La complejidad de la criminalidad económica moderna, especialmente el lavado de activos, ha forzado el desarrollo de mecanismos jurídicos y organizacionales cada vez más sofisticados para combatirla. En este escenario, la extinción de dominio y los sistemas de gestión de compliance emergen como dos herramientas fundamentales que, aunque distintas en su naturaleza, comparten un objetivo común: golpear las bases económicas de la delincuencia y promover la integridad en el entorno corporativo. Este artículo busca desentrañar la profunda interconexión entre ambos conceptos.
¿Qué es la Extinción de Dominio?
La extinción de dominio es un instrumento jurídico de naturaleza patrimonial que faculta al Estado para despojar a una persona de bienes o derechos cuyo origen o destino es ilícito. Se caracteriza por ser un proceso autónomo e independiente del proceso penal, dirigido contra los bienes (actio in rem) y no contra la persona (actio in personam).
El objetivo primordial de esta institución es perseguir la dimensión económica y patrimonial de la delincuencia, impidiendo que la riqueza generada ilícitamente ingrese o se mantenga en la economía formal. No requiere una condena penal previa y responde a compromisos internacionales clave, como las convenciones de Viena y Palermo en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas y la delincuencia organizada transnacional. Procede cuando los bienes son objeto, instrumento, efecto o ganancia de actividades ilícitas.
Un elemento distintivo es la carga de la prueba, donde el Fiscal debe presentar indicios razonables del origen o destino ilícito del bien, y la parte demandada (requerido) puede demostrar el origen lícito. Es crucial la figura del “tercero de buena fe”, que actúa como límite a la extinción de dominio. Para ser considerado de buena fe, no basta con la apariencia registral; se exige haber desplegado una conducta diligente y prudente desde la celebración del acto jurídico hasta su inscripción, incluyendo una escrupulosa revisión de los asientos registrales.
El Rol del Compliance en el Marco Empresarial
El compliance, o cumplimiento normativo, se refiere a un conjunto de procedimientos y buenas prácticas adoptadas por las organizaciones para identificar y clasificar riesgos operativos y legales, y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a estos. Va más allá del mero cumplimiento de leyes y reglamentos, abarcando también compromisos voluntarios como códigos de ética y políticas internas.
La ISO 37301, publicada en mayo de 2021, es un estándar internacional certificable que establece requisitos para implementar un sistema de gestión de cumplimiento normativo. Su propósito principal es ir más allá del cumplimiento penal, cubriendo áreas como la seguridad de la información (ISO 27000), riesgos tributarios o financieros (ISO 19602), gestión de calidad (ISO 9001), y antisoborno y anticorrupción (ISO 37001).
Entre sus elementos clave se destacan:
 La comprensión del contexto de la organización (modelo de negocio, relaciones con terceros, contexto legal, situación económica, contextos sociales, culturales y ambientales, estructuras internas, y cultura de compliance).
• El principio “tone at the top”, que enfatiza que la dirección o gerencia debe ser la primera en dar ejemplo y demostrar un compromiso activo, visible, consistente y sostenido con un estándar común de comportamiento ético, generando una cultura de compliance que fluye de arriba hacia abajo.
• La planificación de acciones para abordar riesgos y oportunidades, considerando los objetivos de compliance, las obligaciones identificadas y los resultados de la evaluación de riesgos.
• El apoyo de la dirección para proporcionar los recursos necesarios y la formación regular del personal en función de sus roles y los riesgos de compliance a los que están expuestos.
• La evaluación del desempeño mediante el seguimiento y medición de objetivos e indicadores, así como el análisis crítico de la información para identificar causas de no cumplimiento.
• La mejora continua del sistema, reaccionando ante no conformidades e implementando acciones correctivas.
La certificación bajo ISO 37301 proporciona seguridad jurídica a terceros y autoridades, acreditando que la empresa está bien organizada y cuenta con controles estandarizados internacionalmente. Esto es un valor agregado y un diferenciador que fomenta la confianza en las relaciones comerciales.
La Vinculación Estratégica: Prevención y Protección
La conexión entre compliance y extinción de dominio se materializa principalmente en la prevención de las actividades ilícitas que dan origen a la desposesión de bienes. El lavado de activos, uno de los delitos más comunes y el foco de la lucha global contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo (ALA/CFT), es un delito subyacente que a menudo precede a las acciones de extinción de dominio.
Aquí, el compliance juega un papel protagónico:
• Sistemas de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT): Las instituciones financieras y actividades y profesiones no financieras designadas (APNFD) están obligadas a implementar SPLAFT. Estos sistemas son la primera línea de defensa contra la entrada de capitales ilícitos en la economía formal, lo que directamente reduce la base de activos que podrían ser objeto de extinción de dominio.
• Debida Diligencia del Cliente (DDC): Una de las medidas fundamentales de los SPLAFT es la aplicación de la Debida Diligencia del Cliente (DDC), que implica identificar y verificar la identidad del cliente y el beneficiario final utilizando información confiable y aplicando un Enfoque Basado en Riesgo (EBR). Una DDC robusta y eficaz es esencial para detectar operaciones sospechosas y evitar que la organización sea utilizada para el lavado de activos.
• La Defensa del “Tercero de Buena Fe”: En el contexto de la extinción de dominio, la defensa como “tercero de buena fe” es crucial. Una empresa que ha implementado un sistema de compliance eficaz, que incluye procesos rigurosos de debida diligencia en sus relaciones comerciales con terceros (proveedores, clientes, socios de negocio), puede demostrar que actuó con la diligencia y prudencia requeridas. La evidencia documental generada por un sistema de compliance certificado bajo ISO 37301 (políticas, procedimientos, registros de DDC, capacitaciones) puede ser fundamental para sustentar esta defensa y evitar que sus bienes sean objeto de extinción.
• Reducción de Riesgos Reputacionales y Legales: Un sistema de compliance sólido reduce el riesgo de que la empresa se vea implicada en actividades delictivas (como el lavado de activos) que pueden desencadenar procesos de extinción de dominio. Esto no solo protege la reputación de la organización —uno de sus activos más valiosos— sino también su patrimonio y su viabilidad operativa. La certificación ISO 37301 otorga una apariencia de “buen derecho” y un estándar de cumplimiento reconocido por autoridades y terceros.
• Promoción de la Transparencia: Tanto la extinción de dominio como el compliance buscan una mayor transparencia en las personas y estructuras jurídicas, exigiendo la disponibilidad de información adecuada, precisa y actualizada sobre el beneficiario final. Un sistema de compliance efectivo facilita esta transparencia, dificultando el uso de estructuras complejas para ocultar el origen ilícito de los bienes.
En definitiva, mientras la extinción de dominio es una herramienta reactiva que actúa sobre los efectos económicos del delito, el compliance es una herramienta preventiva y proactiva que busca evitar la comisión del delito en primer lugar. Un sistema de gestión de compliance robusto y certificado no solo ayuda a las organizaciones a operar de manera ética y conforme a la ley, sino que también las blindaje frente a los riesgos de la criminalidad económica, incluido el riesgo de ver sus activos sujetos a procesos de extinción de dominio. La sinergia entre ambos es indispensable para una estrategia integral en la lucha contra el crimen organizado y la promoción de la integridad corporativa.
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