Archivo por meses: septiembre 2009

Calcule los plazos para impugnar y consentir la Buena Pro

Estimado lector,

Lo invitamos a visitar una novedosa aplicación que será de gran utilidad en su gestión logística.

Usted podrá calcular los plazos para consentir la Buena Pro o, si es postor, para interponer su recurso de apelación.

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Bandeja de Consultas: Elaboración de Bases

Respuestas a las consultas sobre la elaboración de Bases

Responde: Dra. Amalia Moreno – Subdirectora Técnico Normativa de la Dirección Técnico Normativa del OSCE

¿Se debe aprobar nuevas Bases para convocar un proceso de selección declarado desierto?

Si las Bases originalmente aprobadas sufren modificaciones, corresponde aprobarlas nuevamente.

¿En las Bases de una Adjudicación de Menor Cuantía derivada de una Licitación Pública o Concurso Público es necesario solicitar la garantía de seriedad de oferta?

Los artículos 157º, 161º y 141º del Reglamento señalan que para la presentación de garantías es determinante el monto de la contratación. Por ello, en la adjudicación de menor cuantía que deviene de una licitación pública, concurso público o adjudicación directa declarados desiertos, se debe solicitar la garantía de seriedad de oferta.

¿Las Bases de un proceso bajo el D.U. Nº 078-2009 deben adecuarse a las Bases modelo que publicó el OSCE en su página Web?

La Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 078-2009 dispone que en los procesos de selección bajo los alcances del referido dispositivo, deben emplearse las Bases modelo.

¿Cuáles son los datos que deben consignarse en las Bases si se ha previsto la presentación de muestras?

Debe indicarse lo siguiente: i) Si será el Comité Especial o alguna dependencia u oficina especializada la encargada de evaluar las muestras, ii) Qué aspectos o condiciones serán materia de evaluación, iii) Las pruebas o mediciones a las que serán sometidas, de ser caso.

Revise todas las respuestas en el Boletín Contratando:

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Responsabilidad en las Contrataciones del Estado

Determinar el impacto de la nueva normativa en el Sistema de Contratación Pública puede realizarse desde diversos enfoques, el netamente jurídico, el económico o el logístico; sin embargo, resulta de especial interés conocer el manejo que de ella vienen realizando los operadores pues son quienes, finalmente, la aplican y determinan el resultado de los procesos.

La realidad de la Administración Pública en los últimos años demostró que existía una alta rotación de los funcionarios encargados de la conducción de los procesos de contratación, lo cual traía como consecuencia que las contrataciones se vean afectadas ante la falta de conocimiento de la norma aplicable.

Frente a dicha situación lograr resultados eficientes en las compras públicas se tornaba en un reto constante y a veces lejano de alcanzar. Si a ello sumamos el hecho de que la Ley de Contrataciones del Estado constituye una de las pocas normas cuyo empleo se realiza por profesionales de diversas especialidades – abogados, economistas, administradores, contadores, ingenieros, entre otros – el escenario se torna desafiante.

Por ello, los profesionales involucrados deben conocer cada uno de los aspectos que son necesarios en su gestión diaria, a fin de lograr contrataciones exitosas. Sólo con el estudio y la comprensión de la normativa se podrá obtener resultados eficientes en los procesos.

En el corto plazo hablar de capacitación será sinónimo de responsabilidad en la conducción de cada proceso de contratación, responsabilidad que deberá ser asumida por cada operador de la norma en aras de resguardar nuestro Sistema de Contratación Pública.
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