio de una norma el mismo día de su entrada en vigencia, resulta indispensable que aquellos funcionarios encargados de las contrataciones se encuentren informados y puedan aplicarla adecuadamente.

En breve estaremos publicando un resumen de estas modificaciones para así facilitar su comprensión.
»Leer más

Entró en Vigencia la Ley de Contrataciones y Reglamento

De manera inesperada, este sábado 31 de enero salió publicado el Decreto de Urgencia Nº 014-2009, mediante el cual se adelanta la vigencia de la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado para el 1 de Febrero de 2009. Como sabemos, inicialmente estaba previsto que el 13 de Febrero empezaban a regir dichas normas.

El mencionado Decreto de Urgencia establece como fecha de entrada en vigencia el 1 de Febrero, los siguientes instrumentos normativos:

– Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017

– Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF

– Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2009-EF.

Por otro lado, dado que aún no se ha publicado el TUPA del OSCE, se aplicarán los procedimientos y requisitos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), con excepción del requisito de presentación de la licencia de funcionamiento para los procedimientos de inscripción que siguen las personas jurídicas en el Registro Nacional de Proveedores.

Dada la relevancia de esta medida, sugerimos a los operadores de la normativa afianzar y verificar de manera exhaustiva el manejo de todos los cambios introducidos mediante la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

»Leer más