Mediante la presente sentencia damos respuesta a dicha pregunta

El caso:

  • Una persona interpone una denuncia ante el Indecopi, por infracción al Código del Consumidor.
  • En dicho procedimiento, la denunciada, una empresa,  es representada por una persona que, a criterio del denunciante, carecía de facultades para representar a la empresa.
  • Concluido el procedimiento administrativo, esta persona (el denunciante) interpone una demanda por indemnización de daños y perjuicios, alegando que la participación de la representante, al no contar con poder de representación, ha generado una obstrucción al procedimiento administrativo.

Mediante la presente sentencia, se concluye que no existe daño cierto que deba ser indemnizado, toda vez que, en el supuesto que la denunciada haya sido representada por una persona sin facultades para ello, eso no genera la nulidad de lo expresado en el procedimiento administrativo; toda vez que, el acto  celebrado sin representación o con defecto en la representación no tendrá efectos frente al posible perjudicado (es decir la persona representada, la empresa), pero sí podrá surtir efectos frente a terceros (el denunciante). sentencia indemnizacion por acto ineficaz.

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