El caso descrito evidencia cómo la falta de claridad en las competencias jurisdiccionales y resoluciones administrativas contradictorias pueden prolongar injustificadamente los procesos judiciales, vulnerando el derecho a una justicia eficiente. Durante una década, este proceso fue trasladado entre diferentes juzgados, ignorando el artículo 8 del Código Procesal Civil del Perú, que estipula:

“El juez que ha asumido competencia conserva esta aun cuando con posterioridad desaparezca el fundamento que le sirvió para asumirla, salvo los casos previstos por ley.”

Este principio, conocido como perpetuidad de la jurisdicción, busca evitar que las partes sufran cambios arbitrarios en la competencia. Sin embargo, el caso refleja cómo este derecho fue desprotegido, generando retrasos significativos.

Descripción del caso: 10 años de retrasos

  1. Inicio del proceso
  • 8 de agosto de 2014: Se interpuso una demanda de reconocimiento de bien propio ante un Juzgado de Familia, que se inhibió y remitió el caso a un Juzgado Civil Transitorio.
  • 11 de marzo de 2015: El Juzgado Civil Transitorio admitió la demanda y comenzó a tramitarla.
  1. Primer traslado
  • 14 de octubre de 2015: Una resolución administrativa ordenó remitir el expediente al Juzgado Civil Permanente, que lo recibió el 19 de octubre de 2015.
  1. Conflicto de competencia
  • Marzo de 2017: El Juzgado Civil Permanente se declaró incompetente y devolvió el caso al Juzgado de Familia Transitorio.
  • 23 de noviembre de 2017: El Juzgado de Familia Transitorio declaró saneado el proceso y avanzó hasta la etapa de pruebas.
  1. Segundo traslado
  • 26 de abril de 2019: El expediente fue remitido a otro Juzgado de Familia, que lo tramitó hasta octubre de 2022, cuando otra resolución administrativa ordenó su traslado.
  • 12 de diciembre de 2022: Un tercer Juzgado de Familia asumió el expediente.
  1. Retroceso significativo
  • 7 de junio de 2023: Este juzgado anuló todo lo actuado desde 2017, enviando el expediente a la Sala Civil para dirimir la competencia.
  • 29 de agosto de 2023: La Sala Civil resolvió que el Juzgado Civil Transitorio era el competente desde el inicio.

 

El Principio de Perpetuidad de la Jurisdicción en Jaque

El caso muestra cómo la falta de coordinación y las resoluciones administrativas inadecuadas violaron este principio:

  • Error inicial: El Juzgado Civil asumió competencia en 2015, pero una resolución administrativa interrumpió su tramitación en 2017.
  • Confusión reiterada: Múltiples traslados generaron retrocesos significativos, prolongando innecesariamente el proceso.
  • Impacto administrativo: Las resoluciones administrativas jugaron un papel crítico en la desorganización jurisdiccional.

Lecciones del caso

  1. Falta de coordinación estructural: La transferencia constante de expedientes revela una carencia de protocolos claros para resolver conflictos de competencia.
  2. Interferencia normativa y administrativa: Resoluciones administrativas vulneraron el principio de perpetuidad, prolongando injustamente el proceso.
  3. Perjuicio a los justiciables: Diez años dedicados a resolver conflictos de competencia afectaron gravemente a las partes involucradas.

Propuestas de mejora

  1. Reforzar el principio de perpetuidad: Garantizar que ninguna resolución administrativa pueda alterar la competencia asumida, salvo en casos definidos por ley.
  2. Resolución sumaria de conflictos: Implementar un procedimiento con plazos estrictos (máximo 30 días) para resolver disputas jurisdiccionales.
  3. Supervisión de traslados: Requerir justificaciones claras y aprobación de instancias superiores para trasladar expedientes.
  4. Capacitación judicial continua: Formar jueces y auxiliares en el manejo de conflictos jurisdiccionales y en la aplicación del artículo 8.
  5. Sanciones por dilaciones: Incorporar penalidades para los responsables de retrasos injustificados.

 

Conclusión

El artículo 8 del Código Procesal Civil es más que una norma: es una garantía de estabilidad y eficiencia en los procesos judiciales. Su inobservancia, como en este caso, no solo retrasa la justicia, sino que también afecta la confianza pública en el sistema judicial. Urge implementar reformas estructurales para prevenir estas situaciones y garantizar el acceso oportuno a la justicia.

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